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sábado, 26 de noviembre de 2016

Resolución de 28 de octubre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

En el BOE del 11/11 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» n.º 70, de 22 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaria, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 marzo y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en el Punto de Acceso general: www.administración.gob.es, así como en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad: www.mineco.es; y en la de los Organismos Públicos de Investigación: www.ciemat.es; www.csic.es; www.isciii.es; www.inia.es; www.ieo.es; y www.inta.es.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 6150, por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1 plaza, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
1.1 La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica de las plazas convocadas por acceso general es la siguiente:
Tribunal/Perfil
Organismo
N.º de plazas
1. Evolución en las interacciones planta-animal.
CSIC: Estación experimental de Zonas Áridas.
1
2. Desarrollo de procesos industriales basados en materiales porosos ordenados.
CSIC: Instituto de Tecnología Química.
1
3. Modelado del comportamiento de materiales estructurales bajo irradiación nuclear.
CIEMAT.
1
4. Producción y protección vegetal en agricultura sostenible.
INIA.
1
5. Ecología Marina, oceanografía, pesquerías y cultivos marinos.
IEO.
2
6. Investigación en Telemedicina y TICs.
ISCIII.
1
6. Investigación en Programas de Salud Pública Internacional.
ISCIII.
1
7. Astrobiología.
INTA.
1
1.2 La plaza que se convoca por el cupo de reserva para personas con discapacidad corresponde al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) y quienes participen en el proceso selectivo por este cupo, podrán concurrir por el perfil indicado para la plaza convocada para dicho Organismo por el turno general.
La plaza convocada por el cupo de reserva para personas con discapacidad será adjudicada, de entre aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquel candidato con la mayor puntuación final.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, quienes hayan solicitado participar en el proceso selectivo por este cupo y hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por el mismo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general del mismo perfil por el que hayan participado en el cupo de reserva para personas con discapacidad.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, no se acumularán a las de acceso general.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
3. Requisitos de los aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo las personas solicitantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
3.1 Nacionalidad:
Tener la nacionalidad española.
Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
3.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. Se entenderá que un aspirante está en condiciones de obtener el título de doctor cuando hubiera resultado aprobado para dicho grado tras la lectura de la correspondiente tesis doctoral. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación.
3.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicios de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las desempañaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
4. Solicitudes
4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administración.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.
4.2 Las solicitudes se presentaran en papel o vía electrónica.–La presentación de la solicitud por vía electrónica, se realizará haciendo uso del servicio para la Inscripción en Procesos Selectivos del Punto de Acceso General (http://administración.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física o el DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http:/www.cert. fnmt.es/ y en http:/dnielectronico.es, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá:
1. Inscripción en línea del modelo 790.
2. Anexar documentos a su solicitud.
3. Pago telemático de las tasas.
4. Registro electrónico de la solicitud.
En las solicitudes cumplimentadas por vía telemática, la documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.6 y 4.7, deben remitir junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Las solicitudes en soporte papel se cumplimentarán en el modelo oficial (administracion.gob.es/PAG/modelo/790) y deberá presentarse en el Registro General del Organismo al que corresponde la especialidad a la que se concurre: Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (avenida Complutense, 40, 28040 Madrid); de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (C/ Serrano, 117, 28006 Madrid), del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), (avenida de Monforte de Lemos, n.º 5, 28029 Madrid), del Instituto Nacional de Investigación y Tecnologías Agrarias y Alimentarias (INIA) (Carretera de A Coruña km 7,5, 28040 Madrid), del Instituto Español de Oceanografía (IEO) (C/ Corazón de Maria n.º 8, 28002 Madrid) y en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) (Carretera de Ajalvír, km 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid) o del Ministerio de Economía y Competitividad (Paseo de la Castellana, 162, 28046 Madrid); o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3 Pago de la tasa de los derechos de examen.–Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos de examen se ingresará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
4.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
4.5 Solo podrá presentarse una solicitud, en la cual deberá incluirse un único perfil y se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo III. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles o la falta de reflejo en la misma de un perfil concreto supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores puedan ser subsanados.
