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sábado, 18 de marzo de 2017

Resolución de 23 de febrero de 2017, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos y se convoca para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados del Estado, convocada por Resolución de 20 de diciembre de 2016.

En el BOE del 6/03 se ha publicado:


Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado, convocadas por Resolución de la Subsecretaria de Justicia, de 20 de diciembre de 2016 (BOE del 23), y en cumplimiento de lo señalado en el apartado Decimotercero de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría ha resuelto lo siguiente:
Primero.
Aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a participar en las referidas pruebas.
La copia certificada de la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá, en esta capital, en la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado (calle Ayala, 5), en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Función Pública (calle María de Molina, 50), en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno, en la página web del Ministerio de Justicia: www.mjusticia.es (empleo público-oposiciones y procesos selectivos) y en la web del punto de acceso general (www.administracion.gob.es).
Los aspirantes excluidos relacionados en el anexo que se acompaña y los omitidos en la relación provisional de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores, y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente que sus nombres constan en la relación de admitidos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran la exclusión o alegasen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.
Concluido el plazo señalado se hará pública una nueva resolución en la que se indicarán las modificaciones a las listas que se hayan podido producir y se elevarán a definitivas dichas listas. Dicha resolución se publicará en los mismos centros que se indican en el apartado primero de esta.
Si no se hubieran realizado alegaciones, una vez trascurrido el plazo de subsanación, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos adquirirá carácter definitivo.
Segundo.
El orden de actuación de los opositores comenzará de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 24 de febrero de 2016 (BOE del 26).
En consecuencia, se convoca en primer llamamiento a los opositores doña Cristina Henche Fernández, don Fernando Heredia González, don Ignacio Hidalgo de Mora, don Enrique de la Hoz Sáez, doña Lucía Hurtado Merediz y doña Carmen Imaz Suárez para la realización del primer ejercicio, teórico y oral, el próximo día 18 de abril de 2017, a las 16:00 horas, en la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, sita en la calle Ayala, 5, de Madrid.
Los candidatos se presentarán provistos de su documento nacional de identidad.
Tercero.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 23 de febrero de 2017.–La Subsecretaria de Justicia, Áurea Roldán Martín.
ANEXO

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