domingo, 15 de noviembre de 2015

Bases específicas que han de regir la convocatoria pública para la cobertura con carácter fijo de 23 plazas de Enfermero, Grupo A2

En el BOP de 2/11 se ha publicado en las páginas 20852 y siguientes:

Mediante Decreto de la Presidencia del Organismo Autónomo IASS nº 1206, de fecha 27 de octubre de 2015, se aprobaron las Bases específicas y Anexos que han de regir la convocatoria pública para la cobertura con carácter fijo, de 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición, por el turno de acceso libre, vacantes en la plantilla de Personal Laboral del Organismo Autónomo IASS incluidas en la Oferta de Empleo Público del Instituto del año 2015, así como la configuración de una lista de reserva, con el siguiente tenor literal: INSTITUTO INSULAR DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA Presidencia EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE ANUNCIO Mediante Decreto de la Presidencia del Organismo Autónomo IASS nº 1206, de fecha 27 de octubre de 2015, se aprobaron las Bases específicas y Anexos que han de regir la convocatoria pública para la cobertura con carácter fijo, de 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición, por el turno de acceso libre, vacantes en la plantilla de Personal Laboral del Organismo Autónomo IASS incluidas en la Oferta de Empleo Público del Instituto del año 2015, así como la configuración de una lista de reserva, con el siguiente tenor literal: “BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER FIJO, DE 23 PLAZAS DE ENFERMERO/A, GRUPO A2, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSOOPOSICIÓN, POR EL TURNO DE ACCESO LIBRE, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO INSULAR DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL INSTITUTO DEL AÑO 2015, ASÍ COMO LA CONFIGURACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA. Primera: Objeto.- Constituye el objeto de la presente convocatoria la cobertura, en ejecución del proceso especial de Consolidación de Empleo Temporal, previsto en el artículo 67.2 y la Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo del Personal Laboral del IASS, con carácter fijo, mediante concurso-oposición, de 23 PLAZAS DE ENFERMERO/A, GRUPO A2, vacantes en la Plantilla de Personal Laboral del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria” del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, y la configuración de una lista de reserva. La cobertura de las plazas afectadas se realizará con sometimiento a la legislación vigente y se regirá por el procedimiento que se señala en las Reglas Genéricas, y en todo caso, se ajustará a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Se configurará una lista de reserva, que será utilizada en ausencia de listados de convocatorias anteriores, por orden decreciente con los/las aspirantes que hayan superado todas las pruebas de la fase de oposición y no alcancen la puntuación suficiente para obtener una de las plazas de la presente convocatoria, que serán contratados, siguiendo el orden de puntuación final en el proceso selectivo, según las necesidades y modalidades de contratación que se demanden, con carácter laboral interino y/o temporal, según el orden de prelación de listas de reserva previsto en el artículo 72.4 del Convenio Colectivo y en las condiciones que para cada caso se señalen en las Reglas de Gestión de los Listados de Contratación aprobadas por Consejo Rector del Organismo Autónomo en sesión ordinaria celebrada en fecha 23 de marzo de 2007, o en su caso en las Reglas de Gestión vigentes en cada momento. La presente convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en los Tablones de Anuncios del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria” y del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. Asimismo, se publicará un extracto en el Boletín Oficial del Estado. Igualmente, se anunciará, como mínimo, en dos de los periódicos de mayor difusión y en la página web del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria. (www.iass.es) Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20853 Segunda: Características de las plazas.- Las 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2, del turno de acceso libre que se convocan se corresponderán con las incluidas en el proceso especial de Consolidación de Empleo Temporal, previsto en el artículo 67.2 y la Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo Único del IASS. Tercera: Requisitos que deben reunir los aspirantes.- Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos: A) REQUISITOS GENERALES: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea o extranjero con residencia legal en España. En el supuesto de extranjeros deberán acreditar mediante declaración responsable u otro medio admitido en derecho, tener un conocimiento adecuado del castellano, pudiéndoseles exigir, en su caso, la superación de pruebas con tal finalidad. b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima establecida legalmente. c) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario en Enfermería o Grado en Enfermería o titulación académica equivalente expedida por el Ministerio de Educación o Credencial que acredite la homologación en caso de que se haya obtenido el título en el Extranjero o equivalente o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de solicitudes. En caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero es necesario que el aspirante acredite la homologación. Asimismo, en caso de que se alegue título equivalente deberá acreditarse su equivalencia. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. e) No haber sido separado, ni sancionado con despido procedente mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público. B) ASPIRANTES CON MINUSVALÍA FÍSICA, PSÍQUICA O SENSORIAL. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía a tenor de lo regulado en el Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (B.O.E. nº 22, de 26 de enero de 2000; c.e. B.O.E. nº 62, de 13 de marzo). Asimismo será de aplicación lo previsto en el Decreto 8/2011, de 27 de enero, que regula el acceso e personas con discapacidad al empleo público. Los interesados deberán formular en la solicitud de participación, la petición concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas del candidato para acceder al proceso selectivo. A tal efecto, el aspirante deberá aportar, junto a la solicitud de participación, informe del equipo multidisciplinar previsto en el artículo 10 del Decreto 8/2011, de 27 de enero, sobre la necesidad de adaptación solicitada, así como Resolución o Certificado sobre la capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tarea correspondientes al Cuerpo, Escala o clase profesional de las Plazas convocadas, teniendo dichos informes carácter vinculante. 20854 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 Todos los requisitos exigidos en los dos apartados anteriores deberán cumplirse el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la firma del correspondiente contrato, debiendo reunir, en ese momento, los señalados en la Base Décima. Cuarta: Solicitudes.- 1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar, cumplimentando la instancia establecida por el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria, que les será facilitada gratuitamente en: REGISTROS GENERALES LOCALIZACIÓN HORARIO Sede del IASS. C/ Galcerán, nº 10 38004 Santa Cruz de Tenerife Lunes a viernes de 9 a 14 horas. Plaza de España, 1. 