En el BOP del 31/12 se ha publicado en las páginas 12695 y ss:
Anuncio de la convocatoria de selección, para la
creación de listas de reserva mediante el sistema
selectivo de concurso-oposición para cubririnterinidades
de plazas de la plantilla del Cabildo de Fuerteventura
y de susOrganismosAutónomos, de las plazas deAgente
de Bomberos y Cabo de Bomberos, siguiente,
Primero. Aprobar la siguiente convocatoria para la
creación de listas de reserva mediante el sistema
selectivo de concurso-oposición para cubririnterinidades
de plazas de la plantilla de Cabildo de Fuerteventura
y de susOrganismosAutónomos, de las plazas deAgente
de bomberos yCabo de bomberos(grupo de clasificación
C2), de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento
de listas de reserva para cubrir interinidades y
contrataciones temporales en las distintas categorías
del personal laboral y funcionario del Cabildo de
Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de
junio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas número 79 de fecha 3 de julio
de 2017, publicada su aprobación definitiva en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número
95 de fecha 9 de agosto de 2017.
BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN
DE UNA LISTA DE RESERVA DE AGENTE DE
BOMBEROS Y CABO DE BOMBEROS PARA
INTERINIDADES DEL CABILDO DE
FUERTEVENTURA Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS.
Objeto de la convocatoria.
Las presentes basestienen como objeto la selección
de personal para crear una lista de reserva de Agente
de Bomberos y de Cabo de Bomberos, a los efectos
de su nombramiento interino de plazas de la plantilla
de personal funcionario del Cabildo de Fuerteventura
y de sus Organismos Autónomos, de acuerdo con lo
establecido en el “Reglamento de listas de reserva para
cubrir interinidades y contrataciones temporales en
las distintas categorías del personal laboral y funcionario
del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno
de fecha 19 de junio de 2017, publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79 de
fecha 3 de julio de 2017, publicada su aprobación
definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las
Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017.
Bases reguladoras del proceso selectivo.
La presente convocatoria se regirá por las presentes
bases específicas y por las “Bases Generales que han
de regir las convocatorias públicas para la provisión
por funcionario interino de plazas vacantes en el
Cabildo Insular de Fuerteventura”, aprobadas mediante
Decreto del Consejero de Personal el día 27 de marzo
de 2008, publicadas en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas número 46 de fecha 7 de abril
de 2008, modificadas mediante Decreto del Consejero
de Recursos Humanos de fecha 11 de septiembre de
2013, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 120 de fecha 18 de septiembre
de 2013.
A) FASE DE OPOSICIÓN:
Consistirá en tres ejercicios de carácter obligatorio
y eliminatorio. Los ejercicios primero y segundo se
ajustarán al temario que figura en las presentes bases.
Los ejercicios y la forma de puntuación será la
recogida en las bases generales siendo de cero a diez
puntos, y dado la particularidad de la lista es necesario
una tercera prueba de carácter físico para determinar
la adecuación entre la aptitud física de los aspirantes
y las funciones propias de las plazas a ocupar que se
calificará como apto o no apto.
La puntuación máxima a alcanzar será de diez
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018 12695
puntos en los dos ejercicios y de apto o no apto en la
prueba física.
- Primer ejercicio de naturaleza teórica, que consistirá
en desarrollar por escrito, durante el tiempo que el
Tribunal Calificador determine, un tema elegido por
el aspirante entre dos extraídos porsorteo en presencia
de los aspirantes antes del comienzo del ejercicio.
- Segundo ejercicio de naturaleza práctica, consistirá
en la realización de un supuesto de carácter práctico
relacionado con el contenido del temario, durante el
período de tiempo que el TribunalCalificador determine
al efecto.
- Tercer ejercicio una prueba de capacidad física,
se desarrollará en lugar a determinar por el tribunal
que será publicado con antelación suficiente, la prueba
consistirá en: en un circuito combinado de carrera y
natación en aguas abiertas. Descripción de la prueba:
Carrera de 100 metros, entrada al agua de 50 metros
y finalizando con una carrera de 100 metros. Los
tiempos para considerar superada la prueba como
APTO/A, para los hombresse establecen en 9 minutos,
para las mujeres en 11 minutos.
Referencia a laBase Segunda de lasBases Generales:
Características de las plazas.
Escala de Administración Especial, subescala
Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales,
denominación Cabo de Seguridad y Emergencia,
Grupo C, Subgrupo C2.
Escala de Administración Especial, subescala
Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales,
denominación Agente deBomberos, GrupoC, Subgrupo
C2.
Referencia a la Base Tercera de las Bases Generales:
Requisitos de los aspirantes para ambas plazasPara acceder a las plazas se requiere:
• Carnet de conducir C + E.
