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sábado, 9 de julio de 2016

Orden FOM/990/2016, de 14 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

En el BOE del 20/06 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («BOE» del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» núm. 284, del 27), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» núm. 183, del 30).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 49 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Código 1011, por el sistema general de acceso libre, de las comprendidas en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo.
1.2 Del total de las 49 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
1.3 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.4 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I.
2.2 En cumplimiento del artículo 3.6 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 («BOE» del 22), se establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los opositores que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean idénticos.
2.3 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.4 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos establecidos en el apartado decimotercero de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
2.5 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria teniendo la fase de oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de 4 meses.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.
4. Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el título de Perito, Ingeniero Técnico de Obras Públicas en cualquiera de sus especialidades o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud (modelo 790) que se obtendrá en el punto de acceso general http://administracion.gob.es.
5.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet http:www.minhap.gob.es o en el punto de acceso general http://administracion.gob.es.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («BOE» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía telemática tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en la presente convocatoria, ésta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser presentada en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel. En este caso, el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Para efectuar el pago de esta tasa será necesario presentar el formulario de solicitud debidamente cumplimentado en la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, el formulario de solicitud podrá presentarse en el Registro General de Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» del 27), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número IBAN ES06-0182-2458-1002-0000-0489, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria desde el extranjero.
5.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Inspectora General de Fomento. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
6. Tribunal
6.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
6.2 El tribunal de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en las demás disposiciones vigentes.
6.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre («BOE» del 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
6.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, teléfono 915975175 y 915977188, dirección de correo electrónico area-seleccion@fomento.es, dirección de Internet http://www.fomento.gob.es.
7. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra H, de conformidad con lo previsto en la Resolución de 24 de febrero de 2016 («BOE» del 26) de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
8. Norma final
8.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
8.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Fomento en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
8.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 14 de junio de 2016.–La Ministra de Fomento, P.D. (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), la Inspectora General de Fomento, Pilar Fabregat Romero.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases: Fase de oposición y curso selectivo.
1. Fase de oposición. Constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes:
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión de los aspirantes en relación con las materias del programa que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por 100 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, relacionadas con las materias recogidas en los epígrafes I y II del programa que figura como anexo II de esta convocatoria, con la siguiente distribución: 25 preguntas del epígrafe I y 75 restantes del epígrafe II. Las respuestas incorrectas se valorarán negativamente con un tercio del valor de una contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio. Destinado a acreditar el conocimiento del idioma inglés.
Consistirá en las pruebas que a continuación se indican:
Parte A. Prueba escrita: En una sesión los opositores efectuarán por escrito la traducción sin diccionario al castellano de un texto en el idioma inglés, disponiendo para su realización de un tiempo máximo de una hora.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los opositores depositarán el original y la copia en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado. En posterior sesión pública cada opositor abrirá el sobre, separará el original de la copia, entregando la copia al tribunal y procediendo a la lectura del original.
Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones cada opositor leerá el ejercicio escrito a que se refiere la parte A. A continuación, y durante un tiempo máximo de 10 minutos, cada opositor contestará oralmente aquellas preguntas que le haga el tribunal en el idioma inglés.
Se valorará con un máximo de 10 puntos, correspondiendo 5 puntos a cada una de las partes, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes.
El tribunal podrá estar asistido por especialistas en el idioma inglés.
Tercer ejercicio. Este ejercicio de carácter teórico-práctico constará de dos partes:
Parte A. Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico elaborado por el tribunal que versará sobre las materias recogidas en el epígrafe II del programa que figura en el anexo II de esta convocatoria. El supuesto práctico deberá comprender diversos apartados o preguntas.
La resolución de esta parte se realizará en papel no copiativo que se depositará en un sobre. El tribunal procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación.
Parte B. Consistirá en el desarrollo por escrito de cinco preguntas teóricas cortas. Las preguntas cortas versarán sobre las materias y cuestiones planteadas en el supuesto práctico, siempre dentro de las recogidas en el epígrafe II del programa que figura como anexo II de esta convocatoria, siendo necesario que, al menos una de ellas, verse sobre la normativa a aplicar en dicho supuesto.
La parte B del ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los opositores depositarán el original y la copia en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado. En posterior sesión pública cada opositor abrirá el sobre, separará el original de la copia, entregando la copia al tribunal y procediendo a la lectura del original.
