En el BOP del 21/12 se ha publicado en las páginas 12226 y ss:
Se hace público que mediante resoluciones número
1.756/2018 a la número 1.766/2018, de la Sra. Consejera
de Gobierno deRecursos Humanos, Organización, Educación
12226 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
y Juventud,se ha dispuesto la aprobación de las Bases Específicas de la convocatoria, por el turno libre, de plazas de personal
funcionario incluidas en la Oferta de Empleo Público 2016, cuyo texto se inserta a continuación:
“BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA, POR ELTURNO LIBRE, DE UNAPLAZADE TÉCNICO
SUPERIOR EN AUDITORÍA INTERNA Y EXTERNA, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO
DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Auditoría interna y externa.
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal1.
1 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA:Licenciatura o Grado en Administración y Dirección deEmpresas, oLicenciatura enEmpresariales.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12227
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán asistir provistos de la normativa relacionada con el temario que
figura anexo, no pudiendo ser normativa con comentarios de autores, ni figurar anotaciones por escrito de ningún tipo.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1 Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
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Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
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Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN, ...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del capítulo,
así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
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renuncias o no acreditación en debida forma de losrequisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos.
Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar
la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases
Generales, que les será requerida en la Resolución Final
del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas,
serán integrados de oficio en una lista de reserva para
futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo
dispuesto en el vigente Reglamento de Listas de Reserva
delCabildo de GranCanaria.La lista de reserva que se genere,
también podrá ser utilizada para la cobertura de necesidades
de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en
virtud de los convenios de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO SUPERIOR EN
AUDITORÍA INTERNA Y EXTERNA.
NOTA: Todos los temas corresponden con textos
normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone en las bases publicadas
en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía
de referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas.
Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El
Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Lasrelaciones entre el Gobierno y lasCortes Generales.
La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno.
Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno
en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del
Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución
Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y
competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía.
Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
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3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. La Hacienda Local.
1.1. Elrégimen jurídico de las Haciendas Locales delReal
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
1.2. Los recursos de las Haciendas Locales.
1.3. La imposición y ordenación de tributos y el
establecimiento de recursos no tributarios.
2. Recursos tributarios de las entidades locales.
2.1. Los impuestos locales.
2.2. Las tasas.
2.3. Las contribuciones especiales
3. Recursos no tributarios.
3.1. Precios públicos: regulación.
3.2. Analogías y diferencias con las tasas.
3.3. Otrosrecursos no tributarios: losingresos procedentes
de su patrimonio, y las multas y sanciones pecuniarias que
debe percibir la Hacienda de las Entidades Locales
4. Recursos de los Cabildos
4.1. Losrecursosintegrantes del Bloque de Financiación
Canario.
4.2. Financiación de Competencias Transferidas y
Delegadas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
4.3. La Participación en los Tributos del Estado.
5. El crédito local
5.1. Clases de operaciones de crédito, finalidad y duración
5.2.Competencia, límites y requisitos para la concertación
de operaciones.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembr
5.3. La emisión de Deuda Pública en el ámbito local
6. La tesorería de las Entidades Locales (I).
6.1. Régimen jurídico.
6.2. El principio de unidad de caja y las funciones de la
tesorería.
6.3. El principio de prudencia financiera.
7. La tesorería de las Entidades Locales (II).
7.1. La realización de pagos: prelación, procedimientos
y medios de pago.
7.2. El acta de arqueo y el estado de conciliación.
7.3. La rentabilización de excedentes de tesorería
8. La tesorería de las Entidades Locales (III)
8.1. Los Pagos a Justificar.
8.2. Los Anticipos de Caja Fija.
8.3. Especificidades de los Pagos a Justificar y Anticipos
de Caja en el Cabildo de Gran Canaria.
9. La tesorería de las Entidades Locales (IV)
9.1. El plan de tesorería y el plan de disposición fondos.
9.2. Sistemas centralizados de la gestión de la Tesorería.
9.3. Tipos de interés.
10. La sostenibilidad financiera de las Entidades Locales
derivada de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre,
de control de la deuda comercial en el sector público:
10.1. Período medio de pago.
10.2. Plazoslegales de pago en la normativa de morosidad.
10.3. El Endeudamiento financiero y su régimen legal
desde 2013.
11. El Presupuesto General de las Entidades Locales en
el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el Real
Decreto 500/90, de 20 de abril (I).
11.1. Concepto y contenido.
11.2. La consolidación presupuestaria.
11.3. Principios presupuestarios
12. El Presupuesto General de las Entidades Locales(II)
12.1. Elaboración y aprobación del Presupuesto.
12.2. Especial referencia a las Bases de ejecución del
Presupuesto.
12.3. La prórroga del Presupuesto.
13. El Presupuesto General de las Entidades Locales(III).
13.1.La estructura presupuestaria la ordenEHA/3565/2008.
13.2. La clasificación del presupuesto gastos.
13.3. La clasificación del presupuesto de ingresos.
14. El Presupuesto General de las Entidades Locales(IV).
Las modificaciones de crédito:
14.1. Concepto, clases, financiación y tramitación.
14.2. Los créditos extraordinarios y los suplementos de
crédito.
14.3. Las transferencias de crédito.
15. El Presupuesto General de las Entidades Locales(V).
Las modificaciones de crédito:
15.1.La ampliación de crédito y las generaciones deCrédito.
15.2. La incorporación de remanentes.
15.3. Las bajas por anulación.
16. El Presupuesto General de las Entidades Locales(VI):
16.1. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación,
situación y niveles de vinculación jurídica.
16.2. La ejecución del presupuesto de gastos: sus fases.
16.3. La ejecución del presupuesto de ingresos: sus
fases.
17. El Presupuesto General de las Entidades Locales(VII).
Operaciones especiales del Presupuesto:
17.1. Reintegro de pagos.
17.2. Devolución de ingresos.
17.3. Reconocimiento extrajudicial de créditos
18. El Presupuesto General de las Entidades Locales(VIII).
18.1. Los gastos de carácter plurianual: Régimen Jurídico.
18.2. Límites y órganos competentes.
18.3. La tramitación anticipada de gastos
19. El Presupuesto General de las Entidades Locales(IX).
19.1. Los proyectos de gastos.
19.2. Los gastos con financiación afectada: Concepto y
características.
19.3. Coeficiente y desviaciones de financiación.
20. El Presupuesto General de las Entidades Locales(X).
20.1. La liquidación del Presupuesto: Tramitación y
aprobación.
20.2. Los remanentes de crédito.
20.3. El resultado presupuestario y el remanente de
tesorería.
21. La Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad
financiera (I).
21.1. Objetivos y ámbito de aplicación.
21.2. Los principiosrecogidos en la Ley Orgánica 2/2012.
12234 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
21.3. Medidas preventivas, correctivas y coercitivas en
relación con el cumplimiento de la normativa de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
22. La Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad
financiera (II).
22.1. Cálculo de la regla de gasto y de la capacidad o
necesidad de financiación con sus principales ajustes.
22.2. Los Planes económico-financieros: contenido,
tramitación y seguimiento.
22.3. Planes de ajuste y de saneamiento financiero.
23. La contabilidad en el Sector Público local (I).
23.1. Principios, competencias y fines.
23.2. Régimen jurídico de la Contabilidad de los
Organismos Autónomos.
23.3. Régimen Jurídico de la Contabilidad de las
Sociedades Mercantiles y Entidades Públicas Empresariales.
24. La contabilidad en el Sector Público local (II).
24.1.Contabilización del inmovilizado material, intangible
y financiero: Concepto, características y clasificación
24.2. Criterios de valoración.
24.3. Correcciones valorativas y amortización.
25. La contabilidad en el Sector Público local (III).
25.1. Inversiones construidas o adquiridas para otros
entes públicos: concepto y clasificación.
25.2. Arrendamientosfinancieros, operativos y venta con
arrendamiento posterior: concepto y contabilización.
25.3. La contabilización de subvenciones y transferencias
26. La contabilidad en el Sector Público local (IV).
26.1. Contabilidad de las Operaciones de Crédito:
Consideraciones generales y Criterios de valoración.
26.2. Obligaciones y bonos a largo plazo interior y
exterior
26.3. Operaciones de préstamos a largo plazo y a corto
plazo.
27. La contabilidad en el Sector Público local (V).
Contabilidad de la Administración de recursos de otros entes
públicos.
27.1. Delimitación y relaciones entre el ente gestor y el
ente titular.
27.2. Operaciones en el ente gestor.
27.3. Operaciones en el ente titular.
28. La contabilidad en el Sector Público local (VI).
28.1.Contabilización y cuentas de lasfases del presupuesto
de gastos.
28.2.Contabilización y cuentas de lasfases del presupuesto
de ingresos.
28.3.Contabilización de las operaciones no presupuestarias:
concepto y clases.
29. La contabilidad en el Sector Público local (VII).
29.1. Acreedores y Deudores no presupuestarios.
29.2. Cobros y Pagos pendientes de aplicación.
29.3. Movimientos internos de tesorería.
30. La contabilidad en el Sector Público local (VIII).
30.1. Contabilización de las Operaciones de Fin de
ejercicio.
30.2. Provisiones, periodificaciones, reclasificaciones y
regularizaciones.
30.3. La contabilidad de las operaciones pendientes de
imputar al Presupuesto.
31. La contabilidad en el Sector Público local (IX).
31.1. La cuenta general de las entidades locales.
31.2. La cuenta de la propia entidad local y la cuenta de
sus organismos autónomos
31.3. Las cuentas anuales de las sociedades mercantiles
dependientes de la entidad local y las entidades públicas
empresariales.
32. La contabilidad en el Sector Público local (X).
32.1. Contenido de la Cuenta General y Anexos.
32.2. Formación, exposición pública y aprobación de la
cuenta general.
32.3. Información para el pleno de la entidad y los
órganos de gestión y de control interno.
33. La contabilidad en el Sector Público local (XI).
33.1. La responsabilidad contable: Concepto, sujetos y
régimen jurídico.
33.2. El carácter objetivo de la responsabilidad contable.
33.3. Supuestos básicos de responsabilidad contable.
34. La contabilidad en el Sector Público local (XII).
34.1. El control externo de la actividad económicofinanciera del sector público local.
34.2. La fiscalización de las entidades locales por el
tribunal de cuentas y los Órganos de Control Externo
Autonómicos de las CCAA.
