http://rrabogadoslaspalmas.com/

miércoles, 30 de junio de 2010

CONVOCATORIA DE TECNICOS DE PREVENCION PARA EL GOBIERNO DE CANARIAS

En el Boletín Oficial de Canarias de ayer se ha publicado:

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 137/2008, de 17 de junio (BOC nº 127, de 26.6.08), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008, así como en ejecución de Ofertas de Empleo Público anteriores, procede convocar las correspondientes pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Facultativo de Técnicos Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Técnicos de Prevención, que se llevarán a cabo mediante el sistema oposición para el turno libre y el sistema de concurso-oposición para el turno de promoción interna, de acuerdo a lo establecido en el artículo 73.2 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

BASES DE CELADOR PARA EL SERVICIO CANARIO DE SALUD

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy se ha publicado:


Existiendo plazas básicas vacantes de Celador adscritas a las Direcciones Gerencias de Hospitales y a las Gerencias de Atención Primaria y de Servicios Sanitarios del Servicio Canario de la Salud, que es preciso cubrir en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para el año 2007 (BOC nº 114, de 8.6.07).

martes, 29 de junio de 2010

Reflexiones sobre la instrucción y la formación: Controladores 2010

Buenas, con ayuda anonima esta vez os traigo estas reflexiones que ha escrito J.M.M.C. en http://www.aviaciondigital.com/ y que dice asi:
"Me van a permitir que haga una breve introducción. He trabajado casi cuarenta años para la NASA (National Aeronautics and Space Administration). Cuando la NASA recibió la tarea nada fácil de poner al ser humano sobre la Luna y traerle sano y salvo, uno de los retos que tenia que solucionar era el "entrenamiento", tanto de los candidatos a astronautas como del personal encargado de la operación y mantenimiento de los equipos requeridos para llevar a cabo con éxito tal proyecto. Yo voy a hablar solamente del centro de entrenamiento ubicado en Goddard Meryland, llamado NTTF (Network Test and Training Facility). Todas las personas que trabajábamos en la red de seguimiento MSFN (Manned Space Flight Network), bien las terrestres, aéreas (ARIA) o marítimas (Vanguard), teníamos que pasar obligatoriamente por este centro antes de que se nos permitiera tocar un simple botón o tratar de hacer una reparación o modificación en cualquier equipo.

MODIFICACION DE BASES DE 2 PLAZAS DE POLICIA LOCAL PARA TAZACORTE

En el Boletin Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en la pagina 16238:
Corregir la base tercera apartado segundo de la convocatoria en el sentido de recoger lo que se establece en el artículo 4.1 del Decreto 178/2006, de 5 de diciembre por el que se establece “las convocatorias de acceso, promoción y movilidad, así como sus respectivas bases, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente, debiendo recogerse asimismo un extracto de dicha publicación en el Boletín Oficial del Estado.

lunes, 28 de junio de 2010

CONVOCATORIA 2010 DE 144 PLAZAS DE CONTROLADOR AEREO

Buenas, en la página web de SENASA se ha publicado lo que va a ser la nueva convocatoria para controlador aéreo:
Las bases del proceso de selección lo tenéis aquí.

OFERTA EMPLEO PUBLICO 2010 PARA FIRGAS

En el Boletín Oficial de Las Palmas del viernes se ha publicado en la página 13748 la oferta de empleo público para el 2010 de Firgas:

domingo, 27 de junio de 2010

Cerca de 6.000 profesores luchan por una de las 700 vacantes para ejercer la docencia

Es la noticia que ha publicado Canarias 7 y que os traigo:

"Nervios, incertidumbre y esperanza. Así se puede resumir el ambiente que ayer existía en el Paseo Tomás Morales, de Las Palmas de Gran Canaria, desde primera hora de la mañana. Miles de profesores acudieron a la oferta de empleo público con la intención de lograr una plaza en el cuerpo docente de la Comunidad Autónoma.

viernes, 25 de junio de 2010

NOTICIAS DE VARIAS CONVOCATORIAS DEL CABILDO DE GRAN CANARIA

En la pagina web del Cabildo de Gran Canaria ha publicado:

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife pacta con los sindicatos la Oferta de Empleo Público 2010

Es lo que ha publicado Canarias 7 y que os traigo:

El concejal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Ángel Llanos, ha acordado con los representantes sindicales presentes en la Mesa General de Negociación la Oferta de Empleo Público de 2010 para la capital tinerfeña.

Yo quiero una de las 693 plazas de Educación

Es lo que ha publicado hoy, La Opinion de Tenerife y que os traigo, escrito por Maria Plasencia:

Un total de 5.975 opositores intentarán a partir de hoy obtener una de las 693 plazas que la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias ha sacado este año a concurso público. Así lo indicaron desde la Administración educativa, que ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) una resolución de la Dirección General de Personal por la que se publican las listas definitivas de aspirantes admitidos distribuidos por tribunales.

LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS 2 PLAZAS DE POLICIA LOCAL PARA LA VILLA DE GARAFIA

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 16026 y siguientes:

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL 2010 DEL PUERTO DE LA CRUZ

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de ayer se ha publicado en las páginas 15892-15893:

jueves, 24 de junio de 2010

miércoles, 23 de junio de 2010

"Nos cortan la cabeza a los funcionarios, que es lo fácil"

Otro reportaje que han publicado en El Pais y que os traigo:

"Colectivo: Funcionarios. ¿Cuántos son? 2,8 millones de trabajadores. Horquilla de sueldos: El grueso percibe entre 1.200 y 3.000 euros al mes. Efectos de la crisis: El Gobierno les va a reducir el sueldo entre el 2% y el 15% (en el caso de los altos cargos) lo que supone entre 36 y 800 euros al mes. Con la medida se pretende ahorrar unos 4.400 millones de euros al año. Grupo del encuentro: Tres auxiliares administrativas, una administrativa y una funcionaria del cuerpo de Gestión del Ministerio de Justicia: Maribel Hernández, Loli Sandoval, Eva Salgueiro, Alicia Cano y Almudena Cejalvo. ¿Cuándo? Miércoles 19 de mayo, 10.30, Madrid.

"Tras dos años estudiando de pronto te quedas sin oposición y con un bajón..."

Es lo que ha publicado El Pais, sobre el colectivo de "opositores" que perteneceis todos vosotras y vosotros y que os traigo:

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL 201O DE PAJARA

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 13564-13566:

LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS, FECHA DE EXAMEN DE UNA PLAZA DE SECRETARIO PARA AGAETE

En el Boletín de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 13549-13551:

"Expirado el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo para la provisión, en régimen de interinidad y mediante concurso-oposición, de una plaza vacante en este Ayuntamiento reservada a funcionarios de habilitación de carácter nacional, correspondiente a la Subescala Secretaría, categoría de entrada, Clase 2ª, puesto de Secretario, por la Alcaldía y en fecha 15 de junio de 2010, se dictó Resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:
“PRIMERO. Aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al referido proceso selectivo con indicación de las causas que motivaron la exclusión: ANEXOS I y II.
SEGUNDO. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de las listas provisionales en elBoletínOficial de la Provincia de Las Palmas, para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.
En el supuesto de que los aspirantes excluidos no presentasen la subsanación correspondiente dentro del indicado plazo, se les tendrá por desistido de su petición y quedarán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
De no presentarse reclamación contra la lista provisional de admitidos y excluidos, ésta quedará elevada a definitiva. De presentarse alguna reclamación será resuelta en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos que se hará pública en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página de esta Administración www.aytoagaete.es
TERCERO. Designar a los miembros del Tribunal que ha de calificar el proceso selectivo. ANEXO III.
CUARTO: Señalar que el comienzo del proceso selectivo tendrá lugar, con el primer ejercicio de la fase de oposición, el día 19 de julio de 2010, a las 09:30 horas en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial calle Antonio de Armas, número 1 Agaete. Los aspirantes deberán presentarse provistos del original del DNI en vigor.
El orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “J”.
QUINTO: Dar publicidad, para general conocimiento, de la presente Resolución en el BOP de las Palmas, en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página de esta Administración www.aytoagaete.es”
ANEXO I
Relación de aspirantes admitidos.

CABRERA GÁMEZ SANDRAMARÍA 42.855.190A
FAJARDO LÓPEZ NICOLÁS 45.532.027P
GARCÍA JIMÉNEZ GUAYARMINA 78.477.836L
GONZÁLEZ HERNÁNDEZ GLORIA 54.079.242D
REYES GARCÍA LUIS FERNANDO 78.522.821Q
RIBERA FERNÁNDEZ MARÍA JOSÉ 43.668.925K
RODRÍGUEZ ARTILES LUIS 42.873.272F
RODRÍGUEZ SANTIAGO JULIO 42.867.442L
SAAVEDRA PITA CRISTINA 42.875.961M
ANEXO II
Relación de aspirantes excluidos:
LERA GONZÁLEZ MARÍA 11.961.996H a)
SÁNCHEZ MÉNDEZ CLOTILDE JESÚS 42.844.790E a),b)
* Causas de Exclusión:
a) No aportar justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen de acuerdo con lo dispuesto en la Base 3ª párrafo 2º.
b) No acompañar a la instancia el Curriculum vitae de acuerdo con lo dispuesto en la Base 3ª párrafo 3º.”
Animo!!!

martes, 22 de junio de 2010

NOTICIAS DE VARIAS CONVOCATORIAS DEL CABILDO DE GRAN CANARIA

Animo!!!