Al terminar el opositor la lectura, el tribunal durante un tiempo máximo de 15 minutos podrá formular preguntas sobre las materias planteadas en esta parte del ejercicio.
El tercer ejercicio se desarrollará en dos sesiones:
– En la primera sesión, de cuatro horas de duración, se procederá a la resolución del supuesto práctico que constituye la parte A del ejercicio, así como, a la resolución por escrito de las preguntas cortas que forman la parte B, por parte del opositor.
– En una segunda sesión, que será pública, se procederá a la lectura pública de la parte B del ejercicio.
La calificación máxima del tercer ejercicio será de 40 puntos, correspondiendo 30 puntos a la parte A del mismo (supuesto práctico) y 10 puntos a la parte B (preguntas cortas).
Será necesario obtener un mínimo de 20 puntos y superar ambas partes del ejercicio. No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Curso selectivo: Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de documentación de los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de tres meses, dos meses como máximo la parte teórica y uno como máximo la parte práctica.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo.
La parte teórica del curso selectivo constará de distintos módulos relacionados con materias relativas, entre otras, a Administración y Función Pública, Gestión administrativa y gestión económico-financiera; y, en todo caso, incluirá los submódulos correspondientes a Igualdad y Violencia de Género.
Dicha parte teórica del curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos y la parte práctica se valorará como apto o no apto, siendo necesario obtener al menos 25 puntos en la parte teórica y la valoración de apto en la parte práctica para poder superarlo.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Fase de oposición.
2.º Tercer ejercicio.
3.º Primer ejercicio.
4.º Segundo ejercicio.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
ANEXO II
Epígrafe I
Organización y funcionamiento administrativo
1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional. La estructura de poderes del Estado: Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.
2. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
3. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Fomento.
4. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Entidades que la integran.
5. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
6. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Nulidad y anulabilidad de los actos. El procedimiento administrativo común y sus fases. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Transparencia y buen gobierno. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
7. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: Concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
8. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
9. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
10. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.
11. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
Epígrafe II
1.er grupo: Agua, obras hidráulicas, puertos y costas
Subgrupo 1: Aguas
1. El texto refundido de la Ley de Aguas. La trasposición de la Directiva Marco de Aguas.
2. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Autorizaciones y concesiones. Régimen económico financiero.
3. La administración pública del agua. Demarcaciones hidrográficas. Organismos de cuenca.
4. Los recursos hídricos en España.
5. Los usos del agua. Demandas y balances.
6. Las nuevas fuentes de recursos: reutilización y desalación.
7. La planificación hidrológica. Planes hidrológicos de cuenca. El Plan Hidrológico Nacional. Ley del Plan Hidrológico Nacional.
8. Las aguas subterráneas. Estudios hidrogeológicos. Acuíferos sobreexplotados.
9. El estado de las masas de agua. Estado químico, estado ecológico y potencial ecológico. Indicadores. Requisitos de calidad para los distintos usos.
10. El control de la calidad de las aguas. Vertidos.
11. Avenidas e inundaciones. La Directiva de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación y Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación. Estudios. Prevención y control. Sistema automático de información hidrográfica.
12. Obras de defensa contra avenidas. Encauzamientos fluviales, protección de márgenes.
13. Tratamiento de aguas residuales. Estaciones depuradoras. Directiva europea 91/271/CEE.
14. Los ecosistemas fluviales. Caudales ecológicos. Bases teóricas y principales actuaciones de la restauración fluvial. Humedales. Restauración hidrológico-forestal.
15. Obras hidráulicas de regulación. Presas y embalses de usos múltiples: Garantías. Normativa de seguridad de presas.
16. Canales. Trazados. Secciones. Problemas constructivos. Instalaciones.
17. Evaluación económica de proyectos. Análisis coste- beneficio. Indicadores VAN, TIR, etc.
18. Abastecimiento de poblaciones. Captaciones. Tratamientos.
19. Aprovechamientos hidroeléctricos. Centrales.
20. Regadíos. El regadío en España. Plan Nacional de Regadíos.
Subgrupo 2: Puertos y costas
1. La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. La Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y modificación de la Ley 22/1988, de Costas. Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. Modificaciones introducidas en la nueva normativa.
