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miércoles, 5 de enero de 2011

VARIAS CONVOCATORIAS DE LISTAS DE RESERVA PARA INGENIO

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 109 y siguientes:




El Alcalde-Presidente por resolución de fecha 29
de diciembre de 2010, ha procedido a Convocar la
creación de LISTA DE RESERVA Y/O BOLSA DE
EMPLEO para contratación temporal cuando fuere
necesario, con arreglo a las siguientes basesGenerales
y específicas, aprobadas por la Junta deGobierno Local
en sesión ordinaria de fecha 28 de diciembre de 2010.
BASES GENERALES PARA LA
CONFIGURACIÓN DE LISTAS DE RESERVA
(BOLSA DE EMPLEO) PARA ATENDER
NECESIDADESTEMPORALESDEPERSONAL,
EN EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA
VILLA DE INGENIO.
PRIMERA. NORMAS GENERALES.
1.1. Constituye el objeto de las presentes bases la
formación de una Lista de Reserva (en adelante Bolsa
de Empleo), con objeto de cubrir posibles sustituciones,
y contrataciones temporales que surjan en esta
Administración, por el sistema de CONCURSO DE
MÉRITOS, de conformidad con lo dispuesto en el
EstatutoBásico del Empleo Público y demás legislación
vigente en materia de selección de personal.
En cualquier caso, el acceso a las listas de candidatos
de la Bolsa de Empleo no determinará la aparición
de relación alguna entre el concursante y elAyuntamiento
de Ingenio, hasta tanto no sea llamado a ocupar un
puesto de trabajo.
Así, la inclusión de los candidatos en las listas que
se configuren para los diferentes puestos de trabajo
a convocar por elAyuntamiento de Ingenio, no supone
el desempeño inmediato de los mismos, pues el
objetivo que se persigue con la Bolsa de Empleo es
el de agilizar las contrataciones temporales, en función
de las necesidades que vayan surgiendo, para formalizar
cualquiermodalidad de contratación temporal que en
cada momento se precise.
1.2. FUNCIONES: Además de las que le sean
específicamente encomendadas, las propias del puesto
de trabajo concreto, las descritas en la Relación de
Puestos de Trabajo, en su caso. Cuando se trate de
contrataciones provinentes de recursos subvencionados
que no tienen carácter de permanente, las funciones
y responsabilidades serán las propias de su titulación
que les habilita para el desempeño de la categoría,
profesión, puesto o plaza, y las que específicamente
sean señaladas en los convenios a suscribir.
1.3. VIGENCIA: La vigencia de éstas será hasta la
creación de una nueva Bolsa de Empleo derivada de
la celebración y convocatoria de un nuevo proceso
selectivo para misma categoría profesional, y como
máximo hasta tres años. Los integrantes de la bolsa
serán llamados por el orden de puntuación obtenido
según el proceso, y en caso de no aceptar la oferta de
trabajo propuesta, serán excluidos de la lista, pasando
al siguiente candidato, por orden de puntuación
obtenida.
SEGUNDA. REQUISITOS
2.1. Para poder formar parte de la Bolsa de Trabajo,
los interesados deberán reunir los mismos requisitos
exigidos para participar en las pruebas de acceso
como funcionario de carrera o personal laboral fijo,
con referencia al último día de la presentación de
instancias:
a) Tener nacionalidad española.
También podrán acceder como empleado público,
en igualdad de condiciones que los españoles a los
empleos públicos, con excepción de aquellos que
directa o indirectamente impliquen una participación
en el ejercicio del poder público o en las funciones
que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses
del Estado o de las administraciones Públicas los
nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea y cualquiera que sea su nacionalidad, el
cónyuge de los españoles y los nacionales de otros
Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de derecho y sus descendientes y
los de su cónyuge siempre que no estén separados de
derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes.
Finalmente serán de aplicación las anteriores
previsiones correspondientes a los nacionales de los
Estadosmiembros de laUnión Europea a las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados
Internacionales celebrados por la Unión europea y
ratificados por España en los que sean de aplicación
la libre circulación de los trabajadores.
Los extranjeros a que se refieren los apartados
anteriores, así como los extranjeros con residencia legal
en España podrán acceder a las Administraciones
 Públicas, como personal laboral, en igualdad de
condiciones que los españoles.
Solo por Ley de las Cortes Generales o de las
AsambleasLegislativas de lasComunidadesAutónomas
podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por
razones de interés general para el acceso a la condición
de personal funcionario.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas inherentes a la plaza y/ o puesto convocados.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso,
de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públ icas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en caso del personal laboral, en el que hubiesen sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente que impida, en su Estado, en losmismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la Titulación exigida para
cada una de las categorías que se convoquenmediante
las correspondientes Bases Específicas.
Estos requisitos se acreditarán mediante:
- Fotocopia del D.N.I/NIE en vigor.
- Fotocopia de la Titulación académica.
- Declaración Jurada acreditativa de no haber sido
separado del servicio de ninguna Administración
Pública por los motivos señalados en el apartado d)
anterior, debiendo transcribirse literalmente en la
declaración jurada expresamente el texto que figura
en dicho apartado.
La documentación relacionada habrá de aportarse
en elmomento de la presentación de la solicitud para
participar en el proceso selectivo que se convoque,
sin perjuicio de la que haya de aportarse una vez el
concursante sea llamado para formalizar alguna
contratación o nombramiento interino. Toda la
documentación que se aporte deberá estar debidamente
traducida al castellano y, en su caso, debidamente
homologada.
TERCERA. PUBLICIDAD.
Las presentesBases deberán se objeto de publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas,
así como en el Tablón de Anuncios del lustre
Ayuntamiento de la Villa de Ingenio y en la página
Web delAyuntamiento http://www.villadeingenio.org
CUARTA. SOLICITUDES: Forma, plazo y lugar
de presentación.
4.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso
selectivo que se convoquen, deberán solicitarlo en el
impreso que figura comoAnexo I de las presentesBases,
que les será facilitado gratuitamente en elAyuntamiento
de Ingenio, así como en la página Web.
http:/www.villadeingenio.org. A la solicitud de
participación se acompañarán los siguientes documentos:
a)FotocopiaDocumentoNacional de Identidad, vigente
en elmomento de finalización del plazo de presentación
de instancias, o Tarjeta de Identificación de Extranjero
que indique su nacionalidad.
b) Fotocopia de la Titulación exigida.
c) Declaración jurada acreditativa de no haber sido
separado del servicio de ninguna Administración
Pública.
d) Sobre cerrado conteniendo fotocopia de los
méritos que el interesado desea hacer valer. Los
méritos se aportarán acompañados de un currículum
vitae firmado por el interesado en el que se relacionen
todos y cada uno de ellos, en el supuesto de tratarse
de títulos o certificaciones de cursos de formación se
deberán relacionar por orden cronológico, y deberá
ser sucrito bajo la declaración jurada y responsable
del candidato que reconozca que su contenido es
cierto y de no serlo o de no poder acreditarlo se
atendrá a las consecuencias legales y a las previstas
en las presentes bases por falta de veracidad de las
mismas. El currículum irá acompañado de fotocopia
de los títulos o certificaciones que acrediten los
méritos que se determinan en las presentes Bases, de
manera que de resultar incluidos entre los candidatos
a formar parte de la bolsa de trabajo de las diferentes
plazas que se convoquen por esta Administración, el
interesado deberá aportar los originales de losméritos
aportados para su debida compulsa, en el plazo de cinco
días naturales siguientes a la publicación de la lista
conteniendo la relación de candidatos que la integrarán.