CONVOCATORIA PARA ARRECIFE DE TRABAJADORES SOCIALES (LISTA DE RESERVA)

En el Boletín Oficial de Las Palmas de ayer se ha publicado (páginas 13387 y siguientes):

BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO DE TRABAJADORES SOCIALES, EN

RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL, CON CARÁCTER TEMPORAL.

1ª. Naturaleza y características del puesto de trabajo convocado.

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de empleo con objeto de cubrir las posibles vacantes, interinidades, sustituciones y demás situaciones temporales, mediante contratos de obras o servicio determinado; contratos de interinidad o contrato eventual por acumulación de tareas, que surjan o puedan surgir durante el plazo de vigencia.

Las retribuciones serán las correspondientes del Grupo Profesional II.

2ª. Vigencia de la Bolsa de Empleo. La Bolsa constituida tendrá validez de cuatro años, a partir de la fecha de la firma del presente decreto de Alcaldía, salvo acuerdo expreso de prórroga anterior a su finalización o por la celebración de un nuevo proceso selectivo derivado de una oferta de empleo público que generara nueva bolsa, o hasta que se agote su utilidad o se extinga, lo que dará lugar a la presentación de una nueva solicitud.

Asimismo, se hace constar que con la mencionada Bolsa, se deja sin efecto la lista de reserva, de fecha dieciséis de julio de dosmil ocho, para la contratación laboral, con carácter temporal de Trabajador Social.

La categoría profesional que se puede solicitar en  presente convocatoria es la de Trabajador Social.

3ª. Régimen jurídico de la contratación.

Al contrato de trabajo temporal que haya de celebrarse con los trabajadores seleccionados y a las situaciones jurídicas originadas por los mismos, les serán de aplicación el R.D. Legislativo 1/1995, artículo 15 y la Ley 12/2001, de 9 de julio, así como la legislación sobre Función Pública e Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública y el vigente Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento de Arrecife, para ambos supuestos.

4ª. Dependencia a la cual deben dirigirse las instancias.

Los interesados presentarán las instancias, ajustadas almodelo que se inserta comoAnexo I de las presentes Bases, dirigidas al Sr.Alcalde-Presidente en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, durante los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, es decir se tiene desde hoy hasta el dia  6 de julio.

Asimismo, lamencionada convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife y en la página web de la Corporación (http://www.arrecife.es/).

La lista de admitidos y excluidos, así como la resolución de los resultados del ejercicio y la lista definitiva serán expuestas en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife.

5 ª. Lista de admitidos y excluidos

Dentro de los diez días siguientes al de finalización de la presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de edictos resolución de laAlcaldía-Presidencia o de la Concejalía Delegada en la que se expondrá la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Se concederá un plazo de cinco días hábiles a efectos de presentación de reclamaciones y/o subsanación
de deficiencias por quienes ostenten la consideración de interesados, a los efectos del artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como para que aquellos que resulten excluidos por vicios subsanables presenten la documentación necesaria para la subsanación de sus defectos.

En el caso de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe las listas definitivas, que se harán públicas, asimismo, en la forma indicada. En caso de no presentarse reclamación alguna las listas provisionales devendrán automáticamente en definitivas, sin necesidad de nueva publicación.

6ª. Condiciones de los aspirantes. Podrán tomar parte en las pruebas selectivas los aspirantes que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser español o poseer la nacionalidad de cualquier paísmiembro de laUnión Europea.Asimismo, podrán participar en las pruebas selectivas convocadas el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Por último podrán hacerlo los extranjeros con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión, del título de Trabajador/a Social. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

7ª. Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán de la forma siguiente, debiéndose presentar los mismos junto con la instancia y el anexo II:

a) y b): Fotocopia del documento Nacional de Identidad. Residencia en caso de extranjeros.

c): Fotocopia compulsada del título exigido o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

d) y e): Declaración responsable (Anexo II).

8ª. Pruebas selectivas: El sistema selectivo será el de OPOSICIÓN:

El proceso selectivo constará de dos pruebas:

Primera Prueba. De naturaleza teórica.

Éste ejercicio se evaluará entre 0 a 10 puntos y será liminatorio, necesitando obtener unmínimo de 5 puntos, para pasar a la segunda prueba.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el período máximo de dos horas, dos temas, elegidos al azar, del temario que a continuación se relaciona, en presencia de los opositores, antes del comienzo del ejercicio.

TEMA 1. El acto administrativo: concepto, clases y elementos.Motivación y notificación.Eficacia y validez de los actos administrativos.
TEMA2. El Trabajo Social: conceptos, principios, objetivos y funciones. Funciones del Trabajador Social.
TEMA 3. Fundamentos éticos del Trabajo Social. El secreto profesional.
TEMA 4. Metodología del Trabajo Social.
TEMA 5.Modelos teóricosmás usados en el Trabajo Social. Modelo Sistémico y Trabajo Social.
TEMA 6. Estudio e Investigación. Técnicas de Investigación: observación, muestreos, encuestas.Tipos de encuestas. Variables.
TEMA 7. Diagnóstico, Planificación, Ejecución y Evaluación en el Trabajo Social.
TEMA 8. Trabajo Social individualizado. Trabajo Social Familiar. Trabajo Social de grupo.
TEMA 9.Trabajo Social de Comunidad.Organización y animación comunitaria.
TEMA10.Técnicas deTrabajo Social.Documentación Básica del Trabajo Social.
TEMA 11. Técnicas de Trabajo en grupo. La entrevista en Trabajo Social.
TEMA 12. La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de Canarias. Objeto, alcance, usuarios y áreas de actuación.
TEMA13. La Ley de Promoción de la Autonomía personal y Atención de las personas en situación de dependencia, Ley 39/2006 y Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo devaloración de la situación de dependencia.
TEMA 14. La Ley 1/2007, de 17 de enero, de Prestación Canaria de Inserción y Decreto 136/2007,de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, que regula la Prestación Canaria de Inserción.
TEMA 15. El Servicio de Ayuda a Domicilio.Segunda Prueba.Resolución de un supuesto práctico, a determinar por el Tribunal, relacionado con el programa propuesto.

Éste ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y será Eliminatorio, necesitando obtener unmínimo de 5 puntos.

10ª. Sistema de calificación.

Los ejercicios primero y segundo de la oposición se calificarán cada uno de ellos con un máximo de 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 para aprobar.
La calificación final vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. En los ejercicios deberá garantizarse, siempre que Sea posible, el anonimato de los aspirantes.

11ª. Devengo de asistencias.

El Tribunal devengará asistencias por su participación en estas pruebas selectivas, clasificándose a estos
efectos en la categoría segunda.

12ª. Las pruebas se llevarán a cabo:

• Primer ejercicio: El día 9 de Agosto de 2.010 a

las 09:30 horas, en la Casa Consistorial.

• Segundo ejercicio: El día 12 de Agosto de 2.010

a las 09:30 horas, en la Casa Consistorial.

Animo!!!

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL 2010 DE MOGÁN

En el Boletin Oficial de Canarias de hoy se ha publicado:

OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO AÑO 2010

PERSONAL FUNCIONARIO

1.- Escala de Administración General.

1.1.- Subescala Técnica.

Denominación: Técnico Superior de Administración

General.

Número de vacantes: 3.

Grupo: A (Subgrupo A1).

Nivel de Complemento de Destino: 30.

2.- Escala de Administración Especial.

2.1.- Subescala Técnica.

Denominación: Aparejador.

Número de vacantes: 1.

Grupo: A (Subgrupo A2).

Nivel de Complemento de Destino: 26.

2.2.- Subescala Técnica.

Denominación: Ingeniero Técnico Industrial.

Número de vacantes: 1.

Grupo: A (Subgrupo A2).

Nivel de Complemento de Destino: 26.

3.- Subescala de Servicios Especiales, Cuerpo de

Policía Local, Escala Ejecutiva.

Denominación: Subinspector.

Número de vacantes: 1.

Grupo: A (Subgrupo A2).

Nivel de Complemento de Destino: 26.

Situación: en trámite de ejecución.

PERSONAL LABORAL FIJO

1.- Delineante.

Denominación: Delineante.

Categoría Profesional: Delineante.

Número de vacantes: 1.

Grupo: C.

2.- Encargado de Taller.

Denominación: Encargado de Taller.

Categoría Profesional: Encargado de Taller.

Número de vacantes: 1.

Grupo: C.

3.- Oficial de Mantenimiento.

Denominación: Oficial de Mantenimiento.

Categoría Profesional: Oficial de Mantenimiento.

Número de vacantes: 1.

Grupo: D.

4.- Oficial 1ª Albañil.

Denominación: Oficial de 1ª Albañil.

Categoría Profesional: Oficial de 1ª Albañil.

Número de vacantes: 1.

Grupo: D.

5.- Oficial 1ª Mantenimiento.

Denominación: Oficial de 1ª Mantenimiento.

Categoría Profesional: Oficial de 1ª Mantenimiento.

Número de vacantes: 1.

Grupo: D.

6.- Auxiliar Administrativo.

Denominación: Aux. Admvo.

Categoría Profesional: Aux. Admvo.

Número de vacantes: 1.

Grupo: D.

7.- Limpiadora.

Denominación: Limpiadora.

Categoría Profesional: Limpiadora.

Número de vacantes: 4.

Grupo: E.

8.- Limpiadora.

Denominación: Limpiadora T.P.

Categoría Profesional: Limpiadora T.P.

Número de vacantes: 7.

Grupo: E.

