En el BOP del 27/11 se ha publicado en las páginas 16569 y siguientes:
Mediante el presente se hace público que por
Resolución número 56/2015 de 17 de noviembre de
2015 de la Presidencia del Organismo Autónomo
EscuelasInfantiles de Pájara se convoca concurso para
la provisión de una plaza de Auxiliar (Asistente
Infantil), del Organismo Autónomo “EscuelasInfantiles
de Pájara”, en régimen de contrato laboral temporal
de interinidad, así como para la constitución de una
lista de reserva integrada por aspirantes que puedan
facilitar en un futuro la cobertura interina de plazas
de la misma categoría que se pudieran ocasionar en
orden a sustituir al personal con derecho a reserva del
puesto de trabajo, con sujeción a las Basesreguladoras
del mismo, transcritas literalmente a continuación:
“BASES REGULADORAS DE LA
CONVOCATORIAPARALAPROVISIÓN DE UNA
PLAZADE AUXILIAR (ASISTENTE INFANTIL),
DEL ORGANISMO AUTÓNOMO “ESCUELAS
INFANTILES DE PÁJARA”, EN RÉGIMEN DE
CONTRATO LABORAL TEMPORAL DE
INTERINIDAD, ASÍ COMO PARA LA
CONSTITUCIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA
INTEGRADAPOR ASPIRANTES QUE PUEDAN
FACILITAR EN UN FUTURO LA COBERTURA
INTERINA DE PLAZAS DE LA MISMA
CATEGORÍA QUE PUDIERAN QUEDAR
PROVISIONALMENTE VACANTES
PRIMERA. OBJETO DE LACONVOCATORIA.
El objeto de la presente convocatoria es cubrir en
régimen de interinidad la jornada completa una plaza
de asistente infantil en el Organismo Autónomo
“EscuelasInfantiles de Pájara”, por encontrarse la titular
de dicho puesto Doña Saira Jesús González Hernández
de baja médica por IT y hasta la reincorporación
efectiva de la sustituida a su puesto de trabajo.
Las plazas objeto de la presente convocatoria están
encuadradas en el Grupo III del Catálogo de Puestos
de Trabajo del Organismo Autónomo “Escuelas
Infantiles de Pájara”, dotada con las retribuciones
establecidas en dicho Catálogo.
La adscripción de las plazas podrá ser en cualquiera
de los Centrosintegrantes del Organismo Autónomo,
a criterio de la Presidencia, previa propuesta del
Director/a Gerente del mismo.
Asimismo, es objeto de la presente convocatoria la
constitución de una lista de reserva integrada por
aspirantes que puedan facilitar en un futuro la cobertura
interina de plazas de la misma categoría que pudieran
quedar provisionalmente vacantes e, incluso, las que
se cubran nuevas por necesidades del Servicio. En
cualquier caso, la lista de reserva tendrá vigencia
máxima hasta el 31 de agosto de 2016.
SEGUNDA. CONDICIONES DE LOS
ASPIRANTES.
Para tomar parte en la Convocatoria será necesario:
a) Ser español, nacional de un país miembro de la
Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados
a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados porlaUniónEuropea y ratificados porEspaña,
le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 148, viernes 27 de noviembre de 2015 16569
en lostérminos previstos en la Ley Estatal que regula
esta materia, así como todos los extranjeros con
residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de
la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de titulación mínima de
Graduado Escolar o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de instancias.
d) Poseer capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaba en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado,
no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
TERCERA. INSTANCIAS.
Las instancias solicitando tomar parte en la
convocatoria, en la que los aspirantes deberánmanifestar
que reúnen todas y cada una de las condiciones que
se exigen en la Base Segunda, se dirigirán a la Sra.
Presidenta del Organismo Autónomo y se presentarán
en el Registro de Entrada del Organismo, sito en el
Centro de la Escuela Infantil de Morro Jable, en la
calle Mascona, debidamente cumplimentadas, que
se ajustarán al modelo que se incorpora como Anexo
a las presentes Bases, durante el plazo de DIEZ DÍAS
NATURALES, contados a partir del día siguiente a
la publicación del correspondiente anuncio de
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
Las instancias también podrán presentarse en la
forma determinada en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
A las instancias se acompañarán los documentos
acreditativos de los méritos que aleguen losinteresados
en el concurso, fotocopia del D.N.I. y cartilla de la
Seguridad Social, en su caso.
No será computado mérito alguno que no sea
debidamente acreditado con la instancia por cualquier
medio válido en Derecho, sin perjuicio de las
aclaraciones que estime el Tribunal oportuno solicitar
sobre los méritos presentados.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Por el hecho de presentar instancia solicitando
tomar parte en la Convocatoria, los aspirantes se
someten expresamente a sus Bases reguladoras que
constituyen la Ley del mismo, sin perjuicio de la
responsabilidad en que puedan incurrirsise apreciase
inexactitud fraudulenta en la declaración que formulen
o en la documentación aportada, de talforma que quedará
excluido automáticamente del proceso de selección,
previa audiencia del propio interesado, sin perjuicio
de las responsabilidades legales que se pudieran
derivar.
Terminado el plazo de admisión de instancias, la
Presidencia del Organismo Autónomo aprobará la lista
de admitidos y excluidos, que se hará pública en las
dependencias de la Escuela Infantil de Morro Jable,
en la calle Mascona, y Tablones de Edictos del
Ayuntamiento de Pájara, así como en el Boletín
Oficial de laProvincia concediéndose un plazo deCINCO
DÍAS HÁBILES para presentar reclamaciones.