4.2. En ningún caso se valorarán méritos no
acreditados documentalmente en la forma que se
determinen en las presentes Bases, aunque hubieren
sido debidamente alegados por el interesado en la
instancia de participación.
4.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos
que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo
demandar sumodificación,mediante escritomotivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de
solicitudes.
4.4. Las solicitudes se dirigirán al Sr. AlcaldePresidente del
Ayuntamiento de Ingenio, debiendo indicar
en la misma que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación.
4.5. El impreso de solicitud de participación, deberá
presentarse por duplicado, con todos los datos
debidamente cumplimentados y con los documentos
anteriormente señalados, y podrá hacerse en elRegistro
General delAyuntamiento de Ingenio o en cualquiera
de las formas contempladas en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
ProcedimientoAdministrativo Común, en el plazo de
VEINTE DIAS NATURALES contados a partir del
siguiente a la publicación de la correspondiente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas.
QUINTA.ADMISIÓNDE LOSCONCURSANTES
5.1. Para ser admitido al proceso de selección será
preciso que los concursantes manifiesten en sus
instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la base segunda, referidas siempre a la
fecha de expiración del plazo señalado para la
presentación de instancias, y que consten aportados
los documentos reseñados en la base cuarta de las
presentes bases, y en su caso de los que se especifiquen
en las correspondientes bases específicas.
5.2. Expirado el plazo de presentación de instancias,
el Alcalde-Presidente dictará resolución en el plazo
máximo de UN MES, declarando aprobada la lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que
se hará pública en el tablón de Anuncios del
Ayuntamiento y en la página web.
Los aspirantes excluidos u omitidos en dichas
relaciones dispondrán de un plazo de DIEZ DIAS
HABILES contados a partir del siguiente al de la
publicación en el Tablón de Anuncios, conforme a lo
dispuesto por el artículo 71 de la Ley 30/1992, para
subsanar los defectos que hayanmotivado su exclusión
u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.
Si en dicho plazo no se subsanan los defectos serán
definitivamente excluidos de la realización del proceso
selectivo.
No se considera defecto subsanable la falta de
aportación del sobre cerrado conteniendo losméritos
que se pretendan hacer valer, ya que elmismo deberá
ser aportado obligatoriamente junto con la instancia
de participación.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo
y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no
figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además
que sus nombres y datos personales se recogen
correctamente en la pertinente relación de admitidos.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.
La lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos se considerará automáticamente elevada a
definitiva si no se presentaran reclamaciones. Si
hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas,
si procede, mediante la correspondiente Resolución
de Alcaldía por la que se aprobará la lista definitiva,
que se hará pública en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento así como en la página web, y en ella
podrá fijarse lugar, fecha y hora en el que se reunirá
elÓrgano de Selección que deberá valorar losméritos,
así como su composición si no se hubiere efectuado
en resolución anterior.
La publicación en el Tablón de Anuncios de la
resolución por la que se declara aprobada definitivamente
la lista de admitidos y excluidos en el Tablón de
Anuncios será determinante de los plazos a efectos
de posibles impugnaciones o recursos.
Contra la resolución definitiva de admitidos y
excluidos, los aspirantes podrán interponer Recurso
Potestativo de Reposición en el plazo de UN MES a
contar desde el día siguiente al de su publicación en
el Tablón deAnuncios, ante elAlcalde-Presidente del
Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, o
impugnarla directamente ante la jurisdicción Contencioso Administrativa
en  el plazo de  DOS MESES, de
conformidad con previsto en la Ley 30/1992 de 26
de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por la
Ley 4/1999 de 13 de enero, y Ley 29/1998 de 13 de
julio Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
SEXTA. ÓRGANO DE SELECCIÓN Y
VALORACIÓN
6.1. COMPOSICIÓN.
El órgano de Valoración de los méritos estará
integrado por los siguientes miembros, que serán
designados por Resolución de Alcaldía:
PRESIDENTE: Será nombrado entre el personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
SECRETARIO: El de la Corporación o empleado
público que le sustituya.
VOCALES:Unmínimo de tres vocales, nombrados
entre el personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
Losmiembros del Órgano Evaluador deberán tener
la condición de funcionarios públicos o personal
laboral fijo y poseer un nivel de titulación igual o superior
al exigido para concurrir a la que categoría que se
convoque y preferentemente que sean del área de
conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los
candidatos.
En ningún caso, podrán formar parte del Órgano
evaluador ni el personal de elección o de designación
política, ni el personal funcionario interino o eventual.
La participación de los miembros del Órgano de
Selección y Valoración lo será siempre a título
individual, no pudiendo ostentarse en representación
o por cuenta de nadie, con independencia del organismo
que le designe, y serán personalmente responsables
del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria
y de la sujeción a los plazos establecidos para la
realización y valoración de las pruebas y para la
publicación de los resultados.
Losmiembros delÓrgano de Selección yValoración
actuarán con voz y voto, incluido el Secretario. Se
designarán suplentes para los miembros del Órgano
de Selección y Valoración que asumirán, en su caso,
las funciones de los titulares respectivos.
La designación de los miembros del Órgano de
Selección y Valoración se hará pública en el Tablón
de Anuncios del Ayuntamiento, lo que podrá llevarse
a cabo conjuntamente con la exposición de la lista
definitiva de admitidos al proceso convocado o con
anterioridad si figurasen en el expediente debidamente
nombrados todos losmiembros que han de integrarlo.
ElÓrgano de Selección yValoración estará facultado
para resolver todas las cuestiones que pudieran
suscitarse en el curso del proceso selectivo, así como
para adoptar los acuerdos necesarios para el debido
orden en todo lo no previsto en estas Bases y llevar
a cabo las interpretaciones de aquellas cuestiones
que pudieran resultar oscuras, debiendo justificarse
en cualquier caso las mismas.
En ningún caso elÓrgano de Selección yValoración
podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso
un número superior de concursantes que el de puestos
convocados para integrar laBolsa de Empleo.Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno derecho. No obstante lo anterior
y en aras de asegurar la cobertura de los puestos en
la bolsa de empleo que se convoque, si se produjeran
renuncias de los concursantes seleccionados antes
de declararse su inclusión en la Bolsa de Empleo, el
órgano convocante podrá requerir del Órgano de
Selección y Valoración relación complementaria de
los concursantes que igualmente hayan superado el
proceso para su inclusión
ElÓrgano de Selección yValoración se constituirá,
previa convocatoria del Presidente, y continuará
constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento
selectivo convocado.
