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miércoles, 15 de febrero de 2012

Bases de la convocatoria pública para Juez de Paz Titular (LA ALDEA DE SAN NICOLAS)

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en la página 2659:

Se hace de público conocimiento que por acuerdo
de la Corporación en Pleno de este Ayuntamiento,
adoptado en sesión celebrada el día 31 de enero de
2011 se aprobó las bases de la convocatoria pública
para la elección por el Pleno Municipal del Juez de
Paz Titular de esteMunicipio, en los términos literales
que a continuación se transcriben:
BASES DE LA CONVOCATORIA PUBLICA
PARA LA DEL JUEZ DE PAZ TITULAR DEL
AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN
NICOLÁS.
1. OBJETO. Es objeto de la presente convocatoria
regular el procedimiento para la elección por el Pleno
del Ayuntamiento del Juez de Paz TITULAR de este
Municipio, que será nombrado para un período de cuatro
(4) años por la Sala deGobierno del Tribunal Superior
de Justicia de Canarias, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento número
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz (BOE de
13 de junio).
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para
ser Juez de Paz TITULAR se requiere ser español,
mayor de edad, y no estar incurso en ninguna de las
causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas
para el desempeño de las funciones judiciales, a
excepción del ejercicio de actividades profesionales
o mercantiles, previstas en los artículos 303,y 389,
de la LeyOrgánica del Poder Judicial, respectivamente.
3. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE
INSTANCIAS. Las instancias solicitando tomar parte
de la presente convocatoria se dirigirán al Presidente
de la Corporación y se presentarán en la Secretaría
durante el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES,
contado a partir del día siguiente al que aparezca
publicada esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia. En dichas instancias los/as candidatos/as
deberán manifestar que reúnen todas y cada una de
las condiciones exigidas en la presente convocatoria
y deberán acompañarlas de los datos de identificación
y de cuantosméritos estimen convenientes aportar al
proceso de selección.
4. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. La
selección de Juez de Paz TITULAR se efectuará por
el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable de
la mayoría absoluta de sus miembros, entre los
solicitantes que reúnan las condiciones establecidas
en el punto 2. Si no hubiera solicitantes el Pleno
elegirá libremente con sujeción a losmismos requisitos
de procedimiento.
5.NORMASDEAPLICACIÓN. Para lo no previsto
en las Bases de esta convocatoria, será de aplicación
lo dispuesto en los artículos 99 a 103 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
reformada por las Leyes Orgánicas 4/1987, de 15 de
julio; 7/1988, de 28 de diciembre y 7/1992, de 20 de
noviembre, así como lo dispuesto en el Reglamento
número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
6. IMPUGNACIÓN. Estas Bases, la convocatoria,
y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de la actuación del PlenoMunicipal, podrán
ser impugnados por los interesados en los casos y formas
establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra las presentesBases podrá presentarseRecurso
Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS
MESES a contar desde su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia.

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