2. El Dominio Público Marítimo Terrestre. El deslinde.
3. Utilización del Dominio Público Marítimo Terrestre. Autorizaciones, Concesiones, Adscripciones y Reservas.
4. Servidumbres relativas al Dominio Público Marítimo Terrestre. Utilización, gestión y competencias.
5. Régimen económico-financiero de la utilización del dominio público marítimo-terrestre.
6. Régimen transitorio de la Ley de Costas.
7. La gestión integrada de las zonas costeras.
8. Dinámica litoral. Oleaje, Viento, corrientes y mareas. Transporte longitudinal y transversal.
9. Morfología de costas. Línea de costa. Perfil de playa.
10. Factores de degradación del litoral. Erosión y antropización. Los efectos del cambio climático. Evaluación de riesgo de inundación en zonas costeras.
11. Regeneración de playas. Perfil de equilibrio. Fuentes de sedimentos. Granulometría de la arena. Defensa y regeneración de la costa.
12. Dragados y vertidos de arenas y sedimentos marinos. Gestión sostenible del litoral.
13. Puertos. Conceptos generales. El sistema portuario español. Planificación portuaria y modelos de gestión. Normativa básica.
14. Obras de abrigo y portuarias- conceptos básicos para su diseño, dimensionamiento y construcción. Obras portuarias exteriores e interiores. Otros elementos.
2.º Grupo: Infraestructuras de Transporte
Subgrupo 1: Carreteras
1. Marco Legal. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras y Reglamento General de carreteras. Normativa técnica básica nacional y europea.
2. Planificación de carreteras, conceptos básicos. Planes y programas. Estudios informativos. Estudios de tráfico, de rentabilidad y análisis multicriterio.
3. Anteproyectos y proyectos de carreteras. Principios básicos para el diseño de carreteras. Trazado, nudos y enlaces, drenaje, obras de paso y otros elementos.
4. Construcción de carreteras. Conceptos generales. Sistemas de aseguramiento de la calidad.
5. Particularidades e incidencias en la gestión de contratos asociados al proyecto y construcción de obra pública.
6. Firmes. Firmes reciclados. Mezclas bituminosas. Pavimentos de hormigón.
7. Túneles de carreteras. Explotación de túneles. Equipamiento e instalaciones. Seguridad en los túneles de carreteras.
8. El Pliego Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes.
9. Señalización, balizamiento y sistemas de contención de vehículos.
10. La seguridad vial. Principios básicos. Indicadores. Gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado y su normativa.
11. Conservación de carreteras ordinaria y extraordinaria. Organización y gestión. Proyectos específicos. Vialidad invernal. Reconocimientos e inspecciones. Sistemas de gestión de firmes y otros elementos.
12. Explotación en la red de carreteras. Conceptos básicos. Protección del dominio público viario y limitaciones a la propiedad. Autorizaciones. Publicidad. Sistemas inteligentes.
13. Seguridad y salud en los proyectos y obras de carreteras.
14. Autopistas de Peaje. Red estatal. Régimen jurídico y normativa de aplicación. Anteproyecto, construcción. Explotación e inspección.
Subgrupo 2: Ferrocarriles
1. Marco Legal. Conceptos básicos de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y su reglamento de desarrollo. Normativa técnica española y europea.
2. El sistema ferroviario español. Organización. Actores del sistema: administradores de infraestructuras, empresas ferroviarias y otras entidades.
3. Planificación y diseño de infraestructuras ferroviarias. Estudios y proyectos. Parámetros de diseño. Trazado y geometría. Secciones transversales. Gálibos y entreeje. Plataforma, vía y electrificación.
4. Construcción de obras ferroviarias. Túneles y estructuras ferroviarias. Mantenimiento y explotación ferroviaria.
5. Sistemas de seguridad, señalización y comunicaciones ferroviarios. Conceptos generales. Sistemas tradicionales. El ERTMS.
6. La interoperabilidad ferroviaria. Normativa y conceptos generales. Las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad. La puesta en servicio de subsistemas.
7. La seguridad en el transporte ferroviario. Conceptos básicos del Reglamento sobre seguridad en la circulación de la red ferroviaria y normativa europea. Sistemas de gestión de la seguridad.
8. El personal ferroviario, conceptos generales y normativa aplicable.
9. El material rodante, conceptos generales y normativa aplicable.
Subgrupo 3: Transportes
1. Planificación del transporte. Objetivos, estudios básicos, planificación y estrategia. El coste del transporte. Factores cualitativos y cuantitativos.