38003 S/C de Tenerife. General: Lunes a viernes de 9 a 18 horas y sábados de 9 a 13 horas. Especial: Julio, Septiembre y de 15 de Diciembre a 15 de Enero: lunes, miércoles y viernes de 9 a 14 horas, martes y jueves de 9 a 18 horas y sábados de 9 a 13 horas. Agosto: Lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábado de 9 a 13 horas. REGISTROS AUXILIARES LOCALIZACIÓN HORARIO Plaza de la Constitución, 4. 38300 La Orotava. General: Lunes a viernes de 8 a 14 horas y martes y jueves de 16 a 18 horas. Especial: Del 15 de Julio a 15 de Septiembre y de 15 de Diciembre a 15 de Enero: lunes a viernes de 8 a 14 horas. Avda. Amsterdam, s/n. Edf. Valdés Center, Torre B. 38650 Los Cristianos de Arona General: Lunes a viernes de 8 a 14 horas y martes y jueves de 16 a 18 horas. Especial: Del 15 de Julio a 15 de Septiembre y de 15 de Diciembre a 15 de Enero: lunes a viernes de 8 a 14 horas. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20855 LOCALIZACIÓN HORARIO Calle Key Muñoz, 24. 38430 Icod de los Vinos Lunes a viernes de 8 a 14 horas Carretera Tacoronte –Tejina, 15 38350 Tacoronte Lunes a viernes de 8 a 14 horas Avda. La Constitución, s/n 38680 Guía de Isora Lunes a viernes de 8 a 14 horas Plaza del Ayuntamiento, 8. 38500 Güimar Lunes a viernes de 8 a 14 horas Calle los Pedregales, s/n. El Palmar 38480 Buenavista-Parque Rural de Teno Lunes a viernes de 8 a 14 horas Junto con la solicitud deberá acompañar los siguientes documentos: - Diligencia bancaria, extendida en la instancia o recibo original, acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen. - Fotocopia compulsada del D.N.I., los que tengan nacionalidad española; tarjeta de identidad, los que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y pasaporte, para las restantes nacionalidades. - Copia auténtica o fotocopia compulsada del título de Diplomado Universitario en Enfermería o Grado en Enfermería o titulación académica equivalente expedida por el Ministerio de Educación o Credencial que acredite la homologación en caso de que se haya obtenido el título en el Extranjero o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición y, en su caso, del documento acreditativo de cualquier otro requisito de conocimiento exigido en la convocatoria. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido habrá de acompañarse certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia, o en su caso, mediante sentencia judicial. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se aportará fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación. -Seis copias del Proyecto Técnico, que no podrá superar los treinta folios impresos por una sola cara y que deberá exponerse en la fase de oposición. Los documentos anteriores deberán presentarse en el plazo de solicitud, salvo que no se presentaran por encontrarse en poder de este Organismo, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la misma, especificando la convocatoria en la que los presentó con indicación de la plaza convocada y la fecha, datos que de no conocerse deberán ser solicitados necesariamente por escrito para su localización. En caso contrario, deberá aportar nuevamente la documentación requerida. 2.- Plazo de presentación: El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el que se hará referencia a la publicación de la convocatoria y de las Bases en los Boletines Oficiales de la Provincia. Si el último día del plazo finaliza en domingo o día festivo, se ampliará al primer día hábil siguiente. 3.- Derechos de examen: Los derechos de examen serán de 20 EUROS (VEINTE EUROS), según lo establecido en la Ordenanza reguladora de la Tasa por la Inscripción en las convocatorias para la selección del personal del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y sus Organismos Autónomos, y su importe se hará efectivo previa liquidación, que se efectuará en la 20856 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 misma instancia, a través de ingreso en la cuenta corriente nº ES 1121009169082200026695 de LA CAIXA, con el concepto “Pruebas Selectivas”. De conformidad, con lo previsto en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el importe de la tasa por derecho de examen podrá hacerse efectivo, también, mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia. El giro postal o telegráfico deberá ir dirigido a la siguiente dirección: “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria. Pruebas Selectivas (Convocatoria Pública de 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2), Centro Sociosanitario Santa Cruz, C/ Galcerán nº 10, CP 38004 de Santa Cruz de Tenerife. En el supuesto de transferencia el importe de la tasa se hará efectivo en la cuenta corriente antes reseñada, haciéndose constar la inscripción a las pruebas selectivas de la convocatoria correspondiente. En ambos casos (giro postal o telegráfico o transferencia), deberá figurar como remitente el propio opositor, quien hará constar en el espacio de la solicitud destinado para ello, la clase de giro o transferencia, su fecha y su número. Estarán exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. No se procederá a la devolución de la tasa por los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. 4.- Lugar de presentación: El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y diligenciado por la entidad bancaria, o en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro o transferencia, acompañados de la fotocopia compulsada del DNI, así como copia compulsada de la titulación (y en su caso los documentos que acrediten la homologación y/o equivalencia) y las seis copias de los Proyectos Técnicos y de los certificados de minusvalía si fuera el caso, se dirigirán a la Iltma. Sra. Presidenta del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria y se presentará en el Registro General del Organismo Autónomo en las Oficinas de Información y Registro señaladas en el apartado 1 de esta misma Base. Asimismo, se podrá presentar la solicitud y documentos: a) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, este último caso, se hubiese suscrito convenio con el Organismo Autónomo Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria y con el Cabildo Insular de Tenerife a estos efectos. b) En las Oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Quinta: Admisión de aspirantes.- Para ser admitido será necesario que los aspirantes manifiesten que reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria y presenten la documentación requerida, así como las copias del proyecto técnico, conforme establece el apartado 1 de la Base Cuarta. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Presidenta del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria” conforme a la propuesta del órgano de selección, dictará Resolución, en el plazo máximo de DOS MESES, aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, especificando respecto de estos últimos la causa de inadmisión a fin de que puedan subsanarla, si fuera susceptible de ello, dentro del plazo de diez días hábiles a contar a partir de la publicación de la referida Resolución, en el Boletín Oficial de la Provincia, que contendrá, como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos, con sus correspondientes D.N.I. e indicación de las causas, así como el lugar en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas y completas de aspirantes admitidos y excluidos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20857 El plazo de subsanación señalado anteriormente no será válido al efecto de subsanar la presentación del proyecto técnico, que deberá ser elaborado y presentado, para garantizar el principio de igualdad del proceso, inexcusablemente dentro del plazo de presentación de la solicitud y documentación de la convocatoria. En consecuencia no será válido dicho plazo para subsanar el motivo de exclusión por la omisión de la presentación del Proyecto Técnico. Finalizado el plazo de subsanación, conforme a la propuesta del órgano de selección, la Presidenta del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”, dictará Resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos, en la que se indicará el orden de actuación de los aspirantes, que será en llamamiento único, y contendrá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio. Dicha resolución se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y contendrá, además del lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición, como anexo único la relación nominal de aspirantes excluidos. Reclamación contra la lista: En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán interponer Recurso de Alzada, ante el Iltmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife, contra la Resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estimen procedente. Sexta: Designación, composición y actuación del Tribunal Calificador.- 1.- Composición: El Tribunal Calificador, tanto titulares como suplentes, será designado por la Presidencia del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”, y deberá ser empleado público al servicio del IASS o del Cabildo Insular con titulación o, en su caso, especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas y, tendiendo a la paridad entre mujer y hombre, estará compuesto por: Presidente: Un empleado público con vínculo fijo perteneciente a este Organismo Autónomo, o en su caso del ámbito de la Corporación Insular si resultara necesario. Vocales: Su número no será superior a cuatro. Uno de los vocales será designado a propuesta vinculante del Comité de Empresa Único, que a partir de su nombramiento, actuará exclusivamente a título personal sin vinculación alguna con ningún órgano. En caso de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, los vocales titulares serán sustituidos por sus suplentes. Secretario: Un empleado público con vínculo fijo del Organismo que actuará con voz pero sin voto. 2.- Publicación de la designación: La designación nominativa de los integrantes del Tribunal, tanto titulares como suplentes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. 3.- Abstención y recusaciones: Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieren las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, respectivamente. 4.- Asesores Especialistas: Si fuese necesario, dada la naturaleza de las pruebas, podrán nombrarse asesores técnicos especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, actuando así con voz pero sin voto, tal como establece el artículo 74.2 de la Ley 2/1987, de 30 de Marzo. 5.- Actuación y constitución: El Tribunal, en su constitución y actuación, se sujetará a las normas previstas, para los órganos colegiados, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de tal manera que no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, como mínimo, del Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes, si bien los suplentes podrán intervenir solamente en casos de ausencia justificada, no pudiendo, por tanto, actuar concurrentemente con los titulares. 20858 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 El Tribunal estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse de la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en ellas, determinando las medidas sancionadoras necesarias para garantizar en todo momento el orden de las pruebas, adoptando las decisiones por mayoría y, en caso de empate, se repetirá la votación hasta una tercera vez, en la que, si persiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Podrá procederse al nombramiento de más de un Tribunal, con idéntica composición a la anteriormente regulada, cuando por el número de aspirantes se haga necesario, conforme a las normas de composición y designación de Tribunales previstas en estas bases. Dichos Tribunales podrán tener el ámbito de competencias que le designe el Tribunal número uno. A fin de conseguir la necesaria coordinación entre los Tribunales Calificadores, todos ellos actuarán conjuntamente bajo la dirección del Tribunal número uno, que resolverá cuantas consultas, interpretaciones y criterios de valoración y de unificación puedan plantearse o solicitarse por los restantes Tribunales sobre las normas de la convocatoria, procurando lograr la mayor uniformidad, sin perjuicio de lo cual, los Tribunales Calificadores funcionarán con autonomía respecto de los demás en cuanto a la selección de aspirantes, formulando sus propias propuestas. Corresponderá al Tribunal nombrado con el número uno los siguientes cometidos: a) Cursar, de orden de su Presidente, citación al resto de los Tribunales para constituirse en un acto conjunto. b) Recibir de los demás Tribunales los expedientes incoados relativos al transcurso de las pruebas y elaborar la propuesta definitiva de aprobados. A efectos de lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal de la presente convocatoria se califica con la Categoría A2, atendiendo a la plaza objeto de convocatoria. Séptima: Sistema selectivo.- El sistema selectivo será el concurso-oposición. La fase de oposición tendrá un peso del 60% en el conjunto de la convocatoria. Por su parte la fase de concurso tendrá un peso en la convocatoria del 40%. 1.- FASE DE OPOSICIÓN: Esta fase tendrá una puntuación máxima de 6 puntos. Las pruebas a realizar, de conformidad con el temario, guardarán relación con las funciones que efectivamente se realizan en las plazas existentes en el IASS, correspondientes a la clase profesional de Enfermero/a. Las funciones de la clase profesional de Enfermero/a figuran en el Anexo I. El temario figura en el Anexo II. Esta fase consiste en dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio. 1º) Primer Ejercicio Teórico/Práctico: Consistirá en la resolución de dos supuestos teórico/prácticos a elegir de entre cinco propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las funciones que realizan los puestos de enfermero/a en el IASS de acuerdo con el temario, estando referido uno de ellos al Bloque I, dos al Bloque II y dos al Bloque III, debiendo elegir el aspirante necesariamente cada uno de los dos supuestos de Bloques diferentes. Cada supuesto se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 5 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio teórico/práctico, siendo la puntuación final en el ejercicio práctico la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos. Este ejercicio tiene carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Su peso será del 40% del total de la fase de oposición. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20859 2º) Proyecto Técnico: La prueba consistirá en la exposición, defensa y evaluación del proyecto técnico aportado en el plazo de presentación de la convocatoria, que no podrá superar los treinta folios, que contenga al menos los siguientes epígrafes referidos preferentemente a las plazas a cubrir en las distintos ámbitos competenciales del Organismo Autónomo IASS a título orientativo: EPÍGRAFES PRECEPTIVOS Definición del puesto de enfermero/a en un Hospital Sociosanitario Funciones y tareas del puesto de enfermero/a en un Hospital Sociosanitario Situación de puesto en el organigrama u organización del servicio, planta o unidad Sociosanitaria Propuesta de objetivos del puesto con indicadores de gestión (calidad y producción) Propuesta de Programación de la actividad del puesto de enfermero/a en un Hospital Sociosanitario en función de los objetivos El proyecto de referencia se redactará en formato D4, con letra Arial, tamaño de fuente 12, interlineado sencillo, y margen superior e inferior de 2,5 cm. y derecho e izquierdo de 3 cm y únicamente podrá ser impreso en una sola cara en un máximo de 30 folios. Quedan excluidos del cómputo de los treinta folios la portada, el índice y la bibliografía. La exposición del proyecto técnico será oral, libre (no leída), de forma individual y reservada (no pública) ante el órgano de selección sobre el proyecto presentado, con o sin apoyo de medios audiovisuales (a solicitud del candidato), durante un máximo de 15 minutos ante el órgano de selección, por cada uno de los candidatos. Al término de la exposición, los miembros del órgano de selección podrán formular un turno de preguntas referidos al proyecto técnico expuesto. Cada uno de los miembros del órgano de selección puntuará la exposición del proyecto técnico de 0 a 10 puntos. Cuando la puntuación otorgada por un miembro del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre ésta y la media de las puntuaciones otorgadas por el resto de los miembros del Tribunal será automáticamente excluida y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes, siendo necesario que se conserven como mínimo tres de las puntuaciones otorgadas para poder calificar. Si ello no fuera posible el Tribunal procederá a evaluar nuevamente. Esta prueba tiene carácter eliminatorio (puntuación mínima 5 sobre 10). Esta prueba tendrá un peso del 60% de la Fase de Oposición. Una vez superados aquellos ejercicios que tengan carácter eliminatorio, la puntuación final de la fase de oposición será la resultante de aplicar la siguiente fórmula: [(P.P.T. * 0,40) + (P.T. * 0,60)*] * 0,60 Siendo: P.P.T.: Puntuación de la Prueba Teórico Práctica P.T: Puntuación en el Proyecto Técnico Calificación de los ejercicios: La calificación de los ejercicios se fijará, sumando las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de puntuaciones. Cuando la puntuación otorgada por un miembro del Tribunal exista una diferencia de más de tres enteros con la media de las puntuaciones otorgadas por el resto de los miembros del Tribunal, será automáticamente excluida y se hallará la puntuación media entre las 20860 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 calificaciones restantes, siendo necesario que se conserven como mínimo tres de las puntuaciones otorgadas para poder calificar. Si ello no fuera posible el Tribunal procederá a evaluar nuevamente. Las calificaciones resultantes se harán públicas a través del Tablón de anuncios del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria y en las Oficinas de Información y Registro descentralizado existentes al momento de la convocatoria específica en el Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria. 2.- FASE DE CONCURSO: No tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso, podrá aplicarse la puntuación obtenida en esta fase para superar los ejercicios de la fase de oposición. La valoración de los méritos sólo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los candidatos que hayan superado dicha fase. En esta fase, que tendrá una puntuación máxima de 4 puntos. La valoración de la experiencia profesional será de 3 puntos como máximo, y la de formación de un máximo de 1 punto. Tendrán igual valor los meses trabajados independientemente de la jornada que se realice. Se valorarán los siguientes méritos: 2. A) Experiencia profesional (Puntuación máxima 3): - Se valorará con 0,024 puntos por mes trabajado los servicios efectivos prestados como empleado público, en la clase de puesto o categoría de enfermero/a en Administraciones Públicas, cuando las funciones y tareas de los puestos desempeñados coincidan con las propias de un enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o dependientes. -Se valorará con 0,010 puntos por mes trabajado, los servicios efectivos prestados como empleado público, en Administraciones Públicas en la clase de puesto o categoría de enfermero/a, cuando las funciones y tareas no coincidan exactamente con las propias de un enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o dependientes. - Se valorarán con 0,007 puntos por mes, los servicios efectivos prestados por cuenta ajena en Empresas Públicas y Empresa Privadas, en clase de puesto o categoría de enfermero/a, cuando las funciones desempeñadas coincidan con las propias de un enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o dependientes. - Se valorarán con 0,005 puntos por mes, los servicios efectivos prestados por cuenta ajena en Empresas Públicas y Empresa Privadas en clase de puesto o categoría profesional de enfermero/a igual cuando las funciones desempeñadas no coincidan exactamente con las de un enfermero/a en un Centro u Hospital Sociosanitarios con perfil de pacientes crónicos y/o dependientes. Se considerarán servicios efectivos los prestados por meses completos y parte proporcional, con excepción de los períodos de excedencia forzosa, excedencia voluntaria, suspensión de funciones y suspensión de contrato, salvo por incapacidad laboral y maternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la adaptación y acogimiento tanto preadoptivo como permanente de menores de hasta seis años. Solamente se computarán una vez los servicios prestados simultáneamente. 2. B) Formación (Puntuación máxima 1): - Por cada hora de asistencia a cursos sin certificado de aprovechamiento: 0,0050 puntos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20861 - Por cada hora de asistencia a cursos con certificado de aprovechamiento: 0,0066 puntos. - Por cada hora de impartición de cursos: 0,0070 puntos. Los cursos deberán versar sobre materias relacionadas con el temario y las funciones y tareas de la plaza objeto de la convocatoria. En cualquier caso, independientemente de que se trate de asistencia, aprovechamiento o impartición, se valorará sólo un curso de formación por materia cuando del análisis del contenido de los cursos se constate que los contenidos tratados son coincidentes y la adición de epígrafes concretos no supone, por profundidad y extensión, la ampliación sustancial de conocimientos sobre la materia de que se trate. En caso de no constar el contenido concreto de los cursos, la elección de un único curso por materia se realizará automáticamente, valorándose aquel curso mediante el cual el aspirante obtenga una mayor puntuación, lo que estará en función del número de horas de duración del mismo y del carácter de asistencia, aprovechamiento o impartición del mismo. También serán valorados los cursos en materia de prevención de riesgos laborales y los de primeros auxilios cuando se hayan realizado, al igual que el resto de la formación, con posterioridad a la obtención del título académico exigido como requisito en la presente convocatoria. Igualmente, se valorarán las asignaturas optativas, troncales u obligatorias de cursos académicos oficiales, relacionados con el temario y/o con las funciones y tareas, que no correspondan a la titulación exigida o alegada como requisito. Al efecto, un crédito es equivalente a 10 horas lectivas. Cuando el curso señale su duración en créditos, se valorará 10 horas por cada crédito, salvo que se acredite otra equivalencia en horas. No se valorarán los cursos en que no se especifique el número de horas de duración del mismo. 