34.3. La Audiencia de Cuentas de Canarias.
35. Las Sociedades deCapital(I).Real Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Tipos de
Sociedades:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12235
35.1. La Sociedad Anónima
35.2. La Sociedad Limitada
35.3. Sociedad Comanditaria por Acciones.
36. Las sociedades de capital. (II):
36.1. Régimen jurídico
36.2. La constitución e inscripción registral
36.3. Las aportaciones sociales
37. Las sociedades de capital (III):
37.1. La Junta General;
37.2. La administración de la sociedad;
37.3. Las cuentas anuales.
38. Las sociedades de capital (IV).
38.1. La modificación de los estatutos sociales;
38.2. La disolución y liquidación;
38.3. Las obligaciones registrales de las sociedades.
39. El Plan General de Contabilidad aprobado por el Real
Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre:
39.1. Principios contables.
39.2. Criterios de registro y valoración.
39.3. Elementos de las cuentas anuales.
40. Las normas de registro y valoración del Plan General
De Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007,
de 16 de noviembre.
40.1. Normas relativas al Inmovilizado material e
intangible.
40.2. Normassobre losingresos por ventas y prestación
de servicios.
40.3. Norma sobre subvenciones, donaciones y legados.
41. La Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones canarias:
41.1. Definición, constitución, inscripción registral, fin
y patrimonio
41.2. Órganos de gobierno: modificación de los estatutos
y extinción.
41.3. Las fundaciones públicas.
42. Los contratos del Sector Público (I), Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
42.1. Objeto y ámbito de la Ley.
42.2. Los principios generales de la contratación del
sector público.
42.3. Tipos de contratos del Sector Público, regulación
armonizada.
43. Los contratos del Sector Público (II).
43.1. Régimen jurídico de los contratos administrativos
y los de derecho privado; los actos separables.
43.2. El régimen de invalidez de los contratos.
43.3. El recurso especial en materia de contratación.
44. Los contratos del Sector Público (III).
44.1. Las partes en los contratos del sector público.
44.2. Los órganos de contratación.
44.3. El contratista: capacidad, prohibiciones,solvencia
y clasificación.
45. Los contratos del Sector Público (IV).
45.1. El objeto, el precio y el valor estimado del contrato,
la revisión de precios.
45.2. Garantías en la contratación del sector público.
45.3. Preparación de los contratos porlas Administraciones
Públicas.
46. Los contratos del Sector Público (V).
46.1. Normas generales de Adjudicación de los contratos.
Clases de expedientes de contratación.
46.2. Los procedimientos de adjudicación de los contratos.
La selección del contratista: procedimientos, formas y
criterios de adjudicación.
46.3. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
47. Los contratos del Sector Público (VI).
47.1. Ejecución y modificación de los contratos
administrativos.
47.2. Las prerrogativas de la Administración
47.3. La suspensión y extinción de los contratos
administrativos. Cesión de los contratos y subcontratación.
48. Los contratos del Sector Público (VII). El contrato
de obras:
48.1. Actuaciones administrativas preparatorias.
48.2. La ejecución del contrato de obras y ejecución de
obras por la propia Administración
48.3. Modificación y extinción del contrato de obras.
49. Los contratos del Sector Público (VIII). El contrato
de concesión de obra pública:
49.1. Derechos y obligaciones del concesionario y
prerrogativas de la administración.
49.2. Régimen económico financiero
49.3. Extinción y subcontratación.
50. Los contratos del Sector Público (IX). El contrato
de suministros:
50.1. Régimen jurídico.
12236 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
50.2. Tipos especiales y ejecución.
50.3. Modificación, cumplimiento y resolución del
contrato.
51. Los contratos del Sector Público (X). El contrato de
servicios:
51.1. Régimen jurídico.
51.2. Ejecución, modificación, cumplimiento y resolución.
51.3. De la subsanación de errores, indemnizaciones y
responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos
de obras
52. Los contratos del Sector Público (XI). El contrato
de concesión de servicios:
52.1. Régimen jurídico.
52.2. Ejecución.
52.3. Modificaciones y extinción.
53.La iniciativa pública económica de lasEntidadesLocales
de la ley 7/1985.
53.1. Concepto y reserva de servicios.
53.2. El servicio público en las entidades locales.
53.3. Los modos de gestión.
54. La organización en las entidades locales.
54.1. Organismos Autónomos Locales.
54.2. Sociedades Mercantiles y Entidades Públicas
empresariales locales.
54.3. Los Consorcios Locales.
55. El patrimonio de las Administraciones públicas (I)
regulado en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del
Patrimonio de las Administraciones Públicas y su reglamento
aprobado por el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.
55.1. Las propiedades públicas: tipología.
55.2. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos.
55.3. Los bienes de dominio privado o patrimoniales.
56. El patrimonio de las Administraciones públicas (II)
56.1. Notas características del régimen jurídico del
dominio público: inalienabilidad, inembargabilidad,
imprescriptibilidad.
56.2. Las prerrogativas de las Administraciones Públicas
respecto de sus bienes.
56.3. Afectación, desafectación y mutaciones demaniales
y régimen de utilización del dominio público.
57. El patrimonio de las Administraciones públicas(III).
57.1. Bienes de las entidades locales en la normativa de
régimen local.
57.2. Prerrogativas y potestades de las entidadeslocales
en relación con sus bienes.
57.3. Especialidad en la gestión del patrimonio de las
Corporaciones Locales Canarias. Decreto 8/2015 de
Canarias.
58. Las subvenciones públicas (I). La Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General Subvenciones, y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento.
58.1. Objeto y ámbito de aplicación de lassubvenciones
públicas.
58.2. Principios generales y requisitos para el otorgamiento
de Subvenciones.
58.3. Beneficiarios y Entidades Colaboradoras.
59. Las subvenciones públicas (II).
59.1. Las Bases Reguladoras de las Subvenciones
Públicas.
59.2. Procedimiento de concesión en régimen de
concurrencia competitiva y procedimientos de concesión
directa.
59.3. La financiación de las actividadessubvencionadas.
60. Las subvenciones públicas (III).
60.1. El gasto subvencionable.
60.2. Pagos y garantías de subvenciones.
60.3. Modalidades de justificación de subvenciones.
61. Las subvenciones públicas (III).
61.1. Reintegro de las subvenciones.
61.2. Invalidez de la resolución de concesión, causas de
reintegro y prescripción.
61.3. Procedimiento de reintegro a propuesta de la
Intervención.
62. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores
62.1. Modalidades del contrato de trabajo. Especial
referencia al contrato de alta dirección regulado en el
RDL, de 1 de agosto, por el que se regula la relación
laboral de carácter especial del personal de Alta Dirección:
contenido, duración y extinción.
62.2. Modificación sustancial y geográfica de los contratos.
Garantías por cambio de empresario.
62.3. Extinción del contrato
63. El control interno (I). El Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, que regula por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el
que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Público Local.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12237
63.1.Concepto de control interno, y su aplicación alsector
público.
63.2. El control interno de la actividad económicofinanciera de las Entidades Locales y sus entes dependientes.
63.3.Informes de suministro de información, control interno
y otros informes preceptivos.
64. El control interno (II).
64.1. La función interventora: definición, ámbito formas
de ejercicio y principios.
64.2. Los deberes y facultades del órgano de control
64.3. El ejercicio de la función interventora: fiscalización
previa de las fases del gasto
64.4. El informe de intervención: especial referencia a
los reparos.
65. El control interno (III).
65.1.El control interno en la administración local enmateria
de ingresos. Informe de deficiencias en materia de ingresos.
65.2. El control financiero y de eficacia en materia de
ingresos
65.3. La omisión de la función interventora
66. El control interno (IV).
66.1. Los controles financieros y de eficacia: ámbito
subjetivo, ámbito objetivo y formas de ejercicio.
66.2. La planificación y el desarrollo de las actuaciones
de control financiero
66.3. Los informes de control financiero.
67. El control interno (V).
67.1. El control permanente: ámbito de aplicación,
objeto, y órganos competentes.
67.2. El ejercicio del control financiero permanente.
67.3. Los informes de control financiero permanente
68. El control interno (VIII).
68.1. La auditoría pública: ámbito de aplicación, objeto
y órganos competentes.
68.2. El ejercicio de la auditoría pública.
68.3. Los informes de auditoría pública.
69. El control interno (IX).
69.1. Normastécnicas de auditoría generales del ICAC.
69.2. Normas técnicas de la IGAE. Las auditorías de
regularidad
69.3. Normas técnicas de la IGAE. Las auditorías
operativas
70. El control interno (X).
70.1. Normas técnicas de la IGAE. Normas relativas al
sujeto auditor
70.2. Normas técnicas de la IGAE. Normas relativas a
la ejecución del trabajo
70.3. Normas técnicas de la IGAE. Normas sobre
preparación, contenido y presentación de informes.
71. El control interno (XI). El control financiero de
subvenciones y ayudas públicas:
71.1. Objeto, competencias y efectos
71.2. Facultades y deberes del personal controlador;
71.3. Procedimiento y documentación de las actuaciones.
Comprobación de subvenciones.
72. La Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de
cuentas y el reglamento aprobado por RDL1517/2011, de
31 de octubre.
72.1. Ámbito de aplicación, objeto, régimen jurídico y
definiciones.
72.2. Nombramiento de auditores.
72.3. Modalidades de auditoría e informes.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA,
TÉCNICO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL-GRADO/LICENCIATURAENDERECHO,
DELAPLANTILLADEPERSONALFUNCIONARIO
DELCABILDO DE GRAN CANARIA,INCLUIDAEN
LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Grado/licenciatura en Derecho.
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el
Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el
plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente
al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio
en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en loslugares
señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las
bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal2.
2Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con losrequisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
12238 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
TITULACIÓN REQUERIDA: Grado/ Licenciatura en Derecho.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias del temario.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán asistir provistos de la normativa relacionada con el temario que
figura anexo, no pudiendo ser normativa con comentarios de autores, ni figurar anotaciones por escrito de ningún tipo.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12239
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
12240 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12241
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el
caso de que no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
12242 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL - GRADO/LICENCIATURA
EN DERECHO
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12243
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El
Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Lasrelaciones entre el Gobierno y lasCortes Generales.
La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno.
Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno
en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del
Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución
Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y
competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía.
Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
12244 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. El sistema electoral local
1.1. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección
Consejeros y Presidentes de Cabildos y ConsejosInsulares.
1.2. La moción de censura y la cuestión de confianza en
el ámbito local. El recurso contencioso-electoral.
1.3. El Estatuto de los miembros electivos de las
Corporaciones locales.
2. Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Cabildo
de Gran Canaria (I)
2.1. El Pleno: concepto, constitución, atribuciones y
quórum de votación.
2.2. Organización unipersonal del Pleno.
2.3. Sesiones plenarias. Tipos.
3. Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Cabildo
de Gran Canaria (II)
3.1.LasComisiones del Pleno.Concepto. Funciones.Clases
de Comisiones del Pleno.
