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miércoles, 8 de mayo de 2019

Rectificación de errores materiales detectados en la Resolución nº 5481/19, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas de agentes de bomberos, publicadas en el B.O.P. nº 20 de fecha 15/2/19 (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 6/05 se ha publicado en las páginas 4518-4521:

En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la resolución de la Directora General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 19238/2019, de 22 de abril, por la que se efectúa corrección de error de la Resolución de la directora general de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO. Por Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20 de fecha 15 de febrero de 2019. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Ley 39/2015, d CONSIDERACIONES JURÍDICAS ÚNICA. Una vez publicada la Resolución referenciada, en el Anexo I, relativo al modelo de solicitud de participación en proceso selectivo para la provisión de 31 plazas de Agente de Bomberos del Ayuntamiento de Las Palmas. Servicio de Recursos Humanos, se han detectado errores en el apartado B) Compromiso y en el apartado a) relativo al Certificado Médico, en relación a lo publicado en la Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20 de fecha 15 de febrero de 2019. Por ello, y en base a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la rectificación de errores, que dispone lo siguiente: “(…) 2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”. Se procede a las correcciones, del siguiente modo 1. Donde dice: B) COMPROMISO (…) La persona firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en la presente instancia y que reúne las condiciones exigidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que en caso de no estar en posesión del permiso de conducir, declara estar en condiciones de obtenerlo antes de la toma de posesión como funcionario en prácticas, comprometiéndose a acreditar documentalmente los datos exigidos en las Bases y en la presente solicitud, cuando sea requerido para ello y, en cualquier caso, en el momento a que se refiere la base octava de la convocatoria ( aportación de documentos). (…) Debe decir: B) COMPROMISO (…) La persona firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en la presente instancia y que reúne las condiciones exigidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, comprometiéndose a acreditar documentalmente los datos exigidos en las Bases y en la presente solicitud, cuando sea requerido para ello y, en cualquier caso, en el momento a que se refiere la base octava de la convocatoria ( aportación de documentos). (…) 2. Donde dice: A la presente solicitud se adjunta la siguiente documentación: a) Certificado Médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente: “Que el/la aspirante reu•ne las condiciones fi•sicas y sanitarias necesarias y suficientes para ejercer satisfactoriamente su cometido como agente de bombero, asi• como para la realizacio•n de las pruebas fi•sicas en que consiste el primer ejercicio de la fase de oposicio•n.” (…) Debe decir: A la presente solicitud se adjunta la siguiente documentación: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 55, lunes 6 de mayo de 2019 4519 a) Certificado Médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente: “Que El/la aspirante reu•ne las condiciones fi•sicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realizacio•n de las pruebas fi•sicas del presente proceso selectivo, asi• como que no se supera el i•ndice de masa corporal, segu•n lo establecido en la Base tercera, apartado j) de esta convocatoria” De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos Humanos obrante en el expediente, de fecha 17 de abril de 2019 y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que se dicte Resolución por la directora general de Administración Pública, al amparo del Decreto del Alcalde número 19972, de 20 de junio de 2017, en el que se establecen los sectores funcionales y la estructura del Área de Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración Pública y Deportes, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración, en el siguiente sentido: RESUELVE PRIMERO. Rectificar los errores materiales detectados en la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20 de fecha 15 de febrero de 2019, del siguiente modo: 1. Donde dice: B) COMPROMISO (…) La persona firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en la presente instancia y que reúne las condiciones exigidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que en caso de no estar en posesión del permiso de conducir, declara estar en condiciones de obtenerlo antes de la toma de posesión como funcionario en prácticas, comprometiéndose a acreditar documentalmente los datos exigidos en las Bases y en la presente solicitud, cuando sea requerido para ello y, en cualquier caso, en el momento a que se refiere la base octava de la convocatoria ( aportación de documentos). (…) Debe decir: B) COMPROMISO (…) La persona firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en la presente instancia y que reúne las condiciones exigidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, comprometiéndose a acreditar documentalmente los datos exigidos en las Bases y en la presente solicitud, cuando sea requerido para ello y, en cualquier caso, en el momento a que se refiere la base octava de la convocatoria ( aportación de documentos). (…) 2. Donde dice: A la presente solicitud se adjunta la siguiente documentación: a) Certificado Médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente: “Que el/la aspirante reu•ne las condiciones fi•sicas y sanitarias necesarias y suficientes para ejercer satisfactoriamente su cometido como agente de bombero, asi• como para la realizacio•n de las pruebas fi•sicas en que consiste el primer ejercicio de la fase de oposicio•n.” (…) 4520 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 55, lunes 6 de mayo de 2019 Debe decir: A la presente solicitud se adjunta la siguiente documentación: a) Certificado Médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente: “Que El/la aspirante reu•ne las condiciones fi•sicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realizacio•n de las pruebas fi•sicas del presente proceso selectivo, asi• como que no se supera el i•ndice de masa corporal, segu•n lo establecido en la Base tercera, apartado j) de esta convocatoria” SEGUNDO. Mantener el resto de los pronunciamientos contenidos en la Resolución de la Dirección General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero. TERCERO. Efectuar las publicaciones que procedan. Régimen de recursos. Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de abril de 2019. La Directora General de Administración Pública. (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016) María Mercedes Cejudo Rodríguez. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de abril de 2019. El Secretario General Técnico de La Junta de Gobierno de La Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero) El Oficial Mayor, Domingo Arias Rodríguez”. Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de abril de dos mil diecinueve. LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez. 55.396 ILUSTRE

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