El Órgano de Selección y Valoración podrán
incorporar a sus trabajos a cuantos asesores especialistas
consideren oportunos con voz y sin voto, que se
limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.
poner la incorporación a lmismo
de otros funcionarios o trabajadoresmunicipales, así
como técnicos cualificados para colaborar durante los
procesos de selección, con carácter temporal o
permanente, siempre bajo la dirección del Órgano de
Selección y Valoración cuando el procedimiento
selectivo, por razón del número de aspirantes presentado
a las pruebas o por otras circunstancias lo aconsejaren.
Este personal colaborador se incorporará al Tribunal
como parte integrante del mismo y realizará tareas
de auxilio a aquél, actuando, en consecuencia, sin voz
ni voto.
Losmiembros delÓrgano de Selección yValoración
que respectivamente se constituya para las categorías
que se convocan y, en su caso, el personal colaborador
y o asesores especialistas, serán retribuidos por el concepto
de asistencia a losmismos, de acuerdo con lo dispuesto
en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio. En tal caso,
si los miembros que forman parte del Órgano de
Selección son funcionarios o personal laboral que prestan
servicios en elAyuntamiento de Ingenio, sólo tendrán
derecho a la percepción de dietas e indemnizaciones
si la asistencia a las sesiones delÓrgano deValoración
se lleva a cabo fuera de la jornada laboral.
6.2 CONSTITUCIÓN Y ACTUACIÓN DEL
TRIBUNAL CALIFICADOR.
Previa convocatoria del Presidente, el órgano de
Selección y Valoración celebrará su sesión de
constitución antes de proceder a la valoración de los
méritos aportados por los aspirantes, debiendo acordar
todas las decisiones que correspondan en orden al correcto
desarrollo del proceso selectivo.
El Órgano de Selección y Valoración actuará bajo
los principios de independencia y discrecionalidad técnica,
y no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la
asistencia de la mitad de sus miembros titulares o
suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria
la asistencia del Presidente y Secretario. Sus acuerdos
se adoptarán por mayoría simple, siendo dirimente,
en caso de empate, el voto del Presidente.
En caso de ausencia, tanto del Presidente titular como
del suplente, el primero designará de entre los vocales
a un sustituto que lo suplirá. En el supuesto en que
el Presidente titular no designe a nadie, su sustitución
se hará por el vocal de mayor edad.
En lo no previsto en las correspondientes convocatorias,
el procedimiento de actuación delÓrgano de selección
y Valoración se ajustará a lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por la
Ley 4/1999 de 13 de enero.
El Órgano de Selección y Valoración continuará
constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento
selectivo.
6.3. ABSTENCIÓN.
Losmiembros delÓrgano de Selección yValoración
deberán plantear su abstención, para no formar parte
delmismo, cuando pudieran estar incursos en alguno
de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, debiendo comunicarlo ante
la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento.
6.4. RECUSACIÓN.
Los concursantes podrán recusar a losmiembros del
Órgano de Selección y Valoración, y a los Asesores
especialistas cuando juzguen que concurren en ellos
alguna o varias circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas
y del ProcedimientoAdministrativoComún, siguiéndose
para ello el procedimiento establecido en el artículo
29 de la citada Ley.
6.5. REVISIÓN DE LAS RESOLUCIONES DEL
ÓRGANO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN
Las resoluciones delÓrgano de Selección yValoración
vinculan a laAdministraciónMunicipal, aunque ésta,
en su caso, puede proceder a su revisión conforme a
lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo común,
en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las
pruebas o trámites afectados por las irregularidades,
sin perjuicio de las facultades asignadas al Órgano de
Selección y Valoración para aclarar dudas y rectificar
los erroresmateriales, de hecho o aritméticos que haya
podido cometer en sus actuaciones, así como para resolver
las reclamaciones que se interpongan contra sus
resoluciones.
. PROCESO DE SELECCIÓN
7.1. Dado que el objetivo perseguido con las presentes bases es la formación de una Bolsa de Empleo, para
cubrir posibles sustituciones y/o contrataciones temporales que surjan en esta Administración, el procedimiento
de selección será el deCONCURSODEMÉRITOS, a fin de comprobar fundamentalmente la experiencia, conocimientos,
antigüedad y formación en cada una de las categorías que se convoquen mediante las correspondientes Bases
Específicas, en cuyo caso el baremo del proceso se ajustará a lo dispuesto ellas.
Atales efectos, el proceso selectivo constará de una única fase, consistente en la Valoración de Méritos, para
el que se fija una puntuación máxima total de 10 puntos, no exigiéndose puntuación mínima para considerar
superado el mismo.
Los méritos a valorar serán los establecidos en las presentes Bases y aquellos que en su caso, se establezcan
en las correspondientes Bases Específicas, que no estén contemplados en el siguiente apartado.
7.2. MERITOS A VALORAR
Consistirá en la valoración de los méritos que a continuación se significan, que se llevará a cabo con arreglo
a los criterios que se señalan:
A) Méritos Profesionales
- Por cada mes completo de servicios prestados y o reconocido en la Administración Pública en puestos de
trabajo igual o similar al de la plaza que se convoque, acreditado mediante el correspondiente certificado
expedido por el órgano competente: 0,10 puntos, con un máximo de 2 puntos
- Por cadames completo de servicios prestados y o reconocido en laAdministración Pública en puestos diferentes
a los se convoque, acreditado mediante el correspondiente certificado expedido por el órgano competente: 0,05
puntos, con un máximo de 1 punto
- Por cada mes completo prestado en la categoría convocada realizando funciones a que se refieran las
correspondientes Bases Específicas: 0,20 puntos con un máximo de 3 puntos.
A efectos de la valoración especificada en los apartados anteriores, cuando el tiempo de servicios y las
funciones correspondan a unmismo periodo, sólo se computará uno de ellos, en atención a lamayor puntuación.
La puntuación máxima por méritos profesionales no podrá superar 4,5 puntos.
B) Méritos académicos:
Por poseer una titulación académica distinta a la exigida en la correspondiente convocatoria específica,
relacionada con las funciones propias de los puestos a convocar:
- Doctorado 1 punto
- Otras Licenciaturas que no sean con las exigidas 0,50 puntos
- Diplomatura 0,40 puntos
- Técnico Superior 0,30 puntos
- Bachiller 0,20 puntos
- Técnico Auxiliar 0,10 puntos
 En el supuesto de estar en posesión de varias titulaciones, únicamente se valorará el Título demayor categoría
que se aporte a la respectiva convocatoria.No se valorarán las titulaciones académicas que se exijan como obligatorias
en cada una de las convocatorias a realizar.
Las titulaciones se acreditarán mediante original o copia auténtica de la titulación que se pretenda hacer valer.
La puntuación máxima por méritos académicos no superará un 1 punto.
