http://rrabogadoslaspalmas.com/

domingo, 6 de noviembre de 2016

Oferta de empleo público para el año 2016 (SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA)

En el BOP del 2/11 se ha publicado en las páginas 10569 y ss:

En cumplimiento a las previsiones de la normativa de función pública local, en concreto a las determinaciones contenidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en elReal Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el Texto Refundido de la Ley 7/2015, de 1 abril, de Municipios de Canarias, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre, por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatutoBásico delEmpleado Público, en laLey 2/1987, de 30 demarzo, de la Función Pública Canaria, en la Ley 48/2015, de 29 octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, por medio de la presente se hace público que por el Sr. Concejal de Gobierno del Área de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, se ha adoptado Resolución de fecha 27 de julio 2015, cuyo tenor literal es el siguiente: Visto el informe emitido por el Letrado, Técnico de Administración General que suscribe, en tanto que Jefe del Servicio de Recursos Humanos y la Graduada Social Técnica de Recursos Humanos del Servicio de Recursos Humanos a los efectos de la tramitación de la Oferta de Empleo Público 2016, Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 132, miércoles 2 de noviembre de 2016 10569 Resultando que por el Ayuntamiento Pleno se adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación definitiva de la Plantilla de Personal Funcionario y Laboral para el año 2016, habiéndose publicado la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Considerando que corresponde a este Ayuntamiento elaborar y publicar la oferta de empleo que, ajustándose a la normativa estatal, determine que plazas o puestos de trabajo,sean régimen funcionarial o contratación laboral, desee proveer en éste ejercicio; provisiones que deben realizarse, en todo caso de acuerdo con la oferta de empleo público que se apruebe y publique. En uso de las competencias y atribuciones que por el Sr. Alcalde-Presidente se han delegado en este Concejal de Gobierno del Área de Economía, Hacienda Y Recurso Humanos, por resolución de 30 de junio 2015 y en el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 21.1.g), de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 41.14.a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, los artículo 70 y ss. del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 Octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás normas concordantes de aplicación, vengo en resolver: PRIMERO. Aprobar la O.E.P. para el ejercicio presupuestario de 2016 como trámite previo y preceptivo para la provisión, por los sistemas de selección que se señalen en cada una de las Bases Generales y Específicas que se aprueben en su momento, máslas vacantes que se produzcan hasta el momento de la celebración de las pruebas, plazas que están dotadas de sueldo, pagas extraordinarias,residencia, trienios y demásretribuciones complementarias que les corresponden conforme a lo establecido en la legislación vigente, en los siguientes términos: OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2016 PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO Escala de Administración General Subescala Técnica Nº. Turno Reserva para Nº. Grupo Subgrupo Denominación Vacante/s Libre Promoción Interna Plaza A A1 Téc. Adm. Gral. 22 - 1735 487 Escala de Administración Especial Subescala Técnica Clase Técnicos Superiores Nº. Turno Reserva para Nº. Grupo Subgrupo Denominación Vacante/s Libre Promoción Interna Plaza A A1 Arquitecto 22 - 540 566 A A1 Ingeniero Industrial 11 - 750 Escala de Administración Especial Subescala Técnica Clase Técnicos Medios Nº. Turno Reserva para Nº. Grupo Subgrupo Denominación Vacante/s Libre Promoción Interna Plaza A A2 Arquitecto Técnico 11 - 923 10570 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 132, miércoles 2 de noviembre de 2016 Escala de Administración General Subescala Administrativa Nº. Turno Reserva para Nº. Grupo Subgrupo Denominación Vacante/s Libre Promoción Interna Plaza C C1 Administrativos de Adm. Gral. 51 4 738 683 694 297 911 Escala de Administración Especial Subescala de Servicios Especiales Clase Policía Local Nº. Turno Reserva para Nº. Grupo Subgrupo Denominación Vacante/s Libre Promoción Interna Plaza C C1 Oficial 84 4 42 85 152 203 348 424 554 731 C C1 Policía 12 12 - 24 91 157 158 193 194 347 377 493 515 676 Escala de Administración Especial Subescala de Servicios Especiales Clase Servicio Extinción de Incendios Nº. Turno Reserva para Nº. Grupo Subgrupo Denominación Vacante/s Libre Promoción Interna Plaza C C1 Sargento 1- 1 855 C C2 Cabo 1- 1 684 C C2 Agente-Bombero 44 - 729 739 848 913 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 132, miércoles 2 de noviembre de 2016 10571 SEGUNDO. Las Bases que se redacten deberán respetar, en todo caso, lassiguientes determinaciones: 1. Se establece el Concurso Oposición como sistema de selección preferente, exceptuados los casos de provisión por Oposición Libre conforme a Ley. 2. Se reservará un siete por ciento de las plazas para personas con discapacidad tal y como señala el artículo 59 delEBEPen concordancia con la previsión del artículo 4 del RD Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. 