• Patrón de Navegación Básica.
• Primeros auxilios.Certificado por una administración
pública o entidad homologada.
• Cuadro de exclusiones médicas que se relaciona
a continuación:
- 1. EXCLUSIONES CIRCUNSTANCIALES.
Enfermedades o lesiones agudas. activas en el momento
delreconocimiento, que puedan producirsecuelas capaces
de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones
propias del cargo.
- 2. EXCLUSIONES DEFINITIVAS:
- 2.1. OJO Y VISIÓN.
- 2.1.1. Agudeza visualsin corrección inferior a 2/3
de la visión normal en ambos ojos.
- 2.1.2. Desprendimiento de retina.
- 2.1.3. Hemianopsias.
- 2.1.4.Cualquier otro proceso patológico, qué a juicio
del Tribunal médico, dificulte de manera importante
la agudeza visual.
- 2.2. OÍDO Y AUDICIÓN. Agudeza auditiva que
suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a
35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Vértigo.
- 2.3. OTRAS EXCLUSIONES.
- 2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato
locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la
función propia del cargo o que puedan agravarse a
juicio del Tribunal Médico, con el desarrollo del
puesto de trabajo (patología ósea de extremidades,
retracciones o limitaciones funcionales de causa
muscular o articular, defectos de columna vertebral:
otros procesos óseos, musculares y articulares).
- 2.3.2. Aparato digestivo: Cualquier proceso
digestivo que a juicio del Tribunal médico dificulte
el desarrollo del puesto de trabajo.
- 2.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial
de cualquier causa, no habiendo de sobrepasarlas cifras
en reposo los 145 mm/HG en presión sistólica y los
90 mm/HG de presión diastólica; varices o insuficiencia
venosa periférica, así como cualquier otra patología
o lesión cardiovascular que a juicio del Tribunal
médico pueda limitar el desarrollo del puesto de
trabajo.
- 2.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la
broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax
12696 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018
espontáneo, (en más de una ocasión), la tuberculosis
pulmonar activa y otros procesos de! aparato respiratorio
que dificulten el desarrollo de la función pública.
- 2.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión,
temblores de cualquier causa, vértigo central,
toxicomanías y otros procesos patológicos y psiquiátricos
que dificulten el desarrollo de la Función Pública.
- 2.3.6. Piel y faneras: Eczema contagioso, cicatrices
que produzcan limitación funcional y otros procesos
patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de
la Función Pública.
- 2.3.7. Otros procesos patológicos: Enfermedades
transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión
sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas,
intoxicaciones crónicas, hemopatías graves,
malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro
proceso patológico que a juicio del Tribunal médico
limite o incapacite para el ejercicio de la Función Pública.
B) FASE DE CONCURSO: Se regulará según lo
establecido en la base séptima de las Bases Generales
que regulan la presente convocatoria.
Referencia a la Base Cuarta:
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de instanciasserá de DIEZ
DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al
de la publicación del anuncio de la presente convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Derechos de examen.
Los aspirantes deberán abonarlossiguientesimportes
por derecho de examen, según la ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por inscripción para participar
en las pruebas selectivas de personal al servicio del
Cabildo de Fuerteventura, publicada en elBoletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas número 98 el viernes
30 de julio de 2010.
Plaza de Cabo de Bomberos, Subgrupo C2: 25,00
euros.
Plaza de Agente de Bomberos, Subgrupo C2: 25,00
euros.
En el momento de presentar la correspondiente
solicitud de inscripción en las pruebasselectivas, los
interesados deberán acompañar la autoliquidación
de la tasa, así como justificante del ingreso de la
cuota que corresponda, o en los casos de estar exentos
de la misma deberán aportar los certificados que
acrediten dicha exención del pago de la tasa. No será
tramitada ninguna solicitud de inscripción para
participar en el proceso selectivo que no haya acreditado
el pago de la tasa o justificado documentalmente
estar incurso en alguna de las circunstancias que
permiten acogerse a la cuota de 0,00, de acuerdo con
lo que establece la ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por inscripción para participar en las pruebas
selectivas de personal al servicio del Cabildo de
Fuerteventura.
El ingreso se realizará en la cuenta número ES08-
2038-7224106400005324 de Bankia.
Referencia a la Base Sexta de las Bases Generales:
El Tribunal Calificador para esta convocatoria
quedará regulado según el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnización por razón del servicio.
Referencia a laBase Séptima de lasBases Generales:
Sistema Selectivo Oposición.
