En el BOP del 10/05 se ha publicado en la página 8232:
Elección de Juez de Paz de Alajeró.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
del Poder Judicial, se abre un plazo de quince días,
contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, para que las personas que estén interesadas
en el cargo de Juez de Paz de Alajeró y reúnan las
condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido
a esta Alcaldía, a la que se acompañará los siguientes
documentos:
- Fotocopia del D.N.I.
- Declaración jurada en la que se haga constar los
siguientes extremos:
a) Que carece de antecedentes penales.
b) Que no está procesado o inculpado por delito
doloso.
c) Que está en pleno ejercicio de sus derechos
civiles.
d) Que no está impedido física o psíquicamente
para la función judicial y que va a residir en esta
localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno
del Tribunal Superior de Justicia.
e) Que no está incurso en ninguna de las causas
de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición
previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro
General del Ayuntamiento de Alajeró, en la Oficina
Municipal de Playa de Santiago y en cualquier otro
de los señalados en el artículo 16 y Disposición
Final Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En Alajeró, a 2 de mayo de 2019.
El Alcalde, Manuel Ramón Plasencia Barroso.
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