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jueves, 2 de junio de 2011

Modificación del programa y el proceso de selección y valoración correspondientes a las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social, a partir de 2011

En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:


Advertido error en la Orden TIN/210/2011, de 4 de febrero, por la que se modificaba el contenido del programa y el proceso de selección y valoración correspondientes a las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social, a partir de 2011 («Boletín Oficial del Estado número 35, de 10 de febrero de 2011), se procede a publicar el Anexo I «Descripción del proceso selectivo», que sustituye al publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de febrero de 2011.
Madrid, 24 de mayo de 2011.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, José María de Luxán Meléndez.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección de los aspirantes por el sistema general de acceso libre constará de las siguientes fases: oposición y curso selectivo. El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema de promoción interna constará de las siguientes fases: concurso-oposición y curso selectivo.
1. Fase de oposición.–Consistirá en la superación de cuatro ejercicios obligatorios, todos y cada uno de ellos eliminatorios.
Los aspirantes a las plazas de turno libre que superen los ejercicios primero y segundo de la presente convocatoria obteniendo una puntuación en conjunto para ambos ejercicios igual o superior a cuarenta y nueve puntos quedarán exentos de realizar estos dos ejercicios en la convocatoria siguiente en la que se contemple el acceso por turno libre. Los aspirantes a las plazas de promoción interna que superen la segunda parte del segundo ejercicio de la presente convocatoria obteniendo una puntuación igual o superior a diecisiete puntos y medio quedarán exentos de realizar los ejercicios primero y segundo en la convocatoria siguiente en la que se contemple el acceso por promoción interna.
Perderán el derecho de exención mencionado en el párrafo anterior aquellos aspirantes que en la convocatoria siguiente en la que se contemple la misma vía de acceso que la elegida en la presente convocatoria opten por una forma de acceso distinta.
Los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, estarán exentos de la realización del primer ejercicio y de la primera parte del segundo ejercicio de la presente convocatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cinco horas, de un cuestionario de 30 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario de Derecho Civil y Mercantil y Economía General y de la Empresa que figura en el anexo II.
Segundo ejercicio: Constará de dos partes, siendo ambas eliminatorias:
Primera parte: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de casos prácticos de Contabilidad y Matemática Financiera, según temario que figura en el anexo II.
Segunda parte: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, de casos prácticos de Contabilidad Superior, según temario que figura en el anexo II.
Tercer ejercicio: Su realización tendrá carácter obligatorio y versará sobre el conocimiento de los idiomas inglés o francés a elección del aspirante. Se realizará por escrito y sin diccionario y su duración no podrá exceder de dos horas.
Cuarto ejercicio: Consistirá en la exposición oral de cuatro temas, elegidos por sorteo, uno por cada grupo de las siguientes materias contenidas en el «Programa de temas del cuarto ejercicio»: «Derecho Comunitario, Constitucional y Administrativo», «Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social», «Derecho del Trabajo y Seguridad Social» y «Economía Pública, Sistema Financiero Español y Derecho Tributario».
El tiempo máximo que podrá invertir el opositor en la exposición de los temas de este ejercicio será de una hora, pudiendo disponer de veinte minutos para preparar su actuación, sin que por el opositor se pueda consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición oral, el opositor podrá utilizar el guión que, en su caso, haya elaborado en el tiempo de preparación.
Los ejercicios de la oposición se calificarán para los aspirantes que participen por el turno libre de la siguiente manera:
La calificación del primer ejercicio será de cero a veinte puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo diez puntos.
La calificación de la primera parte del segundo ejercicio será de cero a veinticinco puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo doce puntos y medio.
La calificación de la segunda parte del segundo ejercicio será de cero a veinticinco puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo doce puntos y medio.
La calificación del tercer ejercicio de idioma será de un máximo de cinco puntos, siendo necesario obtener dos puntos y medio para superar el ejercicio.
La calificación del cuarto ejercicio será de cero a cincuenta puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo veinticinco puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas de este cuarto ejercicio.
Los ejercicios de la oposición se calificarán para los aspirantes que participen por el turno de promoción interna de la siguiente manera:
