En el BOP del 20/11 se ha publicado en las páginas 9726 y ss:
Por acuerdo Decreto número 2502/2019 de fecha
23 de julio de 2019, se aprobaron las bases específicas
que han de regir el correspondiente proceso selectivo
para generar listas de reserva por el sistema de
oposición, de la PLAZA DE CONDUCTOR -
TRACTORISTA (D) y de acuerdo al mismo se procede
a la publicación de las citadas bases específicas:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR
LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE
EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA PLAZA DE
OFICIAL DE 1ª CONDUCTOR-TRACTORISTA
MEDIANTE LISTAS DE RESERVA EN EL
AYUNTAMIENTO DE MOGÁN.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria, la configuración
de lista de reserva para cubrir las necesidades de
contratación temporal en esta administración, bien
mediante nombramiento de personal interino como
personal laboral temporal, mediante el sistema de
oposición de plaza de Oficial de 1ª Conductortractorista.
SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA
EXIGIDA.
Oficial 1º Conductor-Tractorista: Con respecto a la
titulación se requiere estar en posesión del Título de
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Graduado Escolar, o en condiciones de obtenerlo en
la fecha en que se termine el plazo de presentación
de instancia, así como estar en posesión del permiso
de conducir B y C (licencia para conducción de
tractores).
TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR
LOS ASPIRANTES PARA TOMAR PARTE EN EL
PROCESO SELECTIVO.
Se estará a lo establecidos en la base segunda de
las BASES GENERALES DE LAS
CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTA DE
RESERVAS PARA INTERINIDADES Y
CONTRATACIONES LABORALES DEL
AYUNTAMIENTO DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO
DE MOGÁN, aprobadas por Acuerdo de la Junta de
Gobierno Local 19 de abril de 2016, publicado en la
Web www.mogan.es y en el Boletín Oficial de la
Provincia número 55 de 6 de mayo de 2016, en
adelante BGLR.
CUARTA: SOLICITUDES.
Se estará a lo establecidos en la base tercera de las
BGLR.
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de la solicitud de participación
en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS
NATURALES, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Así mismo se publicarán en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento y en la página Web municipal,
www.mogan.es
QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las
BGLR.
SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y
FASES DEL MISMO:
La selección se efectuará por el sistema de oposición.
El programa que han de regir las pruebas selectivas
es el que figura en Anexo III de esta convocatoria,
para cada una de las categorías convocadas.
1. FASE PRIMERA: (Oposición)
Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes
a la fase de oposición no se permitirá el uso de
teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados
durante el tiempo de realización de las pruebas.
La oposición consistirá en la realización de los
siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y
eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las
medidas precisas en orden a garantizar el anonimato
de los aspirantes):
A) EJERCICIO TEÓRICO: Consistirá en el desarrollo
de un ejercicio teórico tipo Test, relacionado con el
temario, que se incorpora como anexo III de la presente
convocatoria. El tiempo máximo de desarrollo del primer
ejercicio será de 50 minutos.
Consistiendo el ejercicio teórico en un ejercicio
tipo test de 50 preguntas con 4 respuestas posibles,
siendo una sola de ellas la correcta. En caso de señalar
más de una opción se considerará como respuesta en
blanco.
La fórmula de corrección será la siguiente, teniendo
en cuenta que las respuestas en blanco no puntúan ni
restan: [(nº de aciertos – (nº de errores/ 3)) / nº de
preguntas] x 10.
B) EJERCICIO PRÁCTICO: Ha de ser relacionado
con las funciones de la categoría a que se aspira,
relacionadas con identificación de herramientas,
técnicas y procesos o protocolos, que guarden relación
con el temario (anexo III). El tiempo máximo de
duración del ejercicio será de una hora.
De la misma manera, en caso de que el aspirante
sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano
podrán ser requerido a la realización de alguna prueba
que permita conocer el nivel de manejo del castellano,
si bien el carácter técnico de la oposición convocada
podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal
comprobación y evaluado en el desarrollo del ejercicio
si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado
por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia
en el expediente.
Ambos ejercicios han de desarrollarse por escrito,
salvo que el tribunal considere más adecuado realizar
una práctica con el tractor, como puede ser el realizar
maniobras con el tractor.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 140, miércoles 20 de noviembre de 2019 9727
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Cada una de las pruebas que integran los ejercicios de la oposición se calificará hasta un máximo de diez puntos,
siendo necesario para pasar a la siguiente prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto, desde el mismo
momento en que el aspirante no obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de los ejercicios, quedará
automáticamente excluido.
La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones
otorgadas por cada miembro del Tribunal en el ejercicio práctico, eliminando, en todo caso, las puntuaciones
máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
y en la Web municipal, la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con especificación
de las puntuaciones obtenidas.
Deberá tenerse en cuenta que las rectificaciones de errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio, cuando
los mismos sean fácilmente constatables, llevará aparejada su aplicación para todos los aspirantes en igualdad
de condiciones, lo que pudiera determinar una modificación de las puntuaciones respectivamente obtenidas, de
lo que los aspirantes deberán ser respectivamente informados en todo momento mediante el correspondiente
Anuncio de rectificación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Las comunicaciones que se efectúen por teléfono a través de funcionario público, deberán hacerse constar en
el expediente administrativo mediante Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión.
CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de oposición será
siempre la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el práctico. En cualquiera
de los casos, no se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de cinco puntos respectivamente.
SÉPTIMA: PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación final del proceso selectivo será determinada por la
clasificación final de la fase de oposición. La Puntuación máxima que se puede obtener es de 10 puntos,
correspondiente a la fase oposición.
En caso de empate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico y ejercicio teórico,
en este orden, De persistir el empate se realizará un sorteo, acto público para el cual serán convocados los interesados.
OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LA FASE DE
OPOSICIÓN.
Se estará a lo establecidos en la base octava de las BGLR.
NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR.
Se estará a lo establecidos en la base quinta de las BGLR.
DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS ASPIRANTES QUE
HAN DE INTEGRAR LAS LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS CONVOCADAS.
Una vez realizadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal y en
la Web municipal la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación
decreciente y propondrá al órgano convocante los candidatos que hayan de integrar la lista de reserva respectiva
que se confeccionará por dicho orden.
DECIMOPRIMERA: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. NOMBRAMIENTO. REVOCACIÓN.
Se estará a lo establecidos en la base décima de las BGLR.
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DECIMOSEGUNDA: El solo hecho de presentar la instancia, solicitando formar parte en el presente
procedimiento, constituye sometimiento expreso de los interesados a las bases generales y específicas reguladoras
del mismo, ostentando ambas la consideración de ley reguladora del proceso en cuestión, así como así como a
las disposiciones contenidas en los criterios de funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren vigente
al tiempo de iniciarse la respectiva relación laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso se aplique.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados en la forma y plazos establecidos en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada
por la Ley 4/1999.
ANEXO I
A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN,
Don/Doña: DNI:
Dirección: Tlf fijo:
Población: Código Postal: Tlf móvil:
Correo electrónico: Fecha Nacimiento:
EXPONE:
Que a medio del presente escrito y teniendo interés en participar en el procedimiento de selección convocado
para elaborar LISTA DE RESERVA en la categoría de ____________________ y reuniendo todos y cada uno
de los requisitos exigidos en la correspondiente Convocatoria y Bases para concurrir, que fueron publicadas en
el BOP número ____ de __ de _____ de 201_.
- Documentación que acredite la identificación del aspirante.
- Título académico exigido en las bases.
- Declaración Jurada (Anexo II).
- __________________________.
EL ABAJO FIRMANTE SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia,
declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso
en la Administración Local y las especiales señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento
o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario o contratación si
es laboral.
Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto
en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligaciones inherentes a la inclusión
en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Mogán, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de
las mismas aprobados por el Ayuntamiento de Mogán.
En Mogán, a ______ de __________________ de 201_.
FIRMA
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ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA.
Don/Doña: DNI:
Dirección: Tlf fijo:
Población: Código Postal: Tlf móvil:
Correo electrónico: Fecha Nacimiento:
DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Y para que así conste a los efectos previstos en la convocatoria para la confección de lista de reserva del Ayuntamiento
de Mogán, publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2016
Firmo la presente, en Mogán a ___ de ____________ de 201_.
Fdo. ___________________________________________
ANEXO III
TEMARIO:
BLOQUE 1. MATERIAS COMUNES OFICIAL 1º CONDUCTOR:
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y principios.
Tema 2. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos y deberes. Incompatibilidades.
BLOQUE 2. MATERIAS ESPECÍFICAS OFICIAL 1º CONDUCTOR:
Tema 3. Seguridad Vial: conceptos básicos. Circulación vehículos.
Tema 4. Autorizaciones administrativas: permisos de conducción y autorizaciones relativas a los vehículos.
Las multas municipales. Medidas cautelares. Responsabilidad. Procedimiento sancionador en materia de tráfico.
Tema 5. Señalización. Prioridad entre señales. Aplicación de las señales. Retirada de señales. Tipos y
significado de las señales de circulación. Señales en los vehículos. Marcas viales.
Tema 6. El exceso de velocidad: riesgo para la conducción. El respeto a los viandantes y a otros usuarios de
la vía pública (ciclistas, transportistas, etc...).
Tema 7. El automóvil: principios y elementos mecánicos. Sistemas auxiliares de los motores: sistemas de engrase
y refrigeración.
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Tema 8. Sistemas eléctricos de los vehículos: Batería.
Dinamo. Alternador. Regulador. Motor. Arranque.
Encendido. Alumbrado.
Tema 9. Mantenimiento de los vehículos. Averías
comunes de los vehículos. Reparaciones de los
vehículos. Lavado y limpieza de los vehículos.
Tema 10. Comportamiento en caso de accidente.
Medidas adoptar para garantizar la seguridad de la
circulación y socorrer a las víctimas.
En todo lo no previsto en las Bases será de aplicación
la normativa de general y pertinente aplicación.
En Mogán, a catorce de noviembre de dos mil
diecinueve.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA (TENIENTE
ALCALDE CON COMPETENCIA EN MATERIA
DE RECURSOS HUMANOS, S/Decreto número
2050/2019 de 17 de junio), Juan Mencey Navarro
Romero.
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