4.6 Las solicitudes de participación en este proceso selectivo deberán venir acompañadas de la documentación que a continuación se indica y la forma de aportación de la misma será en una memoria USB, que incluya los archivos en formato pdf, si la instancia se presenta en soporte papel, si se presenta telemáticamente en la forma descrita en la base 4.2 de esta convocatoria:
4.6.1 Acreditación documental de haber desarrollado labores de investigación en Instituciones públicas o privadas, españolas o extranjeras, durante un periodo de nueve años como mínimo.
4.6.2 Currículum vitae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la denominación siguiente: «CV_apellidos y nombre del candidato».pdf. Así mismo el día de la citación para la realización de la primera fase del concurso y en el momento de la presentación para su realización, los aspirantes deberán hacer entrega al Tribunal, en sobre cerrado y con un máximo de cinco páginas (UNE-A4), de un resumen que contenga su visión acerca del estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevean desarrollar en relación con la perfil por la que se presenta, según se explicita en el punto 4 del anexo I «Descripción del proceso selectivo» de esta convocatoria. La no presentación de dicho resumen en el día y momento indicados, supondrá la imposibilidad de continuación con la realización del ejercicio por parte del aspirante.
Así mismo, junto con la solicitud, deberá también acompañarse de una fotocopia de la titulación del grado de doctor y en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario adjuntar el correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación.
4.6.3 Un resumen de un máximo de 10 páginas (UNE-A4) en el que se expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, con especial énfasis en estas últimas, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1.a) del anexo I. Este archivo se deberá identificar con la siguiente denominación: «OBJETIVOS_apellidos y nombre del candidato».pdf.
4.6.4 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar con del siguiente modo: «APORTACIONES_apellidos y nombre del candidato».pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos junto con la solicitud.
4.6.5 Un resumen de las cinco aportaciones de la base anterior de un máximo de 3 páginas (UNE-A4), subrayando la relevancia de dichas aportaciones y la contribución personal a las mismas. Este archivo se deberá identificarse con el siguiente nombre: «RESUMEN_apellidos y nombre del candidato».pdf.
La no presentación del currículum vitae y de la documentación exigida en las bases 4.6.1, 4.6.3, 4.6.4 y 4.6.5, en tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante sin posibilidad de subsanación.
4.7 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como Anexo II a esta convocatoria.
5.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderán a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales en función del Organismo al que se encuentren adscritas las plazas convocadas, tendrán su sede en:
– Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas. Avenida Complutense, 40, 28040 Madrid; Teléfono: 913466000; correo electrónico: recursos.humanos@ciemat.es.
– Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. C/ Serrano 117, 28006 Madrid; teléfono 915681832, 915681834 y 915681835; correo electrónico: sspf@csic.es.
– Instituto de Salud Carlos III. Avenida Monforte de Lemos n.º 5, 28071 Madrid; teléfono: 918222776, 918222746. Correo electrónico: personaloposiciones@isciii.es.
– Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. Carretera La Coruña km 7,5, 28040 Madrid; teléfono 913473799, 913473977; correo electrónico: secgen@inia.es.
– Instituto Español de Oceanografía. C/ Corazón de María n.º 8, 28002 Madrid; teléfono: 913421148; dirección de correo electrónico: spersonal@md.ieo.es.
– Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas». Carretera de Ajalvir, km 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid); teléfono: 915201227, 915201311, 915201243; dirección de correo electrónico: personalfuncionario@inta.es.
5.4 En la sesión de constitución de cada uno de los Tribunales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), estos designaran, de entre los vocales, un Secretario/a Titular y Suplente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 apartado 10 del Real Decreto por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, garantizando la paridad entre mujeres y hombre.
6. Desarrollo del proceso selectivo
Dentro de cada perfil, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra H, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 («Boletín Oficial del Estado» n.º 49, de 26 de febrero).
