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domingo, 23 de junio de 2019

Corrección de error material en relación con la convocatoria pública del proceso selectivo para la configuración de una lista de reserva, Técnicos/as de Administración General, grupo A, subgrupo A1 (SANTA CRUZ DE TENERIFE)

En el BOP del 17/06 se ha publicado en las páginas 11512-11514:

El Sr. Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife, D. Carlos Tarife Hernández, ha dictado Resolución número 1692 de 10 de junio de 2019, del tenor literal siguiente: “I. Antecedentes de hecho. Primero.- El Consejo Rector, en sesión ordinaria celebrada el 8 de febrero de 2019, adoptó, entre otros, Acuerdo con el siguiente tenor literal: “Aprobar las Bases que han de regir en el proceso selectivo para la configuración de una lista de reserva, de Técnicos/as de Administración General, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1 de titulación, que figura en el Anexo I y II de la presente propuesta.” Segundo.- Mediante Resolución número 1465/2019, de 21 de mayo, del Sr. Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife, se acuerda: “Primero.- Aprobar la Convocatoria Pública del proceso selectivo para la configuración de una lista de reserva, de Técnicos/as de Administración General, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1 de titulación, de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife, mediante el sistema de selección de concurso oposición. Segundo.- Publicar las Bases que han de regir la Convocatoria Pública para la configuración de una Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 73, lunes 17 de junio de 2019 11513 las Administraciones Públicas, que establece que la Administración podrá rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte los errores materiales o aritméticos existentes en sus actos. Segundo.- En atención a lo previsto por el artículo 12.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Local “Gerencia Municipal de Urbanismo” aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, el 22 de septiembre de 2006 y publicados en el BOP nº 181, de 29 de diciembre 2006, corresponde al Consejero Director decidir, cuando no fuese posible convocar el Consejo Rector y por razones de urgencia debidamente justificadas, las competencias de éste comprendidas entres las letras e) y u) del artículo 8, debiendo dar cuenta de dicha actuación al Consejo para su ratificación en su caso, en la primera reunión que se celebre. En el presente caso, debido a la reciente celebración de las elecciones municipales, la futura constitución y convocatoria de un nuevo Consejo Rector se encuentra pendiente y sin fecha prevista, por lo que dicha circunstancia afecta de manera negativa al desarrollo de la presente convocatoria. Así las cosas, en virtud del principio de eficacia administrativa, procede rectificar el error material padecido mediante Resolución del Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo, dando cuenta de dicha actuación al Consejo Rector del Organismo Autónomo para su ratificación en la primera reunión que se celebre. A la vista de los antecedentes y consideraciones jurídicas expuestas, resuelvo: Primero.- Rectificar el error material padecido en el Acuerdo del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 8 de febrero de 2019, de tal modo que, donde dice, en su Base Tercera: c) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho, Licenciado/a en Economía, Licenciado/a en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado/a en Ciencias Políticas y de la Administración, Intendente/a Mercantil o Actuario/a, Ingeniero/a o del título de Grado correspondiente, atendiendo al marco establecido por el Espacio Europeo de Educación Superior y contenidas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que la lista de reserva, de Técnicos/as de Administración General, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1 de titulación, de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife, mediante el sistema de selección de concurso oposición, y que figura en el Anexo I de la presente Resolución.” Tercero.- Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 69 de 7 de junio de 2019. Cuarto.- La Base Tercera de la citada convocatoria, señala en su apartado c) que los aspirantes deben: “c) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho, Licenciado/a en Economía, Licenciado/a en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado/a en Ciencias Políticas y de la Administración, Intendente/a Mercantil o Actuario/a, Ingeniero/a o del título de Grado correspondiente, atendiendo al marco establecido por el Espacio Europeo de Educación Superior y contenidas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación.” No obstante lo cual, la Base Cuarta al tratar la forma que deben reunir las solicitudes advierte que, junto con las mismas, se deberán acompañar, entre otros, los siguientes documentos: “- Título universitario de Licenciado/a en Derecho, Licenciado/a en Economía, Licenciado/a en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado/a en Ciencias Políticas y de la Administración, Intendente/a Mercantil o Actuario/a, atendiendo al marco establecido por el Espacio Europeo de Educación Superior y contenidas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) o equivalente.” Quinto.- Resulta evidente, pues, que se ha cometido un error al incluir la titulación de Ingeniero/a dentro de las posibles titulaciones que pueden dar acceso a la presente convocatoria, por lo que procede la corrección del citado extremo. II. Fundamentos de derecho. Primero.- Es de aplicación el artº. 109.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de 11514 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 73, lunes 17 de junio de 2019 titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación.” Debe decirse: c) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho, Licenciado/a en Economía, Licenciado/a en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado/a en Ciencias Políticas y de la Administración, Intendente/a Mercantil o Actuario/a, atendiendo al marco establecido por el Espacio Europeo de Educación Superior y contenidas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación.” Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Tercero.- Reabrir de nuevo el plazo de presentación de solicitudes que será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolución al Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su ratificación en la primera reunión que se celebre.” En Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 2019. La Secretaria Delegada, Belinda Pérez Reyes, firma electrónica. 

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