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domingo, 24 de febrero de 2019

Resolución nº 3883/19, de 29 de enero, por la que se deja sin efecto la Resolución nº 38652/18, de 10 de octubre, por la que se aprueban las bases específicas y convocatoria para la provisión en propiedad mediante el sistema de oposición libre de 31 plazas de agentes de bomberos (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 6/02 se ha publicado en las páginas 1278-1280:

En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,se hace pública la resolución de la Directora General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 3883/2019, de 29 de enero, por la que se deja sin efecto la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 38652/2018, de 10 de octubre, porla que se aprueban lasBases específicas y convocatoria para la provisión en propiedad mediante elsistema de oposición libre de 31 plazas de Agentes de Bomberos. “Resolución de la Directora General de Administración Pública número 3883/2019, de 29 de enero, por la que se deja sin efecto la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 38652/2018, de 10 de octubre, por la que se aprueban las Bases específicas y convocatoria para la provisión en propiedad mediante el sistema de oposición libre de 31 plazas de Agentes de Bomberos. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se emite el presente Informe Propuesta de resolución con base en los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO I. Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad, en fecha 21 de septiembre de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 118 de 2 de octubre de 2017, 1278 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, miércoles 6 de febrero de 2019 posteriormente modificada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de fecha 25 de enero de 2018, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 16 de 5 de febrero de 2018 y en la que resultaron ofertadas 31 plazas de Agente de Bomberos pertenecientes a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. II. Resolución de la Dirección General de Administración Pública número 38652/2018 de 10 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 125 de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueba las Bases Específicas y convocatoria para la provisión en propiedad mediante elsistema de oposición libre de 31 plazas de Agentes deBomberos pertenecientes a la escala deAdministración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO a) Régimen Jurídico - Constitución Española - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP, en adelante). CONSIDERACIONES JURÍDICAS ÚNICA. Una vez examinadaslas Bases Específicas para la provisión en propiedad de 31 plazas de Agentes de Bomberos, se han detectado una serie de errores materialestanto en el cuerpo de las Bases Específicas, así como en el temario anexo a las mismas; por lo que se considera la conveniencia de dejarsin efecto dichas Bases junto con sus anexos, al objeto de proceder a un estudio pormenorizado de las mismas, con la finalidad de corregir todas aquellas anomalías e irregularidades detectadas en éstas. Según lo establecido en el párrafo anterior, esta Administración estima que procede dejar sin efecto dichas Bases, de modo que se eviten perjuicios a los derechos de los aspirantes, así como favorecer el principio de igualdad de acceso a los empleos y cargos públicos consagrados en el artículo 23.2 de la Constitución Española. Visto el Informe Propuesta del Servicio de Recursos Humanos de fecha 29 de enero de 2019, y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de medidas para la modernización del gobierno local, y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, esta Dirección General, al amparo del Decreto del Alcalde número 44521/2015, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Decreto número 21693/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los sectores funcionales y la estructura del Área de Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración Pública y Deportes, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración, en virtud de lasfacultades conferidas por esta normativa: RESUELVE PRIMERO. Dejar sin efecto la Resolución de la Dirección General de Administración Pública número 38652/2018 de 10 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 125 de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueba las Bases Específicas y convocatoria para la provisión en propiedad mediante el sistema de oposición libre de 31 plazas de Agentes de Bomberos pertenecientes a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por los motivos expresados en la fundamentación jurídica del presente Informe Propuesta. SEGUNDO.Ordenarla publicación de estaResolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.laspalmasgc.es Régimen de Recursos. Contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la publicación del acto, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de laLey 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, miércoles 6 de febrero de 2019 1279 No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el presente acto, se podrá interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la publicación del acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la Ley referida,se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo en el plazo de SEISMESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo deReposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de enero de 2019. La Directora General de Administración Pública. (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 demayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de enero de 2019. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de La Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero),El Oficial Mayor, Domingo AriasRodríguez”. Las Palmas de Gran Canaria a treinta de enero de dos mil diecinueve. LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez.

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