9.- Oficial de 2ª Mantenimiento.

Denominación: Oficial 2ª Mantenimiento.

Categoría Profesional: Oficial 2ª Mantenimiento.

Número de vacantes: 1.

Grupo: E.

10.- Peón.

Denominación: Peón.

Categoría Profesional: Peón.

Número de vacantes: 3.

Grupo: E.

11.- Peón Lacero.

Denominación: Peón Lacero.

Categoría Profesional: Peón Lacero.

Número de vacantes: 1.

Grupo: E.

Boletín Oficial de Canarias núm. 121 16221 Martes 22 de junio de 2010

boc-a-2010-121-3570

PLAN DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL:

PERSONAL LABORAL INDEFINIDO-PERSONAL

LABORAL FIJO.

1.- Psicóloga.

Denominación: Psicólogo.

Categoría Profesional: Psicólogo.

Número de vacantes: 1.

Grupo: A.

Situación: en trámite de ejecución.

2.- Arquitecto.

Denominación: Arquitecto.

Categoría Profesional: Arquitecto.

Número de vacantes: 1.

Grupo: A.

3.- Ingeniero Superior Industrial.

Denominación: Ingeniero Superior Industrial.

Categoría Profesional: Ingeniero Superior Industrial.

Número de vacantes: 1.

Grupo: A.

4.- ADL (Economista).

Denominación: ADL (Economista).

Categoría Profesional: ADL (Economista).

Número de vacantes: 1.

Grupo: A.

5.- ADL (Lcdo. Empresariales).

Denominación: ADL (Lcdo. Empresariales).

Categoría Profesional: ADL(Lcdo. Empresariales).

Número de vacantes: 1.

Grupo: A.

6.- ADL (Graduado Social).

Denominación: ADL (Graduado Social).

Categoría Profesional: ADL (Graduado Social).

Número de vacantes: 2.

Grupo: B.

7.- Trabajador/a Social.

Denominación: Trabajador Social.

Categoría Profesional: Trabajador Social.

Número de vacantes: 4.

Grupo: B.

Situación: en trámite de ejecución.

8.- Aparejador/a.

Denominación: Aparejador.

Categoría Profesional: Aparejador.

Número de vacantes: 1.

Grupo: B.

9.- ADL (Diplomado/a).

Denominación: ADL (Diplomado/a).

Categoría Profesional: ADL (Diplomado/a).

Número de vacantes: 3.

Grupo: B.

10.- Educador/a.

Denominación: Educadora.

Categoría Profesional: Educadora.

Número de vacantes: 2.

Grupo: C.

11.- Monitora de Educación.

Denominación: Monitora de Educación.

Categoría Profesional: Monitora de Educación.

Número de vacantes: 1.

Grupo: D.

12.- Auxiliar Administrativo.

Denominación: Auxiliar Administrativo.

Categoría Profesional: Auxiliar Administrativo.

Número de vacantes 2.

Grupo: D.

13.- Puericultora.

Denominación: Puericultora.

Categoría Profesional: Puericultora.

Número de vacantes: 3.

Grupo: D.

14.- Oficial de Mantenimiento.

Denominación: Oficial de Mantenimiento.

Categoría Profesional: Oficial de Mantenimiento.

Número de vacantes: 2.

Grupo: D.

15.- Auxiliar de Información.

Denominación: Auxiliar de Información.

Categoría Profesional: Auxiliar de Información.

Número de vacantes: 1.

Grupo: D.
 
Animo!!!

CONVOCATORIA DE AYUDANTE TECNICOS SANITARIOS PARA INSTITUCIONES PENINTENCIARIAS

En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 1 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007. de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado 27 de noviembre), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 21 de junio.

Bases específicas

1. Descripción de las plazas.

Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias, Código 0911, por el sistema general de acceso libre.

2. Proceso Selectivo.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la realización de este período de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.

3. Programa.

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación.

Los aspirantes, deberán estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Enfermería. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en Internet en la página web del Ministerio de la Presidencia (www.mpr.es) o en el portal del ciudadano (www.060.es).

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La solicitud se dirigirá a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante, es decir desde mañana hasta el 12 de julio.

La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos», a través de la dirección de Internet (www.mpr.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es).

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (C/ Alcalá 38-Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpo o escalas de la Administración General del Estado.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio del Interior, en la Subdirección General de Recursos Humanos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, nº 38-40, planta segunda, 28014 Madrid, teléfono (91) 3354812, dirección de correo electrónico SGPIP-SSC@dgip.mir.es.

7. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría Estado para la Administración Pública de 26 de enero de 2010 (Boletín Oficial del Estado de 5 de febrero).

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro del Interior, en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 9 de junio de 2010.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Director General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias, Antonio Puig Renau.

ANEXO I

Descripción del Proceso Selectivo

El proceso selectivo constará de:

A) Oposición.

B) Período de Prácticas.

A) Oposición

La oposición constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario objetivo de 100 preguntas que versará sobre el contenido completo del programa que se contiene en el Anexo II. La duración máxima de este ejercicio será de ochenta minutos.

Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo.

Segundo ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito, tres temas sacados a la suerte correspondientes uno de ellos a la primera parte del programa que se contiene en el Anexo II y los dos restantes a la segunda parte de dicho programa, disponiendo para su realización de un tiempo máximo de tres horas.

Concluida la prueba o llegada su finalización, los opositores firmarán el ejercicio realizado y lo introducirán en sobres que serán cerrados y firmados por los interesados y por un miembro del Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal en la fecha que éste señale, pudiendo éste debatir con el aspirante el contenido del ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos.

Cuando a juicio del Tribunal sea notorio o evidente la insuficiencia o falta de adecuación a los temas preguntados, éste podrá invitar al opositor a que dé por finalizada la lectura de los mismos.

Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para superarlo, y no ser calificado con cero puntos alguno de ellos.

Tercer ejercicio:

De carácter práctico. Consistirá en resolver durante un tiempo máximo de noventa minutos tres supuestos prácticos de los cuatro propuestos por el Tribunal, sobre las competencias atribuidas al Ayudante Técnico Sanitario de Instituciones Penitenciarias.

Concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y en la fecha que se señale ante el Tribunal, pudiendo éste debatir con el aspirante el contenido del ejercicio, durante un tiempo máximo de quince minutos.

Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio.

2. La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

3. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

Si aplicados estos tres criterios, continuara el empate, el Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

B) Período de Prácticas

El período de prácticas constará de las dos fases siguientes:

1.ª Fase: Formativa: Consistirá en un curso formativo sobre las materias propias de las funciones asignadas a los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias. Será calificada de «Apto» o «No apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder pasar a la fase de prácticas en los Centros Penitenciarios.

La asistencia a las sesiones programadas será obligatoria, y para obtener la calificación de «Apto», será requisito imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80 por 100 de las jornadas lectivas de que consta esta primera fase, con independencia de las causas que impidan completar este porcentaje.

2.ª Fase: Realización de prácticas en los distintos Centros Penitenciarios.

El Período de Prácticas, que tendrá una duración inferior a seis meses, se regulará por Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias que concretara la duración de cada una de las fases. En dicha Resolución se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación, el programa y las materias objeto de evaluación, así como los Centros Penitenciarios en los que los aspirantes realizarán las prácticas.

Esta segunda fase del período de prácticas será calificada de «Apto» o «No apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superarla. y para superar el período de prácticas completo.

Una vez superada la segunda fase, los aspirantes permanecerán en los Centros Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias hasta la publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el Boletín Oficial del Estado.

Los Centros Penitenciarios elevarán propuesta de calificación a la autoridad convocante para su aprobación.

ANEXO II

Programa

Primera Parte

Apartado a) Derecho Constitucional y Función Pública

1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura y reforma. Los principios constitucionales, los Derechos Fundamentales y las Libertades Públicas en España.

2. La Corona, atribuciones según la Constitución Española. Las Cortes Generales: Composición y funciones. El Gobierno y la Constitución Española.

3. Órganos constitucionales. El Defensor del pueblo: Nombramiento y status. Competencias de esta institución. El Poder Judicial: Actuaciones Judiciales. El Consejo General del Poder Judicial.

4. La Administración pública: Principios constitucionales informadores. La Administración del Estado: Órganos Centrales. Órganos Territoriales. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias: organización y competencias. El Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: Estructura y competencias.

5. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.

6. Políticas públicas. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente.

Apartado b) Derecho penitenciario

7. La regulación supranacional en materia penitenciaria: Convenios, Tratados, Pactos. Declaraciones y Recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa.

8. La pena. Concepto y fines. Clases de penas y efectos. Especial referencia a las Penas privativas de libertad. Las medidas de seguridad.

9. El Derecho Penitenciario: Concepto, contenido y fuentes. La normativa penitenciaria vigente. Las líneas generales de la ejecución de las penas en nuestro ordenamiento fijadas por el artículo 25.2 de la Constitución.

10. La Relación Jurídico-Penitenciaria: Naturaleza y fundamento. Derechos de los internos: Clases y límites, sistema de protección y régimen de garantías. Deberes de los internos.

11. Prestaciones de la Administración Penitenciaria: Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. La Asistencia religiosa. La Acción Social Penitenciaria.

12. El Régimen Penitenciario: Concepto y principios inspiradores. Normas generales en la organización de un Centro Penitenciario: El ingreso. Las relaciones con el exterior, comunicaciones y visitas. La participación de los internos en la actividad. La información, quejas y recursos.

