En el BOP del 20/12 se ha publicado en las páginas 11054-11055:
Por el presente se hace público que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada
el día 5 de diciembre de 2019, se aprobó la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Arucas para
el ejercicio 2019, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
PRIMERO: Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2019, en los siguientes
términos:
DENOMINACIÓN Nº GRUPO/
PLAZA DE PLAZA ESCALA SUBESCALA SUBGRUPO VÍNCULO TURNO
Técnico de Administración General. 19.201/1 Admon. Gral. Técnica A/A1 Funcionario Libre
Técnico de Administración General. 21.213/1 Admon. Gral. Técnica A/A1 Funcionario Libre
Técnico de Administración General. 21.511/1 Admon. Gral. Técnica A/A1 Funcionario Libre
Policía 22.223/1 Admon. Especial Serv. Especiales C/C1 Funcionario Libre
SEGUNDO: Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo
Público, estas podrán incorporar plazas incluidas en Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que
estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución de la
Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de TRES AÑOS a contar de la
fecha de la publicación del Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas.
11054 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 20 de diciembre de 2019
TERCERO: Publicar la citada Oferta en Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas, Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma de Canarias, página web municipal y sede electrónica.
CUARTO: Dar traslado del acuerdo que se adopte a la Administración del Estado y a la Autonómica.
Contra el presente Acuerdo, que es definitivo en vía administrativa y en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la publicación, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes
Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98 de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 114 c)
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo
anterior, contra el presente acuerdo que se publica, podrá interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano
que la dictó, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente de la publicación.
Todo ello, conforme a lo establecido en los artículos 123, 124 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de cualquier otro
recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.
En Arucas, a once de diciembre de dos mil diecinueve.
EL ALCALDE, Juan Jesús Facundo Suárez
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