Dichasreclamaciones,si las hubiere,serán aceptadas
o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe
la lista definitiva. De no presentarse reclamaciones,
se entenderá elevada a definitiva la lista provisional.
Igualmente se determinará en la misma el lugar y
fecha del comienzo de las pruebas.
16570 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 148, viernes 27 de noviembre de 2015
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal calificador de esta convocatoria estará
constituido por:
- Presidente/a, que será personal con relación
funcionarial de carrera o laboral fijo del Ayuntamiento
de Pájara
- Secretario/a, que será el del Organismo Autónomo.
- Dos Vocales, que será personal con relación
funcionarial de carrera o laboral fijo del Ayuntamiento
de Pájara
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la
asistencia de la mitad de sus miembros, titulares o
suplentes indistintamente, siendo siempre necesario
la presencia del Presidente/a y Secretario/a o de
quienes legalmente le sustituyan. Las decisiones se
adoptarán por mayoría de votos de los miembros
presentes, resolviendo en caso de empate el voto de
calidad del Presidente del Tribunal.
La designación de los miembros del Tribunalse hará
pública en la Resolución que determine la fecha de
inicio de las pruebas.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante,
y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran
las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29,
respectivamente, de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
La actuación del Tribunalse ajustará estrictamente
a las Bases de la convocatoria. No obstante, el mismo
resolverá las dudas que surjan de su aplicación y
podrá tomar los acuerdos que correspondan, para
aquellos supuestos no previstos en las bases.
SEXTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
A. VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA
PROFESIONAL.
I. Experiencia profesional: Se valorarán losservicios
prestados en puestos de igual naturaleza y categoría,
tanto en el ámbito público como en el privado.
Por cada año efectivo de trabajo 1 punto.
Las fracciones inferiores al año se valorarán
trimestralmente, de forma proporcional a la puntuación
otorgada al año, puntuándose a 0´25 puntos, no
computándose fracciones inferiores.
Máximo por este concepto: 5 puntos.
B. FORMACIÓN PROFESIONAL.
- Por acreditación de titulaciones académicas
relacionadas con el puesto:
a) FP II, Ciclo Formativo de Grado Superior o
equivalente: 1 punto.
b) Diplomatura: 1’5 puntos.
c) Licenciatura, Título de Grado o equivalente: 2
puntos.
- Por asistencia a Cursos,Jornadas, Seminarios que
estén relacionados con la plaza:
a) Menos de 20 horas: 0’10 puntos.
b) De 20 a 50 horas: 0’20 puntos.
c) De 60 a 149 horas: 0’30 puntos.
d) De 150 horas en adelante: 0’50 puntos.
Si en el diploma o certificado no figurase el número
de horas se valorará hasta 0’10 puntos.
Máximo por este concepto: 3 puntos.
C. ENTREVISTA.
El Tribunal realizará a cada aspirante una entrevista
personal relacionada con el trabajo a desempeñar y
méritos presentados.
Máximo por este concepto: 2 puntos.
La no asistencia a la entrevista de los aspirantes
determinará la exclusión de la Convocatoria.
El orden de calificación definitiva estará determinado
por la suma de las puntuaciones obtenidas en el
conjunto de los méritos valorados (A+B+C )
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 148, viernes 27 de noviembre de 2015 16571
SÉPTIMA. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
El orden de realización de la entrevista será alfabético, comenzando por la letra A del primer apellido.
OCTAVA. LISTA DE APROBADOS Y PROPUESTA FINAL DEL TRIBUNAL.
Finalizadas las pruebas especificadas, el Tribunal hará pública la relación de aptos por orden de puntuación,
designando aquellos que han de integrar la lista de reserva que se crea, que no será superior al número de plazas
convocadas, por estricto orden de puntuación, elevándose dicha propuesta al Sr./a Presidente/a del Organismo
Autónomo para su nombramiento.
El Tribunal puede determinar en su propuesta dejar desierta la convocatoria, debiendo en todo caso motivar
dicha decisión.
NOVENA. NOMBRAMIENTO Y FORMALIZACIÓN CONTRATO LABORAL.
Concluido el proceso selectivo y nombrados los/as aspirantes que integren la lista de reserva, se practicara el
oportuno requerimiento para su incorporación a un puesto en caso de producirse una situación de vacante de
una trabajador/a con derecho de reserva del puesto de trabajo.
Si no comparecieran en el plazo máximo de tres días, a contar desde el requerimiento practicado, pasarán al
último lugar de la lista. La segunda vez que se les requiera a tales efectos y no se incorporen al puesto se les
excluirá de la lista de reserva.
Asimismo,si no comparecieran a la firma del contrato en la fecha señalada,salvo causa de fuerza mayor acreditada,
quedará sin efecto el nombramiento, decayendo en todos sus derechos.
DÉCIMA. IMPUGNACIONES.
La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativosse deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal,
podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y demás legislación de aplicación.
UNDÉCIMA. NORMATIVA APLICABLE.
En lo no previsto en estas Bases, se estará con carácter supletorio, a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12
de abril, del Estatuto del Empleado Público, Ley 7/1985, de 2 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de abril; y demás normativa que resulte de aplicación.”
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