13. El Régimen en los Establecimientos Penitenciarios: Régimen de Preventivos. Régimen Ordinario. Régimen Cerrado. Régimen Abierto. Unidades Psiquiátricas Penitenciarias.

14. Libertad y excarcelación de los internos. La Libertad Condicional. Beneficios Penitenciarios.

15. El Régimen Disciplinario: Principios generales y ámbito de aplicación. Clasificación de las faltas y sanciones. Procedimiento sancionador. Prescripción y cancelación. Las recompensas.

16. El Tratamiento Penitenciario: Concepto, fines y principios inspiradores. La observación del interno. La clasificación en grados. Los permisos de salida.

17. El control de la actividad penitenciaria por el Juez de Vigilancia: Normativa vigente. Funciones. El Ministerio Fiscal.

18. El modelo organizativo penitenciario: Estructura y Régimen jurídico. Órganos Colegiados y Unipersonales. El Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias: funciones.

Segunda Parte

1. Conceptos de salud y enfermedad. Salud Pública. Los objetivos Europeos de Salud. Concepto de atención primaria de salud. El equipo de atención primaria. Influencia sociocultural en los cuidados de salud. La consulta de enfermería: a demanda, programada y de seguimiento.

2. Metodología en enfermería. Modelos de enfermería. El proceso de atención de enfermería. Diagnósticos de enfermería.

3. Programas de salud en atención primaria. Repercusión social y sanitaria. Factores de riesgo. Problemas de salud más frecuentes en el medio penitenciario.

4. Epidemiología. Concepto y fines. Indicadores de morbi-mortalidad. Vigilancia epidemiológica. Red Nacional de Vigilancia epidemiológica. Circuitos de modificación de vigilancia epidemiológica.

5. Garantía y mejora de la calidad en la asistencia sanitaria en atención primaria. Sistemas de evaluación. Calidad de los cuidados enfermeros.

6. Documentación y sistemas de información. Diagnósticos de salud. Indicadores de actividad.

7. Registros de actividad de enfermería. Guías de uso y manejo de los registros de enfermería e historia clínica. El consentimiento informado. Responsabilidad civil derivada.

8. Saneamiento medioambiental. Factores ambientales que pueden influir sobre la salud: aguas, residuos sólidos, actividades insalubres. Medidas de prevención y seguimiento.

9. Métodos de limpieza rutinaria de suelos y fómites. Técnicas de desinsectación y desratización. Desinfección. Esterilización. Conceptos generales. Medios, métodos y técnicas a emplear. Lavado de manos. Sistemas de control y seguimiento.

10. Nutrición: Necesidades nutricionales. Evaluación del estado nutricional. Recomendaciones dietéticas en determinadas patologías crónicas.

11. Higiene alimentaria. Control y manipulación de los alimentos. Toxiinfecciones alimentarias. Epidemiología. Medidas de prevención y control.

12. Técnicas de obtención, manipulación y transporte de muestras biológicas para su estudio. Precauciones para el manejo de fluidos corporales. Criterios de calidad de la seguridad biológica.

13. Técnicas de enfermería: sondajes nasogástrico y vesical. Complicaciones más frecuentes. Tipos de sondas. Educación sanitaria.

14. Implantación de catéteres intravasculares. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones más frecuentes: flebitis, extravasaciones. Actuación de enfermería

15. Los medicamentos: Clasificación, almacenamiento y conservación. Administración de medicamentos. Vías de administración. Interacciones medicamentosas. Errores de administración. Técnicas de adherencia a tratamientos crónicos y/o de larga duración.

16. Inmunización activa y pasiva. Indicaciones y contraindicaciones. Técnicas de aplicación. Calendario vacunal. Profilaxis del tétanos.

17. Hipertensión arterial. Factores de riesgo cardiovascular. Prioridad en la prevención. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Educación para la salud.

18. Enfermedades respiratorias crónicas. Factores de riesgo. Atención de enfermería. Medidas higiénico-dietéticas, medidas para mejorar la capacidad pulmonar.

19. Obesidad. Factores de riesgo. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Complicaciones. Medidas preventivas. Educación dietética y ejercicio físico.

20. Epidemiología de las enfermedades transmisibles. Cadena epidemiológica. Medidas de prevención y control. Precauciones ante enfermedades infecciosas: universales, específicas, estrictas. Recomendaciones para la prevención y control de la infección en el personal sanitario.

21. Enfermedades de transmisión sexual. Epidemiología. Medidas de prevención y control.

22. Tuberculosis. Epidemiología. Control y seguimiento. Medidas de prevención. Test de la tuberculina. Recomendaciones específicas. Atención de enfermería.

23. Hepatitis víricas. Epidemiología. Medidas de prevención y control.

24. La infección por el virus de la Inmunodeficiencia Humana. Epidemiología. Medidas de prevención y control. Técnicas de asesoramiento o counselling.

25. Diabetes Mellitus. Atención de enfermería. Complicaciones. Insulinoterapia. Consejo dietético. Prevención y tratamiento del pie diabético.

26. Hiperlipemias. Complicaciones. Atención de enfermería. Consejo dietético.

27. Embarazo y puerperio. Control y seguimiento en atención primaria.

28. Planificación familiar. Interrupción voluntaria del embarazo. Diagnóstico precoz del cáncer ginecológico.

29. Programa del niño sano. Lactante, preescolar. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Educación para la salud.

30. Parada cardiorrespiratoria. Tratamiento de urgencia. Actuación de enfermería.

31. Coma. Tratamiento de urgencia. Actuación de enfermería.

32. Shock. Tratamiento de urgencia. Actuación de enfermería.

33. Heridas y autolesiones. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería ante las heridas de tórax y abdomen.

34. Fracturas, luxaciones, esguinces. Traumatismos: craneoencefálicos, oftalmológicos. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería.

35. Hemorragias. Etiología. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería en las hemorragias externas.

36- Quemaduras, lesiones producidas por electricidad. Etiología. Tratamiento de urgencias.

37. Drogodependencias. Consecuencias sociales y sanitarias derivadas del consumo de drogas. Programas de desintoxicación, deshabituación y reducción del daño en pacientes drogodependientes. Transtornos mentales y del comportamiento por consumo de substancias.

38. Intoxicaciones no alimentarias más frecuentes. Tratamiento de urgencias. Actuación de enfermería.

39. Cuidados paliativos. Principios básicos. El dolor: fisiología, evaluación y tratamiento. Cuidados del paciente encamado. Úlceras por presión. Actuación de enfermería. Ética de los cuidados enfermeros. Eutanasia.

40. Educación para la salud. Principios básicos. Educación individual, grupal. Grupos de iguales. Métodos de evaluación.

41. Salud Mental en atención primaria. Factores de riesgo. Prioridad en la prevención. Control y seguimiento de enfermería en atención primaria. Educación para la salud.

42. Trastornos adaptativos y de la personalidad. Tratamiento. Control y seguimiento de enfermería.

43. Trastornos del sueño. Tratamiento. Control y seguimiento.

44. Esquizofrenia y otros trastornos psicóticos. Tratamiento. Control y seguimiento.

45. Trastornos del estado de ánimo. Depresión. Tratamiento. Control y seguimiento.

46. Trastornos mentales orgánicos. Demencia: Alzheimer. Parkinson. Tratamiento. Cuidados de enfermería. Control y seguimiento.

47. Abordaje en situación de crisis con pacientes psiquiátricos. Actuación de enfermería. Suicidio. Intervención en crisis. Medidas de prevención y control.

ANEXO III

Tribunal Cuerpo Ayudantes Técnicos Sanitarios de II.PP.

Titular:

Presidenta: Isabel Avendaño Merín, Personal Estatutario de la Seguridad Social.

Vocales:

José Domingo Cosín Marquina. Cuerpo de A.T.S. de Instituciones Penitenciarias.

Agustín Carrera Francés. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.

Nuria de Argila Fernández-Durán. Enfermera de la Comunidad de Madrid.

Secretaria: Rosario Escobar Bernardos. Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Suplente:

Presidente: Elías Fernández Rodríguez. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.

Vocales:

Sara García Pastor. Cuerpo de ATS de Instituciones Penitenciarias.

Julián Calvo Rebollar. Cuerpo de ATS de Instituciones Penitenciarias.

Juan José Menéndez Rivera. Cuerpo de Subinspección Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Madrid. Escala de Enfermeros Subinspectores.

Secretaria: Concepción Cervilla Rodríguez. Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta que constan de tres ejemplares: Ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora. El ejemplar para la Administración, debidamente cumplimentado se dirigirá a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán «Interior».

En el recuadro relativo a centro gestor, se hará constar «Secretaría General de Instituciones Penitenciarias».

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el recuadro destinado a código, se hará constar 001.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L». Sistema general de acceso libre.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio del Interior».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 4 de esta convocatoria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 21,33 €.

Para los miembros de familias numerosas de categoría general, la tasa por derechos de examen será de 10,67 €.

Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de tasas por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el importe del ingreso se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/2458/10/0200006043, abierta en el BBVA. Oficina Institucional, título de cuenta «Tesoro Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
 
Animo!!!

CONVOCATORIA DEL CUERPO DE TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero (BOE de 3 de marzo), y Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo (BOE de 1 de abril), por los que se aprueban las ofertas de empleo público para los años 2009 y 2010, respectivamente, y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convocan procesos selectivos de acceso libre (código de cuerpo 020) y de acceso por promoción interna (código de cuerpo 002), para cubrir 2.074 plazas de las comprendidas en el anexo I, apartado Personal de la Administración de Justicia, del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 3 de marzo), y en el anexo III del Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril), en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a través de los sistemas de oposición para las plazas de acceso libre, y de concurso-oposición para las de acceso por promoción interna, con la siguiente distribución territorial, en el enlace podéis ver la distribución.

