En el BOP de 2/11 se ha publicado en las páginas 20852 y siguientes:
Mediante Decreto de la Presidencia del Organismo Autónomo IASS nº 1206, de fecha 27 de octubre de 2015,
se aprobaron las Bases específicas y Anexos que han de regir la convocatoria pública para la cobertura con
carácter fijo, de 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición, por el turno
de acceso libre, vacantes en la plantilla de Personal Laboral del Organismo Autónomo IASS incluidas en la
Oferta de Empleo Público del Instituto del año 2015, así como la configuración de una lista de reserva, con el
siguiente tenor literal:
INSTITUTO INSULAR DE ATENCIÓN SOCIAL Y
SOCIOSANITARIA
Presidencia
EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE
ANUNCIO
Mediante Decreto de la Presidencia del Organismo Autónomo IASS nº 1206, de
fecha 27 de octubre de 2015, se aprobaron las Bases específicas y Anexos que han de
regir la convocatoria pública para la cobertura con carácter fijo, de 23 plazas de
Enfermero/a, Grupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición, por el turno de
acceso libre, vacantes en la plantilla de Personal Laboral del Organismo Autónomo
IASS incluidas en la Oferta de Empleo Público del Instituto del año 2015, así como la
configuración de una lista de reserva, con el siguiente tenor literal:
“BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA
PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER FIJO, DE 23 PLAZAS DE
ENFERMERO/A, GRUPO A2, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSOOPOSICIÓN,
POR EL TURNO DE ACCESO LIBRE, VACANTES EN LA PLANTILLA
DE PERSONAL LABORAL DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO INSULAR
DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE
EMPLEO PÚBLICO DEL INSTITUTO DEL AÑO 2015, ASÍ COMO LA
CONFIGURACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA.
Primera: Objeto.- Constituye el objeto de la presente convocatoria la cobertura, en ejecución
del proceso especial de Consolidación de Empleo Temporal, previsto en el artículo 67.2 y la
Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo del Personal Laboral del IASS, con
carácter fijo, mediante concurso-oposición, de 23 PLAZAS DE ENFERMERO/A, GRUPO
A2, vacantes en la Plantilla de Personal Laboral del Organismo Autónomo “Instituto Insular de
Atención Social y Sociosanitaria” del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, y la configuración de
una lista de reserva. La cobertura de las plazas afectadas se realizará con sometimiento a la
legislación vigente y se regirá por el procedimiento que se señala en las Reglas Genéricas, y en
todo caso, se ajustará a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y
publicidad.
Se configurará una lista de reserva, que será utilizada en ausencia de listados de convocatorias
anteriores, por orden decreciente con los/las aspirantes que hayan superado todas las pruebas de
la fase de oposición y no alcancen la puntuación suficiente para obtener una de las plazas de la
presente convocatoria, que serán contratados, siguiendo el orden de puntuación final en el
proceso selectivo, según las necesidades y modalidades de contratación que se demanden, con
carácter laboral interino y/o temporal, según el orden de prelación de listas de reserva previsto
en el artículo 72.4 del Convenio Colectivo y en las condiciones que para cada caso se señalen en
las Reglas de Gestión de los Listados de Contratación aprobadas por Consejo Rector del
Organismo Autónomo en sesión ordinaria celebrada en fecha 23 de marzo de 2007, o en su caso
en las Reglas de Gestión vigentes en cada momento.
La presente convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa
Cruz de Tenerife y en los Tablones de Anuncios del Organismo Autónomo “Instituto Insular de
Atención Social y Sociosanitaria” y del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. Asimismo, se
publicará un extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Igualmente, se anunciará, como mínimo, en dos de los periódicos de mayor difusión y en la
página web del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria. (www.iass.es)
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20853
Segunda: Características de las plazas.- Las 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2, del turno
de acceso libre que se convocan se corresponderán con las incluidas en el proceso especial de
Consolidación de Empleo Temporal, previsto en el artículo 67.2 y la Disposición Adicional
Primera del Convenio Colectivo Único del IASS.
Tercera: Requisitos que deben reunir los aspirantes.- Para poder participar en el proceso
selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
A) REQUISITOS GENERALES:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la
Unión Europea o extranjero con residencia legal en España. En el supuesto de extranjeros
deberán acreditar mediante declaración responsable u otro medio admitido en derecho, tener un
conocimiento adecuado del castellano, pudiéndoseles exigir, en su caso, la superación de
pruebas con tal finalidad.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder en su caso de la edad
máxima establecida legalmente.
c) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario en Enfermería o Grado
en Enfermería o titulación académica equivalente expedida por el Ministerio de Educación o
Credencial que acredite la homologación en caso de que se haya obtenido el título en el
Extranjero o equivalente o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de
solicitudes. En caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero es necesario que el
aspirante acredite la homologación. Asimismo, en caso de que se alegue título equivalente
deberá acreditarse su equivalencia.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado, ni sancionado con despido procedente mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán, igualmente, no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo
público.
B) ASPIRANTES CON MINUSVALÍA FÍSICA, PSÍQUICA O SENSORIAL.
Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán
admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones
no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud, la
certificación de reconocimiento de grado de minusvalía a tenor de lo regulado en el Real
Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración
y calificación del grado de minusvalía (B.O.E. nº 22, de 26 de enero de 2000; c.e. B.O.E. nº 62,
de 13 de marzo). Asimismo será de aplicación lo previsto en el Decreto 8/2011, de 27 de enero,
que regula el acceso e personas con discapacidad al empleo público.
Los interesados deberán formular en la solicitud de participación, la petición
concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas del candidato para
acceder al proceso selectivo. A tal efecto, el aspirante deberá aportar, junto a la solicitud de
participación, informe del equipo multidisciplinar previsto en el artículo 10 del Decreto 8/2011,
de 27 de enero, sobre la necesidad de adaptación solicitada, así como Resolución o Certificado
sobre la capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tarea correspondientes al
Cuerpo, Escala o clase profesional de las Plazas convocadas, teniendo dichos informes carácter
vinculante.
20854 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
Todos los requisitos exigidos en los dos apartados anteriores deberán cumplirse el
último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la firma del
correspondiente contrato, debiendo reunir, en ese momento, los señalados en la Base Décima.
Cuarta: Solicitudes.-
1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar,
cumplimentando la instancia establecida por el Instituto Insular de Atención Social y
Sociosanitaria, que les será facilitada gratuitamente en:
REGISTROS GENERALES
LOCALIZACIÓN HORARIO
Sede del IASS. C/ Galcerán, nº 10
38004 Santa Cruz de Tenerife
Lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Plaza de España, 1. 38003
S/C de Tenerife.
