http://rrabogadoslaspalmas.com/

lunes, 20 de mayo de 2019

Lista definitiva de admitidos y excluidos, fecha del primer ejercicio y tribunal calificador de la convocatoria de selección de personal laboral de las plazas pendientes de ejecución “Acuerdo sobre estabilización y consolidación del empleo laboral de carácter estructural” (Convocatorias Consorcio de Abastecimiento de Aguas de Fuerteventura)

En el BOP del 20/05 se ha publicado en las páginas 5025 y ss:

Por resolución de 10 de mayo de 2019 por la que Sr. Presidente del Consorcio de Abastecimiento de Agua a Fuerteventura, en virtud de las atribuciones que le conceden los artículos 34.h de la Ley de Bases de Régimen Local y el artículo 61.12 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y los Estatutos del propio Consorcio, RESUELVE: Primero. Aprobar la siguiente Lista Definitiva de Admitidos y Excluidos perteneciente a la Convocatoria de selección de personal laboral para la ejecución de las plazas pendientes de ejecución “Acuerdo del Consorcio de Abastecimiento de Aguas de Fuerteventura sobre estabilización y consolidación del empleo temporal de carácter estructural”, siguiente para la: PLAZA: PEÓN
(..)
 la convocatoria de selección de personal laboral para la ejecución “Acuerdo del Consorcio de Abastecimiento de Aguas de Fuerteventura sobre estabilización y consolidación del empleo temporal de carácter estructural”. Peón Fecha: 05/06/2019 Hora: 10:00 Lugar: Sala del Palacio de Formación y Congresos de Fuerteventura Tercero. Designar a los siguientes miembros del tribunal calificador de las pruebas selectivas, tanto titulares como suplentes de conformidad con lo establecido en la Base 5 de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Consorcio de Abastecimiento de Agua a Fuerteventura en ejecución del Acuerdo del Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura en ejecución del “Acuerdo del Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura sobre estabilización y consolidación del Empleo Temporal de carácter estructural”, aprobado en sesión plenaria de fecha 23 de mayo de 2007. Plaza de peón Presidente: Don Agustín Noval Vázquez. Suplente: Don Andrés Rodríguez Cabrera. Vocal: Don Sabas Saavedra de León. Suplente: Don Francisco Javier Reyes Pérez. 5028 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 61, lunes 20 de mayo de 2019 Vocal: Don Iván Vera Lima. Suplente: Doña Ana Vázquez Rodríguez. Vocal: Don Gregorio Hernández García. Suplente: Don de León Umpiérrez. Secretaria: Doña Beatriz Pérez Sánchez. Suplente: Doña Dunia Valdivia López. Cuarto. Las listas completas de admitidos y excluidos, la designación del tribunal calificador se publicarán en la página web www.caaf.es, en el Tablón de Anuncios del Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura. Quinto. De la presente Resolución se dará cuenta al Servicio de Recursos Humanos y al Servicio de Intervención, y al Pleno a los efectos oportunos. El presente acto administrativo pone fin a la vía administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En su caso, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto. El plazo para la interposición del Recurso de Reposición será de UN MES. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión. El plazo para interponer el Recurso ContenciosoAdministrativo será de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto.” En Puerto del Rosario, a trece de mayo de dos mil diecinueve. EL PRESIDENTE DEL C.A.A.F., Marcial Morales Martín.

No hay comentarios:

Publicar un comentario