C) Cursos de Formación y Perfeccionamiento:
La puntuación de este apartado se efectuará del siguiente modo:
c.1) Un máximo de 3,5 puntos por la suma de los apartados siguientes:
- Por jornadas, seminarios, cursos de formación y capacitación profesional impartidos tanto enCentros o Instituciones
Públicas o privadas, siempre que se traten de cursos avalados con los anagramas de cualquier Administración
Pública y en la certificación se indique la referencia de actividad formativa subvencionada o avalada por dichas
entidades oAdministraciones Públicas, relacionados con las funciones inherentes a los puestos a convocarmediante
las correspondientes convocatorias específicas, dejando a criterio delÓrgano de Selección yValoración la decisión
acerca de si éstos están o no relacionados con el contenido funcional del puesto convocado.
-Asimismo, serán valorados los cursos relacionados con lasmaterias indicadas en cada convocatoria específica,
siempre y cuando sean impartidos por Centros o Instituciones Públicas o privadas con los requisitos anteriormente
mencionados.
Los cursos realizados en los últimos cinco años contados desde la publicación de la correspondiente convocatoria
específica en el BOP de Las Palmas:
- Menos de 15 horas: 0,10 puntos c/u
- De 15 a 30 horas de duración: 0,20 puntos c/u
- De 31 a 50 horas de duración: 0,30 puntos c/u
- De 51 a 75 horas de duración: 0,40 puntos c/u
- De 76 a 100 horas de duración: 0,50 puntos c/u
- De 101 a 200 horas de duración: 0,75 puntos c/u
- De 201 en adelante: 1,00 punto c/u
Los cursos realizados hace más de cinco años desde la publicación de la convocatoria específica en el BOP
de Las Palmas:
- Menos de 15 horas: 0,05 puntos c/u
- De 15 a 30 horas de duración: 0,10 puntos c/u
- De 31 a 50 horas de duración: 0,15 puntos c/u
- De 51 a 75 horas de duración: 0,20 puntos c/u
- De 76 a 100 horas de duración: 0,25 puntos c/u
- De 101 a 200 horas de duración: 0,38 puntos c/u
- De 201 en adelante: 0,50 puntos c/u
 Para el supuesto de certificaciones de cursos en
los que no figuren el número de horas lectivas, sino
la duración en días, se computará como cuatro horas
por día. En aquellos en que no se especifique nada
se computará como demenos de 15 horas de duración.
Los cursos se acreditaránmediante original o copia
auténtica del Certificado o diploma acreditativo del
mismo y de su contenido y duración.
Todas las certificaciones de cursos deberán reseñar
el número de horas lectivas y el contenido de la
actividad formativa, al objeto de poder comprobar que
elmismo guarda relación con la naturaleza de los puestos
que se convoquen mediante las correspondientes
convocatorias específicas.
En ningún caso se valorarán cursos que no guarden
relación con la naturaleza de los puestos de trabajo
o con laAdministración Pública, así como certificaciones
de centros privados que no estén avaladas o
subvencionadas por entidades o Administraciones
Públicas.No se valorarán en este apartado losMasters
ni los Cursos de Expertos Universitarios, sea de la
naturaleza que sean, al quedar valorados en el apartado
de “Otros méritos formativos”.
c.2) Otros méritos formativos:
-Masters, siempre que losmismos guarden relación
con la naturaleza del puesto que se convoque. Cada
Master se valorará en 0,40 puntos hasta un máximo
de 0,80 puntos.
- Cursos de expertos universitarios, siempre que los
mismos guarden relación con la naturaleza del puesto
que se convoque. Cada titulación de expertos
universitarios se valorará en 0,20 puntos, hasta unmáximo
de 0,40.
La puntuaciónmáxima en este apartado no superará
1 punto.
Los méritos correspondientes a este apartado se
acreditarán mediante original o copia auténtica de la
titulación que se pretenda hacer valer.
8.COMIENZOYDESARROLLODELPROCESO
Dado que el proceso convocado es el deCONCURSO
DEMÉRITOS no existirá programa alguno, demodo
que el proceso consistirá únicamente en la valoración
de los méritos alegados y debidamente acreditados
en la forma que se establecen en las presentes Bases
y en su caso, en las correspondientes convocatorias
específicas.
ElÓrgano de Selección yValoración cuando excluya
a un concursante que inicialmente hubiese sido
admitido, lo comunicará elmismo día a la Autoridad
que haya convocado las plazas.
9. LISTADODE PUNTUACIONESOBTENIDAS
Y PROPUESTA DE INCLUSIÓN EN LA BOLSA
DE EMPLEO.
Terminada la calificación de los concursantes, elÓrgano
deSelección yValoración publicará la relación de aquéllos
que hayan superado el proceso selectivo, por orden
de puntuación, en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento y página web, y hasta el número de
efectivos que figuren en las correspondientes
convocatorias específicas.
La calificación final vendrá dada por la suma de las
puntuaciones otorgadas a cada uno de los concursantes,
y deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto,
debiendo tener en cuenta que la puntuación máxima
total que podrá obtenerse por todos los conceptos es
de 10 puntos.
Simultáneamente a su publicación en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, el Órgano de Selección
y Valoración elevará la relación de concursantes que
propone para su inclusión en la Bolsa de Empleo
para cada categoría convocada, incluyéndose en lamisma
tan sólo el número de efectivos que se precisen de
conformidad con las convocatorias específicas y de
acuerdo con el orden de prelación de notas obtenidas,
publicándose los integrantes de la Bolsa de Empleo
en el Tablón Anuncios del Ayuntamiento y en la
página web. Si dos o más concursantes obtuvieran
idéntica puntuación, el desempate se resolverá a favor
de quien hubiese obtenido mayor puntuación en el
apartado 7A) de las presentes bases.
10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Una vez publicada la lista de candidatos que deberán
confeccionar laBolsa deEmpleo, losmismos dispondrán
de un plazo de CINCODÍASNATURALES contados
 a partir del siguiente al de la publicación correspondiente
en el Tablón de Anuncios y/o página web, para
comparecer ante las Oficinas Municipales al objeto
de aportar los originales de los documentos que le fueron
tenidos en cuenta y estrictamente valorados para su
inclusión en bolsa durante la fase de valoración de
los méritos a efectos de compulsa. En caso de no
procederse en dicha forma, se entenderá que el
candidato renuncia a formar parte de la Bolsa, en cuyo
caso el Sr. Alcalde Presidente podrá requerir del
Órgano de Selección y Valoración relación
complementaria de los concursantes que sigan a los
propuestos, para su inclusión, en sustitución de
aquellos que hayan renunciado a formar parte de ella.
Los concursantes definitivamente propuestos por
haber cumplido íntegramente cuanto se reseña con
anterioridad aportarán, a través del Registro General,
una vez que sean llamados para atender una Oferta
de Empleo o puesto correspondiente a las categorías
señaladas en las correspondientes bases específicas,
los documentos que a continuación se relacionan.
- Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad
Social
- Copia compulsada de la titulación con que haya
concurrido al proceso y de la que sólo se exige
fotocopia para su participación en el proceso y delD.N.I
en vigor.
- Número de cuenta corriente en que desea le sean
abonadas las retribuciones salariales.
- CertificadoMédico Oficial, expedido porMédico
Facultativo acreditativo de ser apto para el desempeño
del puesto ofertado.