7. Norma final
Al presente proceso le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 28 de octubre de 2016.–El Subsecretario de Economía y Competitividad, P.S. (Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Economía y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos desarrollado en dos fases.
2. La citación a la primera fase del concurso del proceso selectivo se celebrarán en la localidad y lugar que se explicitará en la Orden por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
3. En las dos fases de concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en el mismo.
4. Los aspirantes podrán solicitar, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales que precisen para su exposición.
5. En el momento de la presentación para la realización de la primera fase del concurso, y antes del inicio de la misma, los candidatos entregarán al Tribunal los trabajos y documentos acreditativos del contenido de su correspondiente Currículo y, en sobre cerrado, un resumen con un máximo de cinco páginas (UNE_A4) que contenga la visión del aspirante acerca del estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevean desarrollar en relación con la especialidad por la que se presenta.
La falta de presentación de la indicada documentación y del resumen, implicará la exclusión del proceso selectivo.
6. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, que tiene por objeto la comprobación y calificación de los méritos expuestos por los aspirantes en su curriculum vitae, así como en la documentación aportada y consistirá en la exposición oral y pública por el aspirante, en el tiempo máximo de una hora, de los méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el curriculum vitae. Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante, sin límite de tiempo, sobre el contenido de la exposición oral del mismo, pudiendo formular todas las preguntas que considere convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los temas de trabajo más relevantes de la investigación.
En esta fase, los Tribunales valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos de acuerdo con el baremo que se recoge a continuación:
a) Objetivos científicos y/o tecnológicos perseguidos a lo largo de la carrera investigadora, con énfasis en las líneas fundamentales de investigación futura.
La puntuación máxima de este apartado será de 8 puntos.
b) Las contribuciones científicas y/o tecnológicas realizadas teniendo en cuenta la calidad y repercusión de las mismas. La calificación de este apartado deberá valorar adecuadamente sendos tipos de contribuciones en función de la orientación científica y/o tecnológica de la actividad curricular del aspirante.
Las contribuciones científicas deberán valorarse en forma de trabajos originales de investigación publicados y en la dirección y participación en proyectos de investigación I+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.
En el caso de candidatos con curriculum vitae de perfil tecnológico, se valorará especialmente en ese apartado:
1) Contribuciones tecnológicas realizadas, valorando la calidad y repercusión de patentes licenciadas.
2) Creación de empresas de Base Tecnológica con acuerdos de transferencia de tecnología con los Organismos Públicos de Investigación y con otra entidad relacionada profesionalmente con el aspirante.
3) Participación en contratos y proyectos de I+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.
La puntuación máxima de este apartado será de 18 puntos.
c) La redacción y publicación de libros, capítulos de libros, monografías, etc que sean resultado de un trabajo científico y que no hayan sido considerados ni valorados en el apartado anterior. La elaboración de informes científicos y la participación en trabajos e informes de asesoramiento científico y de apoyo tecnológico. Los estudios geológicos, hidrológicos, oceanográficos, energéticos, medioambientales, biosanitarios o de cualquier otra naturaleza científica realizados con fines de investigación. La representación y participación en Organismos e Instituciones científicas y/o tecnológicas nacionales e internacionales. Trabajos o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros. Participación en congresos científicos y/o tecnológicos, seminarios, cursos. La dirección de tesis doctorales o tesinas. La dirección y formación del personal investigador. La publicación de artículos científicos y/o tecnológicos en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el aspirante relacionado con la especialidad objeto de la convocatoria.
La puntuación máxima de este apartado será de 14 puntos.
Solo se podrán valorar los méritos de los apartados a); b) y c) que se tuvieran debidamente acreditados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los apartados a); b) y c) del baremo anterior, se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dicha calificación deberá justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente a estos apartados será la media de las puntuaciones asignadas para cada uno de ellos por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la más alta y la más baja y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y una mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase de concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados a); b) y c) del baremo, siendo necesario alcanzar 20 puntos, como mínimo, para pasar a la segunda fase del concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase de concurso podrá aplicarse para superar la segunda fase.
