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lunes, 28 de mayo de 2018

ORDEN de 17 de mayo de 2018, por la que se corrigen errores materiales en la Orden de 27 de abril de 2018, que convoca procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal docente no universitario para el año 2018 (BOC nº 84, de 2.5.18).

En el BOC del 23/05 se ha publicado:


Advertidos errores materiales en el resuelvo segundo, en el subapartado 5.3.1 de la base 5, en los Anexos III y IV de la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal docente no universitario para el año 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 84, de 2 de mayo de 2018, se procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a subsanarlos mediante la oportuna rectificación:
En la página 14511, "Distribución de las plazas por sistemas de cobertura y especialidad".
Donde dice:
Ver anexo en la página 17507 del documento Descargar
En la página 14528, "B. Titulaciones requeridas para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional".
Donde dice:
1. Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia relacionados en el Anexo II de esta Orden.
Debe decir:
1. Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia relacionados en el Anexo II de esta Orden.
En la página 14608, "ANEXO III. ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DE CARÁCTER PRÁCTICO".
Donde dice:
III. ESPECIALIDAD: MÚSICA.
El aspirante dispondrá de media hora para la preparación de esta primera parte del ejercicio práctico. Durante el tiempo de preparación, el aspirante permanecerá incomunicado, y podrá contar únicamente con la partitura proporcionada por el Tribunal y el instrumento del que se vaya a acompañar, si fuera el caso, así como de material para escribir.
Debe decir:
III. ESPECIALIDAD: MÚSICA.
El aspirante dispondrá de media hora para la preparación de la segunda parte del ejercicio práctico. Durante el tiempo de preparación, el aspirante permanecerá incomunicado, y podrá contar únicamente con la partitura proporcionada por el Tribunal y el instrumento del que se vaya a acompañar, si fuera el caso, así como de material para escribir.
En la página 14630, "ANEXO IV. NORMATIVA DE REFERENCIA, CARACTERÍSTICAS DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA Y ORIENTACIONES GENERALES PARA SU ELABORACIÓN Y VALORACIÓN."
Donde dice:
d) Decreto 104/2010, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias (BOC nº 154, de 6 de agosto).
Debe decir:
d) Decreto 25/2018, de 26 de febrero, por el que se regula la atención a la diversidad en el ámbito de las enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 46, de 6 de marzo).
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2018.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN
Y UNIVERSIDADES,
Soledad Monzón Cabrera.

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