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domingo, 24 de febrero de 2019

Aprobación de la lista de reserva correspondiente a la convocatoria en la categoría de profesor de música de la Banda Sinfónica Municipal (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 13/02 se ha publicado en las páginas 1443 y ss:

En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,se hace pública la resolución de la Directora General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 4905/2019, de 6 de febrero, por la que aprueba la lista de reserva correspondiente a la convocatoria para la configuración de lista de reserva en la categoría de profesor de música de laBanda Sinfónica Municipal. ANTECEDENTES PRIMERO. Por Resolución de la Directora General de Administración Pública número 12819/2017, de 2 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 54/2017, de 5 de mayo, fueron aprobadaslas bases específicas de la convocatoria para la generación de lista de reserva en la categoría de profesor de música de la Banda Sinfónica Municipal, habiendo sido objeto asimismo de publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal. SEGUNDO. Con fecha 13 de septiembre de 2013, se dicta la Resolución número 28200 por la que se aprueban las Bases Generales para la generación de listas de reserva de personal interino o temporal para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 124/2013, de 27 de septiembre. TERCERO. Con fecha 10 de febrero de 2015, se dicta la Resolución número 5.484 por la que se aprueba el funcionamiento de laslistas de reserva para cubrir las interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías de personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019 1443 CUARTO. Resolución número 3805/2016, de 15 de febrero del Concejal Delegado de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución número 28200/2013, de 13 de septiembre, por la que se aprueban las Bases Generales para la generación de listas de reserva de personal interino o temporal para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. QUINTO. Consta en el expediente elevación al órgano convocante de propuesta de lista de reserva efectuada por el Tribunal Calificador de fecha 4 de febrero de 2019. SEXTO.Informe del Servicio deRecursos Humanos de fecha 4 de febrero de 2019, por la que se eleva la propuesta de aprobación de lista de reserva en la categoría de profesor de música de la Banda Sinfónica Municipal. NORMATIVA APLICABLE Las Bases de la convocatoria establecen: Sexta. Presentación de documentos 6.1. Calculadaslas calificacionesfinales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios y en la web municipal, la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación decreciente, y propondrá la relación de candidatos que hayan de integrar la lista de reserva, reseñando la especialidad en la que deban figurar, en atención a aquella a la que se haya concurrido. Las personas propuestas para integrarla lista de reserva, presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de la Corporación, dentro del plazo de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, en la forma que se determina a continuación, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en el proceso selectivo se exigen en las Bases de la convocatoria: a) Fotocopia, debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad o NIE o Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente. b) Declaración de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos y de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración Pública, asumiendo el compromiso de mantener dicha situación en el momento de su llamamiento de la lista de reserva, con expresa indicación de que sabe y le consta que de no ser así decaerá su derecho a incorporarse a la prestación del servicio para la que fuera llamado. c) Declaración de no hallarse incurso en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, asumiendo el compromiso de mantener dicha situación en el momento de su llamamiento de la lista de reserva, con expresa indicación de que sabe y le consta que de no ser así decaerá su derecho a incorporarse a la prestación del servicio para la que fuera llamado. d) El título, fotocopia compulsada del mismo o justificante de haber abonado los derechos para su obtención, exigido para el acceso a la plaza a la que se concurra. e) Dos fotografías del tamaño carné de identidad. f)Certificación de la entidad bancaria en la que desee que se le abonen las retribuciones y en la que se reseñe el IBAN y 6.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran la documentación relativa al cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos para tomar parte en la convocatoria, o del examen de la misma o del reconocimiento médico se dedujera que carecen de alguna de las condiciones o no reunieran losrequisitos exigidos, ello determinará su automática exclusión, no pudiendo ser nombradas y quedando anuladas todassus actuaciones,sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia, solicitando tomar parte en el proceso selectivo. Séptima. Generación de lista de reserva y llamamientos 1. Los aspirantes que superen el proceso selectivo y hayan presentado correctamente la documentación requerida generarán una lista de reserva establecida por orden de puntuación correlativa y decreciente en el proceso selectivo. 2. La lista de reserva generada se subdividirá a su vez en tantas como especialidadestengan los aspirantes que formen parte de ella. 3. Los llamamientos se realizarán respetando el riguroso orden de puntuación dentro de cada una de las especialidades. Las listas de reserva que se configuren, como consecuencia del proceso selectivo a que se refieren las presentes Bases, se regirá en todos sus términos por las disposiciones contenidas en las normas de funcionamiento de laslistas de reserva para cubrir las interinidades y contratacionestemporales del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas por resolución número 5484/2015, de 10 de febrero, delCoordinador de Presidencia y Seguridad, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 27, de 27 de febrero de 2015. De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos Humanos obrante en el expediente, de fecha 4 de febrero de 2019 y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de lasBases delRégimen Local,modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que se dicte Resolución por la directora general de Administración Pública, al amparo del Decreto del Alcalde número 19972, de 20 de junio de 2017, en el que se establecen los sectores funcionales y la estructura del Área de Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración Pública y Deportes, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración, en el siguiente sentido: RESUELVE PRIMERO:Aprobarla lista de reserva correspondiente a la convocatoria para la generación de lista de reserva en la categoría de profesor de música de la Banda Sinfónica Municipal, tal y como figura en el anexo a esta propuesta de resolución. SEGUNDO: Efectuarlas notificaciones que procedan Régimen de recursos. Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, Recurso Contencioso Administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponerRecurso deReposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la Ley referida,se producirá silencio administrativo Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019 1445 desestimatorio, y podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de GranCanaria, a seis de febrero de 2019. La Directora General de Administración Pública. (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de GranCanaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, a seis de febrero de 2019. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero) El Oficial Mayor, Domingo Arias Rodríguez”. Las Palmas de Gran Canaria, a siete de febrero de dos mil diecinueve. LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez.

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