3.2. Régimen jurídico de las Comisiones del Pleno
3.3. Organización de las Comisiones del Pleno.
4. Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Cabildo
de Gran Canaria (III)
4.1. Especialidades en los procedimientos de aprobación
de normas.
4.2. Especialidades solo aplicables al procedimiento de
aprobación de los presupuestos generales del Cabildo.
4.3.Recursos contra los actos del Pleno y de lasComisiones
de Pleno.
5. Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Cabildo
de Gran Canaria (IV). El Gobierno del Cabildo. Órganos
superiores
5.1. Presidente. Vicepresidentes.
5.2. El Consejo de Gobierno Insular. Composición y
competencias.
5.3. Consejeros de Gobierno y Consejeros de Áreas.
Funciones de los Consejeros.
6. Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Cabildo
de Gran Canaria (V). Órganos superiores. Estructura
administrativa del Cabildo
6.1. Órganos directivos.Jefaturas de Servicio, de sección
y de negociado.
6.2. Asesoría Jurídica.
6.3. Hacienda Pública. Contratación.
7. Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Cabildo
de Gran Canaria (VI). Los organismos autónomos del
Cabildo de Gran Canaria
7.1. Tipos de organismos. Naturaleza y funciones.
Estatutos.
7.2. Órganos de gobierno y directivos de los organismos
autónomos y de las entidades públicas empresariales.
Naturaleza, composición y competencias.
7.3. Funciones de lasConsejeríasinsulares con competencia
en materia de Hacienda y de Recursos Humanos respecto
del sector público insular.
8. Las formas de acción administrativa de las entidades
locales
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12245
8.1. La actividad de policía: la intervención administrativa
local en la actividad privada.
8.2.Las autorizaciones administrativas:sus clases.Elrégimen
de las licencias.
8.3. La comunicación previa y la declaración responsable.
9. La iniciativa económica de las Entidades locales y la
reserva de servicios en favor de las Entidades locales
9.1. Elservicio público en las entidadeslocales. Concepto
y reserva de servicios.
9.2. Las formas de gestión directa e indirecta. Especial
referencia a la concesión de servicios públicos.
9.3. Los Consorcios Locales.
10. El patrimonio de las Administraciones públicas (I)
10.1. Las propiedades públicas: tipología.
10.2. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos.
10.3. Los bienes de dominio privado o patrimoniales.
11. El patrimonio de las Administraciones públicas (II)
11.1. Notas características del régimen jurídico del
dominio público: inalienabilidad, inembargabilidad,
imprescriptibilidad.
11.2. Las prerrogativas de las Administraciones Públicas
respecto de sus bienes.
11.3. Afectación, desafectación y mutaciones demaniales
y régimen de utilización del dominio público.
12. El patrimonio de las Administraciones públicas(III)
12.1. Bienes de las entidades locales en la normativa de
régimen local.
12.2. Prerrogativas y potestades de las entidadeslocales
en relación con sus bienes.
12.3. Especialidad en la gestión del patrimonio de las
Corporaciones Locales Canarias. Decreto 8/2015 de
Canarias.
13. El patrimonio de las entidades locales: Disfrute y
aprovechamiento de los bienes
13.1. Utilización de bienes de dominio público y bienes
patrimoniales.
13.2. Enajenación de bienes.
13.3. Desahucio por vía administrativa.
14. Las subvenciones públicas (I).
14.1. Principios generales y requisitos para el otorgamiento
de Subvenciones.
14.2. Beneficiarios y Entidades Colaboradoras.
14.3. Las Bases Reguladoras de las Subvenciones
Públicas.
15. Las subvenciones públicas (II).
15.1. La financiación de las actividadessubvencionadas.
15.2. El gasto subvencionable.
15.3. Pagos y garantías de subvenciones.
16. Medidas de fomento de la empleabilidad y la
ocupación. Sistema Nacional de garantía juvenil.
16.1. Disposiciones generales.
16.2. Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
16.3. Inscripción en el sistema
17. Atención del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
17.1. Requisitos y proceso de atención.
17.2. Medidas y acciones.
17.3. Medidas de apoyo a la contratación. Bonificación
por la contratación de personas beneficiarias del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil.
18. Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Empleo.
18.1. Definición, objetivos, instrumentos de la política
de empleo.
18.2. El sistema nacional de empleo: concepto, fines y
órganos.
18.3. Estrategia Española de Activación para el Empleo.
Planes Anuales de Política de Empleo. El sistema de
información de los servicios públicos de empleo.
19. Instrumentos de la política de empleo.
19.1. La intermediación laboral: Concepto. Agentes.
Las agencias de colocación.
19.2. Las políticas activas de empleo.
19.3. La coordinación entre las políticas activas y la
protección económica frente al desempleo.
20. El personal alservicio de las Corporaciones Locales.
20.1. Clases y régimen jurídico.
20.2. Escalas, Subescalas, clases y especialidades.
20.3. Funcionarios con habilitación de carácter nacional:
Funciones reservadas. Subescalas, clases y categorías
21. El acceso al empleo público.
21.1. Principios. Requisitos. Sistemas selectivos.
21.2. Adquisición y extinción de la condición de empleado
público. Rehabilitación de la condición de funcionario.
21.3. Formas de provisión de los puestos de trabajo.
Provisión de puestos reservados a funcionarios con
habilitación de carácter nacional.
12246 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
22. La relación estatutaria. Los derechos de losfuncionarios
públicos..
22.1. Derecho a la carrera profesional y a la promoción
interna. La evaluación del desempeño.
22.2. Derechos retributivos.
22.3. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y
vacaciones.
23. Derechos colectivos.
23.1. Negociación colectiva. Mesas de negociación.
Materias objeto de negociación. Pactos y acuerdos.
23.2. Órganos de representación de los funcionarios.
Funciones. Garantías de la función representativa.
23.3. Promoción de elecciones a Delegados y Juntas de
Personal. Procedimiento electoral.
24. El personal laboral en la administración local.
24.1. Régimen Jurídico aplicable.
24.2. Sistema de fuentes. Convenios colectivos y su
aplicación.
24.3. El contrato de trabajo. Modalidades de contratos.
25. Derecho del trabajo.
25.1. Órganos de representación de los trabajadores en
la empresa.Derechos de información y consulta.Competencias.
25.2. Convenios Colectivos. Concepto, contenido y
vigencia.
25.3. Tramitación, aplicación e interpretación de los
Convenios.
26. Contenido del contrato de trabajo (I).
26.1. Duración. Periodo de prueba.
26.2. Derechos y deberes derivados del contrato.
26.3. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.
27. Contenido del contrato de trabajo (II).
27.1. Salario. Garantías del salario.
27.2.Jornada. Horas extraordinarias. Trabajo nocturno,
trabajo a turnos y ritmo de trabajo.
27.3. Descanso semanal, fiestas y permisos. Vacaciones
anuales.
28. Modificaciones del contrato laboral.
28.1. Movilidad funcional y movilidad geográfica.
28.2. Modificacionessustanciales del contrato de trabajo.
28.3. La suspensión del contrato.
29. Extinción del Contrato de trabajo.
29.1. Extinción del contrato de trabajo por causas
objetivas. Forma y efectos.
29.2. Despido disciplinario. Forma y efectos.
29.3. La calificación del despido: despido improcedente
y Despido nulo.
30. El proceso laboral: La Ley 36/2011, de 10 de octubre,
Reguladora de la Jurisdicción Social:
30.1. Agotamiento de la vía administrativa previa a la
vía judicial social.
30.2. Modalidades procesales: Enumeración. Plazos
para la interposición de la demanda.
30.3. La ejecución de sentenciasfrente a entes públicos.
31. La potestad sancionadora.
31.1. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora.
31.2. Especialidades del procedimiento sancionador y
sus garantías.
31.3. Medidas sancionadoras administrativas.
32. La responsabilidad de la Administración Pública:
32.1. Principios y caracteres. Determinación de la cuantía
de la indemnización.
32.2. El procedimiento general de responsabilidad
patrimonial. El procedimiento abreviado de responsabilidad
patrimonial.
32.3. La responsabilidad de la Administración por actos
de sus concesionarios y contratistas.
33. Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (I)
33.1. Ámbito del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
33.2. Los órganos de la jurisdicción contencioso
administrativa y sus reglas de competencia.
33.3. La extensión de la jurisdicción contencioso
administrativa.
34. Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (II)
34.1. Las partes. Capacidad y legitimación.
34.2. Actividad administrativa impugnable.
34.3. Pretensiones de las partes. Acumulación
35. Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (III)
35.1. Procedimiento en primera o única instancia:
interposición del recurso y reclamación del expediente.
35.2. Emplazamientos y notificaciones. Admisión del
recurso.
35.3. Procedimiento abreviado
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12247
36. Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (IV)
36.1. Sentencia: consecuencias de la estimación y de la
desestimación.
36.2. Otros modos de terminación del procedimiento.
36.3. Ejecución de sentencias: procedimiento, condena
pecuniaria y efectos en materia tributaria y de personal.
37. Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal
Constitucional.
37.1. Atribuciones del Tribunal Constitucional.
37.2. Recurso de inconstitucionalidad.
37.3. Recurso de amparo constitucional.
38. Las sociedades de capital (I).
38.1. Tipos de Sociedades.
38.2. La Sociedad Anónima.
38.3. La Sociedad Limitada y la Sociedad Comanditaria
por Acciones.
39. Las sociedades de capital (II)
39.1. Régimen jurídico.
39.2. Constitución e inscripción registral; las aportaciones
sociales.
39.3. Órganos de Gobierno
40. La Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones canarias
40.1. Definición, constitución, inscripción registral, fin
y patrimonio.
40.2. Órganos de gobierno y modificación de los estatutos
y extinción.
40.3. Las fundaciones Públicas.
41. Los Contratos del Sector Público (I)
41.1. Tipos de contratos del Sector Público.
41.2. Contratos sujetos a regulación armonizada.
41.3. Los principios generales de la contratación del
sector público: racionalidad, libertad de pactos y contenido
mínimo, perfección y forma.
42. Los contratos del Sector Público (II)
42.1. Régimen jurídico de los contratos administrativos
y los de derecho privado; los actos separables.
42.2. El régimen de invalidez de los contratos.
42.3. El recurso especial en materia de contratación.
43. Los contratos del Sector Público (III)
43.1. Preparación de los contratos porlas Administraciones
Públicas.
43.2. El precio y el valor estimado del contrato, la
revisión de precios.
