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lunes, 14 de junio de 2010

CONVOCATORIA DE LISTA DE RESERVA DE MONITOR DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA VILLA DE LA LA VICTORIA DE ACENTEJO

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy, se ha publicado (páginas 14873 y siguientes):

Mediante Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo, de fecha 24 de mayo de 2010, se aprobaron las bases que han de regir en la convocatoria para la configuración de una Lista de Reserva de Monitor de Ocio y Tiempo libre en régimen de laboral temporal que a continuación se reproduce textualmente.
Bases que rigen la convocatoria para la configuración de una lista de reserva de Auxiliares de Ayuda a Domicilio mediante el sistema de concurso-oposición, en régimen laboral temporal.
Bases generales.
Primera.- Objeto de la convocatoria.- El objeto de esta convocatoria es la configuración, mediante un procedimiento de concurso-oposición de una lista de reserva de Monitor de Ocio y Tiempo libre en régimen laboral temporal.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes: los interesados habrán de reunir los requisitos de la presente convocatoria el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la contratación:
a.- Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También serán admitidas aquellas personas a que hace referencia el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de veintiún años. Todos los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán tener un conocimiento adecuado del castellano, pudiéndoseles exigir, en su caso, la superación de pruebas con tal finalidad.
Los extranjeros extracomunitarios con residencia legal en España, conforme a las disposiciones legales vigentes.
b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente homologación.
f) Haber abonado los derechos de examen.

Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias solicitando tomar parte en la Convocatoria y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de su nombramiento.
Tercera.- Instancias, lugar y plazo de presentación:
quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en las instancias que les sean facilitadas en el Ayuntamiento, y presentarlas en el Registro General de la Corporación, o en cualquiera de los registros a los que se refiere la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, es decir desde mañana hasta el 24 de junio.
En el caso de presentar las proposiciones en cualquiera otro de los Registros a los que se refiere la Ley 30/1992, el interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente, la fecha de presentación, y comunicar el mismo día al Ayuntamiento por fax (922-580176), la remisión de la instancia.
Junto con la solicitud deberá acompañar los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada o fotocopia acompañada de su original para su compulsa de:
1º Los que posean la nacionalidad española, fotocopia compulsada del D.N.I.
2º La tarjeta de identidad en vigor de su país de origen o el pasaporte, y de la tarjeta de residente comunitario en vigor, o en su caso, informe sobre la exención de tarjeta de residente comunitario o certificado de residencia para los aspirantes incluidos en el Apartado a) 2) de la Base Segunda.
3º El pasaporte, permiso de residencia y la tarjeta de familiar de residente comunitario, los aspirantes a los que hace referencia el Apartado a) 3) y a) 4) de la Base Segunda.
B) Copia auténtica o fotocopia compulsada del título académico exigido o del certificado acreditativo del mismo, o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido habrá de acompañarse certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se aportará fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.
C) Copia auténtica o fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos que se aleguen y que sean objeto de valoración, conforme a lo dispuesto en la Base Sexta de la presente convocatoria.
La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. La exclusión en la lista de admitidos no da el derecho a la devolución de las cantidades depositadas, considerando como causa de exclusión en el procedimiento, el no abono del importe correspondiente tasa, según la categoría convocada.
Acreditación de los méritos: el sistema de acreditación de los méritos alegados será el siguiente:
a) Acreditación de la experiencia profesional en administraciones públicas: certificado de los servicios prestados emitido por el órgano competente en materia de personal de la Administración donde se hubiesen prestado indicándose la naturaleza jurídica de la relación, el tiempo exacto de la duración, tipo de funciones y tareas desempeñadas.
b) Acreditación de la experiencia en empresa pública/ privada: certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el período de alta y grupo de cotización, acompañado de copia compulsada del contrato de trabajo, certificación de la empresa acreditativa de las funciones desempeñadas (en el caso de tratarse de una categoría de la misma familia profesional que la plaza convocada, pero que no coincide exactamente con la denominación o el grupo de cotización correspondiente al de la plaza objeto de la convocatoria) y, en su caso, certificación de la naturaleza pública de dicha empresa.
c) Acreditación de la formación específica: se presentará fotocopia compulsada, o acompañada del original para su compulsa, de diploma o documento acreditativo de la realización del curso respectivo.
Respecto a los certificados que no especifiquen el número de horas, si sólo figura su duración en días, equivaldrá a 4 horas por día. Si figura en créditos universitarios, la equivalencia será de 10 horas por crédito.
(...)
El sistema selectivo de los aspirantes será el de concurso- oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de treinta y tres puntos (33 puntos) Será valorada con un máximo de veinte puntos (20 puntos) la fase de oposición y con un máximo de trece puntos (13 puntos) la fase de concurso.
A.- Fase de oposición. Constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio.
Primero ejercicio: consistirá en contestar, en el plazo máximo de 45 minutos, un cuestionario de 20 preguntas tipo test elaborado en relación con el temario anexo. Se evaluará entre cero y diez puntos, puntuando en 0,5 puntos cada respuesta correcta. Las preguntas contestadas incorrectamente no serán puntuadas, siendo necesario obtener una puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio.
Segundo ejercicio: de naturaleza práctica. Se evaluará entre cero y diez puntos siendo necesario obtener un mínimo de cinco punto para considerarlo superado.
Consistirá en la realización de un supuesto práctico en relación a los cometidos a desempeñar según el puesto a cubrir.
Los dos ejercicios serán eliminatorios, (..). Podéis ver la fase concurso en el enlace de arriba para el tema de los puntos..

Anexo-temario.
Tema 1.- Organización municipal. Competencias municipales.
Tema 2.- Órganos de Gobierno Municipales: enumeración y competencias.
Tema 3.- Procedimiento Administrativo: iniciación y ordenación.
Tema 4.- Técnicas de dinámicas de grupos.
Tema 5.- El ocio y la educación.
Tema 6.- La figura del monitor.
Tema 7.- Creatividad.
Tema 8.- Expresión y comunicación.
Tema 9.- Motivación.
Tema 10.- La planificación de actividades de tiempo libre. Planes, programas y proyectos en educación
de tiempo libre.

Animo!!!

1 comentario:

  1. hola buenas estoy intentando buscar el temario para estas oposición pero no encuentro todos los temas

    alguien me podria ayudar gracias de ante mano

    mi correo es racu21@hotmail.com espero respuestas o correo

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