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sábado, 22 de octubre de 2011

Becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012


La información que publica la página web del gobierno de Canarias:

Información general

Objeto:
 
Sufragar los gastos derivados del transporte, residencia, adquisición de libros y material, pago de los precios públicos de la enseñanza superior, la compensación por la merma de ingresos de naturaleza laboral, así como premiar la excelencia de quienes deseen realizar o se encuentren realizando estudios universitarios en universidades canarias o del resto del territorio español conducentes a títulos oficiales de Grado, Master, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, en el curso 2011-2012, de acuerdo con las directrices fijadas por la Ley 8/2003, de 3 de abril, de Becas y Ayudas a los Estudios Universitarios. Así como ayudas al pago de los precios públicos para el acceso a la universidad para las personas mayores de 25, 40 y 45 años, impartidos por las universidades públicas canarias.
A quién está dirigido:
 
Ciudadanos
Sujetos beneficiarios:
 
Estudiantes que realizan sus estudios en universidades públicas canarias o del resto del Estado español.
Grado de adaptación a la Ley 11/2007:
 
Nivel 2: Disponibilidad de modelos normalizados.

A quién debe dirigirse para solicitar información

Órgano instructor:
 
SRV.COORDINACION UNIVERSITARIA

Requisitos previos

Para obtener las becas las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos con carácter general:
1º) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o extranjero con permiso de residencia en España, tener vecindad administrativa y la renta familiar domiciliada en la Comunidad Autónoma de Canarias en el momento de solicitar la beca y estar cursando estudios oficiales universitarios en Centros universitarios del Estado español.
2º) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título de Master oficial, Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado o equivalente.
Podrán concederse becas para cursar estudios de másteres oficiales o de segundo ciclo universitario a las personas que hayan superado o estén en posesión de un título de los estudios previos que permita el acceso al master o a dicho segundo ciclo, en las condiciones académicas y económicas prevista en esta orden.
En dichas condiciones, también podrán concederse becas para cursar estudios de másteres oficiales o de segundo ciclo, en los casos en que las directrices propias del título posibiliten el acceso a los nuevos estudios aunque no constituyan continuación directa de los estudios previos superados por el alumno o alumna.
3º) No estar en condiciones de disfrutar de la beca del Ministerio de Educación, en el marco de la convocatoria correspondiente al curso académico 2011-2012, para el mismo concepto que se solicita.
4º) Con carácter general, además de cumplir los requisitos establecidos en esta base cuarta, las personas solicitantes deberán encontrarse dentro de los parámetros que, como criterios de valoración económica y de rendimiento, se establecen en las bases quinta y sexta, desestimándose aquellas solicitudes que no se encuentren dentro de los mismos. No obstante, en el caso de fallecimiento de alguno de los progenitores o de enfermedad grave de la persona solicitante, durante el curso académico 2011-2012 o en el curso académico inmediatamente anterior, la Comisión de Selección, podrá proponer la concesión de becas aún incumpliendo alguno de los requisitos.
Ver bases cuarta, quinta y sexta de la convocatoria.

Cuantía

Por la variedad y características de estas becas deberá leer detenidamente la base tercera de la convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012.

Observaciones

1.- Los Impresos normalizados para solicitar estas becas serán facilitados en la siguiente dirección de Internet: http:/www.gobiernodecanarias.org/educacion/proeduca
Habrá dos modelos de solicitud, uno para la beca de excelencia y otro para el resto de modalidades.
2.- Las personas solicitantes deberán rellenar telemáticamente las distintas páginas que integran la solicitud, imprimir dicha solicitud para posteriormente presentarla debidamente firmada y acompañada por la documentación indicada en la convocatoria y dentro del plazo establecido en el Registro de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, sito en la Avenida de Buenos aires, nº 5, Edificio Tres de Mayo, 38001 Santa Cruz de Tenerife y los restantes registros de la Consejería.
Asimismo podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- En el apartado enlace de interés les facilitamos la dirección de internet donde podrán acceder a la solicitud.

