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jueves, 16 de diciembre de 2010

CONVOCATORIA DE 2 PLAZAS DE ANIMADORES INTEGRADORES SOCIALES PARA ARRECIFE

En el Boletín Oficial de Las Palmas de ayer se ha publicado:

DOÑA ASENET PADRÓN NIZ, SECRETARIADEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE (LAS
PALMAS).
CERTIFICO:
“Que las presentes bases que han de regir la selección
de dos Animadores/Integradores, en régimen de
Derecho Laboral, con carácter temporal, fueron
aprobadas por Decreto de la Alcaldía de este
Ayuntamiento (ref. RR.HH. 439/2010)
DECRETO DE LA ALCALDÍA
En virtud de lo establecido en el artículo 21.1.g) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, RESUELVO aprobar la siguiente
convocatoria y bases correspondientes a la selección
de DOS ANIMADORES/INTEGRADORES
SOCIALES, en régimen de Derecho Laboral:
CONVOCATORIAPARALASELECCIÓNDEDOS
ANIMADORES/INTEGRADORES SOCIALES,
EN REGIMEN DE DERECHO LABORAL, CON
CARÁCTERTEMPORAL,ATIEMPOCOMPLETO.
1ª.Naturaleza y características del puesto de trabajo
convocado.
Es objeto de la presente convocatoria la contratación
temporal deDOSANIMADORES/INTEGRADORES
SOCIALES, con las retribuciones correspondientes
del Grupo Profesional IV.
Lamodalidad de contratación será la de: “Contrato
de obra o servicio determinado”, a tiempo completo,
con ocasión del Proyecto “Oficina Municipal de
Atención a la Inmigración”, subvencionado por la
Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda,
(Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración),
para promover la acogida y/o la integración de personas
inmigrantes.
2ª. Régimen jurídico de la contratación.-
Al contrato de trabajo temporal que haya de celebrarse
con los trabajadores seleccionados y a las situaciones
jurídicas originadas por los mismos, les serán de
aplicación el R.D. Legislativo 1/1995, artículo 15 y
la Ley 12/2001, de 9 de julio, así como la legislación
sobre función pública e incompatibilidades del personal
al servicio de la Administración Pública y el vigente
Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento de
Arrecife, para ambos supuestos.
3ª. Dependencia a la cual deben dirigirse las
instancias.-
Los interesados presentarán las instancias, ajustadas
almodelo que se inserta comoAnexo I de las presentes
Bases, dirigidas al Sr.Alcalde-Presidente en elRegistro
General del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife o en
la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/92,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y el Procedimiento
Administrativo Común, durante los quince días
naturales siguientes a la publicación del correspondiente
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, es decir desde hoy
al día 30 de diciembre.
Asimismo, lamencionada convocatoria se publicará
en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento
de Arrecife y en la página Web de la Corporación
(www.arrecife.es).
4ª. Condiciones de los aspirantes
Podrán tomar parte en las pruebas selectivas los
aspirantes que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser español o poseer la nacionalidad de cualquier
paísmiembro de laUnión Europea.Asimismo, podrán
participar en las pruebas selectivas convocadas el
cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de derecho, así como sus
descendientes y los de su cónyuge, siempre que no
estén separados de derecho, menores de 21 años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente, se extenderá a las personas incluidas
en el ámbito de aplicación de losTratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España, en los que sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
Por último podrán hacerlo los extranjeros con
residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en
su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, del título de Técnico Superior
en Animación Sociocultural o Técnico Superior en
Integración Social. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero deberá aportarse la credencial que acredite
su homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públ icas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en losmismos
términos el acceso al empleo público.
5ª. Los requisitos expresados anteriormente se
acreditarán de la forma siguiente, debiéndose presentar
los mismos junto con la instancia y el anexo II:
a) y b) Fotocopia del documento Nacional de
Identidad. Residencia en caso de extranjeros.
c) Fotocopia compulsada del título exigido.
d) y e) Declaración responsable (Anexo II).
6ª. Pruebas selectivas: El sistema selectivo será el
de OPOSICIÓN:
El proceso selectivo constará de dos pruebas:
Primera Prueba.- Consistirá en desarrollar por
escrito, por espacio de dos horas, dos temas extraídos
al azar de los que a continuación se relacionan:
TEMA1. Estudio-investigación y diagnóstico de la
situación sociocultural.
TEMA 2. Aspectos o momentos de las tareas de
animación sociocul tural : fase de
sensibilización/motivación.Detección de lasminorías
