En el BOP del 13/02 se ha publicado en las páginas 1443 y ss:
En ejecución de lo establecido en los artículos 43
y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,se hace pública la resolución
de la Directora General de Administración Pública
registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con
número 4905/2019, de 6 de febrero, por la que aprueba
la lista de reserva correspondiente a la convocatoria
para la configuración de lista de reserva en la categoría
de profesor de música de laBanda Sinfónica Municipal.
ANTECEDENTES
PRIMERO. Por Resolución de la Directora General
de Administración Pública número 12819/2017, de
2 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia número 54/2017, de 5 de mayo, fueron
aprobadaslas bases específicas de la convocatoria para
la generación de lista de reserva en la categoría de
profesor de música de la Banda Sinfónica Municipal,
habiendo sido objeto asimismo de publicación en el
Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web
municipal.
SEGUNDO. Con fecha 13 de septiembre de 2013,
se dicta la Resolución número 28200 por la que se
aprueban las Bases Generales para la generación de
listas de reserva de personal interino o temporal para
el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número
124/2013, de 27 de septiembre.
TERCERO. Con fecha 10 de febrero de 2015, se
dicta la Resolución número 5.484 por la que se
aprueba el funcionamiento de laslistas de reserva para
cubrir las interinidades y contrataciones temporales
en las distintas categorías de personal laboral y
funcionario del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019 1443
CUARTO. Resolución número 3805/2016, de 15
de febrero del Concejal Delegado de Recursos
Humanos, por la que se modifica la Resolución
número 28200/2013, de 13 de septiembre, por la que
se aprueban las Bases Generales para la generación
de listas de reserva de personal interino o temporal
para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
QUINTO. Consta en el expediente elevación al
órgano convocante de propuesta de lista de reserva
efectuada por el Tribunal Calificador de fecha 4 de
febrero de 2019.
SEXTO.Informe del Servicio deRecursos Humanos
de fecha 4 de febrero de 2019, por la que se eleva la
propuesta de aprobación de lista de reserva en la
categoría de profesor de música de la Banda Sinfónica
Municipal.
NORMATIVA APLICABLE
Las Bases de la convocatoria establecen:
Sexta. Presentación de documentos
6.1. Calculadaslas calificacionesfinales, el Tribunal
publicará en el Tablón de Anuncios y en la web
municipal, la relación de los aspirantes que hayan
aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación
decreciente, y propondrá la relación de candidatos que
hayan de integrar la lista de reserva, reseñando la
especialidad en la que deban figurar, en atención a
aquella a la que se haya concurrido.
Las personas propuestas para integrarla lista de reserva,
presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de
la Corporación, dentro del plazo de DIEZ DÍAS
NATURALES, contados a partir de la publicación de
la lista de aprobados, en la forma que se determina a
continuación, los documentos acreditativos de las
condiciones que para tomar parte en el proceso
selectivo se exigen en las Bases de la convocatoria:
a) Fotocopia, debidamente compulsada, del
Documento Nacional de Identidad o NIE o Certificado
de Nacimiento expedido por el Registro Civil
correspondiente.
b) Declaración de no hallarse inhabilitado para el
ejercicio de cargos públicos y de no haber sido
separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de la Administración Pública, asumiendo el
compromiso de mantener dicha situación en el
momento de su llamamiento de la lista de reserva, con
expresa indicación de que sabe y le consta que de no
ser así decaerá su derecho a incorporarse a la prestación
del servicio para la que fuera llamado.
c) Declaración de no hallarse incurso en alguna de
las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/84,
de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas, asumiendo
el compromiso de mantener dicha situación en el
momento de su llamamiento de la lista de reserva, con
expresa indicación de que sabe y le consta que de no
ser así decaerá su derecho a incorporarse a la prestación
del servicio para la que fuera llamado.
d) El título, fotocopia compulsada del mismo o
justificante de haber abonado los derechos para su
obtención, exigido para el acceso a la plaza a la que
se concurra.
e) Dos fotografías del tamaño carné de identidad.
f)Certificación de la entidad bancaria en la que desee
que se le abonen las retribuciones y en la que se
reseñe el IBAN y
6.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de
fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran
la documentación relativa al cumplimiento de los
requisitos y condiciones exigidos para tomar parte en
la convocatoria, o del examen de la misma o del
reconocimiento médico se dedujera que carecen de
alguna de las condiciones o no reunieran losrequisitos
exigidos, ello determinará su automática exclusión,
no pudiendo ser nombradas y quedando anuladas
todassus actuaciones,sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
instancia, solicitando tomar parte en el proceso
selectivo.
Séptima. Generación de lista de reserva y llamamientos
1. Los aspirantes que superen el proceso selectivo
y hayan presentado correctamente la documentación
requerida generarán una lista de reserva establecida
por orden de puntuación correlativa y decreciente en
el proceso selectivo.
2. La lista de reserva generada se subdividirá a su
vez en tantas como especialidadestengan los aspirantes
que formen parte de ella.
3. Los llamamientos se realizarán respetando el
riguroso orden de puntuación dentro de cada una de
las especialidades.
Las listas de reserva que se configuren, como
consecuencia del proceso selectivo a que se refieren
las presentes Bases, se regirá en todos sus términos
por las disposiciones contenidas en las normas de
funcionamiento de laslistas de reserva para cubrir las
interinidades y contratacionestemporales del Excmo.
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
aprobadas por resolución número 5484/2015, de 10
de febrero, delCoordinador de Presidencia y Seguridad,
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las
Palmas número 27, de 27 de febrero de 2015.
De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos
Humanos obrante en el expediente, de fecha 4 de febrero
de 2019 y de conformidad con lo establecido en los
artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril,reguladora de lasBases delRégimen
Local,modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre,
de medidas para la modernización del gobierno local
y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20
de abril, este Servicio propone que se dicte Resolución
por la directora general de Administración Pública,
al amparo del Decreto del Alcalde número 19972, de
20 de junio de 2017, en el que se establecen los
sectores funcionales y la estructura del Área de
Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración
Pública y Deportes, determinando su estructura
organizativa de gobierno y administración, en el
siguiente sentido:
RESUELVE
PRIMERO:Aprobarla lista de reserva correspondiente
a la convocatoria para la generación de lista de reserva
en la categoría de profesor de música de la Banda
Sinfónica Municipal, tal y como figura en el anexo
a esta propuesta de resolución.
SEGUNDO: Efectuarlas notificaciones que procedan
Régimen de recursos. Contra el acto expreso que
se le notifica, que es definitivo en vía administrativa,
podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la recepción de su
notificación, Recurso Contencioso Administrativo
ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de
lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa, en concordancia con el artículo 123.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al
Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en
el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le
notifica, podrá usted interponerRecurso deReposición,
ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo
de UN MES, que se contará desde el día siguiente al
de la fecha de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la
resolución del recurso será de UN MES; transcurrido
dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa,
de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero,
de la Ley referida,se producirá silencio administrativo
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019 1445
desestimatorio, y podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados
a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado
por silencio administrativo
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor
defensa de sus derechos.
Las Palmas de GranCanaria, a seis de febrero de 2019. La Directora General de Administración Pública. (Acuerdo
de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez.
Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas
de GranCanaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora
de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración
del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a seis de febrero de 2019. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero) El Oficial
Mayor, Domingo Arias Rodríguez”.
Las Palmas de Gran Canaria, a siete de febrero de dos mil diecinueve.
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de
mayo de 2016), María Mercedes Cejudo Rodríguez.
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