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miércoles, 20 de octubre de 2010

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE PSICOLOGO/A PARA SANTA BRIGIDA

En el Boletín Oficial de Las Palmas se ha publicado hoy en las páginas 21816 y siguientes:

De conformidad con la Resolución de la Alcaldía de fecha 13 de octubre de 2010, por la que se aprueban las Bases reguladoras y la Convocatoria que han de regir la selección de UN/A PSICÓLOGO/A como personal laboral temporal a jornada parcial, para la ejecución del objetivo general intermedio número 5 del Plan Integral del Menor en Canarias correspondiente a equipos territoriales especializados para la atención de menores en situación de riesgo; se procede a exponer al público, las referidas Bases y Convocatoria que a continuación se transcriben, para su conocimiento y efectos públicos:
“BASES PARA LA CONTRATACIÓN CON
CARÁCTER LABORALTEMPORALDE UN/A
PSICÓLOGO/A.
1.OBJETO: El objeto de estas bases es la contratación
mediante sistema de concurso deméritos y entrevista
personal de un/a Psicólogo/a, en jornada parcial (30
horas semanales), horariomañana/tarde. Contrato de
duración determinada por obra o servicio siendo su
duración hasta el 31 de diciembre de 2010.
2. FUNCIONES: Serán funciones propias de la
persona contratada las labores propias de su profesión
y categoría para la ejecución del objetivo general
intermedio número 5 del Plan Integral del Menor en
 Canarias correspondiente a equipos territoriales
especializados para la atención demenores en situación
de riesgo, objeto de subvención por la Dirección
General del Menor y la Familia de la Consejería de
Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno
de Canarias.
3.DURACIÓNDELCONTRATO: La duración del
contrato será de 2 meses.
4.REQUISITOSMÍNIMOS PARATOMARPARTE
EN LA CONVOCATORIA:
a) Sermayor de 16 años, español ó nacional de algún
Estado miembro de la Unión Europea; cualquiera
que sea su nacionalidad, los que sean cónyuges de
españoles o nacionales de otros estadosmiembros de
la Unión Europea, siempre que los mismos no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas
condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes. Las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España en los
que sea de aplicación la libre circulación de los
trabajadores.
Los extranjeros que no estando incluidos en los
párrafos anteriores se encuentren con residencia legal
en España, para el caso de acceso a la función pública
como personal laboral.
b)No estar incurso en causas de incompatibilidades
o incapacidades para contratar con estaAdministración
Local.
c)No padecer enfermedad u defecto físico ó psíquico
que impida el normal desempeño de las funciones
d) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de laAdministración delEstado,
de las Comunidades Autónomas o de las Entidades
Locales, ni estar inhabilitado para el ejercicio público.
e) Estar en posesión del título de Licenciado/a en
Psicología.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
deberá estar en posesión de la credencial que acredite
su homologación.
Los requisitos del apartado a) y e) se acreditarán
mediante presentación del documento de identidad y
título académico debidamente compulsado. Los
requisitos de los apartados b), c) y d) se acreditarán
mediante presentación de declaración jurada de la cual
se facilitará modelo en las oficinas municipales.
5. ADMISIÓN DE CANDIDATOS:
Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento se presentarán el Registro General directamente o a través de los medios regulados en el artículo 38 c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en el plazo de 10 días naturales contados desde la publicación de las Bases de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (tenéis hasta el dia 30 de octubre para presentar la instancia), al que se deberá anexar la
documentación señalada en la base cuarta y séptima
de las presentes bases, así como justificante de haber
abonado 23 (veintitrés) euros en concepto de derechos
de examen en la cuenta corriente de esteAyuntamiento
núm. 0049.5510.53.2316015521 del Banco Santander
bajo el concepto “Pruebas Selectivas Psicólogo/a-
Ayuntamiento de Santa Brígida” conforme a la
Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno el 24.04.08,
(BOP 30.06.08).
Expirado el plazo de presentación de documentación
yméritos, en el plazo deCINCODÍASNATURALES,
por Resolución de Alcaldía se aprobará y expondrá
en el Tablón de anuncios municipal y página Web,
las listas provisionales de admitidos y excluidos, con
indicación expresa de la causa de exclusión, que
servirá de notificación a los interesados a todos los
efectos.
Los candidatos no admitidos dispondrán de un
plazo de TRESDÍASHÁBILES desde su publicación
