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jueves, 1 de julio de 2010

CONVOCATORIA PARA LISTA DE RESERVA DE TECNICO SUPERIOR EN GESTION DEPORTIVA PARA EL CABILDO DE GRAN CANARIA

En el Boletín Oficial de Las Palmas de ayer se publicó en las páginas 13093 y siguientes:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA GENERAR LISTAS DE ESERVA PARA INTERINIDADES Y CONTRATACIONES TEMPORALES DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN DEPORTIVA (GRUPO I) DEL INSTITUTO INSULAR DE DEPORTES DE GRAN CANARIA.

PRIMERA. OBJETO DE LACONVOCATORIA.

Pormotivosdeurgenteeinaplazablenecesidad,interesa a este Organismo seleccionar personal para generar lista de reserva para la cobertura interina de plazas de la plantilla laboral del Instituto Insular de Deportes de Gran Canaria dotadas presupuestariamente de la categoría de Técnico Superior en Gestión Deportiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 35 del R.D. 364/1995, de 10 demarzo, que aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

SEGUNDA. REQUISITOS.

Para ser admitido a la convocatoria se deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en los Tratados Constitutivos de la Unión Europea. También podrán ser admitidos el cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, si son menores de 21 años o mayores de dicha edad pero sigan viviendo a sus expensas, todo ello según la normativa vigente aplicable.

Igualmente, podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, quienes no estando incluidos en el apartado anterior se encuentren con residencia legal en España. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa. Los menores de edad estarán limitados para desempeñar determinados trabajos, en función de las condiciones específicas del puesto.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones
físicas,psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre
que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud certificación emitida por los equipos multidisciplinarios a que se refiere el artículo 6.6 de la Ley Territorial 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, acreditativa de que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran. En dicho documento deberá especificarse, en su caso, el tipo de adaptación funcional necesaria para la correcta realización de las pruebas y para la posterior realización del trabajo. Cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicio de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo previsto para su realización.De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar almenos el justificante de haberla solicitado. En este caso los aspirantes tendrán que aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que se refiere la base cuarta, apartado 4, o en todo caso, antes de la formalización de la contratación laboral.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargo públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Ciencias de la Actividad Física y Deporte, debiendo presentar copia acreditativa delmismo. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, a tenor de la legislación vigente aplicable.
(..)
CUARTA. SOLICITUDES.

4.1 Los interesados deberán presentar su solicitud, acompañada de la fotocopia del DNI, del modelo de declaración jurada y de la titulación exigida,en el Registro General del Instituto Insular de Deportes de Gran Canaria, sito en laAvda.Alcalde Ramírez Bethencourt, s/n, en horario de 08:00 a 14:00 de lunes a viernes y los martes de 16:00 a 20:00, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, es decir desde hoy hasta el día 12 de julio . Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El resto de las bases esta en el enlace de arriba...

Animo!!!

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