El plazo de presentación de documentos será deCINCO
DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente
al de ser llamados para ocupar alguna plaza o puesto
correspondiente a las categorías que se precisan en
la Bolsa de Empleo.
11. CONTRATACIÓN.
Debe tenerse en cuenta que al finalizar el proceso
para la formación de la lista de la Bolsa de Empleo,
quien pase a formar parte de ella, conforme a las
presentes bases y convocatorias específicas, no será
inmediatamente contratado, ya que ello sólo ocurrirá
cuando surja la necesidad de llevar a cabo la contratación
laboral concreta de conformidad con la legislación
vigente.
Las comunicaciones de oferta de trabajo se realizarán
por elDepartamento de Personal en el teléfono, correo
electrónico o dirección que el concursante haya
facilitado al tiempo de acceder a la Bolsa de Empleo,
viniendo obligado a comunicar cualquier variación
de los datos aportados en la solicitud, pues de no
verificarlo podrá pasar a situación de baja definitiva
en la Bolsa de Empleo.
Atales efectos, quienes formen parte de la lista podrán
solicitar información sobre su situación particular en
las mismas, si bien están obligados a comunicar
cualquier variación de los datos suministrados a la hora
de confeccionar lasmismas (altas, bajas, cambios de
domicilio etc…).
Cualquier contratación que se formalice deberá
ajustarse a uno de los modelos contemplados por la
legislación vigente en cada momento y las personas
que se contraten quedarán sometidas al periodo de prueba
establecido en la legislación laboral vigente.
12. REVOCACIÓN
La contratación temporal que en su caso se efectúe,
a virtud de la correspondiente Oferta o necesidad de
personal, finalizará por las causas legalmente previstas.
13. INCIDENCIAS.
a) El solo hecho de presentar la instancia, solicitando
formar parte en los procesos selectivos convocados
mediante las correspondientes convocatorias específicas
para formar parte de la Bolsa de empleo, constituye
sometimiento expreso de los interesados tanto a las
presentes bases generales como a las específicas
reguladoras del mismo, ostentando ambas la
consideración de ley reguladora del proceso en
cuestión, así como las normas contenidas en el
Reglamento de Listas de Reserva.
b) La convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de esta y de la actuación
del Órgano de Selección y Valoración, podrán ser
impugnados en la forma y plazos establecidos en la
vigenteLey deRégimen Jurídico de lasAdministraciones
Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común,
Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre.
 ANEXO I
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCADAS PARA FORMAR PARTE
DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO
1. DATOS PERSONALES
Apellidos ............................................................................................................................................................
Nombre……………………………. Fecha de Nacimiento…………………D.N.I. .....................................
Dirección……………………………………………………………... Tfno. ..................................................
Localidad ............................................................ Provincia .......................................... C.P. ...........................
Correo electrónico:………………………………………………………………………………………….....
2. CATEGORÍA A LA QUE CONCURRE PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA DE EMPLEO:
DENOMINACIÓN:………………………………….. ……………………………………………………...
Título académico exigido en la convocatoria:
...........................................................................................................................................................................
Centro y fecha de expedición:
...........................................................................................................................................................................
Programa al que se concursa:
...........................................................................................................................................................................
3. DOCUMENTACIÓN APORTADA
...........................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................
4. MÉRITOS ALEGADOS POR ORDEN CRONOLÓGICO
...........................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................
................................................................................................
EL/LA ABAJO FIRMANTE SOLICITA ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente
instancia, declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para
el ingreso en la Administración Local, y las especiales señaladas en las Bases Generales para la configuración
de Bolsa de Empleo, aprobadas por…………………………………………y publicadas en el BOP nº……de
…….……………………, comprometiéndose a prestar juramento o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento
si la plaza o puesto es de funcionario/a o contratación si es laboral.
Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos
tanto en las Bases Generales como en las convocatorias específicas que rigen el proceso de selección, así como
las Normas Reguladoras de la Bolsa de Empleo del Ilustre ayuntamiento de la Villa de Ingenio.
Villa de Ingenio, a…………………….. de………………….. de…………..
Firma.
 BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DE GESTOR/ASOCIALPARAELPROGRAMA
PLAN CONCERTADO DE PRESTACIONES
BÁSICAS U OTROS PROGRAMAS DENTRO
DEL ÁMBITO DE SUBVENCIONES EN
MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir contrataciones temporales o sustituciones que
surjan en estaAdministración de GESTOR SOCIAL,
por el sistema de CONCURSO DEMÉRITOS, bien
para la ejecución del Programa Plan Concertado de
Prestaciones Básicas de Servicios Sociales u otro
programa dentro del ámbito de subvenciones en
materia de Servicios Sociales, o por otras necesidades
que puedan surgir, de conformidad con lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleo Público, Bases
Generales para la configuración de Lista de Reserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local en sesión celebrada el día 28/12/2010 (ver página
Web delAyuntamiento http://www.villadeingenio.org)
y demás legislación vigente en materia de selección
de personal. El número de efectivos que se precisan
para la formación de la Bolsa de Empleo es de 5.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases Generales señaladas en el apartado
anterior.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Diplomado en trabajo Social, y/o
Licenciado en Psicología y/oDiplomado en Educación
Social.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011.
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos)
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, curso sobre
subvenciones, elaboración de proyectos, redacción de
informes, geriatría,menores, discapacidad, igualdad
habilidades sociales para el trabajo de equipo/grupo,
Técnicas de relajación y control del estrés, Ley de
Protección de Datos de Carácter Personal.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Coordinación, dirección y supervisión de los
programas y/o proyectos del ámbito de los servicios
sociales.
- Elaboración, dirección y evaluación de proyectos
del área de acción social.
- Elaboración de informes, memorias técnicas,
estudios y valoraciones.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DE EDUCADOR/A SOCIAL PARA EL
PROGRAMA PLAN CONCERTADO DE
PRESTACIONES BÁSICAS U OTROS
PROGRAMAS DENTRO DEL ÁMBITO DE
SUBVENCIONESENMATERIADESERVICIOS
SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir contrataciones temporales o sustituciones que
surjan en estaAdministración de EDUCADOR/A, por
el sistema de CONCURSO DEMÉRITOS, bien para
la ejecución del Plan Concertado de Prestaciones
Básicas de Servicios Sociales, u otro programa dentro
 del ámbito de subvenciones en materia de Servicios
Sociales, o por otras necesidades que puedan surgir,
de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Básico
del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
aprobada por la Junta de Gobierno Local del día
28/12/2010 (ver página Web del Ayuntamiento
http://www.villadeingenio.org) y demás legislación
vigente enmateria de selección de personal. El número
de efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 5.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la deDiplomado/a en Educación Social
o Diplomado/a en Trabajo Social
4.Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos)
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, curso sobre
subvenciones, elaboración de proyectos, redacción de
informes, geriatría,menores, discapacidad, igualdad
habilidades sociales para el trabajo de equipo/grupo,
Técnicas de relajación y control del estrés, Ley de
Protección de Datos de Carácter Personal.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Funciones relacionadas con la intervención en
acciones de intervención comunitaria (acciones en el
ámbito de exclusión social, desigualdad entre diferentes
colectivos sociales, especialmente con mayores).