TEMARIO DE CABO DE BOMBEROS
Tema 1. Técnicas de intervención en rescate de
accidentes de tráfico. Ubicación de vehículos de
intervención y técnicas de zonificación. Técnicas de
aseguramiento de la zona de trabajo. Técnicas de
estabilización del vehículo. Técnicas de
abordaje/excarcelación. Técnicas de extracción de
víctimas.
Tema 2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención deRiesgosLaborales. Artículo 1. Normativa
sobre prevención de riesgos laborales, Artículo 2.
Objeto y carácter de la norma. Artículo 3. Ámbito de
aplicación. Artículo 4. Definiciones.
Tema 3. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención deRiesgos Laborales. Artículo 14. Derecho
a la protección frente a losriesgoslaborales. Artículo
15. Principios de la acción preventiva. Artículo 16.
Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018 12697
de losriesgos y planificación de la actividad preventiva.
Artículo 17. Equipos de trabajo y medios de protección.
Artículo 18. Información, consulta y participación de
los trabajadores. Artículo 19. Formación de los
trabajadores. Artículo 20. Medidas de emergencia.
Artículo 21. Riesgo grave e inminente. Artículo 22.
Vigilancia de la salud.
Tema 4. Plan de Emergencias Insular del Cabildo
de Fuerteventura, capítulo IV, esquema general de la
estructura organizativa, órganos de dirección, apoyo,
coordinación operativa e intervención operativa.
Tema 5. Mapa y listado de Carreteras del Cabildo
de Fuerteventura.
Tema 6. Conocimiento del término municipal de
Antigua, datos de población, orografía, sitios de
interés, fiestas populares y eventos representativos.
Tema 7. Teoría del fuego. Conceptos básicos.
Combustible. Comburente. Energía de activación.
Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro
del fuego.
Tema 8. Agentes extintores. Definición. Tipos de
agentes extintores: características y aplicaciones.
TEMARIO DE AGENTE DE BOMBEROS
Tema 1. Técnicas de intervención en rescate de
accidentes de tráfico. Ubicación de vehículos de
intervención y técnicas de zonificación. Técnicas de
aseguramiento de la zona de trabajo. Técnicas de
estabilización del vehículo. Técnicas de
abordaje/excarcelación. Técnicas de extracción de
víctimas.
Tema 2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención deRiesgos Laborales. Artículo 1. Normativa
sobre prevención de riesgos laborales, Artículo 2.
Objeto y carácter de la norma. Artículo 3. Ámbito de
aplicación. Artículo 4. Definiciones.
Tema 3. Mapa y listado de Carreteras del Cabildo
de Fuerteventura.
Tema 4. Conocimiento del término municipal de
Antigua, datos de población, orografía, sitios de
interés, fiestas populares y eventos representativos.
Tema 5. Teoría del fuego. Conceptos básicos.
Combustible. Comburente. Energía de activación.
Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro
del fuego.
Tema 6. Agentes extintores. Definición. Tipos de
agentes extintores: características y aplicaciones.
Si en la fecha de celebración de los ejerciciosse hubiese
modificado o derogado la legislación que regula la
materia objeto del temario se entenderá que será de
aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor.
Referencia a la Base Octava de las Bases Generales:
El orden en que habrán de actuar los aspirantes en
aquellos ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando
comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience
por la letra resultante del sorteo anual realizado por
la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncios
y en la página web de la Corporación
(www.cabildofuer.es, en ofertas de empleo) la presente
convocatoria y bases específicas.
Tercero.Conceder un plazo deDIEZDÍASHÁBILES,
contados desde el día siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia de Las Palmas para la presentación de
solicitudes.
Cuarto. La correspondiente Resolución se dará
traslado a los Servicios de Intervención, Recursos
Humanos y al Pleno a los efectos oportunos.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a
la vía administrativa, cabe interponer Recurso de
Alzada ante el órgano que ha dictado esta resolución
o bien ante la Presidencia del Cabildo Insular de
Fuerteventura. En todo caso será esta última la
competente para resolverlo.
El plazo para la interposición del Recurso de Alzada
será de UNMES alser éste un acto expreso.Transcurrido
dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la
presente resolución será firme a todos los efectos.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
del Recurso de Alzada será de TRES MESES.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución,
se podrá entender desestimado el recurso, salvo en
12698 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018
elsupuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra la resolución de un Recurso de Alzada no
cabrá ningún otro Recurso Administrativo, salvo el
Recurso Extraordinario de Revisión, en los casos
establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Puerto del Rosario, a veintiséis de diciembre de dos
mil dieciocho.
ELCONSEJERO INSULAR DECULTURA, OCIO
Y DEPORTES.
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