General:
Lunes a viernes de 9 a 18 horas y sábados de 9 a 13
horas.
Especial:
Julio, Septiembre y de 15 de Diciembre a 15 de
Enero: lunes, miércoles y viernes de 9 a 14 horas,
martes y jueves de 9 a 18 horas y sábados de 9 a 13
horas.
Agosto: Lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábado de
9 a 13 horas.
REGISTROS AUXILIARES
LOCALIZACIÓN HORARIO
Plaza de la Constitución, 4. 38300
La Orotava.
General:
Lunes a viernes de 8 a 14 horas y martes y jueves
de 16 a 18 horas.
Especial:
Del 15 de Julio a 15 de Septiembre y de 15 de
Diciembre a 15 de Enero: lunes a viernes de 8 a 14
horas.
Avda. Amsterdam, s/n.
Edf. Valdés Center, Torre B.
38650 Los Cristianos de Arona
General:
Lunes a viernes de 8 a 14 horas y martes y jueves
de 16 a 18 horas.
Especial:
Del 15 de Julio a 15 de Septiembre y de 15 de
Diciembre a 15 de Enero: lunes a viernes de 8 a 14
horas.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20855
LOCALIZACIÓN HORARIO
Calle Key Muñoz, 24.
38430 Icod de los Vinos
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
Carretera Tacoronte –Tejina, 15
38350 Tacoronte
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
Avda. La Constitución, s/n
38680 Guía de Isora
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
Plaza del Ayuntamiento, 8.
38500 Güimar
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
Calle los Pedregales, s/n. El
Palmar
38480 Buenavista-Parque Rural
de Teno
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
Junto con la solicitud deberá acompañar los siguientes documentos:
- Diligencia bancaria, extendida en la instancia o recibo original, acreditativo de
haber satisfecho los derechos de examen.
- Fotocopia compulsada del D.N.I., los que tengan nacionalidad española; tarjeta de
identidad, los que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y pasaporte, para
las restantes nacionalidades.
- Copia auténtica o fotocopia compulsada del título de Diplomado Universitario en
Enfermería o Grado en Enfermería o titulación académica equivalente expedida por el
Ministerio de Educación o Credencial que acredite la homologación en caso de que se haya
obtenido el título en el Extranjero o del justificante de haber abonado los derechos para su
expedición y, en su caso, del documento acreditativo de cualquier otro requisito de
conocimiento exigido en la convocatoria. En el supuesto de haber invocado un título equivalente
al exigido habrá de acompañarse certificado expedido por el órgano competente que acredite la
citada equivalencia, o en su caso, mediante sentencia judicial. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se aportará fotocopia compulsada de la credencial que acredite su
homologación.
-Seis copias del Proyecto Técnico, que no podrá superar los treinta folios impresos
por una sola cara y que deberá exponerse en la fase de oposición.
Los documentos anteriores deberán presentarse en el plazo de solicitud, salvo que no se
presentaran por encontrarse en poder de este Organismo, deberá hacerse constar expresamente
esta circunstancia en la misma, especificando la convocatoria en la que los presentó con
indicación de la plaza convocada y la fecha, datos que de no conocerse deberán ser solicitados
necesariamente por escrito para su localización. En caso contrario, deberá aportar nuevamente la
documentación requerida.
2.- Plazo de presentación: El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DÍAS
NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el que se hará referencia a la publicación de la
convocatoria y de las Bases en los Boletines Oficiales de la Provincia. Si el último día del plazo
finaliza en domingo o día festivo, se ampliará al primer día hábil siguiente.
3.- Derechos de examen: Los derechos de examen serán de 20 EUROS (VEINTE EUROS),
según lo establecido en la Ordenanza reguladora de la Tasa por la Inscripción en las
convocatorias para la selección del personal del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y sus
Organismos Autónomos, y su importe se hará efectivo previa liquidación, que se efectuará en la
20856 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
misma instancia, a través de ingreso en la cuenta corriente nº ES 1121009169082200026695 de
LA CAIXA, con el concepto “Pruebas Selectivas”.
De conformidad, con lo previsto en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el importe
de la tasa por derecho de examen podrá hacerse efectivo, también, mediante giro postal o
telegráfico o mediante transferencia. El giro postal o telegráfico deberá ir dirigido a la siguiente
dirección: “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria. Pruebas Selectivas
(Convocatoria Pública de 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2), Centro Sociosanitario Santa
Cruz, C/ Galcerán nº 10, CP 38004 de Santa Cruz de Tenerife. En el supuesto de transferencia el
importe de la tasa se hará efectivo en la cuenta corriente antes reseñada, haciéndose constar la
inscripción a las pruebas selectivas de la convocatoria correspondiente. En ambos casos (giro
postal o telegráfico o transferencia), deberá figurar como remitente el propio opositor, quien
hará constar en el espacio de la solicitud destinado para ello, la clase de giro o transferencia, su
fecha y su número.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
No se procederá a la devolución de la tasa por los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
4.- Lugar de presentación: El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y
diligenciado por la entidad bancaria, o en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la
tasa mediante giro o transferencia, acompañados de la fotocopia compulsada del DNI, así como
copia compulsada de la titulación (y en su caso los documentos que acrediten la homologación
y/o equivalencia) y las seis copias de los Proyectos Técnicos y de los certificados de minusvalía
si fuera el caso, se dirigirán a la Iltma. Sra. Presidenta del Instituto Insular de Atención Social y
Sociosanitaria y se presentará en el Registro General del Organismo Autónomo en las Oficinas
de Información y Registro señaladas en el apartado 1 de esta misma Base.
Asimismo, se podrá presentar la solicitud y documentos:
a) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades
Autónomas o de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, este último
caso, se hubiese suscrito convenio con el Organismo Autónomo Instituto Insular de Atención
Social y Sociosanitaria y con el Cabildo Insular de Tenerife a estos efectos.
b) En las Oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Quinta: Admisión de aspirantes.- Para ser admitido será necesario que los aspirantes
manifiesten que reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria y presenten la
documentación requerida, así como las copias del proyecto técnico, conforme establece el
apartado 1 de la Base Cuarta.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Presidenta del Organismo Autónomo
“Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria” conforme a la propuesta del órgano de
selección, dictará Resolución, en el plazo máximo de DOS MESES, aprobando la relación
provisional de aspirantes admitidos y excluidos, especificando respecto de estos últimos la
causa de inadmisión a fin de que puedan subsanarla, si fuera susceptible de ello, dentro del
plazo de diez días hábiles a contar a partir de la publicación de la referida Resolución, en el
Boletín Oficial de la Provincia, que contendrá, como anexo único, la relación nominal de
aspirantes excluidos, con sus correspondientes D.N.I. e indicación de las causas, así como el
lugar en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas y completas de aspirantes
admitidos y excluidos.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20857
El plazo de subsanación señalado anteriormente no será válido al efecto de subsanar la
presentación del proyecto técnico, que deberá ser elaborado y presentado, para garantizar el
principio de igualdad del proceso, inexcusablemente dentro del plazo de presentación de la
solicitud y documentación de la convocatoria. En consecuencia no será válido dicho plazo para
subsanar el motivo de exclusión por la omisión de la presentación del Proyecto Técnico.