1.2.1 Del total de las plazas convocadas para el turno libre se reservarán 65 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas, no se acumularán a las de acceso general.

1.2.2 Del total de las plazas convocadas por promoción interna se reservarán 65 plazas con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general por promoción interna, según lo establecido en el artículo 490.2 de la Ley Orgánica 19/2003, de 19 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

1.3 En cualquiera de los sistemas de acceso, los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

No se podrá participar a la vez por el sistema general de acceso del turno libre y por el de promoción interna.

Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo para acceso libre tendrá lugar por el sistema de oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo 1.A.

El proceso selectivo para acceso por promoción interna tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especificarán en el anexo 1.B.1.

Los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en el que se valorarán los méritos que se especifican en el anexo 1.B.2.

2.2 El proceso selectivo, para ambos turnos de acceso, incluirá la superación de un periodo de prácticas de carácter selectivo. Para la realización de éste, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y en su caso de concurso, y cuyo número no podrá ser superior al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente del Ministerio de Justicia.

2.3 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso en su caso y en el curso selectivo.

2.4 En primer lugar se resolverá el turno de promoción interna y con posterioridad el turno libre.

2.5 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la fase de oposición; en segundo lugar la fase de concurso y en tercero el curso selectivo. De persistir el empate, primará la nota del segundo ejercicio de la fase de la oposición. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la «J».

3. Programas

El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en la Orden JUS/1295/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo). El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» a la fecha de la presente convocatoria, aún cuando no hubiese entrado en vigor.

4. Titulación y otros requisitos de participación

4.1 Para participar por el sistema de acceso libre en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las bases comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/CC/EE).

4.2 Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán además cumplir los requisitos siguientes:

a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Auxilio Judicial, antes Agentes de la Administración de Justicia.

b) Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, computados desde la toma de posesión, como funcionario de carrera en dicho Cuerpo.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790) [ejemplar autocopiativo en cuya parte superior figura «Ministerio de Justicia, solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»], que se facilitará en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo será facilitado gratuitamente en el Ministerio de Justicia, los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de la Presidencia, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. El modelo de instancia también podrá descargarse desde la página web (www.Mjusticia.es).

5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante, es decir desde mañana hasta el 12 de julio.

5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará alternativamente en:

a) El Registro General del Ministerio de Justicia, plaza Jacinto Benavente, n.º 3, 28071 Madrid.

b) En los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) A través del Registro Telemático en la Dirección de Internet: www.Mjusticia.es y de acuerdo con las instrucciones que en ella se indican.

La presentación de instancias por este último sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la Tasa de examen.

Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo), de bases comunes, estén exentos de este pago o tengan derecho a la reducción de tasas no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia-papel, acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados en los apartados a) o b) de esta misma base.

5.4 Tasa de derechos de examen.–El importe de la tasa por derechos de examen será de 7,11 € para el turno de promoción interna y de 14,23 € para el turno libre y se abonará según se indica en la base novena de las bases comunes.

Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base novena, punto 6, de las bases comunes que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica en el punto 4 de dicha base.

5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran al dorso de la misma y que se reproducen en el anexo III y además, con las instrucciones particulares siguientes:

5.5.1 En el recuadro relativo a «Provincia de examen», los aspirantes, harán constar la ciudad en la que desean realizar el primer ejercicio de la fase de oposición de entre las siguientes, conforme al ámbito territorial por el que se presentan:

Ámbito territorial

Localidad de examen

Andalucía.

Sevilla (41).

Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria (35).

Santa Cruz de Tenerife (38).

Cantabria.

Santander (39).

Cataluña.

Barcelona (08).

Madrid.

Madrid (28).

Navarra.

Pamplona (31).

País Vasco.

Vitoria (01).

Comunidad Valenciana.

Valencia (46.

Resto de Península y Baleares.

A Coruña (15).

Albacete (02).

Burgos (09).

Cáceres (10).

Ceuta (51).

Logroño (26).

R.P. y B.-Madrid (28).

Melilla (52).

Murcia (30).

Oviedo (33).

Palma de Mallorca (07).

Valladolid (47).

Zaragoza (50).

En cualquier caso, de no especificar en la solicitud el dato del lugar de examen por el que opta, será incluida de oficio en las listas definitivas en la sede correspondiente al Tribunal Superior de Justicia de su domicilio, quedando, por tanto, afectada al ámbito territorial del mismo según la base 1.3 de la presente convocatoria.

5.5.2 Para el caso de aspirantes con discapacidad:

a) Los aspirantes discapacitados referidos en la base 1.2 de esta convocatoria, que opten por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo así en el respectivo recuadro de la solicitud y, dentro del epígrafe «datos a consignar según las bases de la convocatoria» en el recuadro A, deberán expresar las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, que puedan, en su caso, requerir con el fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios.

b) Los aspirantes con discapacidad que no opten por el cupo de reserva de discapacitados, pero que también precisen adaptación de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, deberán indicarlo, así marcando con una X el recuadro «solicita adaptación» y dentro del epígrafe «datos a consignar según las bases de la convocatoria» en el recuadro B) expresarán las adaptaciones necesarias de tiempo y medios que puedan en su caso requerir para la realización de los ejercicios.

5.5.3 Los aspirantes que concurran por el ámbito territorial correspondiente a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia, podrán acreditar su conocimiento de ésta por medio de dos sistemas:

a) La realización de una prueba optativa, en cuyo caso deberán marcar una «X» en el recuadro «Realiza» del epígrafe «Prueba optativa de lengua».

b) La acreditación documental de dicho conocimiento, para lo cual deberán marcar una «X» en el recuadro «Documenta», y remitir en el momento oportuno las certificaciones acreditativas del conocimiento de dicho idioma en los términos previstos en esta Orden.

Para aquellos opositores que no tengan acreditada la puntuación máxima a otorgar por este concepto cabe la posibilidad de acogerse a ambos sistemas, aportando la certificación correspondiente al nivel que tengan acreditado y presentándose al examen optativo del nivel inmediatamente superior. En este caso deberán marcar con una X ambos recuadros; «Documenta» y «Realiza».

Del mismo modo se procederá en su caso, respecto del conocimiento del derecho civil foral del País Vasco, marcando las respectivas casillas.

6. Tribunales

6.1 El Ministerio de Justicia nombrará dos Tribunales calificadores únicos; uno para el proceso selectivo del turno libre y otro para el proceso selectivo del turno de promoción interna.

El nombramiento de los Tribunales se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas que convocan plazas, conforme a lo establecido en las bases comunes (base undécima, punto 1 y siguientes).

En cada ámbito de Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, el Ministerio de Justicia nombrará Tribunales Delegados; uno para el proceso selectivo del turno libre y otro para el proceso selectivo del turno de promoción interna.

En las sedes de examen donde no radique el Tribunal calificador único o Tribunal delegado, el órgano competente del Ministerio de Justicia podrá nombrar a funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica (en ambos casos que presten servicios en el Ministerio de Justicia u órgano competente de la Comunidad Autónoma) o de la Administración de Justicia, para colaborar en el desarrollo de dichas pruebas bajo la dirección del Tribunal calificador único o Tribunal delegado, al que representarán, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya.

6.2 Formarán parte del Tribunal calificador único, titular y suplente, un miembro de la Carrera Judicial, o Fiscal; dos Secretarios Judiciales; dos funcionarios del Grupo A1, A2, o C1, destinados en el Ministerio de Justicia; y dos funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Será Presidente el Magistrado, Fiscal o uno de los Secretarios Judiciales y será Secretario uno de los funcionarios del Ministerio de Justicia.

Los Tribunales calificadores únicos, podrán disponer la incorporación de un especialista en informática que les asista en la preparación y organización del segundo ejercicio.

Los Tribunales delegados tendrán la misma composición que el Tribunal calificador único, sustituyéndose a los funcionarios del Ministerio de Justicia por funcionarios de las Comunidades Autónomas.

Los Tribunales tendrán la categoría segunda de las previstas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6.3 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

6.4 La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en las Gerencias Territoriales de Justicia, en el Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle San Bernardo, 21 (teléfono 902 00 72 14), página web del Ministerio de Justicia (www.Mjusticia.es, Empleo Público), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Presidencia (teléfono 060) y en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas.

6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede de los Tribunales calificadores únicos será: Calle San Bernardo, 21, 28015 Madrid (teléfono: 902 00 72 14). Los Tribunales delegados tienen las sedes siguientes:

Andalucía.

Instituto Andaluz de Administración Pública, Servicio de Formación y Selección del Personal de Justicia, calle Ramón y Cajal, n.º 35, 41071 Sevilla.

www.iaap.junta-andalucia.es/

institutodeadministracionpublica

95 504 27 09

95 504 24 00

Canarias.

Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, avda. José Manuel Guimerá, n.º 10. Edificio Usos Múltiples II, 1.ª planta. 38003 Santa Cruz de Tenerife.

www.gobiernodecanarias.org/dgjusticia/

922 47 38 92

Cantabria.

Dirección General de Justicia, P.º de Pereda, n.º 36, Pal. izda. 39071 Santander.

www.pas.cantabria.es

942 20 87 87

942 20 87 96

Cataluña.