3. Habrán de cumplimentarse las determinaciones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad 4. Los órganos de selección se ajustarán a las determinaciones del artículo 60 y concordantes de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público y jurisprudencia que interpreta el mismo 5. Las pruebas selectivas serán valoradas por tribunales calificadores nombrados en cada convocatoria, a los cuales les corresponderá el desarrollo y la calificación de las pruebas y la valoración de los méritos, en su caso. Estarán constituidos por un número impar de miembros no inferior a cinco, necesariamente funcionarios de carrera que deberán tener en su totalidad un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala de que se trate. Deberá nombrarse igual número de miembros suplentes. En su composición se velará por el cumplimiento de los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad de sus miembros y se tenderá a la paridad entre mujeres y hombres. Los miembros de los tribunales estarán sometidos a las normas de abstención reguladas en la normativa legal aplicable, entre otras el artículo 28 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6. Las Convocatorias y las Bases de Selección serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado, y vincularán a la Administración y a los órganos de selección. Al menos contendrán los siguientes datos: número y características de las plazas convocadas, declaración expresa de que no se podrán aprobar más aspirantes que plazas convocadas, órgano al que deben dirigirse lassolicitudes, condiciones o requisitos que deben reunir los aspirantes, sistema selectivo, sea oposición, concurso-oposición o concurso, pruebasselectivas que hayan de celebrarse, designación del tribunal de selección,sistema de calificación,sistema de valoración de los méritos, programa o temario que ha de regir en cada una de las pruebas, orden de actuación de los aspirantes y determinación y características del periodo de prácticas y curso selectivo, si lo hubiere. 7. Los sistemas selectivos garantizarán en todo caso la libre concurrencia,sin perjuicio de lo establecido para promoción interna y de la normativa relativa a las medidas de discriminación positiva, como por ejemplo turno de discapacitados y garantizando el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.Elsistema de selección cuidará especialmente la máxima conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de lastareas de los puestos de trabajo convocados. Para el ingreso de funcionarios los sistemas selectivos serán los de oposición y concurso oposición, que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinarla capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. El sistema de concurso solo podrá utilizarse con carácter excepcional y en virtud de ley que lo autorice expresamente, siendo este sistema como medio de selección la valoración de méritos. 8. Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria y las bases previamente aprobadas por el Sr. AlcaldePresidente o Concejal con delegación, conforme al Real Decreto 364/1995, las fases a seguir serán las siguientes: a. Recepción de solicitudes de los aspirantes. b. Elaboración de listas de aspirantes. c. Elaboración de la lista provisional de admitidos y excluidos, que deberá aprobarse por el Sr. Alcalde o Concejal con delegación. d. Publicación de la lista de admitidos y excluidos con otorgamiento de plazo para subsanación y/o reclamaciones. e. Publicación de la lista definitiva de los admitidos y excluidos, señalando en lugar, día y hora para la celebración del primer ejercicio. f. Constitución del Tribunal. 10572 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 132, miércoles 2 de noviembre de 2016 g. Celebración del primero de los ejercicios. h.El día, hora y lugar de lassiguientes pruebas deberán ser anunciadas con una antelación mínima de doce horas, si es el mismo ejercicio, o de veinticuatro horas cuando sea otro ejercicio. 9. En cada sesión que celebre, el Tribunal levantará un acta suscrita por todos sus miembros, dando fe de la misma el/la Secretario/a. 10. Finalizada la fase de oposición, es decir, celebradas todas las pruebas previstas en la convocatoria y las bases, se establecerá el listado de la puntuación obtenida, de mayor a menor, por cada unos de los aspirantes, suscribiendo dicho listado todos los miembros del tribunal. 11. Se procederá a realizar la publicación de la lista de aprobados y suspendidos, confiriendo plazo de diez días para formular alegaciones y/o reclamaciones. Finalizado el referido plazo, previa resolución de aquellas,se someterá a definitiva la lista de aprobados y suspendidos y se pasará a la fase de concurso. 12. Abierta la sesión en acto convocado expresamente al efecto, el Tribunal procederá a valorar los méritos aportados y acreditados, en estricta aplicación de las Bases de la convocatoria y, una vez finalizada la valoración, elaborará el listado de los aspirantes con los puntos por méritos obtenidos por cada uno, listado que será suscrito por todos miembros del Tribunal 13. El Tribunal constituido al efecto elaborará la lista definitiva de la puntuación total, la cual se hallará mediante el sistema de adicionar a la puntuación obtenida en la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de méritos. Elaborado dicho listado de mayor a menor puntuación,será suscrito por todos los miembros del Tribunal y se incorporará al acta de la sesión. Los aspirantes propuestos no podrán superar el número de plazas convocadas. 14. Seguidamente se procederá a realizarla publicación de la lista de aprobados confiriendo plazo de diez días para formular alegaciones y/o reclamaciones. Finalizado el referido plazo, previa resolución de aquellas, se someterá a definitiva la lista de aprobados, levantándose acta de la sesión, y el listado con la puntuación total y definitiva se remitirá al Sr. Alcalde-Presidente. TERCERO. Ordenar la publicación, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias, previa publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. CUARTO. De la presente se dará traslado al Servicio de Recursos Humanos, a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, al Comité de Empresa y a la Junta de Personal, para su oportuna tramitación. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, advirtiendo que, sin perjuicio de su efectividad, de conformidad con los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común contra la expresada resolución se podrá interponerrecurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación; o, en su caso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo deLas Palmas en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de aquella publicación, ello de conformidad con las previsiones del artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. San Bartolomé de Tirajana, a veintiuno de octubre de dos mil dieciséis. EL SECRETARIO GENERAL, José Marcelino López Peraza.

No hay comentarios:

Publicar un comentario