La calificación del primer ejercicio será de «apto» o «no apto», siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la calificación de «apto».
La calificación de la primera parte del segundo ejercicio será de «apto» o «no apto», siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la calificación de «apto».
La calificación de la segunda parte del segundo ejercicio será de cero a veinticinco puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo doce puntos y medio.
La calificación del tercer ejercicio de idioma será de un máximo de cinco puntos, siendo necesario obtener dos puntos y medio para superar el ejercicio.
La calificación del cuarto ejercicio será de cero a cincuenta puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo veinticinco puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas de este cuarto ejercicio.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada para los aspirantes que participen por el turno libre por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, y para los aspirantes que participen por el turno de promoción interna por la suma de las puntuaciones obtenidas en la parte segunda del segundo ejercicio, en el ejercicio tercero y en el ejercicio cuarto.
2. Fase de concurso.–Se valorarán, a los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, los siguientes méritos:
a) Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,15 puntos hasta un máximo de un punto y medio.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación: Grado 18 o inferior: 1 punto; y por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,13 puntos, hasta un máximo de dos puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 18: 1 punto, y por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,13, hasta un máximo de dos puntos. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo A2, siempre que el puesto de origen o el puesto al que se encuentre adscrito provisionalmente pertenezca a la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería realizar el reingreso, en ambos casos siempre que lo sea a un puesto de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3. Curso selectivo.–Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados. La duración máxima del curso selectivo será de ocho meses.
El Subsecretario de Trabajo e Inmigración dictará Resolución para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma, la fecha de inicio y lugar de realización.
El curso selectivo abarcará los aspectos básicos del Sistema Financiero, Presupuesto, Gastos e ingresos del Sistema de la Seguridad Social, Control y Contabilidad de la Seguridad Social, responsabilidades derivadas de la gestión de fondos públicos, así como los de carácter complementario necesarios para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.
De acuerdo con lo establecido en el I Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, de 28 de enero de 2011, el curso selectivo incluirá un módulo de las materias de igualdad y otro sobre violencia de género.
En el curso selectivo se impartirán un conjunto de materias relacionadas con las funciones y procedimientos de la Intervención de la Seguridad Social. Cada una de las materias establecidas se calificará de cero a diez puntos, siendo preciso alcanzar una puntuación no inferior a cinco puntos en cada materia para superarla.
El curso selectivo se calificará para los aspirantes que participen por el turno libre de cero a cien puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo, obtener un mínimo de cincuenta puntos y no haber obtenido en ninguna materia una puntuación inferior a cinco sobre diez. Para los aspirantes que participen por el turno de promoción interna se calificará de cero a sesenta y cuatro puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo, obtener un mínimo de treinta y dos puntos y no haber obtenido en ninguna materia una puntuación inferior a cinco sobre diez.
Los aspirantes que no superen inicialmente alguna de las materias, realizarán, en el plazo máximo de un mes, una prueba complementaria para cada una de ellas. Estas pruebas, en ningún caso, se calificarán con más de cinco puntos.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados en base a los informes emitidos por los responsables de las unidades en las que se realice el citado curso.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
La valoración final del curso selectivo se determinará sumando las puntuaciones obtenidas en las distintas pruebas que se realicen en esta fase.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá, en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el cuarto ejercicio. Los nuevos empates que puedan producirse se dirimirán, sucesivamente, teniendo en cuenta las mayores puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio y primer ejercicio.
De persistir el empate para los aspirantes de promoción interna, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si aún hubiese lugar para ello, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los méritos de antigüedad, grado y trabajo desarrollado, por este orden. Finalmente se atenderá a la antigüedad total en la Administración, computándose años, meses y días de servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, al día de publicación de la presente convocatoria.

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