Subdirección General de Recursos Humanos y Gestión Económica. Departamento de Justicia. Pau Clarís, 81, 3.ª planta 08010 Barcelona.

www.gencat.net/oposicions/

93 316 42 43

93 316 42 16

Madrid.

Dirección General de Justicia,

calle Gran Vía, 18, 28013 Madrid,

www.madrid.org

91 493 69 50

Navarra.

Dirección General de Justicia, calle Monasterio de Irache, 22, bajo, 31011 Pamplona.

www.navarra.es

848 42 67 86

848 42 67 80

País Vasco.

Dirección de la Oficina Judicial y Fiscal,

calle Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria Gastéiz.

www.justizia.net

945 019 132

Comunidad Valenciana.

Dirección General de Justicia, calle Bailia, 1-2.º, 46071 Valencia.

www.cjap.gva.es

96 386 36 51

96 386 90 23

96 386 34 39

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 Orden de actuación.–El orden de actuación de los opositores, en todos los ámbitos territoriales, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 26 de enero de 2010 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero).

7.2 Duración del proceso selectivo.–Salvo que concurra causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal calificador único, el proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio hasta la fecha de comienzo del periodo de prácticas selectivo.

7.3 Fase de oposición.–Los ejercicios de la fase de oposición son los que se detallan en el anexo I.A. y I.B.1 de esta convocatoria.

Promoción Interna: El primer ejercicio se realizará dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» la fecha, hora y lugares de su celebración.

Acceso libre: El primer ejercicio tendrá lugar tras la celebración del segundo ejercicio de la fase de oposición del sistema de acceso por promoción interna, en la fecha que se indicará mediante convocatoria que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Para cada uno de los sistemas de acceso, el primer ejercicio tendrá lugar en el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen.

Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, los Tribunales harán públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.Mjusticia.es) y páginas Web de las Comunidades Autónomas, las listas de opositores de cada ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y emplazarán a los incluidos en las mismas para la realización del siguiente ejercicio.

Los opositores que no se hallen incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.

Finalizados todos los ejercicios de la oposición, el Tribunal Calificador único hará públicas por el mismo medio, las relaciones de aprobados de cada ámbito territorial que han superado la fase de oposición.

Los opositores del turno libre incluidos en estas relaciones y que se presenten por alguno de los ámbitos territoriales con lengua oficial propia, que hubieran hecho constar en su instancia su opción de acreditar documentalmente su conocimiento de ésta, aportarán en el plazo de diez días hábiles las certificaciones acreditativas correspondientes en la sede del Tribunal Delegado competente, indicada en la base 6.5.

Del mismo modo se procederá en relación con la documentación acreditativa de los conocimientos de Derecho Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

7.4 Fase de concurso.–Para el turno de acceso por promoción interna, en la misma Resolución en la que se hagan públicas las relaciones de aprobados de la fase de oposición, se establecerá un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, plaza Jacinto Benavente, n.º 3, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la documentación acreditativa, en original o fotocopia compulsada, de los méritos a valorar en la fase de concurso. La no presentación de la documentación en el plazo señalado supondrá que no se valore al aspirante en la fase de concurso. Los opositores que concurran por Comunidades Autónomas con lengua oficial propia distinta del castellano y/o derecho civil especial o foral, y que opten por acreditar documentalmente su conocimiento aportarán en este momento las certificaciones acreditativas correspondientes.

La certificación acreditativa de los servicios prestados en la Administración de Justicia, se aportará de oficio por el Ministerio de Justicia o Comunidades Autónomas competentes.

También se aportará de oficio, en su caso, la certificación de haber aprobado ejercicios en convocatorias anteriores.

Los méritos evaluables son los que se contienen en los baremos establecidos en el anexo I.B.2, y se computarán los causados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los Tribunales calificadores único y delegados valorarán los méritos según las certificaciones aportadas y el Tribunal Único publicará en la página Web del Ministerio de Justicia, la relación de aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

7.5 Embarazo de riesgo y parto.–Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal Calificador Único. En todo caso la realización de la mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

7.6 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Especial o Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.–Concluidos los ejercicios obligatorios de cada proceso selectivo y la fase de concurso, en su caso, los aspirantes comprendidos en la relación de aprobados que concurran por ámbito territorial con lengua autonómica propia, distinta del castellano, serán emplazados para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de dicha lengua, si así lo hubieran solicitado en su instancia. Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento del idioma, que se hubiere presentado oportunamente, por los opositores que hayan optado por acreditar documentalmente el conocimiento del mismo.

Para aquellos opositores que, de acuerdo con lo dispuesto en la base 5.5.3, hayan optado por ambos sistemas, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que en ningún caso pueda ser acumulativa.

La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se ajustará según el baremo contenido en el anexo I.C) de esta convocatoria y solo surtirá efectos para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.

Del mismo modo y con los mismos efectos, se procederá para la valoración de los conocimientos del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

7.7 Presentación de documentación y nombramiento de funcionarios en prácticas.

7.7.1 Una vez terminadas las fases de oposición o concurso-oposición en su caso, los Tribunales elevarán al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de aprobados, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número de orden, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, total de todos los ejercicios obligatorios y fase de concurso, en su caso. Junto con esta nota total pero separada de ella y sin sumarse a la misma figurará, en su caso, la obtenida en la lengua oficial, distinta al castellano de la Comunidad Autónoma por cuyo ámbito territorial concurre, y la obtenida por el conocimiento del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, y la fase de concurso, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en este turno.

En el plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que figuren en la misma presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, plaza Jacinto Benavente, n.º 3, 28071 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, la documentación siguiente:

a) Dos fotocopias del documento nacional de identidad, o equivalente, en el supuesto de que el interesado no preste expresamente su consentimiento presentando el anexo IV, para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados y verificados, de oficio, por el órgano instructor de este proceso selectivo.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que le corresponda al interesado. Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los órganos competentes, en su caso, la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo II).

El certificado de antecedentes penales será aportado de oficio por el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependa, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes, y siempre que el Tribunal hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, el Ministerio de Justicia requerirá a este último, relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.

En este supuesto los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma base en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en la página web del Ministerio de Justicia.

Los opositores afectados, que concurran por algunos de los ámbitos territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia y/o derecho Foral serán convocados, en su caso a la realización de la correspondiente prueba optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental que hubiera aportado.

7.7.2 Comprobado que los aspirantes de acceso libre reúnen los requisitos de la base 4.1; los de acceso por promoción los requisitos de la base 4.2 y todos ellos los de la séptima de las «Bases Comunes», el Ministerio de Justicia dictará Resolución, que será publicada en su página Web, nombrando funcionarios en prácticas a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, convocándoles a la realización del curso selectivo.

7.8 Periodo de prácticas selectivo.

7.8.1 Los funcionarios en prácticas de ambos turnos serán destinados, en cada ámbito territorial por el que concurran, al Centro, Instituto, o Unidad o Centro de destino que se determine por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas que convocan plazas, para el desarrollo de un periodo de prácticas selectivo.

La duración del mismo será de dos semanas para los aspirantes del turno de promoción interna y cuatro semanas para el turno libre. En ambos casos constará de dos fases. Durante la primera fase, de una semana de duración para ambos turnos, los funcionarios recibirán la formación específica sobre la estructura orgánica y competencias del ámbito territorial por el que han accedido y aquella que les permita adquirir los conocimientos y las habilidades necesarios para el manejo de las herramientas y aplicaciones informáticas, así como los medios técnicos en uso en la Administración de Justicia. Durante la segunda fase, que durará una semana para los aspirantes por promoción interna y tres semanas para los aspirantes del acceso libre, deberán efectuar prácticas tuteladas en Órganos Judiciales que incluirán en todo caso la práctica de la tramitación básica de procedimientos judiciales y de expedientes de Registro Civil

Finalizada la primera fase, de carácter docente, se evaluará el aprovechamiento de la misma mediante una prueba objetiva tipo test, cuya elaboración y calificación corresponderá al Centro, Instituto o responsable de la Unidad o Centro de destino.

La calificación de esta prueba será de 25 puntos, de los que 15 corresponderán a la evaluación del aprovechamiento de la formación informática y 10 al aprovechamiento de los demás conceptos formativos.

A continuación los aspirantes serán convocados a la segunda fase, de prácticas tuteladas en órganos judiciales que se calificarán a su finalización como apto o no apto.

Los aspirantes que se encuentren en activo en cualquier Cuerpo de la Administración de Justicia y que acrediten haber prestado, por más de seis meses en los últimos cinco años, servicios efectivos como funcionarios interinos o sustitutos en virtud de nombramiento del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, antes Auxiliares de la Administración de Justicia, quedarán exentos de la fase de prácticas tuteladas en órgano judicial que les serán convalidadas con la calificación de «apto».

A estos exclusivos efectos, se computarán los servicios prestados, así como el plazo de cinco años, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de documentación regulado en la base 7.4

Para superar el curso selectivo es preciso alcanzar al menos 12 puntos en la primera fase y la calificación de apto en la segunda.

Finalizado el curso, los aspirantes continuarán prestando servicios como funcionarios en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios de carrera en el destino definitivo.

7.8.2 Todos los funcionarios en prácticas tienen los derechos y deberes que se recogen en el artículo 25 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, BOE del 27, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia; los que concurren por promoción interna tienen derecho además, siempre que se den los supuestos y requisitos legales, a las retribuciones o indemnizaciones por razón del servicio recogidos en Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio.