43.3. Garantías en la contratación del sector público.
44. El contrato de obras
44.1. Actuaciones administrativas preparatorias.
44.2. La ejecución del contrato de obras y ejecución de
obras por la propia Administración
44.3. Efectos y extinción del contrato de obras.
45. El contrato de concesión de obra pública
45.1. Derechos y obligaciones del concesionario y
prerrogativas de la administración.
45.2. Régimen económico financiero.
45.3. Extinción y subcontratación.
46. El contrato de suministros
46.1. Régimen jurídico.
46.2. Tipos especiales y ejecución.
46.3. Modificación, cumplimiento y resolución del
contrato.
47. El contrato de servicios
47.1. Régimen jurídico.
47.2. Ejecución.
47.3. Modificación, cumplimiento y resolución.
48. El contrato de concesión de servicios
48.1. Régimen jurídico.
48.2. Ejecución.
48.3. Modificaciones y resolución.
49. La Expropiación Forzosa (I)
49.1. Potestad expropiatoria: Naturaleza y justificación.
49.2. Los elementos de la potestad expropiatoria: Sujetos,
objeto, causa y contenido.
49.3. El procedimiento expropiatorio ordinario y el
urgente.
50. La Expropiación Forzosa (II).
50.1. El procedimiento de determinación del justiprecio.
Valoraciones.Criterios generales de valoración de inmuebles.
Valoración en el suelo rural y en el suelo urbanizado.
50.2. Indemnización de la facultad de participar en
actuaciones de nueva urbanización. Indemnización de la
iniciativa y la promoción de actuaciones de urbanización
o de edificación.
50.3. Valoración delsuelo en régimen de equidistribución
de beneficios y cargas. Valoración de otros derechos e
intereses patrimoniales legítimos.
12248 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
51. La Expropiación Forzosa (III).
51.1. El pago del justiprecio y sus formas.
51.2. Las garantías del expropiado: Intereses de demora,
retasación y reversión.
51.3. Ocupación e inscripción en el Registro de la
Propiedad. La reversión.
52. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo
y Rehabilitación Urbana. Régimen de la propiedad del
suelo.
52.1. El contenido del derecho de propiedad del suelo:
facultades.
52.2. Deberes y cargas.
52.3. Lassituaciones básicas delsuelo y la clasificación
urbanística
53. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (I) Principios:
53.1. Desarrollo sostenible. Criterios de intervención.
53.2. Principios específicos.
53.3. Participación ciudadana. Derecho de información
urbanística.
54. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (II) Disposiciones
organizativas:
54.1. Gobierno y Administración autonómica.
54.2. Cabildos Insulares. Ayuntamientos. Entes
instrumentales.
54.3. Deber de colaboración. Cooperación y asistencia
mutua.Cooperación en actuaciones con relevancia territorial.
55. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias(III). Entidades y órganos
especializados:
55.1. Agencia Canaria de Protección del Medio Natural.
55.2. Comisión de Valoraciones de Canarias.
55.3. Otros órganos: Consejo Cartográfico de Canarias,
Registro del planeamiento de Canarias, Oficina de Consulta
Jurídica sobre ordenación del territorio y urbanismo y
Observatorio del Paisaje.
56. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (IV). Régimen Jurídico
del suelo:
56.1. Contenido urbanístico de la propiedad del suelo:
derechos y deberes.
56.2. Aprovechamiento urbanístico medio.
56.3. Clases, categorías y calificación. Usos y obras
provisionales.
57. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (V) Suelo rústico:
57.1. Definición.
57.2. Categorías y subcategorías.
57.3. Régimen jurídico: derechos y deberes de las
personas propietarias de suelo rústico.
58. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias(VI). Suelo urbanizable:
58.1. Concepto y categorías.
58.2.Régimen jurídico delsuelo urbanizable no ordenado.
58.3. Régimen jurídico delsuelo urbanizable ordenado.
59. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (VII). Suelo urbano:
59.1. Concepto y categorías.
59.2. Régimen jurídico delsuelo urbano no consolidado.
59.3. Régimen jurídico del suelo urbano consolidado.
60. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (VIII). Ordenación del
suelo.
60.1. Clasificación de los instrumentos de ordenación.
60.2. Directrices de ordenación. Concepto y Contenido.
60.3. Procedimiento de elaboración y aprobación de las
Directrices de ordenación.
61. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias(IX). PlanesInsulares de
Ordenación:
61.1. Concepto, fines y contenido.
61.2. Determinaciones.
61.3. Procedimiento de elaboración y aprobación.
62. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias(X). Planes y normas de
espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000
62.1. Tipología, contenido, zonificación.
62.2. Determinaciones.
62.3. Iniciativa, tramitación y aprobación.
63. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias (XI).
63.1. Planesterritoriales parciales y especiales. Procedimiento
de aprobación.
63.2. Proyectos de interés insular o autonómico.
Procedimiento de aprobación.
63.3. Efectos y vigencia de los proyectos de interés
insular o autonómico.
64. Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico
de Canarias.
64.1. Disposiciones Generales
64.2. Competencias en materia de patrimonio histórico.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12249
64.3.Bienes de InterésCultural.Clasificación y tramitación
del expediente.
65. Ley de Carreteras de Canarias:
65.1. Objeto y concepto de Carreteras. Catálogo de
Carreteras.
65.2. Clasificación de las carreteras canarias.
65.3. Las carreteras y el planeamiento urbanístico
municipal.
66.Distinción de las distintas zonas en las carreteras canarias.
66.1. Usos, obras, actuaciones o instalaciones permitidas
en la zona de dominio público de las carreteras canarias.
66.2. Usos, obras, actuaciones o instalaciones permitidas
en la zona de servidumbre de las carreteras canarias.
66.3. Usos, obras, actuaciones o instalaciones permitidas
en la zona de afección de las carreteras canarias.
67. El procedimiento sancionador en materia de carreteras.
67.1. Principios de la potestad sancionadora.
67.2. Infracciones y sanciones en materia de carreteras.
67.3. Paralización de obras y suspensión de usos;
actuaciones en caso de reparación de daños.
68. Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección
Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género.
68.1. Disposiciones generales.
68.2. Sistema canario integral de prevención y protección
de las mujeres contra la violencia de género: Disposiciones
generales.
68.3. Programa de prevención frente a la violencia de
género.
69. Programa de Servicios Sociales frente a situaciones
de violencia de género.
69.1. Disposiciones generales.
69.2. Relación de servicios y centros asistenciales.
69.3. Titularidad y organización de los centros de
asistencia. Régimen jurídico de la prestación de asistencia
y alojamiento. Otros medios de atención y asistencia.
70. Competencias de las Administraciones Públicas
Canarias del sistema integral de prevención y protección
integral de las mujeres contra la violencia de género.
70.1. Delimitación de las competencias.
70.2. Organización administrativa del sistema.
70.3. Colaboración interadministrativa. Registros
administrativos. Entidades colaboradoras del sistema.
71. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (I)
71.1. La competencia objetiva en el orden penal.
71.2. La competencia funcional.
71.3. La competencia territorial.
72. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (II)
72.1. Conocimiento de causas civiles.
72.2. Pérdida de competencias de losJuzgados de Familia
ante un acto de violencia de género.
72.3. Medidas de protección y de seguridad penales.
Medidas civiles.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA,
POR EL TURNO LIBRE, DE DOS PLAZAS DE
TÉCNICO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL - LICENCIATURA/GRADO EN
ADMINISTRACIÓN YDIRECCIÓN DEEMPRESAS,
DELAPLANTILLADEPERSONALFUNCIONARIO
DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, INCLUIDAS
EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Licenciatura/Grado en Administración y
Dirección de Empresas.
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Dos.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el
Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el
plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente
al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio
en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en loslugares
señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las
bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
3..
3Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con losrequisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Licenciatura o Grado en
Administración y Dirección de Empresas, o Licenciatura
en Empresariales.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se
deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de
capacidad funcional, de habilitación, titulación, y demás
requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
Todos estosrequisitos deberán poseerse el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la
convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del
12250 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
modelo de solicitud,siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán asistir provistos de la normativa relacionada con el temario que
figura anexo, no pudiendo ser normativa con comentarios de autores, ni figurar anotaciones por escrito de ningún tipo.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12251
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación
en sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega,
debiendo realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1 Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
12252 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12253
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución
del solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
12254 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprob
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución
Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y
competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía.
Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
12256 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. El Derecho Financiero
1.1 Concepto y contenido.
1.2 Las fuentes del Derecho Financiero.
1.3 Los principios constitucionales del Derecho Financiero.
2. La Hacienda Local
2.1 El régimen jurídico de las Haciendas Locales del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
2.2 Los recursos de las Haciendas Locales.
2.3 La imposición y ordenación de tributos y el
establecimiento de recursos no tributarios.
3. Recursos tributarios de las entidades locales.
3.1 Los impuestos locales.
3.2 Las tasas.
3.3 Las contribuciones especiales
4. Recursos no tributarios.
4.1 Precios públicos: regulación.
4.2 Analogías y diferencias con las tasas.
4.3 Otrosrecursos no tributarios: losingresos procedentes
de su patrimonio, y las multas y sanciones pecuniarias que
debe percibir la Hacienda de las Entidades Locales
5. Recursos de los Cabildos
5.1 Losrecursosintegrantes del Bloque de Financiación
Canario.
5.2 Financiación de Competencias Transferidas y
Delegadas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
5.3 La Participación en los Tributos del Estado.
6. El crédito local
6.1 Clases de operaciones de crédito, finalidad y duración
6.2 Competencia, límites y requisitos para la concertación
de operaciones.
6.3 La emisión de Deuda Pública en el ámbito local
7. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
7.1 Naturaleza y Hecho imponible, exenciones y supuestos
de no sujeción.
7.2 Sujetos pasivos, bases imponible y liquidable y
reducción de la base imponible.
7.3 Tipos de gravamen, bonificaciones y devengo.
8. El Impuesto sobre actividades económicas.
8.1 Naturaleza y Hecho imponible, exenciones y supuestos
de no sujeción.
8.2 Las tarifas, coeficientes y bonificaciones.
8.3 El recargo provincial.
9. Otros Impuestos Locales
9.1 ElImpuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
9.2 El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
9.3 El impuesto sobre el incremento de valor de los
terrenos de naturaleza urbana.
10. La tesorería de las Entidades Locales (I).
10.1 Régimen jurídico.
10.2 El principio de unidad de caja y las funciones de
la tesorería.
10.3 El principio de prudencia financiera.
11. La tesorería de las Entidades Locales (II)
11.1 La recaudación de los tributos.
11.2 El procedimiento de recaudación en periodo
voluntario.