2. C) Presentación de documentación. La documentación, requerida para la acreditación de los méritos, se presentará por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en la forma prevista en las presentes bases y en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la publicación de las calificaciones de la fase de oposición. Junto con esta documentación se presentará: Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar la tarjeta de residente comunitario o tarjeta de residente en vigor, según los casos. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados documentalmente en el plazo y forma establecida para su presentación. Si los documentos relativos a los méritos alegados no se aportaran por encontrarse en poder de este Organismo, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la solicitud, especificando la convocatoria en la que los presentó, con indicación de la plaza convocada y la fecha, datos que de no conocerse deberán ser solicitados necesariamente por escrito para su localización. En caso contrario, deberá aportar la documentación requerida. 20862 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 Únicamente se valorarán los méritos que se acrediten en lengua castellana. Sin perjuicio de que el contenido de los mismos fuera certificado por traductor habilitado. 2. D) Acreditación de los méritos: El sistema de acreditación de los méritos alegados será el siguiente: a) Acreditación de los servicios prestados en centros dependientes del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria, se realizará de oficio por el Organismo, a solicitud del Secretario del Tribunal Calificador, mediante Certificación expedida por la Secretaría del Consejo Rector en la que se contenga mención expresa de los servicios prestados. b) Acreditación de los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, Certificado de los servicios prestados emitido por el órgano competente en materia de personal de la Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la naturaleza jurídica de la relación, el tiempo exacto de duración, tipo de funciones y tareas desempeñadas y si los servicios se han realizado en Centros u Hospitales Sociosanitarios con pacientes crónicos y/o dependientes. c) Acreditación de la experiencia en empresa pública/privada: Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el período de alta, acompañado de certificación de la empresa acreditativa de las funciones desempeñadas, copia compulsada del contrato de trabajo y, en su caso, de la naturaleza pública o privada de dicha empresa, tipo de funciones y tareas desempeñadas y si los servicios se han realizado en Centros u Hospitales Sociosanitarios con pacientes crónicos y/o dependientes. d) Acreditación de la formación específica: Se presentará fotocopia compulsada, o acompañada del original para su compulsa, del diploma o documento acreditativo de la realización del curso respectivo. 2. E) Valoración de los méritos: La lista que contenga la valoración de los méritos se hará pública en el Tablón de Anuncios del Organismo y de la Corporación y en las Oficinas de Información y Registro descentralizado existentes al momento de la convocatoria específica en el Instituto de Atención Social y Sociosanitaria. 2. F) Calificación final del Concurso-Oposición: La calificación final será la resultante de sumar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. 2. G) Orden definitivo de los aspirantes aprobados: El orden definitivo de los aspirantes seleccionados estará determinado por la puntuación final obtenida en el concurso-oposición. En caso de empate en los puestos para la adjudicación de una plaza de enfermero/a y para dirimir el mismo, se atenderá en primer lugar a la puntuación obtenida en el ejercicio práctico, en segundo lugar, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de oposición y en tercer lugar, se atenderá a la puntuación obtenida en el apartado, de la fase de concurso, de experiencia profesional. Si aún subsiste el empate, se realizará un ejercicio de carácter práctico relacionado con las funciones de las plazas de enfermero/a, todo ello a efectos de dirimir el empate exclusivamente entre los candidatos que se encuentren empatados a puntuación, cuando afecte a la adjudicación de la última, o en su caso, últimas plazas convocadas. La valoración de estos ejercicios se realizará entre 0 y 10 puntos y se efectuará a los exclusivos efectos de dirimir el empate, no suponiendo alteración de las puntuaciones obtenidas en las calificaciones finales. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20863 Octava: Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.- 1.- Comienzo de los ejercicios: La fecha, hora y lugar en los que habrá de celebrarse el primer ejercicio se harán públicos a través de la Resolución por la cual se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías las adaptaciones posibles en tiempo y medios, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los restantes aspirantes. 2.- Llamamientos. Orden de actuación: Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Para la exposición del Proyecto Técnico los aspirantes serán llamados de forma individual. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido del procedimiento selectivo, salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio. El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, al que se refiere el art. 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que se anunciará a través de la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos. 3.- Identificación de los aspirantes: El Tribunal identificará a los aspirantes al comienzo de cada ejercicio y podrá requerirles, en cualquier fase del proceso selectivo, para que se identifiquen debidamente, a cuyos efectos deberán asistir a cada ejercicio provistos del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del Secretario del Tribunal Calificador. En la corrección de los ejercicios se garantizará, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes. 4.- Entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir el plazo mínimo de setenta y dos horas y el máximo de cuarenta y cinco días naturales. 5.- Anuncios sucesivos: Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en el Tablón de Anuncios del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria y de la Corporación, con doce horas al menos de antelación al comienzo de los mismos, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro, si se tratara de un nuevo ejercicio. 6.- Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos o de la certificación acreditativa resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades, que imposibilitaran su acceso a la plaza en los términos establecidos en las convocatorias, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la autoridad convocante, comunicando, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. Mediante Resolución de la Gerencia del Organismo se resolverá lo que proceda. 20864 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 Novena: Relación de aprobados y propuesta del Tribunal.