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miércoles, 27 de febrero de 2019

Subsanación y convalidación de la Resolución número 1868/2018, de 17 de diciembre por la que se aprobó la Oferta de Empleo Público de 2018 (TUINEJE)

En el BOP del 25/02 se ha publicado en las páginas 1824-1825:

Por Decreto de Alcaldía número 200/2019 de 21 de febrero, se resuelve subsanar y convalidar la Resolución número 1868/2018, de 17 de diciembre por la que se aprobó la Oferta de Empleo Público de 2018, y cuyo tenor literal es el siguiente: “Visto el Decreto número 1868 de 17 de diciembre de 2018, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2018. Expediente número 2018-2354. Resultando que con registro de entrada número 559 de 22 de enero de 2019, por la Delegación del Gobierno en Canarias,se requiere a este Ayuntamiento se deje sin efecto el Decreto de esta Alcaldía antes referido, por ser contrario al ordenamiento jurídico y de cuya consideración única se desprende: “De la documentación remitida por el Ayuntamiento de Tuineje se infiere que de las bajas producidas en 2017 sólo dos de las cinco tenidas en cuenta podrían ser computadas para calcular la tasa de reposición en cuanto que tres corresponden a personal laboral indefinido…” 1824 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 24, lunes 25 de febrero de 2019 Considerando el artículo 19. Uno. Punto 7 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleadosfijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleadosfijos que se hubieran incorporado en losmismos, en elreferido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente,se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas. Considerando el artículo 52.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la administración podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan. Considerando el artículo 52.2 de la misma Ley, el acto de convalidación producirá efecto, salvo lo dispuesto en el artículo. 39.3 para la retroactividad de los actos administrativos. Considerando el artículo 39.3 de la misma Ley, que de forma excepcional, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados, así como cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. En su virtud, y en uso de lasfacultades que me están conferidas, RESUELVO: Primero. Subsanar y convalidar el Decreto de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 17 de diciembre de 2018 por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público, y que será la siguiente: “Primero. Aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público para el presente ejercicio 2018: - DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Técnico/a Administración Especial Licenciatura en Derecho ESCALA: Administración Especial SUBESCALA/CLASE: Técnica/Superior NUMERO DE VACANTES: 1 GRUPO: A/A1 SISTEMA DE PROVISIÓN: Oposición Libre VINCULACIÓN: Funcionario de Carrera - DENOMINACIÓN DELPUESTO: Policía Local ESCALA: Administración Especial SUBESCALA/CLASE: Servicios Especiales/Policía Local. NUMERO DE VACANTES: 1 GRUPO: C/C1 SISTEMA DE PROVISIÓN: Oposición Libre VINCULACIÓN: Funcionario de Carrera” Segundo. Dar traslado de la presente Resolución a la Delegación del Gobierno en Canarias, publicando la rectificación operada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en la sede electrónica: sede.tuineje.es, prosiguiendo con la tramitación del expediente. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Sergio Lloret López, en Tuineje. Firmado electrónicamente” En Tuineje, a veintiuno de febrero de dos mil diecinueve. ELSR. ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Sergio Lloret López

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