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martes, 1 de noviembre de 2016

ases específicas de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de técnico de administración general (PUERTO DEL ROSARIO)

En el BOP del 24/10 se ha publicado en las páginas 10133 y ss:

Amedio del presente se hace de público conocimiento que porla Sra.Concejala Delegada de Personalse dictó la resolución número 2.476 de fecha 17 de octubre de 2016, cuya parte dispositiva establece lo siguiente: PRIMERO. Aprobar las Bases Específicas de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Puerto del Rosario,según el texto que a continuación se detalla: BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERALEN ELAYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO. OBJETO DE LACONVOCATORIA: Las presentes Basestienen por objeto la selección de personal para la creación de una Bolsa de Trabajo de TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, a los efectos de su nombramiento interino o contratación temporal y contratación de relevo por jubilación parcial (en este último nombramiento el trabajador deberá estar en situación de desempleo en elmomento del llamamiento), así como reunir cualquier otra circunstancia que precise la normativa específica de aplicación en las plazas, puestos o categorías profesionales que se determinen en cada Convocatoria, de modo que permita cubrirlas eventuales necesidades que demande el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como para la cobertura de las vacantes que se precisen. BASES QUE REGIRÁN EN EL PROCESO SELECTIVO: El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario aprobadas por Decreto de la Sra. Concejala de Personal número Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 10133 2.638 de 11 de mayo de 2012, y publicadas en elBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 66 de 23 de mayo de 2012, modificadas posteriormente por Decreto número 3.602 de 16 de julio de 2012, publicado en el BOP número 97 el día 30 de julio de 2012; y por Decreto 4.486 de 26.07.2013, publicado en el BOP de Las Palmas el día 31 de julio de 2013, y mediante Decreto 827 de 21.03.2014 (publicado en el BOP de Las Palmas el día 26.03.2014); así como por lo establecido en las presentes Bases Específicas. LUGAR DEL PUESTO DE TRABAJO: Ayuntamiento de Puerto del Rosario. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudeslos establecidos en la Base Cuarta de las Bases Generales para la Creación deBolsas de Trabajo, conCarácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas. SOLICITUDES: Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria, deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, que les será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana, o bien a través de la página web: http:/puertodelrosario.org. El impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada. La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente: - Del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen. - Del original o copia compulsada de los méritos que se pretenden hacer valer. - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia compulsada del documento que acredite la misma. -Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) del título de Licenciatura en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil, Actuario o Grados Universitarios Equivalentes, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportarla credencial que acredite su homologación. - Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. - Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad para el desempeño de cargo público o empleo público. La fecha límite para la alegación y acreditación de méritos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en la forma indicada, aunque hubieran sido debidamente alegados. PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de presentación de solicitudes será en el plazo de DIEZ DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria específica en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo. LUGAR DE PRESENTACIÓN: El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, así como los documentos anteriormente reseñadosse presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Puerto delRosario (Servicio de AtenciónCiudadana). Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16, apartado 4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Aquellos aspirantes que presenten la documentación en otro registro distinto del Ayuntamiento de Puerto del Rosario deberán remitir la instancia registrada por fax al número: 928.850.277. Atal efecto se entenderá que la hora de terminación del plazo será la hora de cierre de la oficina de Correos del último día de presentación de solicitudes. 10134 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 ADMISIÓN DE ASPIRANTES: Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazomáximo deCINCO DÍAS NATURALES, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en elTablón deAnuncios y páginaweb delAyuntamiento, concediéndose un plazo de TRES DÍAS NATURALES para la presentación de reclamaciones o subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión del aspirante,siempre que los mismossean subsanables, sirviendo a tales efectos la publicación de la lista provisional con indicación de los defectos observados, como requerimiento expreso para que se lleve a cabo la subsanación de los mismos. En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento y en ella se fijará, asimismo, el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio práctico de la fase de oposición. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos. TRIBUNAL DE SELECCIÓN: El Tribunal Calificadorserá designado por el Alcalde-Presidente de la Corporación y compuesto por un Presidente, un Secretario y cuatro vocales, entre funcionarios de Carrera o personal laboral fijo de las distintas Administraciones Públicas y su actuación se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas. La totalidad de los miembros del TribunalCalificador, excepto el Secretario, deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para concurrir a la convocatoria específica y que sean del área de conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los aspirantes. La designación de los miembros del Tribunalse hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento, conjuntamente con la exposición de la lista definitiva de admitidos al proceso selectivo correspondiente. SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición, ya que la naturaleza de las plazas convocadas y de lasfunciones a desempeñar, hacen que éste sea el sistema de selecciónmás adecuado, en tanto que permite unamejor aplicación de los principios de mérito y capacidad de los aspirantes, ya que no sólo se tendrán en cuenta sus conocimientosteóricos,sino también se valorará la experiencia laboral, la formación específica en las materiasrelacionadas con lasfunciones a desempeñar y sus conocimientos. Fase de oposición: Consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios para todoslos aspirantes, por lo que el no superarlosinhabilitará al opositor para continuar el proceso. La puntuación máxima de cada ejercicio será de 10 puntos debiéndose obtener, almenos, una puntuación de 5 puntos, para superarlos. Los ejerciciosserán adecuados al puesto a cubrir y estarán relacionados con el temario que figura en la convocatoria, y constará de: - Primer Ejercicio: Cuestionario de 5 preguntas a desarrollar. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora y treinta minutos. - Segundo Ejercicio: Un supuesto práctico a resolver por escrito. Se permitirá para la realización delsupuesto práctico el siguiente material: legislación (no concordada ni comentada). El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora y treinta minutos. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, y una vez procedido a la calificación del ejercicio correspondiente, el Tribunal hará públicas en el lugar de su celebración, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes dispondrán de un plazo deTRES DÍAS NATURALES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 10135 Fase de concurso: Los méritosse valorarán a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, conforme al baremo establecido en el Anexo I de las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas, modificado posteriormente por Decreto de la Sra. Concejala de Personal número 3.602 de 16 de julio de 2012 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 97 de 30 de julio de 2012 y porDecreto 4.486 de 26.07.2013, publicado en elBOPdeLas Palmas el día 31 de julio de 2013, y mediante Decreto 827 de 21.03.2014 (publicado en el BOP de Las Palmas el día 26.03.2014. CERTIFICADO MÉDICO: Los aspirantes que aprueben las pruebas y formen parte de la lista definitiva propuesta por el Tribunal Calificador, deberán presentar Certificado Médico Oficial de no padecer enfermedad o defecto médico físico que imposibilite para el normal ejercicio de lasfunciones propias del puesto de trabajo o categoría profesional a la que se pretende acceder, expedido por un colegiado en ejercicio, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES desde la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web del mismo del acta definitiva donde figure dicha lista. La no presentación de dicha documentación en dicho plazo significará el decaimiento del interesado de la lista y no se le incluirá en la lista a aprobar según el punto siguiente. CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación final vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación que se obtenga en la fase de concurso, con arreglo a los criterios que se fijan en las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario. Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación en elsistema de concurso-oposición, el desempate se resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persiste el empate, o cuando elsistema selectivo haya sido el concurso, los desempates se dirimirán atendiendo a los siguientes criterios: 1°. Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional. 2°. Mayor puntuación en el apartado de formación. 3°. Mayor puntuación en el apartado de circunstancias personales. Concluido el proceso selectivo, los Tribunales harán públicaslasrelaciones de candidatos, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación obtenida en los diferentes apartados y la puntuación total. Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia se aprobará y ordenará publicar las listas definitivas, quedando constituidas las bolsas de trabajo a los efectos de nombramientos o contrataciones temporales, en las plazas, puestos o categorías profesionales a las que se refiere cada Convocatoria. Dicha aprobación se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas las relaciones de candidatos incluidos en las expresadas bolsas de trabajo. La incorporación para ocupar un puesto de trabajo se realizará por orden decreciente,según la puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo. DERECHOS DE EXAMEN: Los aspirantes deberán abonar 45 euros por derecho de examen. Se deberá abonar, o en su caso, acreditar documentalmente su exención como se expone en esta convocatoria, en el plazo de presentación de instancias, sin que sea susceptible de ingreso, en el plazo de subsanación a que hace referencia la Base Séptima de “las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario” de conformidad con el artículo 26.1 delReal DecretoLegislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Su importe se hará efectivo mediante ingreso o transferencia en la cuenta corriente número 30586118242720001590 de la entidad Cajamar, Sucursal de Puerto del Rosario, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2016, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando el ingreso se realiza por cualquier otro medio deberá ir dirigido a la siguiente dirección: “Ilmo.Ayuntamiento de Puerto delRosario.Convocatoria 10136 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 para la Creación de una Bolsa de Trabajo de Técnico de Administración General, c/Virgen del Rosario, esquina Fernández Castañeyra, Puerto del Rosario”. No se efectuarán devoluciones de los importes abonados por este concepto, salvo lo dispuesto infra para el caso. En la documentación acreditativa de haber abonado los derechos de examen que se aportará junto con la instancia, deberá hacerse referencia, en todo caso, a los siguientes extremos: 1. La convocatoria pública para la que se solicita su participación y para la que se ha abonado los derechos de examen. 2. Nombre y apellidos, así como número del D.N.I., pasaporte oTarjeta de identidad del aspirante que solicita participar en la convocatoria de referencia que en todo caso, ha de coincidir con la persona que realiza el abono de los derechos de examen, o para el caso de que no sea el aspirante que solicita ser admitido para participar en la pruebasselectivas deberá indicarse expresamente el aspirante a favor de quien se realiza el abono de las tasas. Para el supuesto de giro postal o telegráfico o transferencia, el propio opositor, hará constar en el espacio de la solicitud destinado para ello, la clase de giro o transferencia,su fecha y su número. En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. - Exenciones: Están exentas del pago de las tasas o derechos de examen las personas que se encuentren en algunos de los siguientes supuestos, que deberán acreditar, necesariamente, en el plazo de presentación de instancias: 1. Quienes posean una discapacidad física, psíquica o sensorial, igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar mediante la aportación del certificado oficial correspondiente o resolución oficial de su reconocimiento. 2. Quienes figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de UN MES anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Serán requisitos para el disfrute de la exención que en el plazo de que se trate no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado nise hubiere negado a participar,salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, que se acreditarámediante certificación de las oficinas de los Servicios Públicos de Empleo, y la acreditación de las rentas se realizará mediante declaración jurada o promesa escrita del solicitante de que carece de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud, dentro del plazo establecido al efecto, o en su caso en el plazo de subsanación de solicitudes a que hace referencia la base quinta de las presentes Reglas Genéricas. 3. Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, la cualse acreditará mediante el título oficial expedido por el órgano competente. - Devoluciones: Procederá la devolución de los derechos de examen en los siguientes casos: - Cuando el aspirante abone los derechos de examen y posteriormente no presente solicitud de participación en la convocatoria pública. - Cuando el aspirante abone los derechos de examen y posteriormente, acredite estar exento del pago de los mismos, de conformidad con lo expuesto. - Cuando el aspirante haya efectuado un ingreso por importe superior al establecido en la convocatoria; en este caso,se procederá a la devolución de la diferencia. - Cuando el aspirante haya abonado los derechos de examen una vez concluido el plazo de presentación de instancias. No procederá la devolución de los derechos de examen cuando el aspirante sea excluido del proceso selectivo por causa imputable almismo, o cuando siendo admitido no participe en el proceso selectivo por causas ajenas a este Ayuntamiento. PUBLICIDAD: Los actos administrativos y demás anuncios preceptivos, que lo precisen y se deriven de este procedimiento, se publicarán en el Tablón de Anuncios y en la página web del Iltmo. Ayuntamiento de Puerto delRosario (http://www.puertodelrosario.org). RÉGIMEN DE RECURSOS: La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 10137 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ANEXO I TEMARIO TEMA 1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. TEMA 2. Las Cortes Generales: organización, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la administración. Organización territorial del Estado. TEMA3.El ciudadano como administrado:Conceptos y clases. La capacidad de los administrados y sus causas administrativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas. TEMA 4. El régimen autonómico de Canarias. El Estatuto de Autonomía. Instituciones de la Comunidad Autónoma: Parlamento, Gobierno, Diputado del Común. Tribunal Superior de Justicia. Competencia de laComunidad Autónoma.Recursos de laComunidad Autónoma. TEMA 5. La organización municipal. Órganos necesarios: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, El pleno y la Junta de GobiernoLocal. Órganos complementarios: comisionesinformativas y otros órganos.Losmunicipios de gran población: especialidades de su régimen orgánico-funcional. TEMA6. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Régimen jurídico delsilencio administrativo. Los actostácitos.Validez e invalidez de los actos.Nulidad y anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Convalidación y conversión de los actos administrativos. TEMA 7. Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regulación. Procedimiento de su tramitación y resolución.Recursos y reclamaciones. La reclamación económicoadministrativa. TEMA 8. El patrimonio privado de las Administraciones Públicas.Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición, uso y enajenación. Los bienes de las entidades locales: concepto, clasificación y régimen jurídico, adquisición, conservación y tutela de los bienes, enajenación de bienes patrimoniales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público y patrimoniales. TEMA 9. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales.Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión. TEMA10.La expropiación forzosa.Concepto y clases de expropiación. Elementos de la expropiación. Procedimiento expropiatorio. La reversión. TEMA11. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Bases de Ejecución. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga del presupuesto. TEMA12. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. TEMA 13. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. TEMA14. Régimen jurídico de la contratación del sector público: Delimitación de lostipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Los poderes adjudicadores. TEMA 15. Procedimiento, formas y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato. La selección del contratista. Capacidad, solvencia y prohibiciones. TEMA 16. Contratos de obras. Ejecución. Modificación. Cumplimiento. Resolución. TEMA17.Contratos de gestión de servicios públicos. Disposiciones generales. Ejecución. Cumplimiento y efectos. Resolución. Subcontratación. TEMA 18. El Derecho financiero: Concepto y contenido. Principios que lo forman. TEMA19. El derecho tributario español: concepto y contenido. Principios constitucionales. La Ley General Tributaria. Significado y principios generales. TEMA20.Losingresos públicos: concepto, caracteres y clasificación. Los ingresos patrimoniales. Los ingresos de monopolio. Las prestaciones patrimoniales de carácter público. 10138 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 TEMA21. La competencia de las entidadeslocales en materia de recaudación e inspección tributaria. Delegación y colaboración entre administraciones tributarias. TEMA 22. Los recursos de las haciendas locales. Clasificación de losingresos. La potestad reglamentaria de las entidadeslocales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de los tributos. El establecimiento de recursos no tributarios. TEMA 23. El impuesto sobre bienes inmuebles: naturaleza y hecho imponible. Exenciones y bonificaciones. Sujetos pasivos. TEMA24. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: naturaleza y hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Cuota. Período impositivo y devengo. La gestión del impuesto. TEMA 25. El impuesto sobre construcción. Instalaciones y obras: naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Cuota. Devengo. La gestión del impuesto. TEMA 26. El impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana: naturaleza y hecho imponible. Beneficios fiscales. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota. Período impositivo y devengo. La gestión del impuesto. TEMA27. La tasa y precios públicos municipales: Diferencias. Régimen jurídico de las tasas y clases. Régimen jurídico de los precios públicos. TEMA28.La revisión de los actos en vía administrativa de gestión tributaria. Recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Suspensión de la ejecución de acto impugnado. TEMA29. La extinción de las deudas. El Pago. La prescripción. Otrasformas de extinción de las deudas tributarias: enumeración y régimen jurídico. Aplazamiento y fraccionamiento de pago: régimen jurídico. TEMA 30. Práctica de las notificaciones en el procedimiento de apremio. La notificación de la providencia de apremio. Ingresos en el procedimiento de apremio. Plazos de ingreso. Acumulación y desgloses. Créditosincobrables: concepto, declaración y efectos. Lastercerías: carácter y clases. Procedimiento y resolución. SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, así como en la web y tablón de anuncios del ayuntamiento de Puerto del Rosario. TERCERO. Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de Personal,Comité de Empresa,Junta de Personal, así como al Pleno de la Corporación, para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que se hace público para su general conocimiento. Puerto del Rosario, a dieciocho de octubre de dos mil dieciséis. LACONCEJALADELEGADADE PERSONAL, Vanessa López Pérez.

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