- Una vez fijadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará, en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios del Organismo y de la Corporación y siguiendo el orden de la puntuación obtenida, la relación de aprobados en el concurso-oposición, incluyendo aquéllos con minusvalía y sin rebasar el número de plazas convocadas. Asimismo se podrá aprobar una lista de reserva que será utilizada conforme a los límites previstos en artículo72.4 del Convenio Colectivo. Simultáneamente a su publicación, el Tribunal propondrá la relación anteriormente señalada a la Presidenta del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria” para su contratación por el Órgano competente. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. Décima: Presentación de documentos. Contratación.- 1.- Los aspirantes propuestos presentarán en el Organismo los documentos que se especifican seguidamente, acreditativos de que posee las condiciones y reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, salvo aquellos que se les haya exigido su presentación junto con la solicitud. - Informe apto del Médico designado por el Organismo a los efectos de que se constate que cumple los condicionamientos de aptitud necesarios para el acceso a la plaza o puesto. En caso de no acreditarse la aptitud psicofísica del aspirante para el desempeño delas funciones de la plaza, será excluido de la lista de aspirantes propuestos por el órgano de selección. - Declaración responsable de no haber sido separado ni despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. En el caso de que no posean la nacionalidad española, declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso al empleo público. - Certificación emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre periodo de carencia de cotización, a efectos de acreditar carencia para jubilación, en su caso. 2.- Plazo de presentación de documentos: El plazo de presentación de documentos será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia. 3.- Contratación: Los aspirantes aprobados, que dentro del plazo indicado presenten la documentación y acrediten que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, serán contratados como personal laboral fijo, debiendo superar, para que produzca plenos efectos, el periodo de prueba establecido, salvo quienes hubieran prestado servicios en el Organismo Autónomo por periodo igual o superior al de duración del periodo de prueba, desempeñando los puestos correspondientes a las plazas objeto de convocatoria, pues dichos servicios se entienden Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20865 equivalentes al periodo de prueba de conformidad con lo previsto en el art. 14.1 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En caso contrario, esto es, no presentar la documentación o no acreditar que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, dará lugar a que no pueda ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones por lo que se refiere al aspirante afectado, sin perjuicio de la responsabilidad en que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en los datos declarados en la instancia. Una vez aprobada la propuesta de contratación, como personal laboral fijo, por la Gerencia del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”, el aspirante, incluido en la misma, deberá formalizar el contrato de trabajo de carácter fijo en el plazo de UN MES, a partir de la fecha de notificación de la propuesta de contratación, que incluirá, en su caso, de conformidad con lo señalado anteriormente, el correspondiente periodo de prueba previsto legalmente. Quienes no puedan formalizar, en el plazo señalado al efecto, el contrato de trabajo por causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, previa resolución expresa al efecto. En caso de que por cualquier razón uno de los aspirantes seleccionados no tome posesión se designará al siguiente en la lista de reserva de la citada convocatoria. Si la plaza a la que accediera el aspirante se encontrase ocupada transitoriamente por personal temporal, la iniciación de la correspondiente relación jurídico-laboral se demorará hasta la finalización del contrato laboral temporal. De conformidad con lo señalado anteriormente y a tenor de lo prevenido en los art. 14 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo y 33 del R.D. 364/1955, de 10 de marzo, los aspirantes contratados verán condicionado su acceso definitivo a la plaza objeto de la convocatoria, y en consecuencia su condición de personal laboral fijo de plantilla, a la superación de un período de prueba, con una duración de seis meses al ser plazas del Grupo A2. Al término de dicho período, los aspirantes habrán de obtener una valoración de apto o no apto de conformidad con el procedimiento regulado al efecto. La declaración de aptitud corresponderá al órgano competente del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”en materia de personal, previo los correspondientes informes. En el supuesto de que los aspirantes no superen el periodo de prueba, por Resolución de la Gerencia del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”, se dispondrá la extinción de su relación laboral, por lo que no perfeccionarán la condición de personal laboral fijo de este Organismo. El cómputo del periodo de prueba quedará interrumpido por las causas previstas en el art. 14.3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. Decimoprimero.- Los aspirantes contratados quedarán sometidos desde dicho momento al régimen de incompatibilidades vigente, por esto, en las diligencias para su contratación será necesario hacer constar la manifestación de los interesados de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el art. 1º de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, indicando asimismo que no realizan actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. En otro caso, los aspirantes podrán solicitar la toma de posesión de la plaza, pero procediendo de forma simultánea en la forma determinada en el párrafo 2º, 3º y 4º del art. 13 del Real Decreto 598/85, de 30 de abril. 20866 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 La citada manifestación hará referencia también a la circunstancia de sí los interesados se encuentran o no percibiendo pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de Seguridad Social, pública y obligatoria, a los efectos previstos en el art. 3.2 y Disposición Transitoria 9ª de dicha Ley. El personal de nuevo ingreso será adscrito a puestos con carácter provisional, conforme a su elección de las plazas disponibles por el orden obtenido en la convocatoria, en tanto se resuelven los concursos de traslados de puestos correspondientes. La adjudicación definitiva de puestos se efectuará, por lo tanto, con posterioridad a la resolución de concurso de traslado de puestos, de acuerdo con las peticiones de los interesados según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puesto de Trabajo. Decimosegunda: Impugnación.- Contra la convocatoria y sus Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Iltmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Contra las resoluciones y actos del Tribunal Calificador podrán los interesados interponer Recurso de Alzada ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente, esto es, la Presidencia del Organismo Autónomo “Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria”. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 y 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en su caso normativa que la sustituya, se podrá interponer RECURSO DE ALZADA contra la Convocatoria y sus Bases y el Decreto de la Presidencia por el que se resuelva definitivamente el proceso selectivo, ante el Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el plazo de UN MES a contar desde la publicación de los mismos en el Boletín Oficial del Estado. Decimotercera: Incidencias.- En todo lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en las siguientes normas: Los preceptos que dediquen al personal laboral: la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. Los preceptos básicos y el resto con carácter supletorio, dedicados al personal laboral por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. El Convenio Colectivo del Personal Laboral del IASS. Los preceptos que expresamente dedique al personal laboral y en aquellos aspectos no reservados a la legislación básica del Estado o al desarrollo reglamentario de la autonomía organizativa local, la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. Con carácter supletorio: la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, el Título II del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o norma que la sustituya. El Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. El Decreto 43/1998, de 2 de abril, modificado por Decreto 36/2006, de 4 de Mayo, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20867 VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento de su integración laboral. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.” ANEXO I: FUNCIONES CLASE PROFESIONAL ENFERMERO/A B9.01.- Desarrollar, prestar, dirigir y gestionar los cuidados de enfermería sociosanitaria, de forma integral y multidisciplinar ,en la Unidad Orgánica de Dependencia y en centros y hospitales sociosanitarios; orientados a la mejora, promoción, mantenimiento y prevención de discapacidades y enfermedades. B9.02.- Realizar evaluaciones continuas de los usuarios para establecer la pertinencia de los cuidados sociosanitarios holísticos, ejecutados en la Unidad Orgánica de Dependencia, centros y hospitales sociosanitarios. B9.03.- Programar, ejecutar, coordinar y supervisar la formación de los estudiantes y miembros del equipo en la Unidad Orgánica de Dependencia y en centros y hospitales sociosanitarios. B9.04.- Participar en la gestión de los recursos humanos de la unidad. B9.05.- Actuar en la coordinación con los servicios de soporte y áreas de servicios generales en la Unidad Orgánica de Dependencia, centros y hospitales sociosanitarios. B9.06.- Recoger información sobre los datos más importantes relacionados con la actividad asistencial en la Unidad Orgánica de Dependencia y de los centros y servicios sociosanitarios. B9.07.- Coordinar los ingresos y altas de los centros y servicios sociosanitarios, así como también del resto de trámites administrativos propios de su actividad. B9.08.- Colaborar a identificar áreas adecuadas a la investigación de enfermería; en especial, en las áreas de dependencia y entornos sociosanitarios. B9.09.- Favorecer la innovación de los centros, hospitales y servicios sociosanitarios. B9.10.- Observación, control y registro de las condiciones clínicas del usuario, identificando e interviniendo ante alteraciones de la normalidad. B9.11.- Preparación, administración y/o supervisión por las diferentes vías, de medicamentos prescritos, controlando la polimedicación los efectos terapéuticos y tóxicos de los mismos y la automedicación. Ejecución de las prescripciones facultativas dentro del ámbito de su competencia. B9.12.- Apoyar en el control del uso adecuado, mantenimiento de equipos y materiales con que dispone el Área asistencial para el cumplimiento de las actividades de enfermería. B9.13.- Supervisar y evaluar las actividades delegadas al personal técnico y auxiliar de enfermería del Área asistencial donde actúa. B9.14.- Participar en la formulación y propuesta de normas y directivas en el ámbito de la unidad orgánica de dependencia, centros y hospitales sociosanitarios. B9.15.- Participar en la elaboración del cuadro de necesidades, solicitar y velar por la provisión del potencial humano, recursos materiales y tecnológicos en los centros y hospitales sociosanitarios. B9.16.- Cumplir y hacer cumplir las normas de bioseguridad. B9.17.- Utilizar instrumentos de valoración y evaluación validados y adaptados a personas ancianas y dependientes. B9.18.- Garantizar la atención del duelo en sus diferentes manifestaciones. B9.19.- Identificar a las personas ancianas y/o dependientes que precisen cuidados paliativos y aplicarlos atendiendo a sus características personales. 20868 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 B9.20.- Valorar factores de riesgo de maltrato e intervención sobre las situaciones de maltrato. B9.21.- Educar a las personas ancianas y/o dependientes, así como a sus familiares y/o cuidadores sobre la necesidad de promoción y prevención de la salud y opciones al final de la vida. B9.22.- Conocer y aplicar sistemas de gestión de calidad adecuados a la gestión de los cuidados gerontológicos y de dependencia. ANEXO II: TEMARIO DE 23 PLAZAS DE ENFERMERO/A BLOQUE I Tema 1 El Sistema Sanitario. Definición, componentes y tipos de sistemas sanitarios. El sistema Nacional de Salud. Marco Legal, organización, estructura, recursos, prestaciones y fórmulas de gestión. Tema 2 Ley 1171994 de 26 de Julio de Ordenación Sanitaria de Canarias. Objeto y alcance de la Ley. Sistema Canario de Salud: conceptos, funciones y Principios del Sistema. Tema 3 Ley de Prevención de Riesgos laborales. Objeto y carácter de la norma. Ámbito de aplicación. Normas técnicas de prevención de riesgos laborales en el desempeño del puesto de Enfermero. Tema 4 Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria: naturaleza y fines. Organigrama. Unidades del Área de Servicios Sociales y Sociosanitarias. Tema 5 Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Historia. Contexto Poblacional. Contenido de la Ley. Prestaciones y catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Recursos del Sistema Tema 6 Historia Clínica como documento Legal. Consentimiento Informado. Registros de la actividad de enfermería. Tema 7 Derechos y deberes de los pacientes geriátricos y psicogeriátrico de los Servicios Sociosanitarios del IASS. Ley de Autonomía del Paciente y derechos y deberes en materia de información y documentación clínica. Tema 8 Ética del profesional de enfermería. Responsabilidad civil y penal. Secreto profesional. Código Deontológico de Enfermería Tema 9 Administración de Servicios de enfermería. El proceso administrativo. Gestión de Servicios sanitarios y sociosanitarios. Funciones de enfermería. Gestión del producto enfermero. Tema 10 Marketing sanitario y sistemas de organización del trabajo. El trabajo en equipo y la comunicación como herramienta eficaz en la gestión de los cuidados. Tema 11 Concepto de Calidad Sanitaria. Criterios. Indicadores y estándares de calidad. Sistemas de Evaluación de la calidad Tema 12 Valores humanos. La motivación como instrumento de trabajo. Tema 13 El método científico. Estadística, definición y tipos. Conceptos básicos. Tipos de variables. Medidas de tendencia central, de posición y de forma. Tema 14 Salud pública e indicadores de salud. Concepto de salud y enfermedad. Educación para la salud y promoción