7. Para la realización de la segunda fase del concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil convocará sucesivamente a los aspirantes admitidos en el mismo que hayan superado la primera fase.
8. La segunda fase del concurso, tiene por objeto comprobar la adecuación de los méritos, competencias y capacidades de los aspirantes con las características y funciones de la plaza por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora, de su visión acerca del estado actual de la especialidad objeto de la convocatoria, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante durante un tiempo máximo de 30 minutos, acerca de los conocimientos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con el tema y se valorará su conocimiento de la especialidad y de las innovaciones y avances científicos que haya experimentado, así como su visión de la evolución del área en el futuro y de las líneas de investigación posibles, según el siguiente baremo:
a) Su conocimiento y visión de la evolución de la especialidad científica o tecnológica (máximo 4 puntos).
b) La contribución del aspirante al avance del conocimiento. El grado de innovación, originalidad y viabilidad de las líneas de investigación a desarrollar (máximo 6 puntos).
Esta segunda fase del concurso tendrá una valoración máxima de 10 puntos.
La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados del baremo de esta segunda fase del concurso, se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dichas calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta segunda fase de concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados de este anexo, siendo necesario alcanzar 5 puntos, como mínimo, para pasar superar esta fase.
9. La puntuación final del concurso será la suma de las puntuaciones parciales obtenidas en cada fase.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase de concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase de concurso en el apartado a), b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados a) y b) valorados sucesivamente en el orden indicado
4.º De persistir el empate el Tribunal resolverá por votación.
10. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
11. Quienes tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
12. Otras previsiones: Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que les asesoren, designados previamente por el Presidente del Tribunal para todas o algunas de las fases del concurso. Dichos asesores colaboran con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
13. En el marco de estas bases y demás normas reguladoras de esta convocatoria, se autoriza a los miembros del Tribunal Titular y Suplente para su actuación simultánea.
ANEXO II
Tribunales calificadores
Tribunal n.º 1
«Evolución en las interacciones planta-animal»
Tribunal titular:
Presidente: Miguel Bastos Araujo; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.
Vocales: Carmen Galán Soldevilla; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. M. Luisa Suárez Alonso; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Crisanto Gómez López; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Francisco Antonio Comín Sebastián; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.
Tribunal suplente:
Presidenta: M. Concepción López Alados; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.
Vocales: Andrew John Green; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Ana María Traveset Vilagines; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Juan Carlos Alonso López; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Eulalia Moreno Mañas; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.
Tribunal n.º 2
«Desarrollo de procesos industriales basados en materiales porosos ordenados»
Tribunal titular:
Presidente: Avelino Corma Canos; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.
Vocales: Sara Iborra Chornet; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Miguel Ángel Bañares González; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Narciso Homs Marti; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. M. Isabel Vázquez Navarro; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Tribunal suplente:
Presidenta: Inmaculada Rodríguez Ramos; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.
Vocales: José Manuel López Nieto; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Joaquín Pérez Pariente; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Enrique Rodríguez Castellón; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Rosa M. Martín Aranda; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Tribunal n.º 3
«Modelado del comportamiento de materiales estructurales bajo irradiación nuclear»
Tribunal titular:
Presidenta: Ana Serra Tort, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Secretario: José Manuel Pérez Morales, Escala de Científicos Titulares de los OPIS.
Vocales: Manuel Perlado Martín, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; María José Caturla Terol, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad; Javier Sanz Gozalo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Tribunal suplente:
Presidente: Ángel Ibarra Sánchez, Escala de Científico Titular de los OPIS.
Secretaria: Carolina Ahnert Iglesias, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Vocales: Carlos Capdevila Montes, Escala de Investigadores Científicos de los OPIS; José Manuel Torralba Castelló, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; Nieves de Diego Otero, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Tribunal n.º 4
«Producción y protección vegetal en agricultura sostenible»
Tribunal titular:
Presidenta: Paloma Melgarejo Nardiz; Profesor de Investigación OPIs.
