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miércoles, 9 de marzo de 2016

Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 19 de febrero de 2016, por la que se convoca prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Canarias, y se dictan instrucciones para su realización en mayo de 2016.

En el BOC de ayer se ha publicado:


Siendo necesario convocar, para su realización en el año 2016, prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por personas mayores de dieciocho años que carecen de dicha titulación, y teniendo en cuenta el siguiente
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- La Consejería competente en materia de educación convoca anualmente prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas mayores de dieciocho años que, por cualquier circunstancia, no han obtenido dicha titulación. Asimismo, dicta instrucciones que regulan su organización y desarrollo.
A este hecho le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Decreto 127/2007, de 24 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 113, de 7 de junio de 2007), que en el apartado 6º de su Disposición adicional primera, dispone que la Consejería competente en materia de educación organizará pruebas con periodicidad anual para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener de modo directo el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.
Segundo.- La Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 27 de agosto de 2010, por la que se regula la evaluación del alumnado de la Formación Básica de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 172, de 1 de septiembre), que en su Disposición adicional primera establece que la Consejería de Educación Universidades, Cultura y Deportes convocará anualmente pruebas libres para la obtención, de modo directo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas mayores de dieciocho años.
Tercero.- Los exámenes que integran esta prueba tienen como referentes los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación previstos para la Formación Básica de Personas Adultas en la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 27 de agosto de 2010, por la que se actualiza el currículo de Formación Básica de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 172, de 1 de septiembre).
Por ello, y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos en el artículo 12, apartado b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado en el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1 de agosto), en su redacción actual,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas mayores de dieciocho años, para su realización en mayo de 2016, y dictar instrucciones para su organización y desarrollo, de acuerdo con lo recogido en el Anexo y Apéndices (del I al XI) de esta resolución.
Segundo.- Facultar a los equipos directivos de los Centros de Educación a Distancia (CEAD) y de los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA) para que arbitren el procedimiento más adecuado con el fin de que la presente resolución sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa, haciéndoles llegar copia de la misma, cuando así se les solicite, y exponiendo permanentemente una en el tablón de anuncios y en la página web del centro.
En el sitio web de la Consejería de Educación y Universidades cuya dirección es http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/estudiantes/pruebas/, también podrá ser consultada.
Tercero.- Encomendar a la Inspección de Educación la supervisión y asesoramiento en aquellos aspectos que le soliciten los equipos directivos de los centros.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su actual redacción.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 2016.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Manuel Jorge Pérez.
Ver anexo en las páginas 6002-6029 del documento Descargar

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