Finalizado el plazo de subsanación, conforme a la propuesta del órgano de selección, la
Presidenta del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”,
dictará Resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos, en la
que se indicará el orden de actuación de los aspirantes, que será en llamamiento único, y
contendrá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio. Dicha resolución se hará
pública en el Boletín Oficial de la Provincia y contendrá, además del lugar, fecha y hora del
comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición, como anexo único la relación nominal de
aspirantes excluidos.
Reclamación contra la lista: En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán interponer Recurso
de Alzada, ante el Iltmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife, contra la Resolución
que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que estimen procedente.
Sexta: Designación, composición y actuación del Tribunal Calificador.-
1.- Composición: El Tribunal Calificador, tanto titulares como suplentes, será
designado por la Presidencia del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y
Sociosanitaria”, y deberá ser empleado público al servicio del IASS o del Cabildo Insular con
titulación o, en su caso, especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las
plazas convocadas y, tendiendo a la paridad entre mujer y hombre, estará compuesto por:
Presidente: Un empleado público con vínculo fijo perteneciente a este Organismo
Autónomo, o en su caso del ámbito de la Corporación Insular si resultara necesario.
Vocales: Su número no será superior a cuatro.
Uno de los vocales será designado a propuesta vinculante del Comité de Empresa
Único, que a partir de su nombramiento, actuará exclusivamente a título personal sin
vinculación alguna con ningún órgano.
En caso de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa
justificada, los vocales titulares serán sustituidos por sus suplentes.
Secretario: Un empleado público con vínculo fijo del Organismo que actuará con
voz pero sin voto.
2.- Publicación de la designación: La designación nominativa de los integrantes
del Tribunal, tanto titulares como suplentes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
3.- Abstención y recusaciones: Los componentes del Tribunal deberán abstenerse
de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieren las circunstancias previstas
en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, respectivamente.
4.- Asesores Especialistas: Si fuese necesario, dada la naturaleza de las pruebas,
podrán nombrarse asesores técnicos especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas, actuando así con voz pero sin voto, tal como establece el artículo 74.2
de la Ley 2/1987, de 30 de Marzo.
5.- Actuación y constitución: El Tribunal, en su constitución y actuación, se
sujetará a las normas previstas, para los órganos colegiados, por la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de tal manera que no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, como
mínimo, del Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de
sus miembros, titulares o suplentes, si bien los suplentes podrán intervenir solamente en casos
de ausencia justificada, no pudiendo, por tanto, actuar concurrentemente con los titulares.
20858 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
El Tribunal estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse de la aplicación
de las normas contenidas en estas Bases y determinará la actuación procedente en los casos no
previstos en ellas, determinando las medidas sancionadoras necesarias para garantizar en todo
momento el orden de las pruebas, adoptando las decisiones por mayoría y, en caso de empate, se
repetirá la votación hasta una tercera vez, en la que, si persiste el empate, éste lo dirimirá el
Presidente con su voto.
Podrá procederse al nombramiento de más de un Tribunal, con idéntica composición a la
anteriormente regulada, cuando por el número de aspirantes se haga necesario, conforme a las
normas de composición y designación de Tribunales previstas en estas bases. Dichos Tribunales
podrán tener el ámbito de competencias que le designe el Tribunal número uno.
A fin de conseguir la necesaria coordinación entre los Tribunales Calificadores, todos ellos
actuarán conjuntamente bajo la dirección del Tribunal número uno, que resolverá cuantas
consultas, interpretaciones y criterios de valoración y de unificación puedan plantearse o
solicitarse por los restantes Tribunales sobre las normas de la convocatoria, procurando lograr la
mayor uniformidad, sin perjuicio de lo cual, los Tribunales Calificadores funcionarán con
autonomía respecto de los demás en cuanto a la selección de aspirantes, formulando sus propias
propuestas.
Corresponderá al Tribunal nombrado con el número uno los siguientes cometidos:
a) Cursar, de orden de su Presidente, citación al resto de los Tribunales para
constituirse en un acto conjunto.
b) Recibir de los demás Tribunales los expedientes incoados relativos al transcurso
de las pruebas y elaborar la propuesta definitiva de aprobados.
A efectos de lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal de la presente convocatoria se califica con
la Categoría A2, atendiendo a la plaza objeto de convocatoria.
Séptima: Sistema selectivo.-
El sistema selectivo será el concurso-oposición.
La fase de oposición tendrá un peso del 60% en el conjunto de la convocatoria. Por su parte la
fase de concurso tendrá un peso en la convocatoria del 40%.
1.- FASE DE OPOSICIÓN:
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 6 puntos.
Las pruebas a realizar, de conformidad con el temario, guardarán relación con las funciones que
efectivamente se realizan en las plazas existentes en el IASS, correspondientes a la clase
profesional de Enfermero/a.
Las funciones de la clase profesional de Enfermero/a figuran en el Anexo I.
El temario figura en el Anexo II.
Esta fase consiste en dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
1º) Primer Ejercicio Teórico/Práctico: Consistirá en la resolución de dos supuestos
teórico/prácticos a elegir de entre cinco propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las
funciones que realizan los puestos de enfermero/a en el IASS de acuerdo con el temario,
estando referido uno de ellos al Bloque I, dos al Bloque II y dos al Bloque III, debiendo
elegir el aspirante necesariamente cada uno de los dos supuestos de Bloques diferentes. Cada
supuesto se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 5 puntos en cada
uno de ellos para superar el ejercicio teórico/práctico, siendo la puntuación final en el
ejercicio práctico la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos.
Este ejercicio tiene carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Su peso será del 40% del total de la fase de
oposición.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20859
2º) Proyecto Técnico: La prueba consistirá en la exposición, defensa y evaluación del
proyecto técnico aportado en el plazo de presentación de la convocatoria, que no podrá
superar los treinta folios, que contenga al menos los siguientes epígrafes referidos
preferentemente a las plazas a cubrir en las distintos ámbitos competenciales del Organismo
Autónomo IASS a título orientativo:
EPÍGRAFES PRECEPTIVOS
Definición del puesto de enfermero/a en un Hospital Sociosanitario
Funciones y tareas del puesto de enfermero/a en un Hospital Sociosanitario
Situación de puesto en el organigrama u organización del servicio, planta o unidad
Sociosanitaria
Propuesta de objetivos del puesto con indicadores de gestión (calidad y producción)
Propuesta de Programación de la actividad del puesto de enfermero/a en un Hospital
Sociosanitario en función de los objetivos
El proyecto de referencia se redactará en formato D4, con letra Arial, tamaño de fuente 12,
interlineado sencillo, y margen superior e inferior de 2,5 cm. y derecho e izquierdo de 3 cm y
únicamente podrá ser impreso en una sola cara en un máximo de 30 folios. Quedan excluidos
del cómputo de los treinta folios la portada, el índice y la bibliografía.