Secretaria: Margarita Medina Fernández Regatillo; Investigador Científico OPIs.
Vocales: Enrique Playan Jubillar, Profesor de Investigación; Ignacio Romagosa Clariana, Catedrático de Universidad; Elisa Viñuela Sandoval Catedrática de Universidad
Tribunal suplente:
Presidenta: Isabel Cañellas Rey de Viñas; Científico Titular de OPIs.
Secretario: Fernando Ponz Ascaso; Investigador Científico OPIs.
Vocales: José Luis González Andújar, Profesor de investigación del CSIC; Francisca López Granados, Profesor de investigación del CSIC; Hipólito Medrano Gil, Catedrático de Universidad.
Tribunal n.º 5
«Ecología marina, oceanografía, pesquerías y cultivos marinos
Tribunal titular:
Presidente: Miquel Canals Artigas; Catedrático de Universidad.
Secretario: Enric Massuti Sureda; Profesor de Investigación de OPIS.
Vocales: Beatriz Reguera Ramírez; Profesora de Investigación de OPIS. María de Carmen Sarasquete Reiriz; Profesora de Investigación de OPIS. Josep María Gili Sardá; Profesor de Investigación de OPIS.
Tribunal suplente:
Presidente: Antonio Manuel Bode Riestra; Profesor de Investigación de OPIS.
Secretario: Pablo Abaunza Martínez. Científico Titular de OPIS.
Vocales: Begoña Santos Vázquez; Científico Titular de OPIS. Ana Sabates Freijo; Investigador Científico de OPIS. Eduardo Balguerías Guerra; Científico Titular de OPIS.
Tribunal n.º 6
«Investigación en Telemedicina y TICs» e «Investigación en Programas de Salud Pública Internacional»
Tribunal titular:
Presidente: Manuel Cuenca Estrella. Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Secretaria: Julia del Amo Valero, Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Vocales: Fernando Rodríguez Artalejo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; José Alcamí Pertejo, Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación; Ángeles Juarranz de la Fuente, Cuerpo de Catedráticos de Universidad
Tribunal suplente:
Presidenta: María Anunciación Pollán Santamaría, Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Secretario: Ángel Luis Corbí López. Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Vocales: Ernesto García López. Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación; José María Aguado García. Cuerpo de Catedráticos de Universidad; María Luisa Toribio García, Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Tribunal n.º 7
«Astrobiología»
Tribunal titular:
Presidente: Rafael Rodrigo Montero, Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación.
Secretario: José Miguel Mas Hesse, Escala de Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación.
Vocales: Alfonso Valencia Herrera, Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación; M.ª Pilar Tarazona Lafarga, Cuerpo de Catedráticos de Universidad, Rosa M.ª Tejero López, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Tribunal suplente:
Presidente: Víctor de Lorenzo Prieto, Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación.
Secretaria: Emilia Quesada Arroquia, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Vocales: José Ángel Martín Gago, Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación; M.ª Victoria Béjar Luque, Cuerpo de Catedráticos de Universidad, M.ª José Bonete Pérez, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
ANEXO III
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Economía y Competitividad». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación» » y entre paréntesis se consignará el Organismo al que corresponde la especialidad por la que se presenta.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se señalará «Profesores Investigación de Organismos Públicos de Investigación», consignándose el código 6150 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el perfil al que se concurre (indicar solamente uno).
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L»
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía y Competitividad».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, no se consignará nada, la localidad y el lugar en el que se celebraran cada una de las dos fases del concurso se comunicaran a los aspirantes en la Orden por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
En el recuadro 21, «Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 3 de esta convocatoria.
En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la convocatoria», los candidatos extranjeros o de otros Estado Miembros de la Unión Europea harán constar el idioma por el que optan para realización del proceso selectivo: «español» o «inglés».
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 29,89 euros y para las familias numerosas de categoría general de 14,95 €.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
c) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, las personas que hayan sufrido daños físicos y psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecido.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
La solicitud se dirigirá a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Economía y Competitividad.

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