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sábado, 19 de febrero de 2011

CORRECCION DE ERRORES PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE PLAZAS DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO TEMPORALMENTE PARA LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

En el Boletín Oficial de Canarias de ayer se ha publicado:

Detectado error en el anexo I a la Resolución de 21 de diciembre de 2010, de la Vicerrectora de Profesorado de la Universidad de La Laguna, donde se cita la plaza convocada para la provisión por sustitución de una plaza con la categoría de Contrato Laboral de Interinidad a tiempo parcial 6 horas, área de conocimiento de Ciencias y Técnicas de la Navegación, adscrita al Departamento de Ciencias y Técnicas de la Navegación, este Vicerrectorado ha dispuesto, en uso de las facultades otorgadas en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, proceder a la oportuna corrección:
Primero.- Donde dice:
"Referencia: NDF1305/10",
Debe decir:
"Referencia: NDF0786".
Segundo.- Donde dice:
"Categoría, Dedicación y Duración del Contrato: Contrato laboral de interinidad (*) 6 horas. La duración del contrato será hasta que se incorpore la titular de la plaza DF1305, de la situación de I.T.
Debe decir:
"Contrato laboral de interinidad (*) 6 horas. La duración del contrato será mientras permanezca el titular de la plaza DF0786 acogido al Programa de Incentivo para la Formación y Promoción de Profesores Titulares de Escuela y Profesores Colaboradores.
Tercero.- Como consecuencia de la citada corrección se procede a la apertura de un plazo de presentación de solicitudes de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en la forma señalada en la base cuarta, punto 1, de la Resolución de 21 de diciembre de 2010.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, advirtiendo que, de presentar recurso potestativo de reposición, no podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición. Todo lo cual sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
La Laguna, a 25 de enero de 2011.- El Rector, p.d., la Vicerrectora de Profesorado (Resolución de 28.1.10;BOC de 4.3.10), Carmen Dolores Sosa Castilla.

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