Enlaces de interés








Cómo y dónde puede iniciar el trámite

Plazo de presentación:
 
Fecha Inicio: 22/10/2011 Fecha Fin: 9/11/2011
(ambos inclusive)
Qué medios de presentación tiene:
 
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por elDecreto 164/1994, de 29 de julio.
Qué documentación tiene que presentar:
 
Impreso normalizado que será facilitado en la siguiente dirección de Internet: http:/www.gobiernodecanarias.org/educacion/proeduca. Habrá dos modelos de solicitud, uno para la beca de excelencia y otro para el resto de modalidades.
Documentación acreditativa de la independencia familiar y económica
Autorización expresa para acceder a las bases de datos del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la familia mayores de catorce años, y en su caso, del Padrón municipal de habitantes.
Documento facilitado por la Entidad Bancaria en que conste el Código Cuenta Cliente comprensivo de los códigos que identifican el Banco, la Oficina, el dígito de control y el número de cuenta en el que se abonará el importe de la beca y de la que deberá ser, en todo caso, titular o cotitular el alumno o alumna beneficiarios de la beca.
En el caso de minusvalía de la persona solicitante se presentará certificado del grado de minusvalía.
Documentación acreditativa de tener derecho a alguna de las deducciones de la renta familiar que enumera la base 5ª apartado 9 de la Convocatoria.
Para el alumnado que no realiza sus estudios en las Universidades públicas canarias, deberá además aportar la siguiente documentación: -Documentación acreditativa original o copia cotejada, del pago de la matrícula del curso académico 2011-2012 debiéndose detallar el número de créditos matriculados. -Certificación o acreditación oficial, original o copia cotejada de la matrícula del curso 2010-2011 o último realizado, donde se haga constar el número de asignaturas o créditos y las calificaciones obtenidas, indicándose además, el número total de asignaturas o créditos que integran el plan de estudios.

Quién y cómo resuelve el trámite

Órgano que resuelve:
 
Dirección General de Universidades , por delegación
Plazo de resolución:
 
3 meses
Las becas y ayudas a que se refieren las presentes bases serán resueltas y notificadas en el ejercicio 2012 y en todo caso antes del 30 de septiembre 2012. La falta de resolución en plazo, y en todo caso, la falta de notificación antes del 31 de diciembre de 2012, tendrá carácter desestimatorio.
Efectos del silencio administrativo:
 
Desestimatorio
-Artículo 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. BOE nº 285, de 27.11.1992). -Artículo 7.1 del Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas,ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 65, de 02.04.2004). -Base decimotercera de la convocatoria.

Recursos

Recurso Potestativo de Reposición

Forma de Abono

-Las becas concedidas serán abonadas por anticipado a las personas beneficiarias por transferencia bancaria en el ejercicio 2012 La aceptación expresa de la beca se formula en el momento de la solicitud, tal y como está previsto en la base octava apartado 1.c) de las bases de la convocatoria.
-Las ayudas concedidas para matrícula se abonarán a las universidades públicas canarias siempre que no se les haya exigido a los estudiantes el pago de la misma. Las concedidas a personas que realicen sus estudios en otras universidades no canarias serán abonadas al beneficiario por transferencia bancaria.
- La Dirección General de Universidades podrá abonar estas ayudas a través de entidades colaboradoras previa suscripción en todo caso de los convenios de colaboración correspondientes, al amparo de lo previsto en el artículo 8.4 de la Ley 8/2003, de 3 de abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios.
- El importe de la matrícula no satisfecho por las personas que realicen sus estudios en las universidades públicas canarias, de las becas de esta convocatoria, se sustanciará mediante el mecanismo de compensación a las mismas.

Criterios de valoración y baremación

Están detallados en las bases sexta y séptima de la convocatoria, señalándose en ellas los umbrales de renta que no se pueden superar en cada una de las modalidades de becas (base sexta).
En la base séptima se consignan los criterios de valoración académica: Matriculación, rendimiento académico, etc.


Normativa autonómica

Orden de 13 de octubre de 2011 , por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012. (BOC nº 208, de 21.10.2011)
Decreto 36/2009 , 31 marzo, por el que se establece el regimen general de subvenciones de la Comunidad Autonoma de Canarias. (BOC nº 68, de 08.04.2009)
Ley 11/2006 , de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (BOC nº 244, de 19.1.2006)
Decreto 30/2004 , de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 65, de 02.04.2004)
Ley 8/2003 , 3 abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios. (BOC nº 73, de 15.04.2003)

Normativa estatal

Ley 38/2003 , de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 276, de 18.11.2003)
Real Decreto 887/2006 , de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 176, de 25.07.2006)
Real Decreto 1721/2007 , de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. (BOE nº 15, de 17.01.2008)
Real Decreto 708/2011 , de 20 de mayo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación para el curso 2011-2012 y por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.(BOE nº121, de 25.05.2011)

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