Con fecha 4 de marzo de 2019, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 54 la Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del MITC, especialidad Propiedad Industrial.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» número 85, de 10 de abril de 1995), y en el apartado decimoquinto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio de 2017),
Este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:
Primero.
Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a participar en el citado proceso selectivo por el sistema general de acceso libre.
Las listas provisionales de admitidos y excluidos, con expresión de las causas de exclusión, se expondrán al público en las páginas web de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (www.oepm.es), del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (www.mincotur.gob.es) y del Punto de Acceso General (administracion.gob.es).
Segundo.
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la lista provisional de excluidos del proceso selectivo de referencia, que figura como anexo a esta resolución, con expresión de las causas de exclusión.
Tercero.
Tanto los aspirantes excluidos provisionalmente como los omitidos por no figurar ni en la lista provisional de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado su exclusión u omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos, por cualquiera de los medios que se refieren en las bases 6.2 y 6.3 de la convocatoria. En todo caso, y con el fin de evitar errores, y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no solo que no figuran en la lista de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la lista de admitidos al proceso selectivo.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la lista de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas selectivas.
Concluido el plazo antes señalado, y con las modificaciones que resulten de las correspondientes alegaciones presentadas durante el periodo de subsanación, se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta resolución.
La inclusión en la lista de aspirantes admitidos no presupone que dichos aspirantes reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria; estos requisitos deberán ser debidamente acreditados una vez finalizada la fase de oposición, de acuerdo con el apartado segundo del punto decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. Sin perjuicio de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el apartado tercero del punto decimoquinto de la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano convocante podrá requerir a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos, y de no acreditar los mismos, acordar su exclusión.
Cuarto.
Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición el día 3 de junio de 2019, a las 17:30 horas, en el Autoservicio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, paseo de la Castellana, número 162, de Madrid.
Los aspirantes deberán acudir provistos de bolígrafo (azul o negro) y documento nacional de identidad o pasaporte.
Quinto.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 30 de abril de 2019.–El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Fernando Valdés Verelst.
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