7.9 Nombramiento como Funcionario de Carrera.–Concluido el curso selectivo y el periodo de prácticas e incorporada la puntuación obtenida en el mismo, los aspirantes que lo hubieren superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, serán nombrados funcionarios de carrera mediante Orden, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas.

Dado el carácter nacional del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, para el nombramiento como funcionarios de carrera, se confeccionarán dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en la prueba de lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y del derecho civil especial o foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

7.10 De acuerdo con lo dispuesto en la base decimoquinta. 2 de las bases comunes, si antes del nombramiento o toma de posesión, alguno de los aspirantes renunciara a su plaza, y siempre que el Tribunal calificador hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, el Ministerio de Justicia requerirá a este último relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos, hasta completar el total de plazas convocadas.

En el último supuesto los aspirantes incluidos en esta relación complementaria, previo examen o valoración del idioma autonómico, si procediera, y aportada la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios en prácticas y convocados a la realización del curso selectivo en la siguiente convocatoria ordinaria o extraordinaria que se celebre.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; el Real Decreto 1451/2005 de 7 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia; el Real Decreto 406/2010, de 1 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del 2010; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los Cuerpos o Escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, y lo dispuesto en la presente Orden de convocatoria.

Con carácter supletorio, en lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de normativa vigente en la materia.

Contra la presente convocatoria, y cuantos actos administrativos de ella deriven, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso–administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Secretaría de Estado de Justicia podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 31 de mayo de 2010.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo I. Descripción del proceso selectivo.

I.A. Oposición del turno libre.

I.B. Turno de promoción interna.

I.B.1. Fase de oposición.

I.B.2. Fase de concurso.

I.C. Evaluación del Conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Anexo II. Declaración jurada.

Anexo III. Instrucciones de cumplimentación de la instancia.

Anexo IV. Autorización para acceder a los datos de identidad.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

I.A Turno libre

I.A.1 Fase de oposición

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios.

1.1 Primer ejercicio.–Constará de dos pruebas; ambas obligatorias y eliminatorias, que tendrán en lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, una a continuación de otra.

1.1.1 Primera prueba de carácter teórico, escrito y eliminatorio: Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en la Orden JUS/1295/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo), para el acceso por turno libre. Constará de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.

La duración de la prueba será de 75 minutos.

Se calificará de 0 a 100 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.

El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados, decidirá cual será la puntuación mínima para superar esta prueba en cada ámbito territorial, puntuación que nunca podrá ser inferior a 50 puntos, y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no les será corregida la segunda prueba ni serán convocados al segundo ejerció de la oposición.

1.1.2 Segunda prueba de carácter práctico, escrito y eliminatorio: Consistirá en contestar 20 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.

La duración de la prueba será de 30 minutos y se calificará de cero a cuarenta puntos, a razón de dos puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos, y las no contestadas descontarán 0,25 puntos. Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la consideración de no aptos y no serán convocados al segundo ejercicio.

1.2 Segundo ejercicio.–Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine.

El segundo ejercicio se celebrará en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen. No obstante, el Tribunal Calificador podrá establecer varios turnos a celebrar el mismo día, o en días consecutivos, en aquellas sedes de examen en que pudiera ser necesario, en función de la disponibilidad de aulas dotadas del equipamiento informático preciso.

La duración de este ejercicio será de 15 minutos y se puntuará entre cero y sesenta puntos.

Se valorará la velocidad y el formato así como la ausencia de errores u omisión de texto, pudiendo el Tribunal establecer puntuaciones mínimas en cada aspecto para superar la prueba, según baremo que hará público el Tribunal.

El Tribunal a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes decidirá cual es el mínimo de puntuación exigido para superar el segundo ejercicio en cada ámbito territorial. Esta puntuación nunca podrá ser inferior a 30 puntos.

1.3 La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

I.B Turno de promoción interna

I.B.1 Fase de oposición

1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

1.1 Primer ejercicio.–Constará de dos pruebas; ambas obligatorias y eliminatorias, que tendrán en lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, una a continuación de otra.

1.1.1 Primera prueba de carácter teórico, escrito y eliminatorio: Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en la Orden JUS/1295/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo). Constará de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.

La duración de la prueba será de 40 minutos.

Se calificará de 0 a 100 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 2 puntos; las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.

El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados decidirá cual será la puntuación mínima para superar esta prueba en cada ámbito territorial, que no podrá ser inferior a 50 puntos, y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no les será corregida la segunda prueba ni serán convocados al segundo ejercicio de la oposición.

1.1.2 Segunda prueba de carácter práctico, escrito y eliminatorio: Consistirá en contestar 10 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.

La duración de la prueba será de 20 minutos y se calificará de cero a cuarenta puntos, a razón de cuatro puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 1 punto, y las no contestadas descontarán 0,50 puntos. Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima tendrán la consideración de No aptos y no serán convocados al Segundo Ejercicio.

1.2 Segundo ejercicio.–Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine.

El segundo ejercicio se celebrará en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen. No obstante, el Tribunal Calificador podrá establecer varios turnos a celebrar en el mismo día, o en días consecutivos, en aquellas sedes de examen en que pudiera ser necesario, en función de la disponibilidad de aulas dotadas del equipamiento informático preciso.

La duración del ejercicio será de 15 minutos y se puntuará entre cero y sesenta puntos.

Se valorará la velocidad y el formato así como la ausencia de errores u omisión de texto, pudiendo el Tribunal establecer puntuaciones mínimas en cada aspecto para superar la prueba, según baremo que hará público el Tribunal.

El Tribunal a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes decidirá cual es el mínimo de puntuación exigido para superar el segundo ejercicio en cada ámbito territorial. Esta puntuación nunca podrá ser inferior a 30 puntos.

1.3 La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

I.B.2 Fase de concurso

Sólo los opositores que aprueben los dos ejercicios de la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en que se valorarán los méritos que se detallan a continuación:

Baremo para la fase de concurso de tramitación procesal y administrativa, turno de promoción interna

A. Títulos y grados académicos. Puntuación máxima de 12 puntos:

Licenciatura o Grado en Derecho: 12 puntos.

Otras Licenciaturas o Grados distintos a Derecho: 10 puntos.

Tres primeros cursos completos de la Licenciatura en Derecho: 8 puntos.

Otras Diplomaturas distintas a Derecho: 6 puntos.

B. Historial profesional. Puntuación máxima de 7 puntos.

1. Títulos, Diplomas, Certificaciones que acrediten conocimientos jurídicos obtenidos en cursos de formación convocados, impartidos u homologados por el Ministerio de Justicia, u órganos competentes en materia de Justicia de las Comunidades Autónomas; así como los organizados por el Consejo General del Poder Judicial, y por centros o instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas de ámbito nacional, autonómico o internacional, hasta un máximo total de 5 puntos, según la graduación siguiente:

Horas del curso

Si acredita aprovechamiento

Si no acredita aprovechamiento

De 11 a 29 . .

1,00

0,50

De 30 a 59 . .

1,50

0,75

De 60 a 99 . .

2,00

1,00

De 100 o más .

3,00

1,50

Los cursos, certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas y aquellos de diez o menos horas lectivas, no se valorarán.

2. Títulos, Diplomas, Certificaciones que acrediten conocimientos informáticos, obtenidos en Cursos de formación impartidos en centros oficiales o reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas o incluidas en los planes de formación de las mismas, hasta un máximo de 2 puntos, según graduación siguiente:

Horas del curso

Si acredita aprovechamiento

Si no acredita

Aprovechamiento

De 6 a 29 . .

0,75

0,30

De 30 a 59 . .

1,00

0,50

De 60 a 99 . .

1,50

0,75

De 100 o más .

2,00

1,00

Los cursos de igual o similar contenidos sólo se valorarán una vez. Los cursos, certificaciones o Diplomas en que no conste el número de horas y aquellos de 5 ó menos horas lectivas no se valorarán.

C. Conocimiento de idiomas extranjeros: Se valorará la acreditación mediante certificación de homologación emitida por centros oficiales del nivel de conocimiento alcanzado. Conocimiento de nivel elemental: 0.5 puntos; de nivel medio: 1 punto; y de nivel avanzado: 1.5 puntos.

La puntuación máxima total por este concepto será de 2 puntos.

D. Por haber aprobado ejercicios de la oposición de acceso al Cuerpo de Tramitación (antes Auxiliar de la Administración de Justicia), por acceso libre o promoción interna, en las últimas dos convocatorias, hasta un total de 8 puntos. Por cada uno de los ejercicios aprobados, primero o segundo, dos puntos.

E. Servicios prestados como titular o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia y /o en Cuerpos de otras Administraciones públicas o como personal laboral. (Hasta un máximo de 21 puntos):
Por cada mes completo como interino o sustituto del Cuerpo de Tramitación Judicial (antes Auxiliares de la Administración de Justicia); o como titular o interino del Cuerpo de Auxilio Judicial (antes Agentes de la Administración de Justicia): 0.18 puntos.

Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas Generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Secretarios Judiciales y en el de Jueces o Fiscales: 0.1 puntos.

Por cada mes de servicios prestados en Cuerpos de otras Administraciones Públicas o como personal laboral: 0.05 puntos.

Los periodos inferiores al mes no se computarán.

I.C Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil, Especial o Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Sistemas de acceso libre y de promoción interna

1. Conocimientos de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autonómas: Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizadas tanto la fase de oposición como la de concurso y establecidas las listas de aprobados que hubieran obtenido plaza, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos.