La exposición del proyecto técnico será oral, libre (no leída), de forma individual y reservada
(no pública) ante el órgano de selección sobre el proyecto presentado, con o sin apoyo de
medios audiovisuales (a solicitud del candidato), durante un máximo de 15 minutos ante el
órgano de selección, por cada uno de los candidatos.
Al término de la exposición, los miembros del órgano de selección podrán formular un turno de
preguntas referidos al proyecto técnico expuesto. Cada uno de los miembros del órgano de
selección puntuará la exposición del proyecto técnico de 0 a 10 puntos. Cuando la puntuación
otorgada por un miembro del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre ésta y la
media de las puntuaciones otorgadas por el resto de los miembros del Tribunal será
automáticamente excluida y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes,
siendo necesario que se conserven como mínimo tres de las puntuaciones otorgadas para poder
calificar. Si ello no fuera posible el Tribunal procederá a evaluar nuevamente.
Esta prueba tiene carácter eliminatorio (puntuación mínima 5 sobre 10). Esta prueba tendrá
un peso del 60% de la Fase de Oposición.
Una vez superados aquellos ejercicios que tengan carácter eliminatorio, la puntuación final
de la fase de oposición será la resultante de aplicar la siguiente fórmula:
[(P.P.T. * 0,40) + (P.T. * 0,60)*] * 0,60
Siendo: P.P.T.: Puntuación de la Prueba Teórico Práctica
P.T: Puntuación en el Proyecto Técnico
Calificación de los ejercicios: La calificación de los ejercicios se fijará, sumando las
puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de
puntuaciones.
Cuando la puntuación otorgada por un miembro del Tribunal exista una diferencia de más de
tres enteros con la media de las puntuaciones otorgadas por el resto de los miembros del
Tribunal, será automáticamente excluida y se hallará la puntuación media entre las
20860 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
calificaciones restantes, siendo necesario que se conserven como mínimo tres de las
puntuaciones otorgadas para poder calificar. Si ello no fuera posible el Tribunal procederá a
evaluar nuevamente.
Las calificaciones resultantes se harán públicas a través del Tablón de anuncios del Instituto
Insular de Atención Social y Sociosanitaria y en las Oficinas de Información y Registro
descentralizado existentes al momento de la convocatoria específica en el Instituto Insular de
Atención Social y Sociosanitaria.
2.- FASE DE CONCURSO:
No tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso, podrá aplicarse la puntuación obtenida en
esta fase para superar los ejercicios de la fase de oposición. La valoración de los méritos sólo se
realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los candidatos que hayan
superado dicha fase.
En esta fase, que tendrá una puntuación máxima de 4 puntos. La valoración de la experiencia
profesional será de 3 puntos como máximo, y la de formación de un máximo de 1 punto.
Tendrán igual valor los meses trabajados independientemente de la jornada que se realice. Se
valorarán los siguientes méritos:
2. A) Experiencia profesional (Puntuación máxima 3):
- Se valorará con 0,024 puntos por mes trabajado los servicios efectivos prestados como
empleado público, en la clase de puesto o categoría de enfermero/a en Administraciones
Públicas, cuando las funciones y tareas de los puestos desempeñados coincidan con las
propias de un enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes
crónicos y/o dependientes.
-Se valorará con 0,010 puntos por mes trabajado, los servicios efectivos prestados como
empleado público, en Administraciones Públicas en la clase de puesto o categoría de
enfermero/a, cuando las funciones y tareas no coincidan exactamente con las propias de un
enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o
dependientes.
- Se valorarán con 0,007 puntos por mes, los servicios efectivos prestados por cuenta ajena
en Empresas Públicas y Empresa Privadas, en clase de puesto o categoría de enfermero/a,
cuando las funciones desempeñadas coincidan con las propias de un enfermero/a en un
Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o dependientes.
- Se valorarán con 0,005 puntos por mes, los servicios efectivos prestados por cuenta ajena
en Empresas Públicas y Empresa Privadas en clase de puesto o categoría profesional de
enfermero/a igual cuando las funciones desempeñadas no coincidan exactamente con las de
un enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o
dependientes.
Se considerarán servicios efectivos los prestados por meses completos y parte proporcional,
con excepción de los períodos de excedencia forzosa, excedencia voluntaria, suspensión de
funciones y suspensión de contrato, salvo por incapacidad laboral y maternidad, situación de
riesgo durante el embarazo, la adaptación y acogimiento tanto preadoptivo como permanente
de menores de hasta seis años. Solamente se computarán una vez los servicios prestados
simultáneamente.
2. B) Formación (Puntuación máxima 1):
- Por cada hora de asistencia a cursos sin certificado de aprovechamiento:
0,0050 puntos.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20861
- Por cada hora de asistencia a cursos con certificado de aprovechamiento:
0,0066 puntos.
- Por cada hora de impartición de cursos: 0,0070 puntos.
Los cursos deberán versar sobre materias relacionadas con el temario y las funciones y tareas de
la plaza objeto de la convocatoria.
En cualquier caso, independientemente de que se trate de asistencia, aprovechamiento o
impartición, se valorará sólo un curso de formación por materia cuando del análisis del
contenido de los cursos se constate que los contenidos tratados son coincidentes y la adición
de epígrafes concretos no supone, por profundidad y extensión, la ampliación sustancial de
conocimientos sobre la materia de que se trate. En caso de no constar el contenido concreto
de los cursos, la elección de un único curso por materia se realizará automáticamente,
valorándose aquel curso mediante el cual el aspirante obtenga una mayor puntuación, lo que
estará en función del número de horas de duración del mismo y del carácter de asistencia,
aprovechamiento o impartición del mismo.
También serán valorados los cursos en materia de prevención de riesgos laborales y los de
primeros auxilios cuando se hayan realizado, al igual que el resto de la formación, con
posterioridad a la obtención del título académico exigido como requisito en la presente
convocatoria.
Igualmente, se valorarán las asignaturas optativas, troncales u obligatorias de cursos académicos
oficiales, relacionados con el temario y/o con las funciones y tareas, que no correspondan a la
titulación exigida o alegada como requisito. Al efecto, un crédito es equivalente a 10 horas
lectivas.
