En el BOP del del 30/07 se ha publicado en las páginas 7669-7670:
Por medio del presente se hace de público conocimiento que con fecha 24 de julio de 2018, este Alcalde Presidente
de esta Corporación firmó la siguiente resolución:
« CORRECCIÓN DE ERRORES
Considerando que mediante decretos de la concejalía de personal número 1217/2018, por el que se resuelve
aprobar las bases reguladoras de la convocatoria que regirán las pruebas selectivas para la provisión inmediata
del puesto de trabajo de secretaría, clase primera, categoría superior mediante nombramiento interino, en virtud
de proceso selectivo convocado al efecto, cuando quede el puesto vacante por cese de la funcionaría de
administración local con habilitación de carácter nacional que lo desempeña, y siempre que no sea posible su
provisión temporal por habilitado nacional; y decreto número 1216/2018 por el que se aprobaron las basesreguladoras
de la convocatoria que regirán las pruebasselectivas para la provisión inmediata del puesto de trabajo de intervención,
clase primera, categoría superior mediante nombramiento interino, en virtud de proceso selectivo convocado
al efecto, cuando quede el puesto vacante por cese de la funcionaría de administración local con habilitación
de carácter nacional que lo desempeña, y siempre que no sea posible su provisión temporal por habilitado nacional.
Visto que en el BOP Las Palmas número 78 y fecha 29 de junio de 2018,se publicaron las mencionadas bases.
Habiéndose detectado error material en la base sexta relativa al procedimiento de selección y desarrollo del
proceso, en el apartado segundo en el que se hace referencia a la fase de concurso, donde dice: “b. Empresa
privada: Se valorará el desempeño de puestos cuyas funciones guarden relación directa e indubitada con los
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 91, lunes 30 de julio de 2018 7669
contenidos del programa de la presente convocatoria.
Se otorgarán 0,45 puntos por mes completo y 0,001
puntos por día. ” debería decir: “b. Empresa privada:
Se valorará el desempeño de puestos cuyasfunciones
guarden relación directa e indubitada con los contenidos
del programa de la presente convocatoria. Se otorgarán
0,045 puntos por mes completo y 0,001 puntos por
día. ”
En virtud de lo establecido en el artículo 109.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas que dispone que: Las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier
momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes
en sus actos.
RESUELVO
PRIMERO. Corregir las bases reguladoras de la
convocatoria que regirán las pruebas selectivas para
la provisión inmediata del puesto de trabajo de
secretaría,
clase primera, categoría superior mediante
nombramiento interino, en virtud de proceso selectivo
convocado al efecto, cuando quede el puesto vacante
por cese de la funcionaría de administración local con
habilitación de carácter nacional que lo desempeña,
y siempre que no sea posible su provisión temporal
por habilitado nacional; en su apartado sexto relativo
al procedimiento de selección y desarrollo del proceso,
en el punto segundo de la base sexta en el que se hace
referencia a la fase de concurso, donde dice: “ó.
Empresa privada: Se valorará el desempeño de puestos
cuyasfunciones guarden relación directa e indubitada
con los contenidos del programa de la presente
convocatoria. Se otorgarán 0,45 puntos por mes
completo y 0,001 puntos por día.” debería decir: “ó.
Empresa privada: Se valorará el desempeño de puestos
cuyasfunciones guarden relación directa e indubitada
con los contenidos del programa de la presente
convocatoria. Se otorgarán 0,045puntos por mes
completo y 0,001 puntos por día. ”
SEGUNDO. Corregir las bases reguladoras de la
convocatoria que regirán las pruebas selectivas para
la provisión inmediata del puesto de trabajo de
intervención, clase primera, categoría superior mediante
nombramiento interino, en virtud de proceso selectivo
convocado al efecto, cuando quede el puesto vacante
por cese de la funcionaría de administración local con
habilitación de carácter nacional que lo desempeña,
y siempre que no sea posible su provisión temporal
por habilitado nacional; en su apartado sexto relativo
al procedimiento de selección y desarrollo del proceso,
en el punto segundo de la base sexta en el que se hace
referencia a la fase de concurso, donde dice: “ó.
Empresa privada: Se valorará el desempeño de puestos
cuyasfunciones guarden relación directa e indubitada
con los contenidos del programa de la presente
convocatoria. Se otorgarán 0,45 puntos por mes
completo y 0,001 puntos por día. ” debería decir: “ó.
Empresa privada: Se valorará el desempeño de puestos
cuyasfunciones guarden relación directa e indubitada
con los contenidos del programa de la presente
convocatoria. Se otorgarán 0,045 puntos por mes
completo y 0,001 puntos por día. ”
TERCERO. Publicar la presente corrección de
errores en el Boletín Oficial de la Provincia, y dar
publicidad de la misma en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento así como en la web municipal.
En La Oliva, a veinticuatro de julio de dos mil
dieciocho..»
ELALCALDE PRESIDENTE, IsaíBlanco Marrero
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