11.3 El procedimiento de recaudación en vía de apremio:
Desarrollo del procedimiento de apremio, el embargo de
bienes, enajenación, imputación de pagos.
12. La tesorería de las Entidades Locales (III)
12.1 La extinción de la obligación tributaria.
12.2 El pago de la deuda tributaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12257
12.3 Otras formas de extinción: la prescripción, la
compensación, la condonación y la insolvencia.
13. La tesorería de las Entidades Locales (IV).
13.1 La realización de pagos: prelación, procedimientos
y medios de pago.
13.2 El acta de arqueo y el estado de conciliación.
13.3 La rentabilización de excedentes de tesorería
14. La tesorería de las Entidades Locales (V).
14.1 El plan de tesorería y el plan de disposición fondos.
14.2 Sistemas centralizados de la gestión de la Tesorería.
14.3 Tipos de interés.
15. La tesorería de las Entidades Locales (VI)
15.1 Los Pagos a Justificar.
15.2 Los Anticipos de Caja Fija.
15.3 Especificidades de los Pagos a Justificar y Anticipos
de Caja en el Cabildo de Gran Canaria.
16. La sostenibilidad financiera de las Entidades Locales
derivada de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre,
de control de la deuda comercial en el sector público:
16.1 Período medio de pago.
16.2 Plazoslegales de pago en la normativa de morosidad.
16.3 El Endeudamiento financiero y su régimen legal desde
2013.
17. El Presupuesto General de las Entidades Locales en
el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el Real
Decreto 500/90, de 20 de abril (I).
17.1 Concepto y contenido.
17.2 La consolidación presupuestaria.
17.3 Principios presupuestarios
18. El Presupuesto General de las Entidades Locales(II)
18.1 Elaboración y aprobación del Presupuesto.
18.2 Especial referencia a las Bases de ejecución del
Presupuesto.
18.3 La prórroga del Presupuesto.
19. El Presupuesto General de las Entidades Locales(III).
19.1 La estructura presupuestaria la orden EHA/3565/2008.
19.2 La clasificación del presupuesto gastos.
19.3 La clasificación del presupuesto de ingresos.
20. El Presupuesto General de las Entidades Locales(IV).
Las modificaciones de crédito:
20.1 Concepto, clases, financiación y tramitación.
20.2 Los créditos extraordinarios y los suplementos de
crédito.
20.3 Las transferencias de crédito.
21. El Presupuesto General de las Entidades Locales(V).
Las modificaciones de crédito:
21.1 La ampliación de crédito y las generaciones de
Crédito.
21.2 La incorporación de remanentes.
21.3 Las bajas por anulación.
22. El Presupuesto General de las Entidades Locales(VI):
22.1 Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación,
situación y niveles de vinculación jurídica.
22.2 La ejecución del presupuesto de gastos: sus fases.
22.3 La ejecución del presupuesto de ingresos:susfases.
23. El Presupuesto General de las Entidades Locales(VII).
Operaciones especiales del Presupuesto:
23.1 Reintegro de pagos.
23.2 Devolución de ingresos.
23.3 Reconocimiento extrajudicial de créditos
24. El Presupuesto General de las Entidades Locales(VIII).
24.1 Los gastos de carácter plurianual: Régimen Jurídico.
24.2 Límites y órganos competentes.
24.3 La tramitación anticipada de gastos
25. El Presupuesto General de las Entidades Locales(IX).
25.1 Los proyectos de gastos.
25.2 Los gastos con financiación afectada: Concepto y
características.
25.3 Coeficiente y desviaciones de financiación.
26. El Presupuesto General de las Entidades Locales(X).
26.1 La liquidación del Presupuesto: Tramitación y
aprobación.
26.2 Los remanentes de crédito.
26.3 El resultado presupuestario y el remanente de
tesorería.
27. La Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad
financiera (I).
27.1 Objetivos y ámbito de aplicación.
27.2 Los principiosrecogidos en la Ley Orgánica 2/2012.
27.3 Medidas preventivas, correctivas y coercitivas en
relación con el cumplimiento de la normativa de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
28. La Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad
financiera (II).
12258 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
28.1 Cálculo de la regla de gasto y de la capacidad o
necesidad de financiación con sus principales ajustes.
28.2 Los Planes económico-financieros: contenido,
tramitación y seguimiento.
28.3 Planes de ajuste y de saneamiento financiero.
29. La Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad
financiera (III).
29.1 Las obligaciones de suministro de información de
las Entidades Locales.
29.2 El destino del superávit presupuestario: Las
Inversiones Financieramente Sostenibles.
29.3 Infracciones y sanciones en materia de gestión
económico-presupuestaria de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno.
30. La contabilidad en el Sector Público local (I).
30.1 Principios, competencias y fines.
30.2Régimen jurídico de laContabilidad de los Organismos
Autónomos.
30.3Régimen Jurídico de laContabilidad de las Sociedades
Mercantiles y Entidades Públicas Empresariales.
31. La contabilidad en el Sector Público local (II).
31.1Contabilización del inmovilizado material, intangible
y financiero: Concepto, características y clasificación
31.2 Criterios de valoración.
31.3 Correcciones valorativas y amortización.
32. La contabilidad en el Sector Público local (III).
32.1 Inversiones construidas o adquiridas para otros
entes públicos: concepto y clasificación.
32.2 Arrendamientos financieros, operativos y venta
con arrendamiento posterior: concepto y contabilización.
32.3 La contabilización de subvenciones y transferencias
33. La contabilidad en el Sector Público local (IV).
33.1 Contabilidad de las Operaciones de Crédito:
Consideraciones generales y Criterios de valoración.
33.2 Obligaciones y bonos a largo plazo interior y exterior
33.3 Operaciones de préstamos a largo plazo y a corto
plazo.
34. La contabilidad en el Sector Público local (V).
Contabilidad de la Administración de recursos de otros entes
públicos.
34.1 Delimitación y relaciones entre el ente gestor y el
ente titular.
34.2 Operaciones en el ente gestor.
34.3 Operaciones en el ente titular.
35. La contabilidad en el Sector Público local (VI).
35.1Contabilización y cuentas de lasfases del presupuesto
de gastos.
35.2Contabilización y cuentas de lasfases del presupuesto
de ingresos.
35.3Contabilización de las operaciones no presupuestarias:
concepto y clases.
36. La contabilidad en el Sector Público local (VII).
36.1 Acreedores y Deudores no presupuestarios.
36.2 Cobros y Pagos pendientes de aplicación.
36.3 Movimientos internos de tesorería.
37. La contabilidad en el Sector Público local (VIII).
37.1 Contabilización de las Operaciones de Fin de
ejercicio.
37.2 Provisiones, periodificaciones, reclasificaciones y
regularizaciones.
37.3 La contabilidad de las operaciones pendientes de
imputar al Presupuesto.
38. La contabilidad en el Sector Público local (IX).
38.1 La cuenta general de las entidades locales.
38.2 La cuenta de la propia entidad local y la cuenta de
sus organismos autónomos
38.3 Las cuentas anuales de las sociedades mercantiles
dependientes de la entidad local y las entidades públicas
empresariales.
39. La contabilidad en el Sector Público local (X).
39.1 Contenido de la Cuenta General y Anexos.
39.2 Formación, exposición pública y aprobación de la
cuenta general.
39.3 Información para el pleno de la entidad y los órganos
de gestión y de control interno.
40. La contabilidad en el Sector Público local (XI).
40.1 LosJustificantes de las Operaciones y la incorporación
de Datos al Sistema.
40.2 Archivo y Conservación de los justificantes de las
operaciones y de lossoportes de las anotaciones contables.
40.3 El registro contable de facturas y FACe
41. La contabilidad en el Sector Público local (XII).
41.1 La responsabilidad contable: Concepto, sujetos y
régimen jurídico.
41.2 El carácter objetivo de la responsabilidad contable.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12259
41.3 Supuestos básicos de responsabilidad contable.
42. El Control Externo:
42.1 El control externo de la actividad económicofinanciera del sector público local.
42.2 La fiscalización de las entidades locales por el
tribunal de cuentas y los Órganos de Control Externo
Autonómicos de las CCAA.
42.3 La Audiencia de Cuentas de Canarias.
43. El Control Interno:
43.1 El control interno de la actividad económicofinanciera de las Entidadeslocales y sus entes dependientes.
43.2 La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito
objetivo, modalidades.
43.3 Especial referencia a los reparos.
44. Las Sociedades deCapital(I).Real Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Tipos de
Sociedades:
44.1 Tipos de Sociedades
44.2 La Sociedad Anónima
44.3 La Sociedad Limitada y la Sociedad Comanditaria
por Acciones.
45. Las sociedades de capital. (II):
45.1 Régimen jurídico
45.2La constitución e inscripción registral;Las aportaciones
sociales
45.3 Órganos de Gobierno
46. El Plan General de Contabilidad aprobado por el Real
Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre:
46.1 Principios contables.
46.2 Criterios de registro y valoración.
46.3 Elementos de las cuentas anuales.
47. Las normas de registro y valoración del Plan General
De Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007,
de 16 de noviembre.
47.1 Normasrelativas alInmovilizadomaterial e intangible.
47.2 Normas sobre los ingresos por ventas y prestación
de servicios.
47.3 Norma sobre subvenciones, donaciones y legados.
48. La Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones canarias:
48.1 Definición, constitución, inscripción registral, fin
y patrimonio
48.2 Órganos de gobierno: modificación de los estatutos
y extinción.
48.3 Las fundaciones públicas.
49. Los contratos del Sector Público (I), Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
49.1 Objeto y ámbito de la Ley.
49.2 Los principios generales de la contratación del
sector público.
49.3 Tipos de contratos del Sector Público, regulación
armonizada.
50. Los contratos del Sector Público (II).
50.1 Régimen jurídico de los contratos administrativos
y los de derecho privado; los actos separables.
50.2 El régimen de invalidez de los contratos.
50.3 El recurso especial en materia de contratación.
51. Los contratos del Sector Público (III).
51.1 Las partes en los contratos del sector público.
51.2 Los órganos de contratación.
51.3 El contratista: capacidad, prohibiciones, solvencia
y clasificación.
52. Los contratos del Sector Público (IV).
52.1 Preparación de los contratos porlas Administraciones
Públicas.
52.2 El precio y el valor estimado del contrato, la revisión
de precios.
52.3 Garantías en la contratación del sector público.
53. Los contratos del Sector Público (V).
53.1 Clases de expedientes de contratación.
53.2 La selección del contratista: procedimientos, formas
y criterios de adjudicación.