Cuando el curso señale su duración en créditos, se valorará 10 horas por cada crédito, salvo que
se acredite otra equivalencia en horas. No se valorarán los cursos en que no se especifique el
número de horas de duración del mismo.
2. C) Presentación de documentación.
La documentación, requerida para la acreditación de los méritos, se presentará por los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, en la forma prevista en las presentes bases y en el
plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la publicación de las calificaciones de la
fase de oposición. Junto con esta documentación se presentará:
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar la tarjeta de
residente comunitario o tarjeta de residente en vigor, según los casos.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados documentalmente en el
plazo y forma establecida para su presentación.
Si los documentos relativos a los méritos alegados no se aportaran por encontrarse en poder
de este Organismo, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la solicitud,
especificando la convocatoria en la que los presentó, con indicación de la plaza convocada y
la fecha, datos que de no conocerse deberán ser solicitados necesariamente por escrito para
su localización. En caso contrario, deberá aportar la documentación requerida.
20862 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
Únicamente se valorarán los méritos que se acrediten en lengua castellana. Sin perjuicio de que
el contenido de los mismos fuera certificado por traductor habilitado.
2. D) Acreditación de los méritos: El sistema de acreditación de los méritos alegados será el
siguiente:
a) Acreditación de los servicios prestados en centros dependientes del Instituto
Insular de Atención Social y Sociosanitaria, se realizará de oficio por el Organismo, a solicitud
del Secretario del Tribunal Calificador, mediante Certificación expedida por la Secretaría del
Consejo Rector en la que se contenga mención expresa de los servicios prestados.
b) Acreditación de los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, Certificado de
los servicios prestados emitido por el órgano competente en materia de personal de la
Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la naturaleza jurídica de la relación,
el tiempo exacto de duración, tipo de funciones y tareas desempeñadas y si los servicios se
han realizado en Centros u Hospitales Sociosanitarios con pacientes crónicos y/o
dependientes.
c) Acreditación de la experiencia en empresa pública/privada: Certificado emitido por la
Tesorería General de la Seguridad Social sobre el período de alta, acompañado de
certificación de la empresa acreditativa de las funciones desempeñadas, copia compulsada
del contrato de trabajo y, en su caso, de la naturaleza pública o privada de dicha empresa,
tipo de funciones y tareas desempeñadas y si los servicios se han realizado en Centros u
Hospitales Sociosanitarios con pacientes crónicos y/o dependientes.
d) Acreditación de la formación específica: Se presentará fotocopia compulsada, o
acompañada del original para su compulsa, del diploma o documento acreditativo de la
realización del curso respectivo.
2. E) Valoración de los méritos: La lista que contenga la valoración de los méritos se hará
pública en el Tablón de Anuncios del Organismo y de la Corporación y en las Oficinas de
Información y Registro descentralizado existentes al momento de la convocatoria específica en
el Instituto de Atención Social y Sociosanitaria.
2. F) Calificación final del Concurso-Oposición: La calificación final será la resultante de
sumar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso.
2. G) Orden definitivo de los aspirantes aprobados: El orden definitivo de los aspirantes
seleccionados estará determinado por la puntuación final obtenida en el concurso-oposición.
En caso de empate en los puestos para la adjudicación de una plaza de enfermero/a y para
dirimir el mismo, se atenderá en primer lugar a la puntuación obtenida en el ejercicio práctico,
en segundo lugar, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de oposición y en tercer lugar,
se atenderá a la puntuación obtenida en el apartado, de la fase de concurso, de experiencia
profesional. Si aún subsiste el empate, se realizará un ejercicio de carácter práctico relacionado
con las funciones de las plazas de enfermero/a, todo ello a efectos de dirimir el empate
exclusivamente entre los candidatos que se encuentren empatados a puntuación, cuando afecte a
la adjudicación de la última, o en su caso, últimas plazas convocadas.
La valoración de estos ejercicios se realizará entre 0 y 10 puntos y se efectuará a los exclusivos
efectos de dirimir el empate, no suponiendo alteración de las puntuaciones obtenidas en las
calificaciones finales.
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Octava: Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.-
1.- Comienzo de los ejercicios: La fecha, hora y lugar en los que habrá de celebrarse el primer
ejercicio se harán públicos a través de la Resolución por la cual se apruebe la lista definitiva de
admitidos y excluidos.
En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías las adaptaciones
posibles en tiempo y medios, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los
restantes aspirantes.
2.- Llamamientos. Orden de actuación: Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único. Para la exposición del Proyecto Técnico los aspirantes serán llamados de
forma individual. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios
en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a
participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido del procedimiento
selectivo, salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y
apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.
El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan
realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo
primer apellido comience por la letra que determine el sorteo anual realizado por la
Secretaría de Estado para la Administración Pública, al que se refiere el art. 17 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que se anunciará a través de la Resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos.
3.- Identificación de los aspirantes: El Tribunal identificará a los aspirantes al comienzo de
cada ejercicio y podrá requerirles, en cualquier fase del proceso selectivo, para que se
identifiquen debidamente, a cuyos efectos deberán asistir a cada ejercicio provistos del
Documento Nacional de Identidad o, en su caso, documento fidedigno acreditativo de su
identidad, a juicio del Secretario del Tribunal Calificador.
En la corrección de los ejercicios se garantizará, siempre que sea posible, el anonimato de los
aspirantes.
4.- Entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir el plazo
mínimo de setenta y dos horas y el máximo de cuarenta y cinco días naturales.
5.- Anuncios sucesivos: Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en el Tablón de Anuncios del Instituto
Insular de Atención Social y Sociosanitaria y de la Corporación, con doce horas al menos de
antelación al comienzo de los mismos, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro, si se
tratara de un nuevo ejercicio.
6.- Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que
alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos o de la
certificación acreditativa resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades, que
imposibilitaran su acceso a la plaza en los términos establecidos en las convocatorias, deberá
proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la autoridad convocante,
comunicando, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. Mediante Resolución de la
Gerencia del Organismo se resolverá lo que proceda.
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Novena: Relación de aprobados y propuesta del Tribunal.-
Una vez fijadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará, en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el Tablón de Anuncios del Organismo y de la Corporación y siguiendo el orden de
la puntuación obtenida, la relación de aprobados en el concurso-oposición, incluyendo aquéllos
con minusvalía y sin rebasar el número de plazas convocadas.
