En el BOP del 10/04 se ha publicado en las páginas 3372-3374:
Que por el Consejo de Gobierno Insular de esta
Corporación ha sido adoptado, en fecha 4 de abril de
2019, en su punto 8, se ha procedido a aprobar entre
otros, el siguiente acuerdo: la Convocatoria para la
creación de lista de reserva mediante el sistema
selectivo de concurso-oposición para cubrir interinidades
de la siguiente plaza de la plantilla de Cabildo de
Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos:
TÉCNICO/A SUPERIOR DE FARMACIA (Subgrupo
de clasificación A1), de acuerdo con lo establecido
en el “Reglamento de listas de reserva para cubrir
interinidades y contrataciones temporales en las
distintas categorías del personal laboral y funcionario
del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno
de fecha 19 de junio de 2017, publicada su aprobación
definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017.
BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN
DE UNA LISTA DE RESERVA DE TÉCNICO
SUPERIOR EN FARMACIA PARA INTERINIDADES
DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA Y SUS
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Objeto de la convocatoria.
Las presentes bases tienen como objeto la selección
de personal para crear una lista de reserva de TÉCNICO
SUPERIOR EN FARMACIA, a los efectos de su
nombramiento interino de plazas de la plantilla de
personal funcionario del Cabildo de Fuerteventura y
de sus Organismos Autónomos, de acuerdo con lo
establecido en el “Reglamento de listas de reserva para
cubrir interinidades y contrataciones temporales en
las distintas categorías del personal laboral y funcionario
del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno
de fecha 19 de junio de 2017, publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79 de
fecha 3 de julio de 2017, publicada su aprobación
definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017.
Bases reguladoras del proceso selectivo.
La presente convocatoria se regirá por las presentes
bases específicas y por las “Bases Generales que han
de regir las convocatorias públicas para la provisión
por funcionario interino de plazas vacantes en el
Cabildo Insular de Fuerteventura”, aprobadas mediante
Decreto del Consejero de Personal el día 27 de marzo
de 2008, publicadas en el Boletín Oficial de La
Provincia de Las Palmas número 46 de fecha 7 de abril
de 2008, modificadas mediante decreto del Consejero
de Recursos Humanos de fecha 11 de septiembre de
2013, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 120 de fecha 18 de septiembre
de 2013.
Referencia a la Base Segunda de las Bases Generales:
Características de las plazas.
Escala de Administración Especial, subescala
Técnica, clase Técnico Superior, denominación
TÉCNICO SUPERIOR EN FARMACIA, Grupo A,
Subgrupo A1.
Referencia a la Base Tercera de las Bases Generales:
Requisitos de los aspirantes.
- Para acceder a la plaza se requiere alguna de las
siguientes titulaciones: Licenciado en Farmacia o
Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión,
o título equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso la homologación.
- Carnet de conducir B.
Referencia a la Base Cuarta:
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de instancias será de DIEZ
DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al
de la publicación del anuncio de la presente convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Derechos de examen.
El ingreso se realizará en la cuenta número ES08-
2038-7224106400005324 de Bankia.
3372 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 43, miércoles 10 de abril de 2019
Referencia a la Base Sexta de las Bases Generales:
El Tribunal Calificador para esta convocatoria
quedará regulado según el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnización por razón del servicio.
Referencia a la Base Séptima de las Bases Generales:
Sistema Selectivo Concurso-Oposición.
Fase de Oposición:
La fase de oposición constará de dos ejercicios,
ambos eliminatorios, siendo la puntuación máxima
de esta fase de 10 puntos:
Primer ejercicio, de naturaleza teórica: Consistirá
en desarrollar por escrito, durante una hora, un tema
elegido por el aspirante entre dos extraídos por sorteo
en presencia de los aspirantes inmediatamente antes
del comienzo del ejercicio, del temario que figura en
las presentes Bases específicas. Se valorará entre
cero y diez puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos para acceder al segundo ejercicio.
Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá
en la resolución de un caso práctico, en un tiempo máximo
de una hora, a elegir entre el Temario Especifico
planteados por el Tribunal calificador relacionados con
él, que figuran en las presentes Bases Especificas. Este
ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para
superarlo.
TEMARIO DE TÉCNICO/A SUPERIOR DE
FARMACIA EN EL SERVICIO DE TOXICOMANÍAS
TEMARIO COMÚN:
1. La Ley de Servicios Sociales de Canarias. El papel
de los Cabildos Insulares.
2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN.
De los actos administrativos: Requisitos de los actos
administrativos; Eficacia de los actos: inderogabilidad
singular, ejecutividad, efectos y notificación. De las
disposiciones sobre el Procedimiento Administrativo
Común: Instrucción del procedimiento.
3. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público: De los órganos de las Administraciones
Publicas: de los órganos administrativos, competencia;
órganos colegiados de las distintas Administraciones
Públicas: funcionamiento; abstención y recusación.
Funcionamiento electrónico del Sector público
TEMARIO ESPECÍFICO:
4. Responsabilidad profesional de farmacéutico,
concepto y definición. Responsabilidad civil y penal
del farmacéutico. Elementos constitutivos de la
responsabilidad farmacéutica.
5. Ley 9/1998, de 22 julio sobre prevención Asistencia
e Inserción Social en materia de Drogodependencias:
Objeto, Prevención en Drogodependencia. Asistencia
e Integración Social.
6. Ley 9/1998, de 22 julio sobre prevención Asistencia
e Inserción Social en materia de Drogodependencias:
Competencia de las Administraciones Públicas.
7. RD, de 25 de julio de 2008, sobre la Ley 4/2010
Dispensación de Metadona en pacientes en programas
de deshabituación.
8. Decreto 162/1990 de 29 de mayo, por el que se
regulan los tratamientos con opiáceos de personas
dependientes del mismo.
9. PMM: RD 75/1990 de 19 de enero, del Ministerio
de Sanidad y Consumo, que regula el tratamiento
con opiáceos en personas dependientes de los mismos
y RD posteriores que modifican parcialmente (RD
1131/1990 de 14 de septiembre y RD 5/1996 de 15
de enero).
10. La metadona: una alternativa farmacológica
dentro de los recursos de tratamientos a opiáceos. Si
en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese
modificado o derogado la legislación que regula la
materia objeto del temario se entenderá que será de
aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor.
Referencia a la Base Octava de las Bases Generales:
El orden en que habrán de actuar los aspirantes en
aquellos ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando
comienzo por el opositor cuyo primer apellido
comience por la letra resultante del sorteo anual
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 43, miércoles 10 de abril de 2019 3373
realizado por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública.
Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncios
y en la página web de la Corporación
(www.cabildofuer.es, en ofertas de empleo) la presente
convocatoria y bases específicas.
Tercero. Conceder un plazo de Diez días hábiles,
contados desde el día siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia de Las Palmas para la presentación de
solicitudes.
Cuarto. La correspondiente Resolución se dará
traslado a los Servicios de Intervención, Recursos
Humanos y al Pleno a los efectos oportunos.
El presente acto administrativo pone fin a la vía
administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido
potestativamente en reposición ante el mismo órgano
que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ante
los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Las
Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos
123 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas,
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso administrativa.
En su caso, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del recurso
de reposición interpuesto.
El plazo para la interposición del recurso de reposición
será de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo,
sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso
extraordinario de revisión.
El plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo será de dos meses contados desde el
día siguiente al de la notificación de este acto.
Y para que conste y surta los efectos donde proceda
expido la presente de Orden y con el Visto Bueno del
Sr. Presidente, haciendo la salvedad del artículo 206
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales en Puerto
del Rosario, a cinco de abril de dos mil diecinueve.
EL PRESIDENTE, Marcial Morales Martín.
LA VICESECRETARIA - JEFA DE SERVICIO DE
SERVICIOS JURÍDICOS, María Mercedes Contreras
Fernández.
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