53.3 Perfeccionamiento y formalización del contrato.
54. Los contratos del Sector Público (VI).
54.1 Ejecución y modificación de los contratos
administrativos.
54.2 Las prerrogativas de la Administración
54.3 La extinción de los contratos administrativos.
55. Los contratos del Sector Público (VII). El contrato
de obras:
55.1 Actuaciones administrativas preparatorias.
55.2 La ejecución del contrato de obras y ejecución de
obras por la propia Administración
55.3 Efectos y extinción del contrato de obras.
56. Los contratos del Sector Público (VIII). El contrato
de concesión de obras:
12260 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
56.1 Derechos y obligaciones del concesionario y
prerrogativas de la administración.
56.2 Régimen económico financiero
56.3 Extinción y subcontratación.
57. Los contratos del Sector Público (IX). El contrato
de suministros:
57.1 Régimen jurídico.
57.2 Tipos especiales y ejecución.
57.3 Modificación, cumplimiento y resolución del
contrato.
58. Los contratos del Sector Público (X). El contrato de
servicios:
58.1 Régimen jurídico.
58.2 Tipos especiales y ejecución del contrato de Servicios
58.3 Ejecución, modificación, cumplimiento y resolución.
59. Los contratos del Sector Público (XI). El contrato
de concesión de servicios:
59.1 Régimen jurídico.
59.2 Ejecución.
59.3 Modificaciones y resolución.
60. La expropiación forzosa.
60.1 Sujetos, objeto y causa
60.2El procedimiento general y las garantíasjurisdiccionales.
60.3 La reversión expropiatoria y la tramitación de
urgencia.
61. La responsabilidad de la Administración pública:
caracteres.
61.1 Los presupuestos de la responsabilidad. Daños
resarcibles
61.2 La acción y el procedimiento administrativo en
materia de responsabilidad.
61.3 La responsabilidad patrimonial de las autoridades
y personal al servicio de las Administraciones públicas.
62.La iniciativa pública económica de lasEntidadesLocales.
62.1 Concepto y reserva de servicios.
62.2 El servicio público en las entidades locales.
62.3 Los modos de gestión.
63. La organización en las entidades locales.
63.1 Organismos Autónomos Locales.
63.2 Sociedades Mercantiles y Entidades Públicas
empresariales locales.
63.3 Los Consorcios Locales.
64. El patrimonio de las Administraciones públicas (I).
64.1 Las propiedades públicas: tipología.
64.2 El dominio público, concepto, naturaleza y elementos.
64.3 Los bienes de dominio privado o patrimoniales.
65. El patrimonio de las Administraciones públicas (II)
65.1 Notas características del régimen jurídico del
dominio público: inalienabilidad, inembargabilidad,
imprescriptibilidad.
65.2 Las prerrogativas de las Administraciones Públicas
respecto de sus bienes.
65.3 Afectación, desafectación y mutaciones demaniales
y régimen de utilización del dominio público.
66. El patrimonio de las Administraciones públicas(III).
66.1 Bienes de las entidades locales en la normativa de
régimen local.
66.2 Prerrogativas y potestades de las entidades locales
en relación con sus bienes.
66.3 Especialidad en la gestión del patrimonio de las
Corporaciones Locales Canarias. Decreto 8/2015 de
Canarias.
67. Las subvenciones públicas (I). La Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General Subvenciones, y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento.
67.1 Disposiciones comunes a lassubvenciones públicas.
67.2 Principios generales y requisitos para el otorgamiento
de Subvenciones.
67.3 Beneficiarios y Entidades Colaboradoras.
68. Las subvenciones públicas (II).
68.1 LasBasesReguladoras de las Subvenciones Públicas.
68.2 Procedimiento de concesión en régimen de concurrencia
competitiva y procedimientos de concesión directa.
68.3 La financiación de las actividadessubvencionadas.
69. Las subvenciones públicas (III).
69.1 El gasto subvencionable.
69.2 Pagos y garantías de subvenciones.
69.3 La subcontratación de actividadessubvencionables.
70. Las subvenciones públicas (IV).
70.1 Publicidad de las Subvenciones: La Base de Datos
Nacional de Subvenciones.
70.2 La justificación de las subvenciones públicas
70.3 Invalidez de la resolución de concesión, causas de
reintegro y prescripción.
71. El personal alservicio de las Corporaciones Locales
(I).
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12261
71.1 Clases y régimen jurídico.
71.2 Herramientas de gestión de los recursos humanos.
71.3 Instrumentos de la planificación de recursos humanos.
72. El personal al servicio de las Corporaciones Locales (II).
72.1 Los funcionarios propios de las Corporaciones Locales: grupos.
72.2 Escalas y atribuciones.
72.3 Régimen de Incompatibilidades
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE TÉCNICO
SUPERIOR DE INFORMÁTICA, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL CABILDO DE
GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Técnico Superior de informática.
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
4.
4Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Grado en Ingeniería de Sistemas de Información, Ingeniería Informática o Telecomunicación,
o Licenciatura o Ingeniería en Informática, o Ingeniería de Telecomunicación.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
12262 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12263
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
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extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
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El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4 Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
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O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO SUPERIOR DE INFORMÁTICA.
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno. Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen en municipios de gran población.
3. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
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Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
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Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica (I)
1.1 Principios básicos.
1.2 Auditoría de la Seguridad.
1.3 Categorías de los sistemas
2. Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica (II)
2.1 Instrucciones técnicas de seguridad que serán de
obligado cumplimiento por parte de las Administraciones
públicas
2.2 Arquitectura de seguridad
2.3 Niveles de auditoría
3. Esquema Nacional de Interoperabilidad en el Ámbito
de la Administración Electrónica.
3.1 Principios básicos
3.2 Interoperabilidad técnica y semántica
3.3Recuperación y conservación del documento electrónico
4. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
y normativa que la desarrolla.
4.1 Firma electrónica, y documentos firmados
electrónicamente
4.2Certificados electrónicosreconocidos y DNIElectrónico
4.3 Prestación de servicios de certificación
5. Ley General de Telecomunicaciones.
5.1 Explotación de redes y prestación de servicios de
comunicaciones electrónicas.
5.2 Concepto de autoprestación.
5.3 Instalación y explotación de redes públicas y prestación
de servicios de comunicaciones electrónicas en régimen
de prestación a terceros por las administraciones públicas.
6. Arquitectura de aplicaciones JEE.
6.1 Patrones de Diseño.
6.2 Spring, WS Soap y Rest, Apache CXF.
6.3 Servidores de aplicaciones JBoss y Tomcat.
7. Arquitectura de aplicaciones .NET.
7.1 Patrones de Diseño.
7.2 WS
7.3 Servidores de aplicaciones IIS
8. Sistemas de Gestión de Bases de No Relacionales.
8.1 Principios básicos
8.2 Tipologías
8.3 Uso de los sistemas de Gestión de Bases de Datos
no relacionales.
9. Tecnologías Web Front-End.
9.1 XML, Html5, CSS, JSP, JSF, Javascript.
9.2 Usabilidad y Accesibilidad Web.
9.3 Frameworks de Acceso a Datos.
10. Gestión de la calidad del software.
10.1 Integración Continua.
10.2 Desarrollo dirigido a pruebas.
10.3 Sistemas de control de versiones.
11. Desarrollo seguro de aplicaciones.
11.1 Java
11.2 .NET,
11.3 Clientes y Servicios Web.
12. Administración de sistemas operativos Windows
Server y Linux.
12.1 Operaciones de administración en Windows Server
y Linux.
12.2 Almacenamiento masivo de datos(SAN,NAS,DAS).
12.3 Servicios de LDAP y Correo electrónico.
13. Administración de sistemas gestores de bases de
datos.
13.1 Oracle.
13.2 SQL Server.
13.3 MySQL y PostgreSQL.
14.Componentes Hardware de los Sistemas de Información.
14.1 Arquitecturas.
14.2 Sistemas de almacenamiento masivo.
14.3 Sistemas de alta disponibilidad.
15. Virtualización y cloud privada.
15.1 Principios fundamentales
15.2 VMware frente a sistemas cloud privados y cloud
propietarias.
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15.3 Contenedores.
16. Virtualización de sistemas y de centros de datos.
16.1Características, ventajas e inconvenientes y alternativas
existentes.
16.2 Virtualización de puestos de trabajo.
16.3 Maquetas de terminales Windows y de servidores
Linux.
17. Análisis, arquitectura y diseño de redes IP I
17.1 Direccionamiento y enrutamiento.
17.2 Segmentación en redes.
17.3 Redes Locales Virtuales (VLAN).
18. Análisis, arquitectura y diseño de redes IP II
18.1 Seguridad y Gestión de la configuración.
18.2 Monitorización.
18.3 Rendimiento y calidad de servicio.
19. Redes NGN
19.1 Convergencia tecnológica de los servicios.
19.2 ToIP y FoIP.
19.3 Comunicaciones unificadas.
20. Redes WLAN I
20.1 Estándares y aplicaciones.
20.2 Seguridad en redes Wireless.
20.3 Utilización de WLANs en las AAPP
21. Seguridad en los Sistemas de Información.
21.1 Políticas de Seguridad.
21.2 Sistemas de copia.
21.3 Antispam, Detección de intrusos y Monitorización.
22. Metodología ITIL v3 de Gestión de Procesos TI
22.1 Soporte de servicios.
22.2 Centro de atención a usuarios (Service Desk).
22.3 Gestión de incidencias, configuración y cambios.
23. Metodología ITIL v3 de Gestión de Procesos TI I.
23.1 Gestión de nivel de servicio
23.2 Gestión financiera de los servicios TI
23.3 Gestión de la capacidad
24. Metodología ITIL v3 de Gestión de Procesos TI II
24.1 Gestión de la continuidad
24.2 Gestión de la disponibilidad de los servicios TI.
24.3 Gestión de problemas
25. Metodología ITIL v3 de Gestión de Procesos TI III
25.1 Gestión de la configuración
25.2 Gestión de cambios
25.3 Ciclo de vida del servicio
26. Dirección y Gestión de Proyectos.
26.1 Actividades y ciclo de vida de la Gestión de
Proyectos.
26.2 Técnicas y Herramientas de Planificación
26.3 Técnicas y Herramientas de Control de Proyectos.
27. Dirección y Gestión de Proyectos.
27.1 PMBOK
27.2 Scrum
27.3 Otras Metodologías ágiles de Gestión de Proyectos.
28. La información en las organizaciones.
28.1 Las organizaciones basadas en la Información.
28.2 Reutilización de la Información en el Sector Público
en Europa y España.
28.3 Datos Abiertos.
29. Auditoría Informática
29.1 Protección de activos de información.
29.2Recuperación de desastres y continuidad del negocio.