en el tablón de anuncios para subsanar el defecto
causante de la no admisión . Si así no lo hiciere,
quedará excluido con carácter definitivo. Transcurrido
el plazo de subsanación, se dictará resolución aprobando
definitivamente la lista provisional de admitidos y
excluidos que servirá de notificación a los interesados
y agotará la vía administrativa.
6. TRIBUNAL. El tribunal que valorará losméritos
alegados por los/as aspirantes estará constituido por
cinco miembros con voz y voto, un/a Presidente/a,
un/a Secretario/a y tres vocales, designados atendiendo
a los principio de imparcialidad y profesionalidad. Los
miembros del tribunal estarán sujetos a los supuestos
de abstenciones y recusaciones previstos legalmente.
Para que el tribunal pueda actuar será preciso la
asistencia de al menos más de tres de sus miembros.
 Sus decisiones podrán adoptarse por mayoría de los
presentes. Podrán incorporarse para asesorar al Tribunal
otros especialistas en la materia.
El tribunal, una vez sean recibidos todos los
curriculum y/o documentación acreditativa deberá
reunirse, en una primera fase, para proceder a la
valoración de todos los méritos alegados por los
aspirantes, puntuando los mismos de acuerdo con el
baremo recogido en el apartado séptimo de estas
bases. En una segunda fase, los aspirantes serán
entrevistados individualmente, de acuerdo con un
cuestionario de preguntas previamente aprobado
elaborado por técnico competente del servicio.
Una vez realizadas las dos fases el tribunal sumará
las puntuaciones obtenidas en cada una por cada
candidato para obtener la puntuación final y proponer,
al órgano competente, la contratación.
7. DESARROLLO DE LASELECCIÓN: Primera
Fase deConcurso. En esta fase de concurso, el Tribunal
valorará los méritos que los/as aspirantes aleguen de
acuerdo con el siguiente baremo, siendo la puntuación
máxima a obtener en esta fase de 10 puntos:
EXPERIENCIA PROFESIONAL
Experiencia profesional en la administración pública
en igual categoría a la que se opta
- 0,25 puntos/mes completo.
Experiencia profesional en el ámbito privado en igual
categoría a la que se opta
- 0,10 puntos/mes completo.
Puntuación máxima en este bloque: 3 puntos.
CURSOS DE FORMACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO (los Master y los Cursos
de ExpertosUniversitarios se valorarán en el apartado
de Titulaciones u otros méritos formativos)
(En caso de acreditación de varios cursos de idéntica
especialidad ó actualizaciones de cursos anteriores,
sólo se baremará el curso conmayor número de horas.
Aquellosdiplomasocertificadosdecursosquenoseñalen
número de horas se baremarán con la puntuación
fijada para el tramo hasta 10 horas en cada caso).
Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados
con la categoría a la que se opta
- Hasta 10 horas: 0,25 puntos/curso.
- De 11 a 39 horas: 0,50 puntos/curso.
- Más de 39 horas: 1 punto/curso.
Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados
con la ofimática (nivel usuario)
- Hasta 10 horas: 0,12 puntos/curso.
- De 11 a 39 horas: 0,25 puntos/curso.
- Más de 39 horas: 0,50 puntos/curso.
Otros cursos, diplomas y/o carné profesionales
- Hasta 10 horas: 0,06 puntos/curso.
- De 11 a 39 horas: 0,12 puntos/curso.
- Más de 39 horas: 0,25 puntos/curso.
Puntuación máxima en este bloque: 5 puntos.
TITULACIONES U OTROS MERITOS
FORMATIVOS (Master o cursos de expertos
universitarios)
Titulaciones universitarias y/o regladas, distintas a
la necesaria para concurrir al puesto
- Título de Licenciado/a: 1,00 puntos.
Master o cursos de expertos universitarios, siempre
que los mismos guarden relación con la naturaleza
del puesto convocado
-0,80 puntos.
Master o cursos de expertos universitarios enmateria
demenores, situaciones de riesgo delmenor, intervención
socio educativa con menores
-0,90 puntos.
Puntuación máxima en este bloque: 2 puntos.
Para la valoración de los méritos por parte del
tribunal se tendrán en cuenta los méritos aportados
y acreditados por los aspirantes en documento original
o debidamente cotejado o certificación al respecto.
Así:
 - Para acreditar la experiencia profesional se deberá
aportar informe de vida laboral o certificado de
servicios prestados y/o copia cotejada de contratos de
trabajo.
- Para acreditar los cursos de formación se deberá
aportar copia cotejada de certificados de asistencia o
diplomas.
- Para acreditar las titulaciones regladas se deberá
aportar copia cotejada del título o del abono de las
tasas para su expedición.
No se puntuarán los méritos no justificados por
estos medios.
Segunda Fase del proceso. Una vez concluida la
primera fase de concurso, y acto seguido, el tribunal
procederá al desarrollo de la segunda fase del proceso
selectivo, que consistirá en la realización de entrevistas