Asimismo se podrá aprobar una lista de reserva que será utilizada conforme a los límites
previstos en artículo72.4 del Convenio Colectivo.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal propondrá la relación anteriormente señalada a la
Presidenta del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”
para su contratación por el Órgano competente.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Décima: Presentación de documentos. Contratación.-
1.- Los aspirantes propuestos presentarán en el Organismo los documentos que se especifican
seguidamente, acreditativos de que posee las condiciones y reúne los requisitos exigidos en la
convocatoria, salvo aquellos que se les haya exigido su presentación junto con la solicitud.
- Informe apto del Médico designado por el Organismo a los efectos de que se constate que
cumple los condicionamientos de aptitud necesarios para el acceso a la plaza o puesto. En
caso de no acreditarse la aptitud psicofísica del aspirante para el desempeño delas funciones
de la plaza, será excluido de la lista de aspirantes propuestos por el órgano de selección.
- Declaración responsable de no haber sido separado ni despedido mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
En el caso de que no posean la nacionalidad española, declaración responsable de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso al
empleo público.
- Certificación emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre
periodo de carencia de cotización, a efectos de acreditar carencia para jubilación, en su caso.
2.- Plazo de presentación de documentos: El plazo de presentación de documentos será de
VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista
de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia.
3.- Contratación: Los aspirantes aprobados, que dentro del plazo indicado presenten la
documentación y acrediten que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, serán
contratados como personal laboral fijo, debiendo superar, para que produzca plenos efectos, el
periodo de prueba establecido, salvo quienes hubieran prestado servicios en el Organismo
Autónomo por periodo igual o superior al de duración del periodo de prueba, desempeñando los
puestos correspondientes a las plazas objeto de convocatoria, pues dichos servicios se entienden
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20865
equivalentes al periodo de prueba de conformidad con lo previsto en el art. 14.1 del R.D.
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
En caso contrario, esto es, no presentar la documentación o no acreditar que reúne los requisitos
exigidos en la convocatoria, dará lugar a que no pueda ser contratado, quedando anuladas todas
las actuaciones por lo que se refiere al aspirante afectado, sin perjuicio de la responsabilidad en
que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en los datos declarados en la instancia.
Una vez aprobada la propuesta de contratación, como personal laboral fijo, por la Gerencia del
Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”, el aspirante,
incluido en la misma, deberá formalizar el contrato de trabajo de carácter fijo en el plazo de UN
MES, a partir de la fecha de notificación de la propuesta de contratación, que incluirá, en su
caso, de conformidad con lo señalado anteriormente, el correspondiente periodo de prueba
previsto legalmente.
Quienes no puedan formalizar, en el plazo señalado al efecto, el contrato de trabajo por causa de
fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por la Administración, podrán
efectuarlo con posterioridad, previa resolución expresa al efecto.
En caso de que por cualquier razón uno de los aspirantes seleccionados no tome posesión se
designará al siguiente en la lista de reserva de la citada convocatoria.
Si la plaza a la que accediera el aspirante se encontrase ocupada transitoriamente por personal
temporal, la iniciación de la correspondiente relación jurídico-laboral se demorará hasta la
finalización del contrato laboral temporal.
De conformidad con lo señalado anteriormente y a tenor de lo prevenido en los art. 14 del R.D.
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo y 33 del R.D. 364/1955, de 10 de marzo, los aspirantes
contratados verán condicionado su acceso definitivo a la plaza objeto de la convocatoria, y en
consecuencia su condición de personal laboral fijo de plantilla, a la superación de un período de
prueba, con una duración de seis meses al ser plazas del Grupo A2. Al término de dicho
período, los aspirantes habrán de obtener una valoración de apto o no apto de conformidad con
el procedimiento regulado al efecto.
La declaración de aptitud corresponderá al órgano competente del Organismo Autónomo
“Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”en materia de personal, previo los
correspondientes informes.
En el supuesto de que los aspirantes no superen el periodo de prueba, por Resolución de la
Gerencia del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”, se
dispondrá la extinción de su relación laboral, por lo que no perfeccionarán la condición de
personal laboral fijo de este Organismo.
El cómputo del periodo de prueba quedará interrumpido por las causas previstas en el art. 14.3
del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
Decimoprimero.-
Los aspirantes contratados quedarán sometidos desde dicho momento al régimen de
incompatibilidades vigente, por esto, en las diligencias para su contratación será necesario hacer
constar la manifestación de los interesados de no venir desempeñando ningún puesto o actividad
en el sector público delimitado por el art. 1º de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, indicando
asimismo que no realizan actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de
compatibilidad. En otro caso, los aspirantes podrán solicitar la toma de posesión de la plaza,
pero procediendo de forma simultánea en la forma determinada en el párrafo 2º, 3º y 4º del art.
13 del Real Decreto 598/85, de 30 de abril.
20866 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
La citada manifestación hará referencia también a la circunstancia de sí los interesados se
encuentran o no percibiendo pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o
por cualquier régimen de Seguridad Social, pública y obligatoria, a los efectos previstos en el
art. 3.2 y Disposición Transitoria 9ª de dicha Ley.
El personal de nuevo ingreso será adscrito a puestos con carácter provisional, conforme a su
elección de las plazas disponibles por el orden obtenido en la convocatoria, en tanto se
resuelven los concursos de traslados de puestos correspondientes. La adjudicación definitiva
de puestos se efectuará, por lo tanto, con posterioridad a la resolución de concurso de
traslado de puestos, de acuerdo con las peticiones de los interesados según el orden obtenido
en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada
puesto en la Relación de Puesto de Trabajo.
Decimosegunda: Impugnación.-
Contra la convocatoria y sus Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Iltmo. Sr.
Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el plazo de un mes a contar a partir del
día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Contra las resoluciones y actos del Tribunal Calificador podrán los interesados interponer
Recurso de Alzada ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente, esto es, la Presidencia
del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 y 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o en su caso normativa que la sustituya, se podrá interponer
RECURSO DE ALZADA contra la Convocatoria y sus Bases y el Decreto de la Presidencia
por el que se resuelva definitivamente el proceso selectivo, ante el Excmo. Sr. Presidente del
Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el plazo de UN MES a contar desde la publicación de
los mismos en el Boletín Oficial del Estado.
Decimotercera: Incidencias.-
En todo lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en las siguientes normas:
Los preceptos que dediquen al personal laboral: la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y el Real Decreto 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las
Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. Los preceptos básicos y el resto
con carácter supletorio, dedicados al personal laboral por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública. El Convenio Colectivo del Personal Laboral
del IASS. Los preceptos que expresamente dedique al personal laboral y en aquellos aspectos no
reservados a la legislación básica del Estado o al desarrollo reglamentario de la autonomía
organizativa local, la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. Con carácter
supletorio: la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de
Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de la Administración Local, el Título II del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o norma que la sustituya. El Real Decreto 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. El Decreto 43/1998, de 2 de abril,
modificado por Decreto 36/2006, de 4 de Mayo, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20867
VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de
acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la
Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento de su integración laboral. La Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.”