29.3 Evaluación de procesos y gestión de riesgos.
30. Seguridad perimetral de redes informáticas I.
30.1 Amenazas.
30.2 Mecanismos de Protección.
30.3 Cortafuegos.
31. Seguridad perimetral de redes informáticas II.
31.1 Arquitecturas de seguridad.
31.2 Control de accesos en los sistemas.
31.3 Sistemas de detección de Intrusos
32. Seguridad en Redes I
32.1 Sistemas de cifrado.
32.2 Cifrado simétrico y asimétrico.
32.3 Certificados digitales y autoridades de certificación.
33. Seguridad en Redes II
33.1 Firma Digital.
33.2 Mecanismos de firma digital
33.3 Control de accesos.
34. Seguridad en Redes III
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34.1 Técnicas criptográficas.
34.2 Control de Intrusiones.
34.3 El protocolo SSL y otros protocolos de Seguridad.
35. Administración de Servidores I
35.1 Operaciones más habituales de mantenimiento.
35.2 Usuarios y grupos
35.3 Sistemas de archivo
36. Administración de los Servidores II
36.1 Mecanismos de seguridad en lossistemas operativos.
36.2 Arranque y servicios
36.3 Control de procesos
37. Gestión de copias de seguridad
37.1 Tecnologías hardware y software.
37.2 Políticas de copias.Reducción de la ventana de backup.
37.3 Requisitos para cumplir la LOPD.
38. Sistemas operativos UNIX, LINUX y Windows.
38.1 Administración
38.2 Arquitecturas del sistema.
38.3 Sistemas de archivos.
39. El sistema operativo UNIX-LINUX.
39.1 Conceptos básicos.
39.2 Gestión de procesos.
39.3 Gestión de memoria.
40. El correo electrónico.
40.1 Protocolos: SMTP, POP, IMAP.
40.2 Arquitectura.
40.3 Mecanismos de seguridad.
41. Metodologías TICS I.
41.1 La planificación de sistemas de información basados
en las TICs.
41.2 Diseño de sistemas de información basados en las
TICs
41.3 Desarrollo y construcción de sistemas de información
basados en las TICs
42. Metodologías TICS II.
42.1 Gestión de Proyectos deTecnologías de la Información
y las Comunicaciones.
42.2 Implantación de Sistemas de Información.
42.3 Mantenimiento de Sistemas de Información
43. Garantía de calidad en el proceso de producción de
software.
43.1 Métricas y evaluación de la calidad del software.
43.2 La implantación de la función de calidad.
43.3 Metodologías de calidad del software (CMMI).
44. Arquitecturas Orientadas a Servicios (SOA) I.
44.1 Tecnologías
44.2 Protocolos
44.3 Arquitectura.
45. Arquitecturas Orientadas a Servicios (SOA) II.
45.1 Comparativa y ventaja frente a otras arquitecturas.
45.2 Web services.
45.3 Elementos, roles y ciclo de vida.
46. Infraestructura de clave pública (PKI) I
46.1 Definición y elementos de una PKI.
46.2 Prestación de servicios de certificación públicos y
privados.
46.3 Gestión del ciclo de vida de un certificado.
47. Infraestructura de clave pública (PKI) II
47.1 Jerarquías de PSC.
47.2 Protocolos de directorio basados en LDAP.
47.3 Almacenamiento seguro de claves privadas: “Smart
Cards”.
48. El cifrado.
48.1 Algoritmos de cifrado simétricos y asimétricos.
48.2 La función hash.
48.3 El notariado electrónico.
49. Administración de bases de datos Oracle (V 11i y
12) y SQLServer (2016)
49.1 Instalación y configuración.
49.2 Arquitectura: memoria, procesos y ficheros en
disco.
49.3 Estructuras de almacenamiento.
50. Administración de bases de datos Oracle (V 11i y
12) y SQLServer (2016).
50.1 Gestión y manejo de datos.
50.2 Gestión de usuarios y privilegios.
50.3 Particionamiento y Copias de seguridad.
51. Administración de bases de datos PostgreSQL
51.1 Arquitectura: memoria, procesos y ficheros en
disco.
51.2 Gestión y manejo de datos.
51.3 Particionamiento y Copias de seguridad.
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52. Programación en JAVA.
52.1 Persistencia de objetos.
52.2 Optimización del rendimiento
52.3 Seguridad de las aplicaciones.
53. Herramientas de desarrollo y gestión de proyectos
JAVA.
53.1 Frameworks de desarrollo y herramientas de gestión
de proyectos.
53.2 Herramientas para la realización de pruebas.
53.3 Arquitectura de desarrollo en la web con JAVA
54. Gestión de configuraciones.
54.1 Control de versiones del software.
54.2 Herramientas de gestión de configuraciones.
54.3 Documentación de la configuración del software
55. Dispositivos de impresión y equipos multifunción.
55.1 Tecnologías y funcionalidades de los dispositivos.
55.2 Políticas de impresión en las organizaciones.
55.3 Sistemas de pago por copia.
56. El lenguaje SQL I
56.1 Características generales.
56.2 Estructura.
56.3 Operaciones sobre conjuntos.
57. El lenguaje SQL II
57.1 Funciones de agregación.
57.2 Modificación de las BBDD.
57.3 Lenguaje de definición de datos.
58. Sistemas de gestión y monitorización de sistemas y
redes de telecomunicaciones.
58.1 Tipologías de Sistemas de Gestión de redes de
comunicaciones
58.2 Sistemas de monitorización de redes de
telecomunicaciones
58.3 La licitación pública de los sistemas de
telecomunicaciones.
59. Sistemas de altas prestaciones.
59.1 Grid Computing.
59.2 Equipos departamentales.
59.3 Sistemas de almacenamiento para sistemas grandes
y departamentales.
60. Planificación y gestión de Redes.
60.1 Planificación estratégica de lasredes de comunicaciones
60.2 Planificación operativa de lasredes de comunicaciones
60.3 Gestión operativa de redes
61. Planificación estratégica de sistemas de información
y de comunicaciones.
61.1 Los planes directores TI. Estructura.
61.2 El plan director de comunicaciones
61.3 El plan director de seguridad
62. El plan de sistemas de información I.
62.1 El análisis de requisitos de lossistemas de información
y de comunicaciones.
62.2 Dirección de proyectos
62.3 Gestión de proyectos.
63. El plan de sistemas de información II.
63.1 Teoría general de proyectos.
63.2 Planificación y Programación de proyectos.
63.3 Herramientasinformáticas de gestión de proyectos.
64. El análisis de requisitos de lossistemas de información
y de comunicaciones.
64.1 El diseño detallado de los sistemas de información
64.2 Modelado de procesos
64.3 Tipos de diagramas utilizados en el análisis de
requisitos
65. Los sistemas de información geográfica.
65.1 Conceptos
65.2 Funcionalidades básicas.
65.3 Datos espaciales
66. Interoperabilidad y sistemas abiertos.
66.1 Conceptos básicos
66.2 Usos
66.3 Política de la Unión Europea.
67. E-learning
67.1 Conceptos
67.2 Herramientas de e-learning,
67.3 Sistemas de implantación y normalización.
68. Evolución de la Web
68.1 Herramientas de trabajo colaborativo.
68.2 Web 2.0
68.3 Web 3.0 y 4.0
69. Comercio electrónico.
69.1 Mecanismos y pasarelas de pago.
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69.2 Gestión del negocio.
69.3 Factura electrónica.
70. Gestión documental.
70.1 Herramientas de Gestión de contenidos.
70.2 Herramientas de Gestión documental
70.3 La gestión documental del expediente electrónico.
71. Sistemas de videoconferencia.
71.1 Herramientas de trabajo en grupo.
71.2 Dimensionamiento y calidad de servicio en las comunicaciones
71.3 Acondicionamiento de salas y equipos.
72. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas de información.
72.1 Características
72.2 Tipología
72.3 Ventajas y desventajas de la elaboración de prototipos
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE TÉCNICO
SUPERIOR - LIC. O GRADO EN BIOLOGÍA/CIENCIAS DEL MAR DE LA PLANTILLA DE PERSONAL
FUNCIONARIO DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Biología/ Ciencias del Mar.
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
5.
5Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Licenciatura o Grado en Biología, o en Ciencias del Mar.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
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1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
12274 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12275
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
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Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12277
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO SUPERIOR - LCDO./GRADO BIOLOGÍA, O CIENCIAS DEL MAR
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno. Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
12278 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12279
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
Tema1. La acuicultura en Europa.
1.1 La acuicultura en España. Producción nacional de
las principales especies
1.2 cultivadas. Producción de peces marinos.
1.3 Producción de alevines de peces e instalaciones en
España.
Tema 2. Evolución histórica de la producción piscícola
española.
2.1 Situación actual y perspectivas. Especies de peces
potenciales para la acuicultura.
2.2 Otras especies potenciales para la acuicultura.
2.3 Retos de la acuicultura nacional.
Tema 3. Cultivos marinos en Canarias.
3.1 Orígenes de la acuicultura canaria. Producción y
distribución de los productos acuícolas.
3.2 Potencialidad y perspectivas de futuro en Canarias.
3.3 Comercialización de los productos acuícolas.
Tema 4. La acuicultura marina en Gran Canaria.
4.1 Estado actual y perspectivas de la acuicultura marina.
Empresas acuícolas y especies producidas en mar.
4.2 La acuicultura terrestre en Gran Canaria. Estado
actual y perspectivas de la acuicultura terrestre.
4.3Empresas y especies acuícolasterrestres enGranCanaria.
Tema 5. Tipos de instalaciones acuícolas marinas en
Gran Canaria.
5.1 Historial de las empresas existentes. Descripción de
las instalaciones en mar, ubicación y producción.
5.2 Tipos de instalaciones acuícolas en tierra.
5.3 Descripción de lasinstalaciones en tierra, ubicación
y producción.
Tema 6. Factores específicos de emplazamiento de
instalaciones de cultivos marinos en Gran Canaria.
6.1Características geográficas.Características orográficas.
6.2 Características climáticas y oceanográficas.
6.3 Particularidades a tener en cuenta para Gran Canaria.
Tema 7. Acuicultura sostenible.
7.1Conceptos básicos. Factores de la producción acuícola
de especial relevancia respecto a su sostenibilidad.
7.2 Gestión medioambiental de la acuicultura en Gran
Canaria.
7.3 Impactos directos e indirectos de la acuicultura sobre
el medio.
Tema 8. Aspectos del código de pesca responsable de
la FAO relativos a la acuicultura.
8.1 Código de conducta europeo para la acuicultura
marina.