2. El transporte por ferrocarril de pasajeros y mercancías. Normativa europea y su aplicación en España.
3. Las obligaciones de servicio público en los servicios de transporte ferroviario de competencia estatal. La liberalización del transporte ferroviario
4. El transporte por carretera de pasajeros y de mercancías. Gestión del transporte por carretera.
5. La intermodalidad en el transporte de viajeros y mercancías. La Estrategia Logística de España.
6. Conceptos básicos de la legislación en el transporte terrestre. Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento. Normativa de la UE sobre transporte.
7. Financiación de infraestructuras de transporte. Financiación presupuestaria y extrapresupuestaria. Participación del sector privado en la financiación de infraestructuras. Tarificación por uso de las infraestructuras.
8. Las Redes Transeuropeas de Transporte. Objetivos, desarrollo y evolución. Financiación.
3.er Grupo: Medio Ambiente
1. Desarrollo sostenible, la cumbre de Río+20. Río de Janeiro 2012. Conceptos y estrategias. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
2. La I+D+i ambiental. Su papel en el ámbito económico y ambiental. La Mejores Técnicas Disponibles. Competitividad, innovación y sostenibilidad.
3. Estrategia comunitaria en materia de residuos. La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Principios. La planificación en materia de residuos. Contaminación del suelo. R.D. 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Tipos de contaminantes. Usos del suelo. Evaluación del riesgo. Niveles genéricos de referencia. Técnicas de recuperación de suelos.
4. Gestión y tratamiento de residuos en el sector de la construcción. Especial referencia a la utilización de los materiales resultantes del reciclado de residuos en la construcción de carreteras y de obras de ingeniería civil. Especial consideración de los materiales procedentes de los residuos de construcción y demolición, residuos de las industrias extractivas y de los neumáticos fuera de uso.
5. El convenio marco sobre cambio climático. Estrategia comunitaria sobre cambio climático. Normativa española. Los derechos de emisión.
6. Convenios internacionales, normativa comunitaria y española en materia de medio ambiente atmosférico. Protección de la capa de ozono.
7. La contaminación atmosférica. Tipos, orígenes y características. Sus fuentes. Sectores y actividades contaminantes. Contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia. Normativa española.
8. La contaminación acústica. Normativa comunitaria y española sobre ruido. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. La evaluación, prevención y reducción del ruido ambiental. Medidas correctoras.
9. La Evaluación Ambiental de los planes, programas y proyectos en el ámbito comunitario y español. La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
10. La Directiva 2008/1/CE y la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Contaminación, Principios. Aspectos tecnológicos. Las Mejores Técnicas Disponibles. Valores límites de emisión. Los permisos integrados de instalación. Los intercambios de información.
11. El Reglamento europeo relativo a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental (SGAM o EMAS). Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La relación entre el sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales e ISO (Organización Internacional de Normalización).
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidenta: D.ª Fuencisla Sancho Gómez. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales:
D. Ricardo Mollar Marcos. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
D. Manuel Rodríguez Herrerías. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
D.ª Aurora Moyano Andrés. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Secretario: D. Fernando Febrero Pérez. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Juan Agustín Sánchez Rey, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales:
D.ª M. Carmen Conesa Lareo, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
D.ª Ana Belén Moreno Inocencio. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
D. Jesús Mogica Sastre. Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicaciones.
Secretaria: D.ª Ana Patricia García Fletcher. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Fomento.
En el recuadro Centro Gestor: Inspección General de Fomento.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas». Código «1011».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Fomento»
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid»
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
El recuadro 22 se marcará con una X, si el aspirante se presenta por el cupo de reserva para discapacitados.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Perito, Ingeniero Técnico de Obras Públicas o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada».
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 22,42 € y para las familias numerosas de categoría general de 11,21 €.
Estarán exentos del pago de tasas, según la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la instancia dictamen médico que certifique tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Estas personas deberán acompañar a la instancia estos dos documentos:
1. Certificado emitido por los servicios públicos de empleo donde conste desde que fecha figura como demandante de empleo y que en ese plazo no ha rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
2. Declaración jurada o promesa escrita del solicitante en la que conste que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimos Interprofesional.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2013, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa.
Tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los fueran de la categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante la aportación junto con la instancia del correspondiente título actualizado.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales a las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, en cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrase exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la instancia.
La solicitud se dirigirá a la Sr.a Inspectora General de Fomento del Ministerio de Fomento. P.º de la Castellana, número 67. 28071 Madrid.

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