- Coordinación, planificación, gestión y evaluación
de las acciones socioeducativas integradas en la
programación de centros de atención a personas
mayores.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DEANIMADOR/ASOCIOCULTURALSOCIAL
PARAEL PROGRAMAPLAN CONCERTADO
DE PRESTACIONES BÁSICASDE SERVICIOS
SOCIALESUOTROS PROGRAMASDENTRO
DEL ÁMBITO DE SUBVENCIONES EN
MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir contrataciones temporales o sustituciones que
surjan en esta Administración de ANIMADOR/A
SOCIO CULTURAL SOCIAL, por el sistema de
CONCURSO DEMÉRITOS, bien para la ejecución
del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de
Servicios Sociales, u otro programa dentro del ámbito
de subvenciones en materia de Servicios Sociales, o
por otras necesidades que puedan surgir, de conformidad
con lo dispuesto en elEstatutoBásico delEmpleoPúblico,
BasesGenerales para la configuración deLista deReserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 3
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la deGraduado en Educación Secundaria
o equivalente.
4.Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7ª de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, relacionados con animación sociocultural
e intervención comunitaria.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Planificación, ejecución y evaluación de actividades
socioculturales en el ámbito de intervención comunitaria.
- Funciones administrativas relacionadas con
actividades socioculturales.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DECONSERJES, PARAELPROGRAMAPLAN
CONCERTADODE PRESTACIONES BÁSICAS
DE SERVICIOS SOCIALES U OTROS
PROGRAMAS DENTRO DEL ÁMBITO DE
SUBVENCIONESENMATERIADESERVICIOS
SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir contrataciones temporales o que surjan en esta
Administración DE CONSERJES, por el sistema de
CONCURSO DEMÉRITOS, bien para la ejecución
de del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de
Servicios Sociales u otro programa dentro del ámbito
de subvenciones en materia de Servicios Sociales, o
por otras necesidades que puedan surgir, de conformidad
con lo dispuesto en elEstatutoBásico delEmpleoPúblico,
BasesGenerales para la configuración deLista deReserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 8.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la deGraduado en Educación Secundaria
o Equivalente.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos relacionados con las funciones propias
de Conserje.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Supervisión y custodia de instalaciones públicas,
gestionando el uso de las mismas durante la apertura
de centros.
- Desarrollo de labores de atención al público en
centros públicos de atención especializada en el
ámbito de los servicios sociales.
- Supervisión y reposición demateriales y recursos
necesarios para el funcionamiento de centros o recursos
de carácter social.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DEAUXILIARESDEAYUDAADOMICILIO(O
AUXILIARDEASISTENCIADOMICILIARIA)
PARAEL PROGRAMAPLAN CONCERTADO
DE PRESTACIONES BÁSICASDE SERVICIOS
SOCIALESUOTROS PROGRAMASDENTRO
DEL ÁMBITO DE SUBVENCIONES EN
MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraAUXILIARES
DEAYUDAADOMICILIO(oAuxiliares deAsistencia
Domiciliaria), por el sistema de CONCURSO DE
MÉRITOS, bien para la ejecución de del Plan
Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios
Sociales u otro programa dentro del ámbito de
subvenciones enmateria de Servicios Sociales, o por
otras necesidades que puedan surgir, de conformidad
con lo dispuesto en elEstatutoBásico delEmpleoPúblico,
BasesGenerales para la configuración deLista deReserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 8.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Técnico en Aux. Enfermería, y/o
Técnico Medio en Atención Sociosanitaria y/o
Graduado en Educación Secundaria o equivalente.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, y los relacionados con la atención social
y sociosanitaria a personasmayores y con discapacidad.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Realización de tareas de cuidado y aseo personal
de usuarios/as de servicios de ayuda a domicilio.
-Apoyo educativo a personas en pautas básicas para
la gestión y la organización doméstica: administración
económica, gestión de los recursos domésticos,
organización del hogar, etc.
 Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARAEDUCADOR/S SOCIALESDENTRODEL
PROGRAMA “SERVICIO DE DÍA PARA
MENORES”UOTROS PROGRAMASDENTRO
DEL ÁMBITO DE SUBVENCIONES EN
MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraEDUCADORES
SOCIALES, por el sistema de CONCURSO DE
MÉRITOS, bien para la ejecución del programa
“Servicio de día para menores” u otro programa
dentro del ámbito de subvenciones en materia de
Servicios Sociales, o por otras necesidades que puedan
surgir, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto
Básico del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
aprobada por la Junta de Gobierno Local del día
28/12/2010 (ver página Web del Ayuntamiento
http://www.villadeingenio.org) y demás legislación
vigente enmateria de selección de personal. El número
de efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 6.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Titulación: Diplomado/a en
Educación Social o Diplomado/a en Trabajo Social
o Licenciado en Pedagogía.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, curso sobre
subvenciones, elaboración de proyectos, redacción de
informes, geriatría,menores, discapacidad, igualdad
habilidades sociales para el trabajo de equipo/grupo,
Técnicas de relajación y control del estrés, Ley de
Protección de Datos de Carácter Personal.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Dinamización de actividades comunitarias de
prevención ante la vulnerabilidad y/o exclusión social
de familias y menores.
- Planificación, ejecución y evaluación de programas
educativos individuales.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
 BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DE TERAPEUTA OCUPACIONAL PARA EL
PROGRAMA PLAN DE ATENCIÓN A LA
DISCAPACIDAD U OTROS PROGRAMAS
DENTRO DELÁMBITO DE SUBVENCIONES
EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración para TERAPEUTA
OCUPACIONAL, por el sistema de CONCURSODE
MÉRITOS, bien para la ejecución de del Plan de
Atención a la Discapacidad u otro programa dentro
del ámbito de subvenciones en materia de Servicios
Sociales, o por otras necesidades que puedan surgir,
de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Básico
del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
aprobada por la Junta de Gobierno Local del día
28/12/2010 (ver página Web del Ayuntamiento
http://www.villadeingenio.org) y demás legislación
vigente enmateria de selección de personal. El número
de efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la deDiplomado/a enTerapiaOcupacional.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, curso sobre
subvenciones, elaboración de proyectos, redacción de
informes, geriatría,menores, discapacidad, igualdad
habilidades sociales para el trabajo de equipo/grupo,
Atención a la discapacidad, estimulación temprana,
estimulación de actividades cognitivas, alzheimer,
higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
1. Funciones relacionadas con la terapia ocupacional
integrada en programas educativos individuales para
personas con discapacidad.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARA MAESTRO/A TALLER DENTRO DEL
PROGRAMA “PLAN DE ATENCIÓN A LA
DISCAPACIDAD” U OTROS PROGRAMAS
DENTRO DELÁMBITO DE SUBVENCIONES
EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraMAESTRO/A
TALLER, por el sistema de CONCURSO DE
MÉRITOS, bien para la ejecución de del Plan de
Atención a la discapacidad u otro programa dentro
del ámbito de subvenciones en materia de Servicios
Sociales, o por otras necesidades que puedan surgir,
de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Básico
del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
 aprobada por la Junta de Gobierno Local del día
28/12/2010 (ver página Web del Ayuntamiento
http://www.villadeingenio.org) y demás legislación
vigente enmateria de selección de personal. El número
de efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Técnico Superior en Integración
Social o Diplomado/a en Magisterio por Educación
Especial.