activas o grupos de incidencia. Capitalización de los
animadores voluntarios. Promover la organización y
puesta en marcha de actividades socioculturales.
TEMA 3. Destinatarios y responsables de los
programas de animación.Ámbito espacial para realizar
actividades de animación.Métodos, procedimientos
y técnicas a utilizar.
TEMA 4. El papel de la comunidad y de sus
organizaciones en la Animación Sociocultural.
TEMA 5. El perfil del animador sociocultural en
contextos multiculturales.
TEMA 6. El animador sociocultural como agente
de acción comunitaria ante la educación para la
convivencia y la interculturalidad.
TEMA7. Programación de actividades socioculturales:
¿Qué es programar?. Principales criterios o pautas para
la elaboración de planes, programas o proyectos.
Instrumentos metodológicos de la planificación.
Comenzar por organizar la mente. Diseño para la
elaboración de proyectos. Guía para programar
actividades. Decisión racional y acción racional.
TEMA8. El acto administrativo: concepto y clases.
Elementos del acto administrativo. Motivación y
notificación de los actos administrativos. Eficacia y
validez de los actos administrativos. Actos nulos,
anulables e irregulares. Ejecución de los actos.
TEMA 9. El Procedimiento Administrativo y sus
fases.
TEMA 10. La Ley 31/1995, de 08 de noviembre,
de Prevención de Riesgos Laborales.Obligaciones de
las empresas y de los trabajadores; responsabilidades
y sanciones.
La calificación será de cero a diez (0 a 10) puntos,
debiendo alcanzar, al menos, un cinco en cada uno
de los temas. La calificación final resultará de la
obtención de la media de la puntuación obtenida en
los dos temas, debiendo obtener un mínimo de 5
puntos para pasar a la segunda prueba.
Segunda Prueba.Resolución de un supuesto práctico,
a determinar por el Tribunal, relacionado con el
programa propuesto.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y será
eliminatorio, necesitando obtener unmínimo de 5 puntos.
7ª. Tribunal calificador.
Presidenta: Doña Inmaculada Domínguez Cabrera,
Funcionaria de esta Corporación.
Suplente: Doña Carmen Rosa Cabrera Cabrera,
Funcionaria de esta Corporación.
Vocal: DoñaMaría Eugenia Rodríguez Hernández,
personal laboral de esta Corporación.
Suplente: Doña Carmen Rodríguez Peña, personal
laboral de esta Corporación.
Vocal: Don Humberto Tavío de León, personal
laboral de esta Corporación.
Suplente:DoñaNuriaÁlvarezMachín, personal laboral
de esta Corporación.
Vocal: Don Tomás Barreiro Melgarejo, personal
laboral de esta Corporación.
Suplente: Doña Angelina Morales Rodríguez,
personal laboral de esta Corporación.
Secretaria:DoñaMaríaAsenet PadrónNiz, Secretaria
de este Excmo. Ayuntamiento, que actuará con voz
y voto.
Suplente:Doña PilarMachínHenríquez, Funcionaria
de esta Corporación.
8ª. Sistema de calificación.
Los ejercicios primero y segundo de la oposición
se calificarán cada uno de ellos con un máximo de
10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 para
aprobar.
La calificación final vendrá determinada por la
media aritmética de la suma de las puntuaciones
obtenidas en los dos ejercicios.
En los ejercicios deberá garantizarse, siempre que
sea posible, el anonimato de los aspirantes .
9ª. Propuesta del Tribunal.
El Tribunal no podrá proponer para su contratación
un número de aspirantes aprobados superior al de plazas
convocadas.
10ª. Devengo de asistencias.
El Tribunal devengará asistencias por su participación
en estas pruebas selectivas, clasificándose a estos
efectos en la categoría tercera.
11ª. Las pruebas se llevarán a cabo:
• Primer ejercicio: El día 10 de enero de 2011 a las
09:00 horas, en la Casa Consistorial.
• Segundo ejercicio: El día 13 de enero de 2011 a
las 09:00 horas, en la Casa Consistorial.
12ª. Normas de aplicación.
La presente convocatoria se rige por la Ley 7/2007,
de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público y en lo no previsto en ella por la Legislación
Básica de Régimen Local, por la Ley de la Función
Pública Canaria y por el Reglamento General de
Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
13ª. Recursos. Contra estas bases, su convocatoria
y cuantos actos deriven de losmismos y de la actuación
del Tribunal, podrán interponerse por parte de los
interesados los recursos procedentes en los casos y
forma establecida en la Ley de Procedimiento
Administrativo.
14ª. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas
que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden de las presentes pruebas selectivas
en lo no previsto en estas bases.
Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente,
don Cándido Fco. Reguera Díaz, en Arrecife de
Lanzarote a uno de diciembre de dosmil diez.ElAlcalde,
firmado. La Secretaria, firmado.”
Y para que así conste, expido la presente de orden
y con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente, en
Arrecife a uno de diciembre de dos mil diez.

Animo!!!

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