En el BOP del 11/02 se ha publicado 2700 y ss:
Por Decreto de Alcaldía núm. 55/2019, de fecha 4
de febrero de 2019, se aprobó la convocatoria pública
del proce
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 18, lunes 11 de febrero de 2019 2701
de la Residencia de Ancianos de Vallehermoso, cuyo
tenor literal es el siguiente:
Decreto de Alcaldía.
Vista la urgente necesidad manifiesta por la directora de la Residencia de Ancianos de Vallehermoso,
de contratar personal que cubra dos bajas médicas
de dos trabajadoras que desempeñan el puesto de
Auxiliar de Geriatría, mediante informe emitido con
fecha 1 de febrero de 2019; concretamente resulta
preciso cubrir 2 puestos.
Considerando que se trata de un sector prioritario,
que afecta al correcto funcionamiento de un servicio
público esencial, tal y como se deduce del mencionado
informe, y constatada la necesidad urgente e inaplazable de cubrir los puestos de Auxiliares de Geriatría,
durante el periodo en que se encuentren ausentes.
Teniendo en cuenta las limitaciones impuestas por
la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, ya que a fecha de
la presente resolución no se ha aprobado la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2019;
concretamente su artículo 19. Dos, que establece que
no se podrá proceder a la contratación de personal
temporal, así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto
en casos excepcionales y para cubrir necesidades
urgentes e inaplazables.
Visto que, a día de la fecha, esta Corporación no
cuenta con lista de reserva en vigor de la mencionada categoría, si bien existe un expediente en trámite
para configurarla (expediente núm. 2018-000384);
asimismo, en este expediente se han aprobado unas
bases específicas que han de regir la convocatoria
pública del proceso selectivo, para la configuración
de una Lista de Reserva de Auxiliar de Geriatría, en
régimen de derecho laboral temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso.
Visto que, apelando al deber de colaboración entre
las Administraciones Públicas, tal y como contempla
la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, se ha solicitado cesión de lista de la categoría
profesional anteriormente descrita para cubrir las
ausencias en el expediente núm. 2018-001355, sin
haber obtenido respuesta afirmativa, a todos los
Ayuntamientos de La Isla de La Gomera, así como
al Excmo. Cabildo Insular.
En virtud de todo lo expuesto, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 21.1 g) y h) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local,
Resuelvo:
Primero. Declarar como urgente e inaplazable la
contratación de dos Auxiliares de Geriatrías de la
Residencia de Ancianos, que cubran a las trabajadoras
que se encuentran de baja médica.
Segundo. Aprobar la convocatoria para la selección
de dos Auxiliares de Geriatría de la Residencia de
Ancianos de Vallehermoso.
La selección de este personal se realizará por el
sistema de concurso, dada la urgencia existente, por
un tribunal cualificado, y siguiendo los criterios que
se establecen en el apartado B) de la Base Séptima de
las bases específicas que han de regir la convocatoria
pública del proceso selectivo, para la configuración
de una Lista de Reserva de Auxiliar de Geriatría, en
régimen de derecho laboral temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso, aprobadas por Decreto de
Alcaldía núm. 356/2018, de fecha 25 de julio de 2018.
B) Fase de concurso: el Tribunal Calificador evaluará los méritos que hayan acreditado los aspirantes
que tengan superada la fase de oposición. Los méritos
a valorar serán los que se detallan a continuación, con
una puntuación máxima de 5 puntos, distribuidos de
la siguiente forma:
1. Servicios prestados en la administración pública,
empresa pública o privada realizando tareas iguales a
las plazas convocadas, por mes trabajado, a jornada
completa, 0,20 puntos; con una puntuación máxima
de 3 puntos.
Su acreditación se efectuará mediante certificación
expedida por la administración, empresa pública o
privada donde se hubieren prestado los servicios,
indicándose el tiempo de duración del mismo, y el
tipo de funciones o tareas desempeñadas; y mediante Informe de vida laboral emitido por la Tesorería
General de la Seguridad Social sobre el periodo de
alta y grupo de cotización. Deberá presentarse copia
compulsada u original de los documentos exigidos.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones propias de la plaza a
2702 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 18, lunes 11 de febrero de 2019
cubrir, con un máximo de 2 puntos que se valorarán
de la siguiente manera:
- Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el domicilio, regulado por
el Real Decreto 1379/2008 de 1 agosto, o por las vías
equivalentes que se determinen: 1,50 puntos
- Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones
Sociales, regulado por el Real Decreto 1379/2008 de
1 agosto, o por las vías equivalentes que se determinen: 1,50 puntos.
- Los cursos se valorarán de acuerdo al siguiente
baremo:
• Hasta 10 lectivas: 0,10 puntos por cada curso.
• De 11 a 20 horas lectivas: 0,20 puntos por cada
curso.
• De 21 a 46 horas lectivas: 0,40 puntos por cada
curso.
• De 46 horas lectivas en adelante: 0,50 puntos por
cada curso.
No se valorarán los cursos en que no se especifique
el número de horas de duración del mismo.
La formación se acreditará mediante la presentación de copia compulsada de diploma o documento
acreditativo de la realización del curso respectivo en
el que se contenga mención expresa del número de
horas, contenido y fecha de celebración.
Los cursos realizados en el extranjero deberán estar
debidamente legalizados y traducidos al castellano.
De presentarse la realización de cursos que versen
sobre la misma materia, se considerará únicamente
aquel que suponga mayor puntuación para el aspirante.
Se deja a criterio del tribunal calificador la decisión acerca de si el curso presentado por el aspirante
está o no relacionado con el contenido funcional del
puesto de trabajo.
La documentación requerida para la acreditación
de los méritos se presentará por los aspirantes en el
momento de entregar la solicitud de participación en
el proceso selectivo.
A los efectos de tener en cuenta cada uno de los
méritos alegados, se establece como fecha límite
para haber obtenido los mismos, la fecha en que se
publiquen las presentes bases en el Boletín Oficial
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Por los motivos expuestos, el plazo de presentación
de solicitudes será de 10 días naturales.
Los requisitos de acceso serán los mismos que
los contemplados en la base segunda de las bases
específicas que han de regir la convocatoria pública
del proceso selectivo, para la configuración de una
Lista de Reserva de Auxiliar de Geriatría, en régimen
de derecho laboral temporal, en el Ayuntamiento de
Vallehermoso.
Tercero. Publicar la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife,
siendo la fecha de publicación de este anuncio la que
servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.
Cuarto. Cursar oferta genérica de empleo a la Oficina de Empleo de La Gomera.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera.
Los modelos de instancia de esta convocatoria
podrán consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento, así como en el Registro General.
Contra la convocatoria se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a
la publicación del presente anuncio, ante el AlcaldePresidente de este Ayuntamiento, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones públicas, o recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 18, lunes 11 de febrero de 2019 2703
sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro
recurso que se estime pertinente.
En Vallehermoso, a 6 de febrero de 2019.
El Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera,
documento firmado electrónicamente.
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