En el BOP del 21/08 se ha publicado en las páginas 15467-15468:
Resolución anulando la convocatoria y las bases
para la provisión de una plaza de Oficial del cuerpo
de Policía, Ayuntamiento de Breña Baja.
Que por Resolución de Alcaldía núm. 862/2019,
de fecha 29 de julio, se acuerda dejar sin efecto el
Decreto número 1413/2018, de 28 de diciembre de
2018, por la que fueron aprobadas las convocatoria y
las bases para la provisión de una plaza de Oficial del
cuerpo de Policía del Ayuntamiento de Breña Baja,
lo que se hace público para conocimiento general y
que literalmente dice:
“Que por Resolución de Alcaldía número 1413/2018,
de 28 de diciembre de 2018, fueron aprobadas las convocatoria y las bases para la provisión de una plaza
de oficial del cuerpo de policía del ayuntamiento de
Breña Baja, cuyo objeto era la provisión en propiedad,
por el turno de promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Oficial
vacante en la Plantilla pertenecientes a la Escala de
Administración Especial, Subescala de Servicios
Especiales, Clase de Policía Local, Escala Ejecutiva,
Grupo C, Subgrupo C1.
Que el 5 de marzo de 2019 tiene entrada en el
Ayuntamiento de Breña Baja requerimiento del Viceconsejero de Administraciones Públicas y Transparencia, comunicando, que en aras del principio de
colaboración que rigen las relaciones interadministrativas, y a fin de evitar el mantenimiento de la acción
jurisdiccional entre Administraciones Públicas, con
los efectos legales pertinentes, se proceda a subsanar
15468 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 101, miércoles 21 de agosto de 2019
o anular dicha resolución por infracción del ordenamiento jurídico.
Que, examinada la Resolución por la Dirección
general de la Función Pública, se ha procedido a
iniciar la impugnación jurisdiccional por:
1º.- En la convocatoria examinada, no se especifica
la Oferta de Empleo Público en cuya ejecución se
aprueba la convocatoria.
2ª.- En la base octava, se regula el sistema selectivo,
el cuan contará de las siguientes fases:
1) Oposición.
2) Concurso-oposición.
3) Curso selectivo.
4) Período de prácticas.
“Entre los méritos integrantes de la fase de concurso,
figura la antigüedad (apartado 1), valorada de acuerdo
con el tiempo de servicios prestados en Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad, con una puntuación de 2 puntos.
El baremo distingue dos supuestos:
a) Antigüedad derivada de servicios prestados con
categoría profesional de Policía Local, en los Cuerpos de la Policía Local de Canarias, a razón de 0,15
puntos por año completo.
b) Antigüedad derivada de servicios prestados en
otras Administraciones Públicas, en Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, cualesquiera que sea la categoría
profesional, a razón de 0,10 puntos por año completo.
En consecuencia, la puntuación que se asigna es
diferente, tanto en atención al empleo de Policía Local
en que tales servicios hayan sido prestados, como en
atención al Cuerpo.
El artº. 20.2.a) del Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, se dispone que la antigüedad deberá ser valorada
de acuerdo con el tiempo de servicios prestados en
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
De la dicción del precepto, se infiere que el mérito
objeto de valoración es la totalidad de los servicios
prestados en un ámbito funcional determinado- a
saber, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad-, pero sin
distinción alguna en razón del empleo o categoría
profesional.”
Es por lo que esta Alcaldía de conformidad con
sus competencias que le están atribuidas legalmente,
ha resuelto:
Primero: Dejar sin efecto el Decreto número
1413/2018, de 28 de diciembre de 2018, por la que
fueron aprobadas las convocatoria y las bases para la
provisión de una plaza de Oficial del cuerpo de Policía
del Ayuntamiento de Breña Baja, cuyo objeto era la
provisión en propiedad, por el turno de promoción
interna, mediante el sistema de concurso-oposición,
de una plaza de Oficial vacante en la Plantilla pertenecientes a la Escala de Administración Especial,
Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía
Local, Escala Ejecutiva, Grupo C, Subgrupo C1, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 10,
de 23 de enero de 2019, por los precedentes descritos.
Segundo: Del presente Decreto dese traslado a la
Dirección General de la Función Pública, a la Dirección General de Seguridad y Emergencia, al Juzgado
de lo Contenciosos Administrativo número cuatro a
los efectos oportunos.
Tercero: Ordenar la publicación del texto íntegro
del acuerdo que proceda en el Boletín Oficial de la
Provincia de Santa Cruz de Tenerife.”
Villa de Breña Baja, a 9 de agosto de 2019.
El Alcalde-Presidente, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente.
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