ANEXO I: FUNCIONES CLASE PROFESIONAL ENFERMERO/A
B9.01.- Desarrollar, prestar, dirigir y gestionar los cuidados de enfermería sociosanitaria, de
forma integral y multidisciplinar ,en la Unidad Orgánica de Dependencia y en centros y
hospitales sociosanitarios; orientados a la mejora, promoción, mantenimiento y prevención de
discapacidades y enfermedades.
B9.02.- Realizar evaluaciones continuas de los usuarios para establecer la pertinencia de los
cuidados sociosanitarios holísticos, ejecutados en la Unidad Orgánica de Dependencia, centros y
hospitales sociosanitarios.
B9.03.- Programar, ejecutar, coordinar y supervisar la formación de los estudiantes y miembros
del equipo en la Unidad Orgánica de Dependencia y en centros y hospitales sociosanitarios.
B9.04.- Participar en la gestión de los recursos humanos de la unidad.
B9.05.- Actuar en la coordinación con los servicios de soporte y áreas de servicios generales en
la Unidad Orgánica de Dependencia, centros y hospitales sociosanitarios.
B9.06.- Recoger información sobre los datos más importantes relacionados con la actividad
asistencial en la Unidad Orgánica de Dependencia y de los centros y servicios sociosanitarios.
B9.07.- Coordinar los ingresos y altas de los centros y servicios sociosanitarios, así como
también del resto de trámites administrativos propios de su actividad.
B9.08.- Colaborar a identificar áreas adecuadas a la investigación de enfermería; en especial, en
las áreas de dependencia y entornos sociosanitarios.
B9.09.- Favorecer la innovación de los centros, hospitales y servicios sociosanitarios.
B9.10.- Observación, control y registro de las condiciones clínicas del usuario, identificando e
interviniendo ante alteraciones de la normalidad.
B9.11.- Preparación, administración y/o supervisión por las diferentes vías, de medicamentos
prescritos, controlando la polimedicación los efectos terapéuticos y tóxicos de los mismos y la
automedicación. Ejecución de las prescripciones facultativas dentro del ámbito de su
competencia.
B9.12.- Apoyar en el control del uso adecuado, mantenimiento de equipos y materiales con que
dispone el Área asistencial para el cumplimiento de las actividades de enfermería.
B9.13.- Supervisar y evaluar las actividades delegadas al personal técnico y auxiliar de
enfermería del Área asistencial donde actúa.
B9.14.- Participar en la formulación y propuesta de normas y directivas en el ámbito de la
unidad orgánica de dependencia, centros y hospitales sociosanitarios.
B9.15.- Participar en la elaboración del cuadro de necesidades, solicitar y velar por la provisión
del potencial humano, recursos materiales y tecnológicos en los centros y hospitales
sociosanitarios.
B9.16.- Cumplir y hacer cumplir las normas de bioseguridad.
B9.17.- Utilizar instrumentos de valoración y evaluación validados y adaptados a personas
ancianas y dependientes.
B9.18.- Garantizar la atención del duelo en sus diferentes manifestaciones.
B9.19.- Identificar a las personas ancianas y/o dependientes que precisen cuidados paliativos y
aplicarlos atendiendo a sus características personales.
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B9.20.- Valorar factores de riesgo de maltrato e intervención sobre las situaciones de maltrato.
B9.21.- Educar a las personas ancianas y/o dependientes, así como a sus familiares y/o
cuidadores sobre la necesidad de promoción y prevención de la salud y opciones al final de la
vida.
B9.22.- Conocer y aplicar sistemas de gestión de calidad adecuados a la gestión de los cuidados
gerontológicos y de dependencia.
ANEXO II: TEMARIO DE 23 PLAZAS DE ENFERMERO/A
BLOQUE I
Tema 1 El Sistema Sanitario. Definición, componentes y tipos de sistemas sanitarios. El
sistema Nacional de Salud. Marco Legal, organización, estructura, recursos, prestaciones y
fórmulas de gestión.
Tema 2 Ley 1171994 de 26 de Julio de Ordenación Sanitaria de Canarias. Objeto y alcance de
la Ley. Sistema Canario de Salud: conceptos, funciones y Principios del Sistema.
Tema 3 Ley de Prevención de Riesgos laborales. Objeto y carácter de la norma. Ámbito de
aplicación. Normas técnicas de prevención de riesgos laborales en el desempeño del puesto de
Enfermero.
Tema 4 Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria: naturaleza y fines. Organigrama.
Unidades del Área de Servicios Sociales y Sociosanitarias.
Tema 5 Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención
a las personas en situación de dependencia. Historia. Contexto Poblacional. Contenido de la
Ley. Prestaciones y catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia. Recursos del Sistema
Tema 6 Historia Clínica como documento Legal. Consentimiento Informado. Registros de la
actividad de enfermería.
Tema 7 Derechos y deberes de los pacientes geriátricos y psicogeriátrico de los Servicios
Sociosanitarios del IASS. Ley de Autonomía del Paciente y derechos y deberes en materia de
información y documentación clínica.
Tema 8 Ética del profesional de enfermería. Responsabilidad civil y penal. Secreto profesional.
Código Deontológico de Enfermería
Tema 9 Administración de Servicios de enfermería. El proceso administrativo. Gestión de
Servicios sanitarios y sociosanitarios. Funciones de enfermería. Gestión del producto enfermero.
Tema 10 Marketing sanitario y sistemas de organización del trabajo. El trabajo en equipo y la
comunicación como herramienta eficaz en la gestión de los cuidados.
Tema 11 Concepto de Calidad Sanitaria. Criterios. Indicadores y estándares de calidad.
Sistemas de Evaluación de la calidad
Tema 12 Valores humanos. La motivación como instrumento de trabajo.
Tema 13 El método científico. Estadística, definición y tipos. Conceptos básicos. Tipos de
variables. Medidas de tendencia central, de posición y de forma.
Tema 14 Salud pública e indicadores de salud. Concepto de salud y enfermedad. Educación
para la salud y promoción de la salud.
Tema 15. Modelos y teorías de enfermería
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Tema 16. Técnicas de higiene del personal sanitario. Conceptos, detergentes, antisepticos y
desinfectantes.
Tema 17 Gestión de Residuos sanitarios. Clasificación. Transporte, eliminación y tratamiento.
Tema 18 Limpieza, desinfección y esterilización. Técnicas. Conceptos y métodos.
Manipulación y conservación de los materiales.
Tema 19 Prevención y control de infecciones hospitalarias. Precauciones Universales.
