Advertidos errores en la Resolución de 22 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría (BOE del 29), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debe corregirse en los siguientes términos:
En la página n.º 116014, donde dice:
«31. Vinos. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones Otras bebidas alcohólicas. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.»,
debe decir:
«31. Vinos. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.»
En la página n.º 116016, donde dice:
«3. La comercialización agroalimentaria en España. Comercialización en origen y en destino. Plataformas de distribución, comercio electrónico, canales cortos de comercialización. La transparencia de los mercados. Las cadenas de valor de los productos alimentarios: concepto, formación de precios. La comercialización pesquera. Los mercados en origen. Las lonjas. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos de la pesca. Las lonjas. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos de la pesca. Canales alternativos. Tipificación y normalización. La comercialización en destino.»,
debe decir:
«3. La comercialización agroalimentaria en España. Comercialización en origen y en destino. Plataformas de distribución, comercio electrónico, canales cortos de comercialización. La transparencia de los mercados. Las cadenas de valor de los productos alimentarios: concepto, formación de precios. La comercialización pesquera. Los mercados en origen. Las lonjas. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos de la pesca. Canales alternativos. Tipificación y normalización. La comercialización en destino.»
En la página n.º 116019, donde dice:
«43. La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) Definición e impacto. Normativa básica en España y en la Unión Europea para combatir la pesca INDR. Otras herramientas e iniciativas internacionales para combatir la pesca INDR: FAO, Organizaciones Regionales de Pesca.»,
debe decir:
«43. La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) Definición e impacto. Normativa básica en España y en la Unión Europea para combatir la pesca INDNR. Otras herramientas e iniciativas internacionales para combatir la pesca INDNR: FAO, Organizaciones Regionales de Pesca.»
En el Anexo III, Tribunal calificador, Tribunal suplente, donde dice:
«Vocales: Omar Collado Díaz. C. Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas»,
debe decir:
«Vocales: Omar Collado Díaz. E. Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA».
Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 24 de enero de 2018.–El Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.
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