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lunes, 6 de junio de 2011

CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN TEMPORALEN LACATEGORÍA DE TÉCNICO MEDIO LABORAL EN ELMARCO DEL PROYECTO VERTEBRATUR EN RELACIÓN CON EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN TRANSNACIONAL MAC-2007/2013 DEL PATRONATO DE TURISMO DE GRAN CANARIA

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 10726 y siguientes:


BASES DE SELECCIÓN PARA LA
CONTRATACIÓN TEMPORALEN LACATEGORÍA
DE TÉCNICO MEDIO LABORAL EN ELMARCO
DEL PROYECTO VERTEBRATUR EN RELACIÓN
CON EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN
TRANSNACIONAL MAC-2007/2013 DEL
PATRONATO DE TURISMO DE GRAN CANARIA.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Por motivos de urgente e inaplazable necesidad, interesa
a esta Corporación la selección mediante el procedimiento
de concurso de méritos y posterior contratación
temporal, de un/a Técnico/aMedio Laboral, Coordinador
del Proyecto Vertebratur, en relación con el Programa
de Cooperación Transnacional MAC 2007/2013, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, el artículo 35 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
del Estado y el artículo 15.1, apartado a) del Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
SEGUNDA. REQUISITOS.
Para ser admitido a la convocatoria se deben reunir
los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de un país de la Unión Europea
o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en
virtud de Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los
términos en que ésta se define en los Tratados
Constitutivos de la Unión Europea. También podrán
ser admitidos el cónyuge, siempre que no estén
separados de derecho, así como sus descendientes y
los de su cónyuge, si son menores de 21 años o
mayores de dicha edad pero sigan viviendo a sus
expensas, todo ello según la normativa vigente
aplicable. Igualmente, podrán acceder a las
Administraciones Públicas, como personal laboral,
quienes no estando incluidos en el apartado anterior
se encuentren con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su
caso, de la edad de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones
físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad
de condiciones con los demás aspirantes, siempre
que tales limitaciones no sean incompatibles con el
desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado,
en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de Diplomado Universitario.
En el caso de que dicha titulación se haya obtenido
en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente
homologación del Ministerio de Educación, Cultura
y Deportes, a tenor de la legislación vigente aplicable.
TERCERA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal calificador de la convocatoria estará
constituido de conformidad con lo señalado en el
artículo 60 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público, y estará formado por
un mínimo de cinco miembros, que se organizarán
de la siguiente forma:
Presidente: un funcionario de carrera del Grupo
A1/ A2 o personal laboral fijo del Grupo I/II.
Secretario: un funcionario de carrera de la Corporación.
Vocales: tres empleados públicos del Patronato de
Turismo de Gran Canaria, cuyo régimen jurídico sea
funcionario de carrera y/o laboral fijo, debiendo, al
menos uno de ellos, ostentar la categoría convocada.
En la composición del Tribunal se velará por el
principio de especialidad y paridad, debiendo poseer
todos los miembros un nivel de titulación igual o
superior al exigido para el ingreso en el Grupo de
Titulación de la categoría de que se trate.
La constitución del Tribunal exige la presencia de
la mitad más uno de sus componentes, incluidos
necesariamente su Presidente y Secretario. De todas
las reuniones que celebre se levantará la correspondiente
Acta, que firmarán todos los miembros del Tribunal.
Todos los miembros del Tribunal, incluido el Secretario,
tendrán voz y voto para dirimir las incidencias que
surjan a lo largo del proceso selectivo, que se resolverán
mediante acuerdo adoptado por mayoría simple de los
asistentes, sin el voto de calidad del Presidente.
Asimismo, podrán asistir dos observadores designados,
uno, de entre la representación de los trabajadores, y
otro, de entre la representación de los funcionarios,
dependiendo de la plantilla afectada.
En todo caso, esta asistencia se verificará con cargo
a sus respectivos créditos horarios sindicales, limitándose
exclusivamente a los actos de naturaleza pública.