Aislamientos. Vacunas: tipos, composición y reacciones adversas. Inmunización pasiva.
Tema 20 Concepto de Salud Laboral y enfermería del trabajo. Métodos de movilización y
traslados de usuarios.
BLOQUE II
Tema 21 El proceso de envejecimiento. Definición y teorías.
Tema 22 Sd. Geriatricos: Aislamiento, Inmovilismo, caídas, incontinencia urinaria, Sd.
confusional agudo, úlcera por presión y desnutrición. Prevención de la dependencia y
promoción de la autonomía personal. La contención del paciente geriátrico y psicogeriatrico en
los centros sociosanitarios.
Tema 23 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en los sistemas respiratorio y
digestivo.
Tema 24 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en el Aparato cardiocirculatorio,
órganos linfoides y sistema inmunitario
Tema 25 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en el Aparato locomotor y sistema
nervioso.
Tema 26 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en el Aparato urinario, glándulas
endocrinas y aparato reproductor.
Tema 27 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en los Órganos de los sentidos.
Tema 28 El anciano enfermo I. Patologías frecuentes respiratorias. Signos y
síntomas.Neumonía, TBC, Insuficiencia respiratoria, EPOC, atelectasia, TEP, asma, patología
pleural y neoplasias.
Tema 29 El anciano enfermo II Patologías frecuentes digestivas. Signos y síntomas.
Enfermedades bucales, esofágicas, estomacales, intestinales. Patología hepática, vías biliares y
páncreas. Neoplasias
Tema 30 El anciano enfermo III. Patologías cardiovasculares. Signos y síntomas. Cardiopatía
isquémica, insuficiencia cardiaca, arritmias, valvulopatías, shock, hipertensión/hipotensión
arterial. Vasculopatías periféricas.
Tema 31 El anciano enfermo IV. Patologías frecuentes del aparato locomotor. Signos y
síntomas. Fracturas, artropatías, enfermedades metabólicas del hueso. Neoplasias
Tema 32 El anciano enfermo V. Patologías frecuentes del aparato urinario. Glándulas
endocrinas y aparato reproductor. Signos y síntomas. Alteraciones de la micción. Síndromes
renales, ITU, Litiasis renal, tumores renales, enfermedades de próstata
Tema 33 El anciano enfermo VI. Patologías frecuentes neuropsiquiátricas .Signos y síntomas.
Esquizofrenia, depresión y Sd. de abstinencia. Estados de confusión. ACV, Parkinson,
hemorragia cerebral, epilepsia, meningitis, enfermedad medular. Demencias.
20870 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015
Tema 34 El anciano enfermo VII Patologías frecuentes de los sistemas endocrino y metabólico.
Signos y síntomas. Hipófisis, tiroides, glándulas suprarrenales. Neoplasias
Tema 35 El anciano enfermo VIII Patologías frecuentes de los sistemas oculares, rinológicos y
otológicas. Signos y síntomas. Hipófisis, tiroides, glándulas suprarrenales. Neoplasias
Tema 36 El anciano enfermo IX. Síndromes geriátricos Enfermedades de la piel y de los
mecanismos de termorregulación. Signos y síntomas. UPP y ulceras vasculares. Dermatitis.
Quemaduras. Heridas
Tema 37 Tanatología. Actuación de enfermería en cuidados paliativos ante el paciente mayor.
Intervención en procesos de muerte y duelo:
-‐ Atención al sufrimiento psicológico.
-‐ Atención a las relaciones significativas del enfermo.
-‐ Atención del dolor físico.
-‐ Atención al sufrimiento espiritual.
-‐ Atención a las últimas voluntades.
-‐ Atención a los aspectos legales.
Tema 38 Conocimientos básicos en electrocardiografía. Principales alteraciones. Soporte vital
básico en urgencias.
Tema 39 Farmacología, farmacocinética y efectos adversos. Principios de la preparación y
administración farmacológica.
Tema 40 Principios de dietética y nutrición. Metabolismo. Tipos y funciones de los nutrientes.
Dietoterapia. Recomendaciones en las Patologías más frecuentes. Hipertensión, diabetes,
insuficiencia renal, insuficiencia hepática, dislipemias, enfermedades digestivas, EPOC. y
demencias
BLOQUE III
Tema 41 Nutrición enteral y parenteral. Tipos, vías de administración, complicaciones.
Cuidados y soporte de enfermería
Tema 42 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades respiratorias. Plan de cuidados estándar.
Tema 43 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades digestivas. Plan de cuidados estándar.
Tema 44 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades endocrinas y metabólicas. Plan de cuidados estándar.
Tema 45 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades cardiovasculares. Plan de cuidados estándar.
Tema 46 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades nefrourinarias. Plan de cuidados estándar.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20871
Tema 47 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades musculoesqueléticas. Plan de cuidados estándar.
Tema 48 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades neurológicas. Plan de cuidados estándar.
Tema 49 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con
enfermedades sensoriales. Plan de cuidados estándar.
Tema 50 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con
dolor. Plan de cuidados estándar.
Tema 51 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con
alteraciones de la piel y de la termorregulación. Plan de cuidados estándar
Tema 52 Aspectos y respuestas psicosociales del paciente geriátrico y psicogeriátrico y familia
en los procesos de ingreso, estancia y alta. Principios, objetivos y métodos en los programas de
intervención, atención y educación sanitaria a las familias.
Tema 53 Bases de la gerontología. Gerontología experimental. Gerontología clínica.
Gerontología psicológica. Gerontología social.
Tema 54 Educación para la salud en entornos de dependencia. Concepto metodología y técnicas
didácticas. Elaboración de programas y proyectos docentes en materia de salud.
Tema 55 Barreras arquitectónicas. Definición y concepto. Normativa reguladora de las
condiciones de accesibilidad. Detección y prevención de factores de riesgo relacionados con las
caídas del anciano en centros sociosanitarios.
Tema 56 Enfermedades transmisibles. Cadena epidemiológica. Medidas preventivas.
Principales enfermedades y síndromes clínicos infecciosos.
Tema 57 El maltrato. Situaciones y condiciones de maltrato. El maltrato institucional. Aspectos
jurídicos más relevantes.
Tema 58 Reservorios venosos. Definición. Tipos y utilización. Manejo del catéter. Cuidados de
enfermería
Tema 59 Citoestáticos. Definición y clasificación. Manipulación, consideraciones y cuidados de
enfermería. Efectos sobre la salud. Vías de exposición. Complicaciones más frecuentes.
Tema 60 Analíticas, extracciones y cultivos. Consideraciones generales. Riesgos y medidas
preventivas. Técnicas y procedimientos de enfermería Etiquetado. La Transfusión sanguínea.
Historia, técnica y cuidados de enfermería.
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