http://rrabogadoslaspalmas.com/

domingo, 3 de febrero de 2019

Lista provisional de admitidos y excluidos de una plaza de operario de medio ambiente – flora y fauna para la sustitución de una jubilación parcial (CABILDO INSULAR FUERTEVENTURA)

En el BOP del 30/01 se ha publicado en las páginas 1012-1014:

Mediante Resolución del Consejero Insular de Área don Blas Acosta Cabrera, de fecha 22 de enero de 2019, se ha procedido a aprobar la siguiente lista provisional de admitidos y excluidos perteneciente a la convocatoria de selección de personal laboral para la sustitución de jubilación parcial de un puesto de Operario de Medio Ambiente - Flora y Fauna incluido en el servicio de Medio Ambiente del Cabildo de Fuerteventura: Primero. Aprobar la siguiente lista provisional de admitidos y excluidos perteneciente a la convocatoria de selección de personal laboral para la sustitución de jubilación parcial de un puesto de operario de medio ambiente - flora y fauna, perteneciente al servicio de Medio Ambiente del Cabildo Insular de Fuerteventura: LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS - OPERARIO DE MEDIO AMBIENTE - FLORA Y FAUNA

(..)

Segundo.Conceder un plazo de DOS DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente Resolución, para que los aspirantes excluidos aporten la documentación requerida para poder acceder al proceso selectivo. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 13, miércoles 30 de enero de 2019 1013 Tercero. La correspondiente Resolución se publicará en la página web www.cabildofuer.es y en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Cabildo Insular de Fuerteventura. Contra la correspondiente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada ante el órgano que ha dictado esta resolución o bien ante la Presidencia del Cabildo Insular de Fuerteventura. En todo caso será esta última la competente para resolverlo. El plazo para la interposición del Recurso de Alzada será de UNMES alser éste un acto expreso.Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la presente resolución será firme a todos los efectos. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de alzada será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución,se podrá entender desestimado el recurso,salvo en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puerto del Rosario, a veinticuatro de enero de dos mil diecinueve. EL CONSEJERO INSULAR DE ÁREA, Blas Acosta Cabrera.

No hay comentarios:

Publicar un comentario