Podrán incorporarse para asesorar al Tribunal otros
funcionarios o trabajadores de la Corporación, así como
especialistas en la materia, siendo acordada su
designación por el Tribunal.
CUARTA. SOLICITUDES.
Los interesados deberán presentar su solicitud,
acompañada de la fotocopia del DNI, del modelo de
declaración jurada y de la titulación exigida, en el Registro
General del Patronato de Turismo de Gran Canaria,
sito en la calle León y Castillo, 17, de Las Palmas de
Gran Canaria, en el plazo de diez días naturales a contar
desde el día siguiente a la publicación del correspondiente
anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia( DEL 7 AL 16 DE JUNIO DEL 2011)
, en horario de 09: 00 a 14:00 de lunes a viernes;
no obstante, si el último día natural coincide en sábado
el Registro permanecerá ese día abierto de 09:00 a
12:00 horas. Asimismo, los interesados deberán
adjuntar su Curriculum Vitae y copia simple de la
documentación acreditativa de los méritos que interesen.
Únicamente, se valorarán los méritos acreditados
dentro del plazo de presentación de instancias.
Los aspirantes extranjeros deberán acreditar su
nacionalidad y, en el supuesto de tratarse de los
descendientes, tanto de ciudadanos españoles como
de nacionales de otros estados miembros de la Unión
Europea, así como descendientes del cónyuge (siempre
que no estén separados de derecho) y, en lo que atañe
a los descendientes, que sean menores de 21 años o
mayores de esta edad, pero sigan viviendo a sus
expensas, deberán acreditar el vínculo de parentesco
y, en su caso , el hecho de vivir a expensas o estar a
cargo del nacional de un Estado miembro de la UE.
Los aspirantes a los que se refiere el párrafo final del
apartado a) de la base segunda deberán presentar
fotocopia del pasaporte en vigor, así como fotocopia
del correspondiente permiso de residencia o de trabajo
y residencia.
Con carácter general, los aspirantes que no tengan
la nacionalidad española deberán acreditar no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
En el plazo máximo de un mes, contados a partir
de la expiración del plazo de presentación de instancias,
se dictará resolución aprobando la lista provisional
de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que
se publicará en el Tablón de Anuncios de esta
Corporación, se indicará el plazo de subsanación de
defectos que se concede a los aspirantes excluidos.
Los aspirantes que no subsanen en plazo su exclusión
de la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
La lista de admitidos y excluidos, la composición
del Tribunal calificador y las resoluciones del
procedimiento se publicarán en el Tablón de Anuncios
y en la página Web Corporativa:
www.grancanaria.com/patronato_turismo/rrhh.0.html.
QUINTA. SISTEMA SELECTIVO.
El proceso de selección constará de dos fases
(puntuación máxima 22 puntos):
1. Fase de concurso de méritos: a los aspirantes les
serán valorados, con un máximo de 20 puntos, los méritos
indicados en la presente base y que se ostenten a la
fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias para la participación en la presente
convocatoria y, todo ello de acuerdo con el siguiente
baremo:
a. Experiencia profesional: máximo de 10 puntos.
• En la Administración Pública, hasta 0.05 puntos
por cada mes completo en plaza de igual categoría y,
en las competencias que se relacionan posteriormente.
En otros ámbitos laborales, 0.03 puntos por cada mes
completo en plaza o puesto de trabajo de igual categoría
y, en las competencias que se relacionan posteriormente,
de acuerdo con el grupo de cotización 2 a la Seguridad
Social equivalente a los Ingenieros Técnicos, Peritos
y Ayudantes titulados. Se considerarán la experiencia
profesional sólo en las siguientes Competencias:
Redacción y Gestión de proyectos en el ámbito
turístico; Proyectos de cooperación interregional,
preferiblemente en el ámbito del territorio MadeiraAzores-Canarias; Conocimientos del sector turístico
y de sus instituciones; Sistemas de información y
gestión turística; Formación turística; Sostenibilidad
y calidad turística; Turismo rural y de naturaleza;
Redes sociales e innovación; Gestión y desarrollo de
productos y destinos turísticos; Herramientas informáticas
de gestión; Idiomas inglés y portugués.
b. Cursos de formación, perfeccionamiento y otras
titulaciones: máximo 10 puntos.