de la salud. Tema 15. Modelos y teorías de enfermería Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20869 Tema 16. Técnicas de higiene del personal sanitario. Conceptos, detergentes, antisepticos y desinfectantes. Tema 17 Gestión de Residuos sanitarios. Clasificación. Transporte, eliminación y tratamiento. Tema 18 Limpieza, desinfección y esterilización. Técnicas. Conceptos y métodos. Manipulación y conservación de los materiales. Tema 19 Prevención y control de infecciones hospitalarias. Precauciones Universales. Aislamientos. Vacunas: tipos, composición y reacciones adversas. Inmunización pasiva. Tema 20 Concepto de Salud Laboral y enfermería del trabajo. Métodos de movilización y traslados de usuarios. BLOQUE II Tema 21 El proceso de envejecimiento. Definición y teorías. Tema 22 Sd. Geriatricos: Aislamiento, Inmovilismo, caídas, incontinencia urinaria, Sd. confusional agudo, úlcera por presión y desnutrición. Prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal. La contención del paciente geriátrico y psicogeriatrico en los centros sociosanitarios. Tema 23 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en los sistemas respiratorio y digestivo. Tema 24 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en el Aparato cardiocirculatorio, órganos linfoides y sistema inmunitario Tema 25 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en el Aparato locomotor y sistema nervioso. Tema 26 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en el Aparato urinario, glándulas endocrinas y aparato reproductor. Tema 27 Alteraciones morfofisiológicas del envejecimiento en los Órganos de los sentidos. Tema 28 El anciano enfermo I. Patologías frecuentes respiratorias. Signos y síntomas.Neumonía, TBC, Insuficiencia respiratoria, EPOC, atelectasia, TEP, asma, patología pleural y neoplasias. Tema 29 El anciano enfermo II Patologías frecuentes digestivas. Signos y síntomas. Enfermedades bucales, esofágicas, estomacales, intestinales. Patología hepática, vías biliares y páncreas. Neoplasias Tema 30 El anciano enfermo III. Patologías cardiovasculares. Signos y síntomas. Cardiopatía isquémica, insuficiencia cardiaca, arritmias, valvulopatías, shock, hipertensión/hipotensión arterial. Vasculopatías periféricas. Tema 31 El anciano enfermo IV. Patologías frecuentes del aparato locomotor. Signos y síntomas. Fracturas, artropatías, enfermedades metabólicas del hueso. Neoplasias Tema 32 El anciano enfermo V. Patologías frecuentes del aparato urinario. Glándulas endocrinas y aparato reproductor. Signos y síntomas. Alteraciones de la micción. Síndromes renales, ITU, Litiasis renal, tumores renales, enfermedades de próstata Tema 33 El anciano enfermo VI. Patologías frecuentes neuropsiquiátricas .Signos y síntomas. Esquizofrenia, depresión y Sd. de abstinencia. Estados de confusión. ACV, Parkinson, hemorragia cerebral, epilepsia, meningitis, enfermedad medular. Demencias. 20870 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 Tema 34 El anciano enfermo VII Patologías frecuentes de los sistemas endocrino y metabólico. Signos y síntomas. Hipófisis, tiroides, glándulas suprarrenales. Neoplasias Tema 35 El anciano enfermo VIII Patologías frecuentes de los sistemas oculares, rinológicos y otológicas. Signos y síntomas. Hipófisis, tiroides, glándulas suprarrenales. Neoplasias Tema 36 El anciano enfermo IX. Síndromes geriátricos Enfermedades de la piel y de los mecanismos de termorregulación. Signos y síntomas. UPP y ulceras vasculares. Dermatitis. Quemaduras. Heridas Tema 37 Tanatología. Actuación de enfermería en cuidados paliativos ante el paciente mayor. Intervención en procesos de muerte y duelo: -­‐ Atención al sufrimiento psicológico. -­‐ Atención a las relaciones significativas del enfermo. -­‐ Atención del dolor físico. -­‐ Atención al sufrimiento espiritual. -­‐ Atención a las últimas voluntades. -­‐ Atención a los aspectos legales. Tema 38 Conocimientos básicos en electrocardiografía. Principales alteraciones. Soporte vital básico en urgencias. Tema 39 Farmacología, farmacocinética y efectos adversos. Principios de la preparación y administración farmacológica. Tema 40 Principios de dietética y nutrición. Metabolismo. Tipos y funciones de los nutrientes. Dietoterapia. Recomendaciones en las Patologías más frecuentes. Hipertensión, diabetes, insuficiencia renal, insuficiencia hepática, dislipemias, enfermedades digestivas, EPOC. y demencias BLOQUE III Tema 41 Nutrición enteral y parenteral. Tipos, vías de administración, complicaciones. Cuidados y soporte de enfermería Tema 42 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades respiratorias. Plan de cuidados estándar. Tema 43 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades digestivas. Plan de cuidados estándar. Tema 44 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades endocrinas y metabólicas. Plan de cuidados estándar. Tema 45 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades cardiovasculares. Plan de cuidados estándar. Tema 46 Valoración e intervención de enfermería al usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades nefrourinarias. Plan de cuidados estándar. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 138, lunes 2 de noviembre de 2015 20871 Tema 47 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades musculoesqueléticas. Plan de cuidados estándar. Tema 48 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades neurológicas. Plan de cuidados estándar. Tema 49 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con enfermedades sensoriales. Plan de cuidados estándar. Tema 50 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con dolor. Plan de cuidados estándar. Tema 51 Valoración e intervención de enfermería a la usuario geriátrico y psicogeriátrico con alteraciones de la piel y de la termorregulación. Plan de cuidados estándar Tema 52 Aspectos y respuestas psicosociales del paciente geriátrico y psicogeriátrico y familia en los procesos de ingreso, estancia y alta. Principios, objetivos y métodos en los programas de intervención, atención y educación sanitaria a las familias. Tema 53 Bases de la gerontología. Gerontología experimental. Gerontología clínica. Gerontología psicológica. Gerontología social. Tema 54 Educación para la salud en entornos de dependencia. Concepto metodología y técnicas didácticas. Elaboración de programas y proyectos docentes en materia de salud. Tema 55 Barreras arquitectónicas. Definición y concepto. Normativa reguladora de las condiciones de accesibilidad. Detección y prevención de factores de riesgo relacionados con las caídas del anciano en centros sociosanitarios. Tema 56 Enfermedades transmisibles. Cadena epidemiológica. Medidas preventivas. Principales enfermedades y síndromes clínicos infecciosos. Tema 57 El maltrato. Situaciones y condiciones de maltrato. El maltrato institucional. Aspectos jurídicos más relevantes. Tema 58 Reservorios venosos. Definición. Tipos y utilización. Manejo del catéter. Cuidados de enfermería Tema 59 Citoestáticos. Definición y clasificación. Manipulación, consideraciones y cuidados de enfermería. Efectos sobre la salud. Vías de exposición. Complicaciones más frecuentes. Tema 60 Analíticas, extracciones y cultivos. Consideraciones generales. Riesgos y medidas preventivas. Técnicas y procedimientos de enfermería Etiquetado. La Transfusión sanguínea. Historia, técnica y cuidados de enfermería.

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