individualesacadaunodeloscandidatos,cuestionándoles
sobre diversos aspectos técnicos de las funciones a
realizar y el puesto a ocupar, de acuerdo con una
relación de preguntas previamente aprobada, asistido
en su caso, de técnico experto del servicio
correspondiente, de tal forma que:
- Apto cualificado. Será aquél que supere
satisfactoriamente el 75 % de las cuestiones de la
entrevista.
- Apto. Será aquél que supere satisfactoriamente el
50 % de las cuestiones de la entrevista.
-NoApto. Será aquél que no supere satisfactoriamente
el 50 % de las cuestiones de la entrevista.
Esta fase se desarrollará íntegramente en presencia
del tribunal, siendo los candidatos llamados a dicha
entrevista por orden alfabético.
La puntuación máxima a obtener en esta fase de
entrevista personal será de 1,5 puntos, otorgándose
por el tribunal de 1,5 puntos al apto cualificado, 1 punto
al apto y 0 puntos al no apto.
8. RELACIÓNDEAPROBADOS/AS: Terminado
el concurso el tribunal hará pública la puntuación total
obtenida por los/as aspirantes seleccionados/as. El
Tribunal formulará propuesta de contratación a favor
de los aspirantes que alcancen la mayor puntuación
y por un número igual al de los puestos convocados.
El Tribunal formulará relación complementaria de
reservas de los aspirantes que sigan a los propuestos
inicialmente, para el caso en que se produzca renuncias
de los seleccionados.
En caso de empate de puntuación entre dos o más
aspirantes, se propondrá en primer lugar al que haya
obtenidomayor puntuación en el apartado de titulación
según el cuadro de baremo; si persiste el empate, se
propondrá en primer lugar al que haya obtenido
mayor puntuación en el apartado de cursos según el
cuadro de baremo y si persiste el empate se propondrá
en primer lugar al que haya obtenidomayor puntuación
en el apartado de experiencia profesional según el cuadro
de baremo.
9. RESOLUCIÓN DEL PROCESO: Una vez
formulada la propuesta del tribunal, por el órgano
competente se dictará resolución de contratación del
aspirante propuesto que se notificará al interesado/a,
con el régimen de recursos procedente, estableciéndose
plazo para la firma del contrato y comienzo de la
prestación de los servicios.
10. CONDICIONES DEL CONTRATO: Los
contratos se celebrarán y concederán con sujeción a
las normas sobre incompatibilidades existentes para
el personal al servicio de lasAdministraciones Públicas.
La contratación no implica por parte del organismo
receptor ningún compromiso en cuanto a la posterior
incorporación del interesado a la plantilla delmismo.
Los contratos implicarán el alta en Régimen General
de la Seguridad Social.
La formalización del contrato se condiciona a la
existencia de la correspondiente disponibilidad
presupuestaria. Queda excluida expresamente la
realización por parte del trabajador de otra prestación
de servicios que no esté vinculada directamente al objeto
de este contrato. En el supuesto de que la realizase
sería por iniciativa propia del trabajador y por considerar
que lasmismas son útiles y necesarias para su prestación
de servicios, sin que como consecuencia de ellas
pueda quedar modificada la naturaleza del contrato
por obra o servicio determinado, que tiene la relación
contractual existente entre las partes.
11. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL
CONTRATO: El contrato formalizado y la relación
jurídica originaria se regirá por el Estatuto de los
Trabajadores, y por la legislación laboral que resulte
de aplicación.
12.RECURSOSYRECLAMACIONES:La presente
convocatoria, sus bases y demás actos administrativos
que se deriven de ellas, podrán ser impugnados por
los interesados en los casos y formas establecidos en
laLey30/1992, de26denoviembre,deRégimenJurídico
de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento
AdministrativoComún,modificada por la Ley 4/1999.
El Tribunal queda autorizado a resolver las dudas
que pudiesen presentarse o a la toma de los acuerdos
necesarios referidos al proceso de concurso.
13. PUBLICIDAD: Los actos administrativos y
demás anuncios preceptivos, que lo precisen y se
deriven de este procedimiento, se publicarán en el tablón
de anuncios y en la web (www.santabrígida.es) del
Ayuntamiento de Santa Brígida.
DILIGENCIA: Que se extiende para hacer constar
que las presentes Bases (Bases para la Selección de
un/a Psicólogo/a para su contratación con carácter
temporal en jornada parcial, para la ejecución del
objetivo general intermedio número 5 del Plan Integral
del Menor en Canarias correspondiente a equipos
territoriales especializados para la atención demenores
en situación de riesgo ha sido aprobada porResolución
de la Alcaldía-Presidencia de fecha 13 de octubre de
2010.

Animo!!!

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