En el BOP Del 27/11 se ha publicado en las páginas 16558:
Don JuanRamón Martín Trujillo, Alcaide-Presidente
del Ilustre Ayuntamiento de Agaete,
HACE SABER:
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir
las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular
y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que
disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES
para que las personas que estén interesadas, y reúnan
las condicioneslegaleslo soliciten por escrito dirigido
a esta Alcaldía.
Para serJuez de Paz se requiere ser español, mayor
de edad y no estar incurso en ninguna de las causas
de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial.
Podrán ser nombrados Jueces de Paz sustitutos,
quienes, aun no siendo Licenciados en Derecho,
reúnan losrequisitos establecidos en la Ley Orgánica
del Poder Judicial para el ingreso en la Carrera
Judicial, excepto los derivados de la jubilación por
edad, siempre que esta no suponga impedimento
físico o psíquico para el cargo.
Durante su mandado los Jueces de Paz estarán
sujetos alrégimen de incompatibilidades y prohibiciones
reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial en lo que sea aplicable.
16558 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 148, viernes 27 de noviembre de 2015
En todo caso tendrán compatibilidad para el ejercicio de las siguientes actividades:
1. La dedicación a la docencia o a la investigación jurídica.
2. El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún
tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia
ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
La solicitud, a la que se acompaña fotocopia del Documento Nacional de Identidad y de los documentos acreditativos
de los méritos que se posean y aleguen, se presentará en el Registro General de Entrada de Documentos de ésta
Corporación Municipal, durante el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES,siguientes al de la publicación del presente
Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguiente documentación:
Solicitud según modelo, que deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. Fotocopia del D.N.I., debidamente compulsada.
2. Declaración responsable, en la que se haga constar los siguientes extremos:
- Que no ha sido condenado por delito doloso (o en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación).
- Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
- Que está en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
- Que es español, mayor de edad, no esta impedido física o psíquicamente para la función judicial.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en
los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el
Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Agaete, a diecinueve de noviembre de dos mil quince.
EL ALCALDE, Juan Ramón Martín Trujillo.
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