De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el apartado decimotercero, punto 1 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas selectivas. Las listas completas de aspirantes se encontrarán expuestas en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, en la página web www.administracion.gob.es, en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (calle Agustín de Betancourt, número 4, Madrid) y en la página web www.seg-social.es /Información útil /Oferta pública de empleo.
Segundo.
Publicar como anexo a la presente resolución la lista provisional de excluidos a que se refiere el apartado anterior, con expresión de las causas de exclusión.
Tercero.
Tanto los opositores excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en las de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión en las listas de admitidos y excluidos.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran incluidos en la relación de excluidos sino que, además, sus nombres constan en la relación de admitidos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran la exclusión o alegasen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.
Cuarto.
Contra la exclusión definitiva del aspirante podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo. Previamente, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto significándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Quinto.
Finalizado el plazo de subsanación se elevarán a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, exponiéndose para su total difusión en los mismos lugares que las provisionales.
Sexto.
Se convoca a todos los aspirantes admitidos, en llamamiento único, para la realización del primer ejercicio el día 16 de diciembre de 2015, a las 15:30 horas, en la sede de la Intervención General de la Seguridad Social, calle Valenzuela, número 5, 28014 Madrid.
Séptimo.
Con la finalidad de acreditar su identidad, los opositores deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su defecto, permiso de conducir o pasaporte. Asimismo, deberán ir provistos de bolígrafo negro o azul.
Madrid, 11 de noviembre de 2015.–El Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.
ANEXO
Para ver el anexo pinchar en el enlace de arriba.
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