La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los ejercicios obligatorios.

Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrado por el aspirante y los criterios de valoración establecidos a continuación:

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña:

Certificado de Nivel B: 6 puntos.

Certificado de Nivel C: 12 puntos.

Certificado de Nivel D: 18 puntos.

La acreditación del conocimiento de idioma se efectuará mediante la aportación de los certificados de la Secretaría de Política Lingüística o los equivalentes según la Orden PRE 228/2004, de 21 de julio, del Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya.

En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra:

En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence:

Certificado de posesión de los niveles A2 o B1 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, o de haber superado cuatro «urrats» en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra: 6 puntos.

Certificado de posesión del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, o de haber superado ocho «urrats» en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra: 12.

Certificado de posesión del título EGA o de otra titulación equivalente al nivel C1 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, o de haber superado doce urrats» en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra: 18 puntos.

En el ámbito del País Vasco:

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Perfil lingüístico 2: 6 puntos.

Perfil lingüístico 3: 12 puntos.

Perfil lingüístico 4: 18 puntos.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:

Certificado de grado elemental oral y escrito del valenciano: 6 puntos.

Certificado de grado medio oral y escrito del valenciano: 12 puntos.

Certificado de grado superior oral y escrito del valenciano: 18 puntos.

2. Evaluación de los conocimientos del derecho civil, especial o foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Para los aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil especial y foral del País Vasco, otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Criterios de valoración:

A. La documentación válida para aquellos opositores que opten por la acreditación documental, es la siguiente:

1. Licenciatura en Derecho, habiendo cursado como asignaturas:

a) Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco.

I. UD, Plan 1953: 90 horas.

II. UD, Plan 1998: 60 horas.

b) Derecho Civil Foral del País Vasco 1.

I. UD, Plan 1993: 30 horas.

2. Master en Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco: 540 horas (54 créditos).

3. Diploma de especialización en Derecho Civil Foral del País Vasco-presencial:

220 horas (22 créditos).

4. Diploma de especialización en Derecho Civil Vasco-on line-: 210 horas (21 créditos).

5. Doctorado en Derecho: (Mínimo 60 horas: 6 créditos):

a) Título de doctor en Derecho, con tesis sobre Derecho Civil Foral del País Vasco.

b) Cursos de doctorado en Derecho sobre Derecho Civil Foral del País Vasco.

B. Para aquellos opositores que opten por realizar el examen, este consistirá en la contestación a un cuestionario tipo-test de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es correcta.

Las respuestas acertadas se valorarán con 1 punto. Las respuestas incorrectas o las preguntas no contestadas no serán puntuadas. Para superar el ejercicio es preciso obtener un mínimo de 20 puntos.

El cuestionario versará sobre el temario siguiente:

Temario para examen

1. Competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Derecho Civil Foral. Leyes sobre el Derecho Civil Foral del País Vasco. Fuentes del Derecho Civil Foral; sistema de fuentes, el derecho supletorio. Naturaleza de las leyes del Derecho Civil Foral Vasco.

2. Fuero Civil de Vizcaya. Ámbito territorial y personal: el Infanzonado y las villas. Vizcaínos Aforados y no aforados. Obligaciones de los vizcaínos. Derechos de los vizcaínos no aforados. Nacionalidad y vecindad de los extranjeros en Vizcaya. Conflictos de leyes, criterios.

3. Fuero Civil de Vizcaya. La Troncalidad: Definición. Derechos y obligaciones de la troncalidad. Vecindad civil y troncalidad. Saca Foral: adquisición preferente, bienes a los que se afecta, llamamientos y tasación; la «Saca», casos en que procede.

4. Fuero Civil de Vizcaya. Sucesión forzosa: Legítima y Legitimarios, el apartamiento. Derechos de los tronqueros, orden de suceder. Sucesión abintestato: orden de suceder. Sucesión testada: formas testamentarias propias del derecho civil foral vasco. El poder testatorio.

5. Fuero civil de Vizcaya. Régimen económico matrimonial: Fijación y variación. Régimen legal supletorio, y normas para su determinación. Comunicación foral, nacimiento y consolidación y cese. Comunicación foral, causa de cese. Administración y disposición de los bienes constante matrimonio. Extinción del régimen económico.

6. Fuero Civil de Álava. Ámbito territorial y personal. Régimen sucesorio de Ayala, el «usufructo poderoso».

7. Fuero Civil de Guipúzcoa. Ámbito territorial, personal y funcional. Sucesiones; Ordenación sucesoria del caserío por causa de muerte.

ANEXO II

Don/doña..............................................................., con domicilio en ....................................................................................... de ........................... años de edad, con documento nacional de identidad número................................, declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones legales.

En .........................., a ............... de ...................................... de .................

El Declarante

ANEXO III

INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE ADMISIÓN

Lea atentamente y siga con atención las siguientes instrucciones. Si no sigue dichas instrucciones sus datos pueden resultar erróneos, ya que este documento va a ser leído electrónicamente

Instrucciones generales

Escriba solamente con bolígrafo negro o azul sobre superficie dura y lisa.

Antes de cumplimentar sus datos, observe con detenimiento el «Modelo de caracteres» representado en la solicitud que consta de letras, números y signos.

Haga los caracteres (letras, números y signos) en las casillas y de acuerdo con el «Modelo de caracteres». No utilice ningún signo que no conste en el modelo.

Escriba un solo carácter (letra, número o signo) en cada casilla. No escriba nunca sobre el recuadro de las casillas. No escriba nada fuera de las casillas.

Asegúrese, al escribir, de que el bolígrafo marque bien dejando un trazo continuo y presione lo suficiente para que los datos queden reflejados en las copias.

Si se equivoca no borre ni corrija en la misma casilla. Rellene o recubra totalmente la casilla equivocada y escriba el carácter correcto en la casilla siguiente.

Una casilla rellenada totalmente equivale a anular el carácter mal escrito. No borre, no corrija.

Si los apellidos, nombre, municipio, etc. son excesivamente largos, procure acortarlos de manera comprensible. No abrevie el primer apellido. Utilice únicamente los signos que figuran en el «Modelo de caracteres».

Al rellenar el apartado correspondiente al piso (casilla 13), si es bajo o entresuelo, ponga 0.

Al rellenar el apartado correspondiente al teléfono (casilla 18), sólo escriba números; entre prefijo y número no deje casillas en blanco, ni signos de separación.

En los apartados en los que sea preciso escribir varias palabras: Nombre, Dirección, etc. deje una casilla en blanco entre palabra y palabra.

En los recuadros donde deba escribir con su letra (casillas 19, y 28), hágalo con letra clara y legible. No se salga del recuadro al escribir.

No olvide firmar su solicitud en el recuadro correspondiente. No se salga del recuadro al firmar.

No doble la «Solicitud de Admisión» ni deje manchas de bolígrafo sobre ella.

No cumplimente unos datos sobre otros.

Instrucciones particulares sobre algunos datos que se piden en esta solicitud

Código del cuerpo (casilla 20). El que figura en la convocatoria correspondiente al cuerpo.

Reserva discapacitados (casilla 23). Rellenar sólo si es discapacitado, teniendo en cuenta: A) Según la convocatoria puede haber uno o dos cupos de discapacitados. Si sólo hay uno, marque con una X solamente el recuadro «reserva discapacidad general». Y si además solicita adaptación, marque también dicho recuadro. B) Si no se presenta por ninguno de los cupos de reserva de discapacitados, pero precisa por su minusvalía solicitar adaptación para la realización de las pruebas, marque solamente el recuadro de «solicita adaptación»

Provincia de examen y código (casillas 26 y 27). Indique la ciudad de examen elegida (casilla 26) y su código correspondiente (casilla 27), si lo pide la convocatoria, tal y como se indica a continuación:

Albacete 02; Barcelona 08; Burgos 09; Cáceres 10; Ceuta 51; Las Palmas 35; Logroño 26; Madrid 28; Mallorca 07; Melilla 52; Murcia 30; Oviedo 33; Pamplona 31; R. P. y B.-Madrid 28; Santander 39; A Coruña 15; Sevilla 41; Tenerife 38; Valencia 46; Valladolid 47; Vitoria 01; Zaragoza 50.

El obligado al pago. (Sujeto pasivo) deberá firmar y fechar en el espacio reservado para ello en la parte inferior izquierda del anverso de este documento.

Importe del pago:

Consigne en la autoliquidación el importe de la tasa de derecho de examen, el cual viene reflejado en la orden de convocatoria.

Lugar de pago. A través de entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito) en las que no es preciso tener cuenta abierta mediante la presentación de este documento de ingreso.

Justificante del pago y presentación instancia: Al realizar la presentación del modelo de solicitud para el ingreso de la tasa de derecho de examen, solicite de la entidad colaboradora el ejemplar destinado al interesado como justificante del pago de los derechos y el ejemplar para la administración. Este último deberá ser presentado de acuerdo con lo que indique la base de la convocatoria.

ANEXO IV

Don/doña ......................................................................................., con domicilio en .................................................................. de .................... años de edad, con documento nacional de identidad número................................, da su consentimiento para que el órgano instructor del proceso selectivo correspondiente a la convocatoria de acceso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, para cuyas pruebas selectivas presenta solicitud de participación, pueda acceder para consulta y verificación de mis datos personales de identidad a los archivos, bases de datos u otros fondos documentales obrantes en la Administración que contienen dichos datos.

En .........................., a ............... de ......................................de ...................

El Declarante

Animo!!!