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viernes, 25 de marzo de 2011

Publicadas las listas para constituir la bolsa de reserva de personal interino para la Administración de Justicia

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy se ha publicado:

En virtud de Resolución de esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de fecha 28 de julio de 2009 (BOC nº 147, de 30 de julio), se procedió a convocar el proceso selectivo para la constitución de listas de reserva de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Mediante Resolución de fecha 11 de febrero de 2010 (BOC nº 34, de 19 de febrero) fueron aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, estableciéndose en la misma un plazo para la presentación de reclamaciones y subsanación de documentos entre los días 22 de febrero y 4 de marzo de 2010.
Concluido dicho plazo, la Comisión de Selección encargada de evaluar el proceso selectivo dio comienzo a la fase de revisión de las reclamaciones y subsanaciones, acordando, en sesión celebrada el 14 de julio de 2010, y de conformidad con la base novena de la antedicha Resolución de 28 de julio de 2009, relativa a las listas definitivas, lo siguiente:
1.- Elevar a la titular de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, Propuesta de Resolución para la aprobación de las listas definitivas de admitidos al procedimiento para la constitución de las listas de reserva de personal interino de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias, ordenadas según la puntuación obtenida por los aspirantes, correspondientes a las islas de Fuerteventura, La Gomera, Gran Canaria, El Hierro, Lanzarote, La Palma y Tenerife, que se incorporan en soporte CD a dicho Acuerdo.
2.- Elevar a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia las listas definitivas de aspirantes excluidos del proceso selectivo y sus causas de exclusión, que se adjuntan en soporte CD al Acuerdo.
Posteriormente, en la reunión celebrada el 15 de octubre de 2010, la Comisión de Selección procedió a concretar los criterios aplicados a la hora de elaborar las propuestas de resolución anteriormente citadas.
De acuerdo con el apartado cuarto del artículo 3 de la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 20 de mayo de 2009, por la que se regula la selección, el nombramiento y cese de los funcionarios interinos de los Cuerpos Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en Canarias, y el primer párrafo de la base novena de la resolución de convocatoria, formulada propuesta de resolución por la Comisión de Selección en los términos anteriormente indicados para la aprobación definitiva de la lista de admitidos, corresponde a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia dictar la Resolución aprobando la relación definitiva de seleccionados, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en la página Web de la Dirección General: http://www.gobiernodecanarias.org/justicia, en los tablones de anuncios de los correspondientes Decanatos de cada Partido Judicial, así como en la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. En estas listas figurarán el nombre, apellidos, número de Documento Nacional de Identidad y número de orden fijo y puntuación obtenida en la lista de reserva respectiva por cada uno de los conceptos objeto de baremación, así como la puntuación total obtenida.
Igualmente, en los lugares anteriormente citados, se procederá a publicar un único listado definitivo de excluidos, constando el motivo de exclusión (artº. 3.4 de la citada Orden y tercer párrafo de la base novena de la Resolución de convocatoria).
De las referidas listas se dará traslado a los sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Justicia de Canarias y a las Juntas de Personal, para su conocimiento.
La integración definitiva en las listas de reserva, con independencia del número de orden obtenido, de aquellos aspirantes que nunca han prestado servicios o no hayan completado, al menos 6 meses de servicio como funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias dentro de los últimos cinco años, quedará condicionada a la superación del curso de iniciación teórico-práctico previsto en la base duodécima de la convocatoria (segundo párrafo de la base novena).
De acuerdo con el número dos del primer apartado del artículo 9 de la Orden y la base duodécima de la convocatoria, la asistencia a dicho curso teórico-práctico para funcionarios interinos de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias, tendrá carácter obligatorio para todos aquellos aspirantes en los que concurran las circunstancias anteriormente mencionadas, estando obligados a realizarlo cuando sean llamados a través de correo electrónico y/o SMS por el personal del Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia para iniciar el curso, en las fechas y horarios establecidos, sin posibilidad de modificación. La superación de este curso conllevará su integración de forma definitiva en la lista de reserva.
El curso de iniciación constará de una parte teórica cuya realización será online, y una parte práctica presencial, con una duración total de veinte horas. La no asistencia a la totalidad del curso o la negativa a realizarlo supondrá la exclusión, de forma definitiva, de la lista de reserva en la cual se encontraba incluido provisionalmente como aspirante. En supuestos excepcionales acreditados documentalmente, y apreciada por este centro directivo la gravedad o fuerza mayor de las circunstancias que concurran, en los términos del apartado tercero de la base duodécima, se podrá aplazar, previa solicitud del aspirante, la realización del curso teórico-práctico de iniciación.
Conforme a lo dispuesto en la citada base duodécima de la convocatoria, en su apartado 6º, en relación con el artículo 9.1.5 de la Orden de 20 de mayo de 2009, finalizado el curso y dentro del plazo de diez días a contar desde la fecha de finalización, el tutor/formador emitirá informe razonado sobre éste y su valoración como apto o no apto. Si la calificación es "no apto", se entenderá que el aspirante no ha superado dicho curso de iniciación y formación teórico-práctica, por lo que no podrá integrar de forma definitiva las listas de reserva. Si la calificación es "apto", el aspirante pasará a integrar las listas de reserva.
La necesidad de dar cumplimiento a las citadas previsiones exige que, con anterioridad a la entrada en vigor de las nuevas listas de reserva, la Administración haya diseñado, convocado y celebrado cuantas ediciones del curso teórico-práctico a que se refieren las mismas resulten necesarias para garantizar el buen funcionamiento de las listas de reserva y la adecuada atención a las necesidades de los órganos judiciales.
