En el BOP del 24/07 se ha publicado en las páginas 7168 y ss:
Por acuerdo Decreto número 1529/2019 de fecha
8 de mayo de 2019, se aprobaron las bases específicas
que han de regir el correspondiente proceso selectivo
para generar listas de reserva por el sistema de
oposición, de la PLAZA DE TÉCNICO SUPERIOR
INTEGRACIÓN SOCIAL (C) y de acuerdo al mismo
se procede a la publicación de las citadas bases
específicas:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR
LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE
EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA GENERAR
LISTA DE RESERVA EN EL AYUNTAMIENTO DE
MOGÁN, PARA LA PLAZA DE TÉCNICO DE
INTEGRACIÓN SOCIAL.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria, la configuración
de lista de reserva para cubrir las necesidades de
contratación temporal en esta administración, mediante
el sistema de oposición de plaza de Técnico Integración
Social.
SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA
EXIGIDA.
Técnico Integración Social: Con respecto a la
titulación se requiere estar en posesión del Título
Técnico Superior de Integración Social o equivalente,
en el caso de ser un título equivalente se deberá
aportar la documentación que acredite la equivalencia,
o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se
termine el plazo de presentación de instancia.
TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR
LOS ASPIRANTES PARA TOMAR PARTE EN EL
PROCESO SELECTIVO.
Se estará a lo establecidos en la base segunda
de las BASES GENERALES DE LAS
CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTA DE
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RESERVAS PARA INTERINIDADES Y
CONTRATACIONES LABORALES DEL
AYUNTAMIENTO DEL ILUSTRE
AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, aprobadas por
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 19 de abril
de 2016, publicado en la Web www.mogan.es y en
el Boletín Oficial de la Provincia número 55 de 6 de
mayo de 2016, en adelante BGLR.
CUARTA: SOLICITUDES.
Se estará a lo establecidos en la base tercera de las
BGLR.
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de la solicitud de participación
en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS
NATURALES, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Así mismo se publicarán en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento y en la página Web municipal,
www.mogan.es
QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las
BGLR.
SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y
FASES DEL MISMO:
La selección se efectuará por el sistema de oposición.
El programa que han de regir las pruebas selectivas
es el que figura en Anexo III de esta convocatoria,
para cada una de las categorías convocadas.
1. FASE PRIMERA: (Oposición)
Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes
a la fase de oposición no se permitirá el uso de
teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados
durante el tiempo de realización de las pruebas.
La oposición consistirá en la realización de los
siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y
eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las
medidas precisas en orden a garantizar el anonimato
de los aspirantes):
A) EJERCICIO TEÓRICO: Consistirá en el desarrollo
de un ejercicio teórico (tipo Test), relacionado con el
temario, que se incorpora como anexo III de la presente
convocatoria. El tiempo máximo de desarrollo del primer
ejercicio será de cincuenta minutos.
Consistiendo el ejercicio teórico en un tipo test de
50 preguntas con 4 respuestas posibles, siendo una
sola de ellas la correcta, cada respuesta bien contestada
puntúa 0,2 puntos y cada respuesta mal contestada resta
0,10. Las que no se hayan contestado ni suman ni restan.
B) EJERCICIO PRÁCTICO: Ha de ser relacionado
con las funciones de la categoría a que se aspira,
relacionadas con identificación de herramientas,
técnicas y procesos o protocolos, que guarden relación
con el temario (anexo III). El tiempo máximo de
duración del ejercicio será de una hora.
Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes
al ejercicio práctico los aspirantes podrán hacer uso
de los textos legales y colecciones de jurisprudencia
de los que acudan provistos (en formato papel) y en
ambos casos las conclusiones que se formulen serán
lo suficientemente válidas, específicas y condensadas
para obtener la información relevante y fiable sobre
el supuesto expuesto.
De la misma manera, en caso de que el aspirante
sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano
podrán ser requerido a la realización de alguna prueba
que permita conocer el nivel de manejo del castellano,
si bien el carácter técnico de la oposición convocada
podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal
comprobación y evaluado en el desarrollo del ejercicio
si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado
por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia
en el expediente.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Cada una de las pruebas que integran los ejercicios
de la oposición se calificará hasta un máximo de diez
puntos, siendo necesario para pasar a la siguiente
prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto,
desde el mismo momento en que el aspirante no
obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de
los ejercicios, quedará automáticamente excluido.
La calificación para cada ejercicio y aspirante se
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, miércoles 24 de julio de 2019 7169
determinará por la media resultante de las calificaciones
otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando,
en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre éstas exista una diferencia igual o
superior a tres puntos.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal
hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
y en la Web municipal, la relación de los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, con
especificación de las puntuaciones obtenidas.
Deberá tenerse en cuenta que las rectificaciones de
errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio,
cuando los mismos sean fácilmente constatables,
llevará aparejada su aplicación para todos los aspirantes
en igualdad de condiciones, lo que pudiera determinar
una modificación de las puntuaciones respectivamente
obtenidas, de lo que los aspirantes deberán ser
respectivamente informados en todo momento mediante
el correspondiente Anuncio de rectificación en el
Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Las comunicaciones que se efectúen por teléfono
a través de funcionario público, deberán hacerse
constar en el expediente administrativo mediante
Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión
y visto bueno del Jefe de Sección de Recursos
Humanos.
CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE
OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de
oposición será siempre la media aritmética entre las
puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el
práctico. En cualquiera de los casos, no se podrá
superar la fase de oposición si no se alcanza un
mínimo de cinco puntos respectivamente.