4.Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
geriatría,menores, discapacidad, igualdad, habilidades
sociales para el trabajo de equipo/grupo, Atención a
la discapacidad, estimulación temprana, estimulación
de actividades cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
-Coordinación y supervisión de programas educativos
individuales.
- Participación en la planificación, ejecución y
evaluación de los programas educativos individuales
de los centros de atención a la discapacidad.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARAMONITOR/ADENTRODELPROGRAMA
“PLANDEATENCIÓNALADISCAPACIDAD”,
U OTROS PROGRAMAS DENTRO DEL
ÁMBITO DE SUBVENCIONES EN MATERIA
DE SERVICIOS SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraMONITOR/A,
por el sistema de CONCURSO DEMÉRITOS, bien
para la ejecución de del Plan de Atención a la
Discapacidad u otro programa dentro del ámbito de
subvenciones enmateria de Servicios Sociales, o por
otras necesidades que puedan surgir, de conformidad
con lo dispuesto en elEstatutoBásico delEmpleoPúblico,
BasesGenerales para la configuración deLista deReserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 5.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la deGraduado en Educación Secundaria
o equivalente.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
geriatría,menores, discapacidad, igualdad, habilidades
sociales para el trabajo de equipo/grupo, Atención a
la discapacidad, estimulación temprana, estimulación
de actividades cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Ejecución de programas educativos enmateria de
atención a la discapacidad.
- Dinamización de talleres ocupacionales dirigidos
a la población con discapacidad.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARA ANIMADOR/A SOCIOCULTURAL
DENTRO DEL PROGRAMA “PLAN DE
ATENCIÓNALADISCAPACIDAD”,UOTROS
PROGRAMAS DENTRO DEL ÁMBITO DE
SUBVENCIONESENMATERIADESERVICIOS
SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraANIMADOR/A
SOCIOCULTURAL, por el sistema de CONCURSO
DEMÉRITOS, bien para la ejecución de del Plan de
Atención a la Discapacidad u otro programa dentro
del ámbito de subvenciones en materia de Servicios
Sociales, o por otras necesidades que puedan surgir,
de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Básico
del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
aprobada por la Junta de Gobierno Local del día
28/12/2010 (ver página Web del Ayuntamiento
http://www.villadeingenio.org) y demás legislación
vigente enmateria de selección de personal. El número
de efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Técnico Superior en Animación
Sociocultural o equivalente.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011.
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
geriatría,menores, discapacidad, igualdad, habilidades
sociales para el trabajo de equipo/grupo, Atención a
la discapacidad, estimulación temprana, estimulación
de actividades cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
 Ejecución de programas educativos enmateria de
atención a la discapacidad.
- Planificación y organización de actividades de
animación sociocultural y de ocio y tiempo libre,
específicas para personas con discapacidad.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARA CUIDADOR/A DENTRO DEL
PROGRAMA “PLAN DE ATENCIÓN A LA
DISCAPACIDAD”, U OTROS PROGRAMAS
DENTRO DELÁMBITO DE SUBVENCIONES
EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraCUIDADOR/A,
por el sistema de CONCURSO DEMÉRITOS, bien
para la ejecución de del Plan de Atención a la
Discapacidad u otro programa dentro del ámbito de
subvenciones enmateria de Servicios Sociales, o por
otras necesidades que puedan surgir, de conformidad
con lo dispuesto en elEstatutoBásico delEmpleo Público,
BasesGenerales para la configuración deLista deReserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Técnico/a en Aux. Enfermería y/o
TécnicoMedio enAtención Sociosanitaria o equivalente.
4. IInstancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
geriatría,menores, discapacidad, igualdad, habilidades
sociales para el trabajo de equipo/grupo, Atención a
la discapacidad, estimulación temprana, estimulación
de actividades cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Funciones relacionadas con el cuidado y aseo
personal en centros de atención especializada para
personas con discapacidad (higiene, aseo personal y
alimentación).
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
  BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARA AUXILIAR DE GERIATRÍA DENTRO
DELPROGRAMA“GESTIÓNYPRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A LAS
PERSONAS MAYORES EN EL CENTRO DE
ESTANCIADIURNA”,UOTROS PROGRAMAS
DENTRO DELÁMBITO DE SUBVENCIONES
EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en esta Administración para AUXILIAR
DE GERIATRÍA, por el sistema de CONCURSO
DEMÉRITOS, bien para la ejecución de del programa
“ Gestión y Prestación de Servicios de Atención a las
Personas Mayores en el Centro de Estancia Diurna”
u otro programa dentro del ámbito de subvenciones
enmateria de Servicios Sociales, o por otras necesidades
que puedan surgir, de conformidad con lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleo Público, Bases
Generales para la configuración de Lista de Reserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 5.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Técnico/a en Aux. Enfermería y/o
Técnico Medio en Atención Sociosanitaria y/o
Graduado en Educación Secundaria o equivalente.
4. IInstancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, geriatría, menores,
discapacidad, igualdad, habilidades sociales para el
trabajo de equipo/grupo, Atención a la discapacidad,
estimulación temprana, estimulación de actividades
cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Funciones relacionadas con la prestación de
servicios de atención y cuidado personal de beneficiarias
de centros de día o de estancia diurna para personas
mayores.
- Apoyo y participación en la dinamización de
actividades y talleres integrados en la programación
de un centro de día o de estancia diurna para personas
mayores.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARA FISIOTERAPEUTA DENTRO DEL
PROGRAMA “GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE
SERVICIOSDEATENCIÓNALAS PERSONAS
MAYORES EN EL CENTRO DE ESTANCIA
DIURNA”, U OTROS PROGRAMAS DENTRO
DEL ÁMBITO DE SUBVENCIONES EN
MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
 cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en esta Administración para
FISIOTERAPEUTA, por el sistema de CONCURSO
DEMÉRITOS, bien para la ejecución de del programa
“ Gestión y Prestación de Servicios de Atención a las
Personas Mayores en el Centro de Estancia Diurna”
u otro programa dentro del ámbito de subvenciones
enmateria de Servicios Sociales, o por otras necesidades
que puedan surgir, de conformidad con lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleo Público, Bases
Generales para la configuración de Lista de Reserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Diplomado/a en Fisioterapia.
4.Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011.
