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viernes, 6 de mayo de 2011

CONVOCATORIA DE JUEZ DE PAZ PARA SAN BARTOLOME DE TIRAJANA

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 8966-8967:


Elección de Juez de Paz Titular

Habiendo comunicado el Tribunal Superior de

Justicia de Canarias, la vacante en el cargo de Juez

de Paz Titular del municipio de Santa Lucía, y con

el fin de proveer a su nombramiento, se concede el

plazo deDIEZDÍAS a partir de la publicación de este

anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las

Palmas, con el fin de que todas aquellas personas que

reuniendo las condiciones y deseen ser nombradas para

este cargo, conforme al Reglamento de los Jueces de

Paz, de 7 de junio de 1995 (BoletínOficial del Estado

de 13 de julio de 1995), y la Ley Orgánica de 1 de

julio de 1985, del Poder Judicial, presenten la solicitud

correspondiente en el Registro General sito en la

Oficina de Atención al Ciudadano del Ilustre
Ayuntamiento de Santa Lucía,Avenida de las Tirajanas,

número 151, sin perjuicio de su presentación en los

registros de los órganos o lugares indicados en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

1. Requisitos de los aspirantes:

a. Ser español.

b. Mayor de edad.

c. No estar incurso en las siguientes causas de

incapacidad que establece el artículo 303 de la L.O.P.J.:

Los impedidos física o psíquicamente para la función

judicial, los condenados por delito doloso mientras

no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados

o inculpados por delito doloso en tanto no sean

absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que

no estén en pleno uso de sus derechos civiles.

d. No estar incurso en causa de incompatibilidad

para el ejercicio de acciones judiciales.

2. Presentación de solicitudes:

Las personas que, reuniendo las condiciones

anteriores, estén interesadas en este nombramiento

deberán presentar en el Registro de Entrada del

Ayuntamiento la correspondiente solicitud, acompañada

de la siguiente documentación:

1. Declaración responsable en la que consten los

siguientes extremos:

a. Que no ha sido condenado por delito doloso o,

en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.

b.Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

c. Que está en pleno ejercicio de sus derechos

civiles.

d.Que es español,mayor de edad, no está impedido

física o psíquicamente para la función judicial y que

va a residir en esta localidad, salvo autorización de

la Sala deGobierno del Tribunal Superior de Justicia.

e. Que no está incurso en ninguna de las causas de

incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas

en los artículos 389 a 397 de la LeyOrgánica del Poder

Judicial.

2. Copia compulsada del D.N.I.

3.Documentos acreditativos de losméritos o títulos

que se aleguen.

3. Elección y nombramiento:

La elección de Juez de Paz Titular será efectuada

por el Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Santa

Lucía,mediante acuerdo adoptado por el voto favorable

de lamayoría absoluta del número legal demiembros

de la corporación entre las personas que, reuniendo

los requisitos legales, así lo hubieran solicitado.

Si no hubiera solicitudes, el Pleno elegirá libremente.

El candidato propuesto por el Ayuntamiento será

nombrado Juez de Paz Titular por la Sala deGobierno

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias para un

periodo de cuatro años.

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