En su virtud, en el ejercicio de las funciones atribuidas a este Centro Directivo por el artículo 92 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, aprobado por el Decreto 22/2008, de 19 de febrero, la titular de esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia
R E S U E L V E:
Primero.- Aprobar las listas definitivas de admitidos al procedimiento selectivo convocado para la constitución de las listas de reserva de personal interino de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Aprobar igualmente las listas definitivas de excluidos del citado procedimiento.
Tercero.- Hacer públicas las citadas relaciones definitivas de admitidos y excluidos por los siguientes medios:
- Mediante la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
- A través de la página web de la Dirección General: http://www.gobiernodecanarias.org/justicia.
- En los tablones de anuncios de los Decanatos de cada partido judicial y de la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Las posteriores resoluciones de este proceso selectivo se harán públicas a través de la página web de esta Dirección General y en los tablones de anuncios de los Decanatos de cada Partido Judicial y de la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Cuarto.- Dar traslado de ambas relaciones a los sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Justicia de Canarias y a las Juntas de Personal, para su conocimiento.
Quinto.- Las listas de reserva resultantes de este procedimiento, constituidas para cubrir, con carácter interino, las vacantes o sustituciones que se produzcan, correspondientes a los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias entrarán en vigor el 2 de mayo de 2011, sustituyendo a las vigentes hasta entonces, que quedarán sin efecto en esa misma fecha.
Sexto.- Por la Administración se procederá de oficio a la exclusión de las listas de reserva de aquellas personas que figuren admitidas en el mismo cuerpo en el que con posterioridad a la convocatoria hayan adquirido la condición de funcionarios de carrera, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 16.2 de la Orden de 20 de mayo de 2009, conforme al que, en el caso de que estuvieran integradas en varias listas de reserva compatibles, la exclusión en una de ellas supondrá la exclusión de las demás.
Séptimo.- Aquellos aspirantes a las listas de reserva que nunca hayan prestado servicios o no hayan completado, al menos, seis meses de servicio como funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias dentro de los últimos cinco años, tendrán que superar de forma obligatoria un curso de iniciación teórico-práctico para funcionarios interinos de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias.
La convocatoria de estos aspirantes para la realización de dicho curso se irá realizando de forma escalonada en el tiempo, en función del número de orden que los mismos ocupen en las listas, de forma que quede garantizada, en todo caso, la posibilidad de su superación a la fecha en que pueda producirse el llamamiento en orden a su nombramiento.
El llamamiento, en estos casos, para la realización del curso de iniciación teórico-práctico se efectuará a través de correo electrónico y/o SMS, dándose igualmente publicidad del mismo a través de la web de esta Dirección General http://www.gobiernodecanarias.org/justicia.
La no asistencia a la totalidad del curso o la negativa a realizarlo, supondrá la exclusión de forma definitiva de la lista de reserva en la que se encontraba incluido provisionalmente como aspirante, conforme prevé el apartado tercero de la base duodécima de la convocatoria.
En supuestos excepcionales que por su gravedad o fuerza mayor impidan al aspirante asistir al curso teórico-práctico, corresponderá a esta Dirección General apreciar dichas circunstancias, previa solicitud de aplazamiento por parte del interesado, que deberá formularse en el plazo de los cinco días siguientes al llamamiento para su realización, acompañada de la acreditación documental suficiente que justifique su concurrencia. En el caso de que por esta Dirección General se estimara la solicitud de aplazamiento, habrá de estarse a lo previsto en la citada base.
Se convocarán cuantas ediciones del curso teórico-práctico sean precisas para garantizar el buen funcionamiento de las listas de reserva y la adecuada atención de las necesidades de los órganos judiciales.
Octavo.- Corresponde a este centro directivo en supuestos excepcionales en los que concurra fuerza mayor o gravedad, justificados documentalmente, aplazar la realización del curso teórico-práctico a aquel aspirante que así lo solicite y acredite dichas circunstancias, quedando congelado el número que hubiera obtenido en la lista de reserva, pudiendo seguir esta Dirección General nombrando a los aspirantes que le suceden en número de orden, en aras a no perjudicar las necesidades de personal interino de los órganos judiciales. El aspirante se mantendrá en esta situación de suspensión provisional hasta que vuelva a ser llamado, en la siguiente convocatoria que tenga lugar, para la realización del citado curso teórico-práctico.
Noveno.- Los aspirantes a que se refieren los apartados séptimo y octavo precedentes no quedarán definitivamente integrados en las correspondientes listas de reserva mientras no superen el mencionado curso de iniciación teórico-práctico, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad de 20 de mayo de 2009 y a las bases novena y duodécima de la resolución de convocatoria.
Una vez emitido el informe a que se refiere base duodécima de la convocatoria, en su apartado 6º, en relación con el artículo 9.1.5 de la Orden de 20 de mayo de 2009, este Centro Directivo procederá a declarar la superación o no superación de dicho curso teórico práctico por los aspirantes que vayan siendo llamados a realizarlo, a efectos de la integración definitiva de los mismos en la correspondiente lista de reserva, en caso de haber obtenido la calificación de apto.
Contra la presente Resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

1 comentario:

  1. Opositar por un puesto en la administración pública realmente es muy conveniente en estos tiempos de crisis económica. Trabajar en el Estado implica estar en posesión de un empleo estable, muy bien remunerado que además cuenta con numerosos beneficios en el plano social.

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