• Serán valorados los cursos realizados en los
últimos 10 años y relacionados con las funciones o
competencias en las siguientes materias( máximo 4.5
puntos): 0.025 puntos por cada 10 horas lectivas:
Redacción y Gestión de proyectos en el ámbito
turístico; Proyectos de cooperación interregional,
preferiblemente en el ámbito del territorio MadeiraAzores-Canarias; Conocimientos del sector turístico
y de sus instituciones; Sistemas de información y
gestión turística; Formación turística; Sostenibilidad
y calidad turística; Turismo rural y de naturaleza;
Redes sociales e innovación; Gestión y desarrollo de
productos y destinos turísticos; Herramientas informáticas
de gestión; Idiomas inglés y portugués.
• Estar en posesión de la Diplomatura de Turismo:
2 puntos.
• Estar en posesión deMasteres universitarios o estudios
de posgrados en relación con las competencias
relacionadas anteriormente (máximo 2 puntos): 1
punto por cada uno.
 • Otras titulaciones universitarias (máximo 1.5
puntos): 0.75 puntos por cada una.
2. Entrevista personal: (máximo 2 puntos): El
Tribunal acordará mediante resolución motivada los
aspirantes, que en orden a la puntuación alcanzada
en la fase anterior, deban realizar la entrevista personal.
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial
o trabajador fijo discontinuo, la puntuación se computará
proporcionalmente al tiempo realmente trabajado, a
razón del número de días cotizados que figuren el
certificado de vida laboral.
Acreditación:
Para acreditar la experiencia profesional, se deberá
aportar necesariamente los siguientes documentos:
a) En la Administración Pública: informe de vida
laboral y certificado de servicios prestados.
b) En otros ámbitos: informe de vida laboral y
certificado de empresa o fotocopia del contrato de trabajo
que acredite la categoría profesional.
SEXTA. Concluidas las distintas fases, se publicará
en el Tablón de Anuncios y en la página Web
Corporativa la relación de aspirantes con las calificaciones
obtenidas. La puntuación final del procedimiento
será la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas
fases. El Tribunal elevará al órgano competente
propuesta de contratación del aspirante que mayor
puntuación haya obtenido, a efectos de su publicación
y aprobación. En caso de empate se resolverá mediante
la sucesiva aplicación de los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase de
concurso de méritos.
2. Si continuase el empate, se tendrá en cuenta se
tendrá en cuenta la mayor puntuación otorgada en la
fase anterior, en el apartado de experiencia profesional.
El aspirante propuesto para la contratación por el
Tribunal deberá aportar los documentos originales o
fotocopias compulsadas justificativos de los méritos
alegados, en el plazo de diez días naturales, a contar
desde el día siguiente a la publicación Resolución del
Tribunal, en el Registro General del Patronato de
Turismo de Gran Canaria, mediante instancia dirigida
al Sr. Presidente del Patronato de Turismo de Gran
Canaria. Presentada toda la documentación anterior,
se suscribirá el contrato de trabajo temporal procedente,
por el órgano competente y previas las formalidades
administrativas legalmente previstas.
SÉPTIMA. RECURSOS Y RECLAMACIONES.
Las respectivas convocatorias, sus bases, y demás
actos administrativos que se deriven de ellas y de las
actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en
los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 14/1999.
DILIGENCIA. Que se extiende para hacer constar
que las presentes bases de contratación temporal en
la categoría de Técnico Medio, han sido aprobadas
por Decreto del Presidente del Patronato de Turismo
de Gran Canaria.

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