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
geriatría,menores, discapacidad, igualdad, habilidades
sociales para el trabajo de equipo/grupo, Atención a
la discapacidad, estimulación temprana, estimulación
de actividades cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Realización de las funciones propias de un
fisioterapeuta en centros de atención a personas
mayores.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARA PSICÓLOGO/A DENTRO DEL
PROGRAMA “AULA DE ATENCIÓN
TEMPRANA Y DE ESTIMULACIÓN
MULTISENSORIAL”,UOTROS PROGRAMAS
DENTRO DELÁMBITO DE SUBVENCIONES
EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración para PSICÓLOGO/A,
por el sistema de CONCURSO DEMÉRITOS, bien
para la ejecución de del programa “Aula de Atención
Temprana y de Estimulación Multisensorial” u otro
programa dentro del ámbito de subvenciones en
materia de Servicios Sociales, o por otras necesidades
que puedan surgir, de conformidad con lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleo Público, Bases
Generales para la configuración de Lista de Reserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local del día 28/12/2010 (ver página Web del
Ayuntamiento http://www.villadeingenio.org) y demás
legislación vigente enmateria de selección de personal.
El número de efectivos que se precisan para la
formación de la Bolsa de Empleo es de 4.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
  Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Licenciado/a en Psicología.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
geriatría,menores, discapacidad, igualdad, habilidades
sociales para el trabajo de equipo/grupo, Atención a
la discapacidad, estimulación temprana, estimulación
de actividades cognitivas, alzheimer, higiene postural.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
-Valoración, elaboración e intervención psicológica
en programas de atención temprana y/o de estimulación
multisensorial.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
PARADIPLOMADO/AEN TRABAJOSOCIAL
DENTRO DEL PROGRAMA “PRESTACIÓN
CANARIA DE INSERCIÓN”, U OTROS
PROGRAMAS DENTRO DEL ÁMBITO DE
SUBVENCIONESENMATERIADESERVICIOS
SOCIALES.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir posibles sustituciones, contrataciones temporales
que surjan en estaAdministración paraDIPLOMADO/A
ENTRABAJOSOCIAL, por el sistema deCONCURSO
DEMÉRITOS, bien para la ejecución de del Programa
“Prestación Canaria de Inserción” u otro programa
dentro del ámbito de subvenciones en materia de
Servicios Sociales, o por otras necesidades que puedan
surgir, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto
Básico del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
aprobada por la Junta de Gobierno Local del día
28/12/2010 (ver página Web del Ayuntamiento
http://www.villadeingenio.org) y demás legislación
vigente enmateria de selección de personal. El número
de efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 10.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales aprobadas por la Junta de
Gobierno el día 28 de Diciembre de 2010.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Diplomado/a en Trabajo Social.
4.Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
 Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, curso sobre
subvenciones, elaboración de proyectos, redacción de
informes, geriatría,menores, discapacidad, igualdad
habilidades sociales para el trabajo de equipo/grupo,
Técnicas de relajación y control del estrés, Ley de
Protección de Datos de Carácter Personal.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Funciones de información, valoración y orientación
en el ámbito de los Servicios Sociales comunitarios.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DE LICENCIADOS EN DERECHO PARA EL
PROGRAMA “SERVICIO DE ATENCIÓN
INTEGRAL A MUJERES VÍCTIMAS DE
VIOLENCIA DE GÉNERO”.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir contrataciones temporales o sustituciones que
surjan en esta Administración para LICENCIADOS
EN DERECHO, por el sistema de CONCURSO DE
MÉRITOS, bien para la ejecución de programas
subvencionados en el Área de atención a mujeres
víctimas de violencia de género, o por otras necesidades
que puedan surgir relacionadas con el área señalada,
de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Básico
del Empleo Público, Bases Generales para la
configuración de Lista de Reserva (Bolsa de empleo)
aprobada por la Junta de Gobierno Local el día
28/12/2010 ( ver página web del ayuntamiento http:
//www.villadeingenio.org),y demás legislación vigente
en materia de selección de personal. El número de
efectivos que se precisan para la formación de la
Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales señaladas en el apartado
anterior.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Licenciado en Derecho.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, curso sobre
subvenciones, elaboración de proyectos, redacción de
informes,menores, discapacidad, igualdad, atención
a la mujer víctima de violencia de género.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Las relacionadas enmateria de violencia de género.
- Elaboración de protocolos de coordinación para
la atención de las víctimas de violencia de género.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Villa de Ingenio, a veintiocho de diciembre de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Juan Díaz Sánchez.
 BASESESPECÍFICASPARALAFORMACIÓN
DE LISTADERESERVA(BOLSADE EMPLEO)
DE PSICÓLOGO/A PARA EL PROGRAMA
“SERVICIO DE ATENCIÓN INTEGRAL A
MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE
GÉNERO”.
1.Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente
convocatoria la selección de personal para la formación
de una Bolsa de Trabajo o Lista de Reserva para
cubrir contrataciones temporales o sustituciones que
surjan en esta Administración para PSICOLOGO/A,
por el sistema de CONCURSO DEMÉRITOS, bien
para la ejecución de programas subvencionados en
el Área de atención a mujeres víctimas de violencia
de género, o por otras necesidades que puedan surgir
relacionadas con el área señalada, de conformidad con
lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleo Público,
BasesGenerales para la configuración deLista deReserva
(Bolsa de empleo) aprobada por la Junta de Gobierno
Local el día 28/12/2010 ( ver página web del
ayuntamiento http: // www.villadeingenio.org),y
demás legislación vigente enmateria de selección de
personal. El número de efectivos que se precisan
para la formación de la Bolsa de Empleo es de 3.
2. Bases comunes. Este proceso selectivo se regirá
por las Bases generales señaladas en el apartado
anterior.
3. Titulación.Además de los requisitos enumerados
en la base segunda de las Bases Generales antes
citadas, la titulación requerida para la categoría
convocada es la de Licenciado/a en Psicología.
4. Instancias. La presentación de solicitudes podrá
hacerse en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES
contados a partir del siguiente a la publicación la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas (BOP), es decir, del 6 al
26 de enero del 2011
5. Proceso de selección. El proceso de selección será
el de concurso. (Valoración de méritos).
La valoración de losméritos se efectuará conforme
a los criterios señalados en la base 7º de las Bases
Generales, y en particular para la categoría convocada
en la relación a los de cursos de formación, se valorarán
los cursos relacionados con las siguientes materias:
Todos los cursos en materia de Servicios Sociales
en general, Ley de dependencia, redacción de informes,
menores, discapacidad, igualdad, habilidades sociales
para el trabajo de equipo/grupo, Atención a la
discapacidad, estimulación temprana, estimulación de
actividades cognitivas.
En lo referente a la valoración deméritos, regulada
en la base 7.2A), las funciones específicas serán:
- Las relacionadas enmateria de violencia de género.
- Elaboración de protocolos de coordinación para
la atención de las víctimas de violencia de género.
- Funciones relacionadas con terapias grupales con
mujeres víctimas de violencia de género o mujeres
en exclusión social.
6. Impugnación.Contra la aprobación de las presentes
Bases Específicas se podrán interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición, en el plazo deUN
MES, ante La Junta de Gobierno Local, o bien,
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en el plazo de DOSMESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Animo!!!

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