SÉPTIMA. PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación
final del proceso selectivo será determinada por la
clasificación final de la fase de oposición. La Puntuación
máxima que se puede obtener es de 10 puntos,
correspondiente a la fase oposición.
En caso de empate se resolverá por la mayor
puntuación obtenida en el ejercicio práctico y ejercicio
teórico, en este orden. De persistir el empate se
realizará un sorteo, acto público para el cual serán
convocados los interesados.
OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE
LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LA FASE DE
OPOSICIÓN.
Se estará a lo establecidos en la base octava de las
BGLR.
NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y
ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFÍCADOR.
Se estará a lo establecidos en la base quinta de las
BGLR.
DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y
PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS
ASPIRANTES QUE HAN DE INTEGRAR LAS
LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS
CATEGORÍAS CONVOCADAS.
Una vez realizadas las calificaciones finales, el
Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal
y en la Web municipal la relación de los aspirantes
que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden
de puntuación decreciente y propondrá al órgano
convocante los candidatos que hayan de integrar la
lista de reserva respectiva que se confeccionará por
dicho orden.
DÉCIMO-PRIMERA: Presentación de documentos.
Nombramiento. Revocación
Se estará a lo establecidos en la base décima de las
BGLR.
DÉCIMO-SEGUNDA:
El solo hecho de presentar la instancia, solicitando
formar parte en el presente procedimiento, constituye
sometimiento expreso de los interesados a las bases
generales y específicas reguladoras del mismo,
ostentando ambas la consideración de ley reguladora
del proceso en cuestión, así como así como a las
disposiciones contenidas en los criterios de
funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren
vigente al tiempo de iniciarse la respectiva relación
laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso
se aplique.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de esta y de la actuación
del Tribunal, podrán ser impugnados en la forma y
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plazos establecidos en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
ANEXO I
A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN,
Don/Doña: D.N.I.:
Dirección: Tlf. fijo:
Población: Código Postal: Tlf. móvil:
Correo electrónico: Fecha Nacimiento:
EXPONE:
Que a medio del presente escrito y teniendo interés en participar en el procedimiento de selección convocado
para elaborar LISTA DE RESERVA en la categoría de ____________________ y reuniendo todos y cada uno
de los requisitos exigidos en la correspondiente Convocatoria y Bases para concurrir, que fueron publicadas en
el BOP número ____ de __ de _____ de 201_.
- Documentación que acredite la identificación del aspirante.
- Título académico exigido en las bases.
- Declaración Jurada (Anexo II).
- __________________________.
EL ABAJO FIRMANTE SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia,
declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso
en la Administración Local y las especiales señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento
o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario o contratación si
es laboral.
Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto
en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligaciones inherentes a la inclusión
en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Mogán, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de
las mismas aprobados por el Ayuntamiento de Mogán.
En Mogán, a ______ de __________________ de 201_.
FIRMA
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA.
Don/Doña: D.N.I.:
Dirección: Tlf. fijo:
Población: Código Postal: Tlf. móvil:
Correo electrónico: Fecha Nacimiento:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, miércoles 24 de julio de 2019 7171
DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Y para que así conste a los efectos previstos en la convocatoria para la confección de lista de reserva del Ayuntamiento
de Mogán, publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2016.
Firmo la presente, en Mogán a ___ de ____________ de 201_.
Fdo. ___________________________________________
ANEXO III
TEMARIO:
Tema 1. La Constitución Española de 1978: valor normativo y contenido. La organización territorial del Estado.
El Estatuto de Autonomía de Canarias: competencias e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tema 2. El Municipio y la Provincia: organización, funcionamiento y competencias. Ordenanzas y Reglamentos
Municipales del Ayuntamiento de Mogán.
Tema 3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales. Disposiciones Generales: Definiciones. Principios de la protección de datos: Calidad de los
datos, derecho de información en la recogida de datos, consentimiento del afectado, datos especialmente
protegidos, deber de secreto.
Tema 4. El acto administrativo: Concepto y clases. Requisitos de los actos administrativos: especial referencia
a la motivación. La eficacia de los actos administrativos: Notificación y publicación. Ejecutividad y ejecutoriedad:
La ejecución forzosa de los actos administrativos.
Tema 5. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. La revisión
de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites.
La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.
Tema 6. El Procedimiento Administrativo. Procedimiento común y procedimientos especiales. Términos y
plazos. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Instrucción: intervención
de los interesados, prueba e informes.
Tema 7. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.
Tema 8. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios
de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio
administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
Tema 9. Diseño, organización y evaluación de actividades de tiempo libre.
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Tema 10. Los centros sociales municipales: Objeto,
estructura y funcionamiento. Los Equipos Sociales.
Tema 11. La figura del o de la Técnico de Integración
Social: aptitudes, actitudes, funciones y responsabilidades.
Tema 12. Los Servicios de Información, Orientación
y Asesoramiento. Recursos sociales y prestaciones básicas
correspondientes a los Servicios Sociales de atención
primaria.
Tema 13. Participación social. Asociacionismo sin
ánimo de lucro. Voluntariado: marco normativo de la
Comunidad de Canarias.
Tema 14. El absentismo escolar. Normativa y
estrategias de intervención.
Tema 15. La educación en el tiempo libre: marco
conceptual y fundamentos pedagógicos.
En todo lo no previsto en las Bases será de aplicación
la normativa de general y pertinente aplicación.
En Mogán, a quince de julio de dos mil diecinueve.
LA ALCALDESA PRESIDENTA (Teniente Alcalde
con competencia en materia de Recursos Humanos
S/Decreto número 2050/2019 de 17 de junio), Juan
Mencey Navarro Romero.
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