8.2 Desarrollo responsable de la acuicultura nacional.
8.3 Crianza y bienestar de los peces. Alimentación,
manejo y transporte.
Tema 9. Selección de especies de interés potencial para
su cultivo.
9.1 Parámetros biológicos.
9.2 Parámetros medioambientales.
9.3 Parámetros tecnológicos. Parámetros económicos.
Tema 10. Especies piscícolas de interés acuícola terrestre
para Canarias.
10.1 Otras especies de interés acuícola terrestre. Especies
de interés acuícola marinas para Canarias.
10.2 Situación de los estudios científicos ymedioambientales
previos de esas especies.
10.3 Especies acuícolas en fase de experimentación en
Gran Canaria.
Tema 11. Principalestipos de instalaciones para cultivos
marinos en tierra.
11.1 Especies, objetivo y características técnicas de las
instalaciones.
11.2 Principales tipos de instalaciones para cultivos
marinos en mar. Especial referencia a las jaulas marinas.
11.3 Especies objetivo y características técnicas de las
instalaciones.
Tema 12.Tipos de instalaciones de engorde de pecesmarinos
más apropiados para Canarias.
12.1 Características y equipamientos generales.
12280 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
12.2 Jaulas flotantes, jaulas semisumergidas. Jaulas
sumergidas.
12.3 Métodos empleados para cada una de ellas.
Tema 13. Ayudas y subvenciones a la acuicultura marina
en Canarias.
13.1 Subvenciones europeas. Subvenciones de ámbito
nacional.
13.2 Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
13.3 Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
Tema 14. Principal normativa autonómica de aplicación
en Canarias sobre acuicultura marina y terrestre.
14.1 Ley de Pesca de Canarias. Reglamento de la Ley
de Pesca de Canarias.
14.2 Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura.
14.3 Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.
Tema 15. Otorgamiento de concesiones y autorizaciones
acuícolas.
15.1 Procedimiento administrativo. Administraciones
implicadas.
15.2 Condiciones esenciales en el otorgamiento de
autorizaciones y concesiones acuícolas.
15.3 Causas de extinción de las concesiones acuícolas.
Tema 16. Ordenación de la acuicultura en Canarias.
16.1 Plan Regional de Ordenación de Acuicultura.
Antecedentes, naturaleza, contenidos y procedimiento.
16.2 Zonas de interés Acuícola propuestas por el PROAC
en Gran Canaria.
16.3 Afecciones a explotaciones existentes y a las
explotaciones en trámite.
Tema 17. Competencias del Cabildo de Gran Canaria en
el medio marino relacionadas con la actividad pesquera.
17.1 Competencias en acuicultura. Competencias en
pesca profesional.
17.2 Competencias en pesca recreativa.
17.3Competencias en protección de losrecursos naturales.
Tema 18. Interacción la actividad acuícola con las
poblaciones de cetáceos y de tortugas marinas.
18.1 Protocolos de actuación en instalaciones acuícolas.
18.2 Interacción la actividad pesquera con las poblaciones
de cetáceos y de tortugas marinas.
18.3 Protocolos de actuación en el sector pesquero.
Principales especies de cetáceos y tortugas marinas en
Gran Canaria.
Tema 19. Política Pesquera de la Unión Europea (PPC).
19.1 Reformas de la PPC. Objetivos.
19.2 Medidas de aplicación.
19.3 Instrumentos financieros asociados a la PPC.
Tema 20. Ámbitos de actividad de la Política Pesquera
Común.
20.1 FondoEuropeo de la Pesca. FondoEuropeo MarítimoPesquero.
20.2 Relación con la Política Marina Integrada.
20.3 Líneas de financiación.
Tema 21. Programa Operativo Español del Fondo Europeo
Marítimo-Pesquero.
21.1 Antecedentes.
21.2 Objetivos.
21.2 Prioridades. Inversión.
Tema 22. Regulación de la Pesca en Canarias.
22.1 Competencias de la Unión Europea. Competencias
del Estado Español.
22.2 Competencias de la Comunidad Autónoma.
22.3 Competencias del Cabildo Insular.
Tema 23. Descripción de la flota pesquera artesanal en
Gran Canaria.
23.1 Flota de litoral. Flota costera.
23.2 Tripulación.
23.3 Problemática actual.
Tema 24. La pesca profesional artesanal en Gran Canaria.
24.1 Definición. Actividad en Gran Canaria.
24.2 Importancia social. Importancia económica.
24.3 Problemática actual.
Tema 25. Artes de red de cerco y flota utilizadas en
Gran Canaria.
25.1 Clases y características.
25.2 Tripulación y maniobras.
25.3 Especies objetivo. Regulación.
Tema 26. Artes pasivas de red y flota utilizadas en Gran
Canaria.
26.1 Clases y características.
26.2 Tripulación y maniobras. Especies objetivo.
26.3 Regulación. Problemática actual.
Tema 27. Trampas para peces.
27.1 Clases y características de lastrampas utilizadas en
Gran Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12281
27.2 Flota. Tripulación y maniobras.
27.3 Especies objetivo. Regulación.
Tema 28. Trampas para crustáceos.
28.1 Clases y características de lastrampas utilizadas en
Gran Canaria.
28.2 Flota. Tripulación y maniobras.
28.3 Especies objetivo. Regulación.
Tema 29. Artes de anzuelo.
29.1 Clases y características de las artes de anzuelo
utilizadas en Gran Canaria.
29.2 Flota. Tripulación y maniobras.
29.3 Especies objetivo. Regulación.
Tema 30. Problemática del uso de la nasa para peces en
Gran Canaria.
30.1 Impactos sobre el medio marino.
30.2 Conflictos normativos. Posiblessolucionestécnicas.
30.3 Buenas prácticas del uso de la nasa.
Tema 31. Marisqueo en Canarias.
31.1 Marisqueo profesional y sus clases. Marisqueo
recreativo.
31.2 Especies objetivo. Regulación.
31.3 Tallas mínimas reguladas.
Tema 32. La pesca marítima de recreo en Gran Canaria.
32.1 Definición. Características de ¡os usuarios.
32.2 Clases. Regulación.
32.3 Conflictos con la pesca profesional.
Tema 33. Especies de interés pesquero en Gran Canaria.
33.1 Peces óseos.
33.2 Peces cartilaginosos.
33.3 Crustáceos. Moluscos.
Tema 34. Órganos de representación delsector pesquero
artesanal en Gran Canaria.
34.1 Funciones.
34.2 Características de las entidades pesqueras de Gran
Canaria.
34.3 Flota. Actividad. Infraestructuras.
Tema 35. Líneas de subvención del Cabildo Insular de
Gran Canaria a la pesca artesanal.
35.1 Justificación. Objetivosrelacionados con el Plan Insular
del Sector Primario.
35.2 Subvenciones a entidades pesqueras.
35.3 Subvenciones a asociaciones.
Tema 36. Trazabilidad de los productos pesqueros.
36.1 Objetivos. Normativa.
36.2 Programa Nacional de Control de la trazabilidad de
productos de la pesca.
36.3 Estado del cumplimiento en la actualidad en Gran
Canaria.
Tema 37. Puertos de Gran Canaria.
37.1 Tipos.
37.2 Características generales de los puertos y refugios
pesqueros de Gran Canaria.
37.3 Infraestructuras. Tipos de actividad.
Tema 38. Código de Conducta para la Pesca Responsable.
38.1 Antecedentes.
38.2 Papel de la FAO en el cumplimiento del Código.
38.3 Objetivos. Contenido.
Tema 39. Ordenación pesquera: Impacto y medidas
técnicas de las artes de pesca utilizadas en Gran Canaria
relacionados con la aplicación del código de conducta
responsable de FAO.
39.1 Propiedades de selectividad. Efectos sobre el
ecosistema de las artes de red utilizadas en Gran Canaria.
39.2 Efectos sobre el ecosistema de las artes utilizadas
en Gran Canaria.
39.3 Efectos sobre el ecosistema de las artes de trampa
utilizadas en Gran Canaria.
Tema 40. Pesca del atún rojo [Thunnus thynnus) en
Canarias.
40.1 Regulación. Cuotas.
40.2 Evolución. Situación actual.
40.3 Necesidades delsector pesquero artesanal canario.
Tema 41. Tallas mínimas de captura.
41.1 Concepto. Objetivo. Medición de ejemplares.
41.2 Normativa aplicable en el caladero canario.
41.3 Conflicto normativo.
Tema 42. Red de espacios naturales protegidos.
42.1 Los espacios naturales marinos protegidos en Gran
Canaria.
42.2 Normativa básica y autonómica.
42.3 Reservas Marinas de Interés Pesquero. Reserva de
la Biosfera.
Tema 43. Figuras de protección pesquera.
43.1 Reservas marinas de interés pesquero.
43.2 Marco jurídico. Estudios para su ubicación.
43.3 Zonificación. Usos.
12282 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Tema 44. Efecto reserva marina.
44.1 Reservas marinas de interés pesquero en Canarias.
44.2 Objetivo. Características.
44.3 Gestión.
Tema 45. Propuestas de Reservas Marinas en Gran
Canaria. Estado de tramitación de las propuestas.
45.1 Delimitación y zonificación de las propuestas.
45.2 Prohibiciones de las propuestas.
45.3 Usos y limitaciones de actividades propuestos.
Tema 46. Directiva Habitáis.
46.1 Objetivo. Red Natura 2000 en espacios marinos de
Gran Canaria.
46.2 Criterios para inclusión de zonas en la Red.
46.3 Zonas de protección: delimitación geográfica,
características
Tema 47. Ecosistemas marinos de Gran Canaria.
47.1 Dominio bentónico supralitoral. Dominio bentónico
mesolitora.
47.2 Dominio bentónico infralitoral. Dominio bentónico
circalitoral.
47.3 Dominio pelágico: neuston y necton.
Tema 48. Blanquizales.
48.1 Morfología del erizo Diadema. Hábitat del erizo
Diadema.
48.2 Alimentación del erizo Diadema. Reproducción
del erizo Diadema.
48.3 Depredadores naturales del erizo Diadema.
Problemática asociada a los blanquizales.
Tema 49. Control poblacional de Diadema.
49.1 Objetivos. Métodos.
49.2 Experiencias de control poblacional de blanquizales
en Gran Canaria.
49.3 Resultados de la experiencia de control.
Tema 50. Sebadales.
50.1 Características.
50.2 Requerimientos ambientales, importancia ecológica.
50.3 Problemática. Medidas de conservación.
Tema 51. Alteraciones ambientales del medio marino de
Gran Canaria.
51.1 Contaminación y tipos de residuos.
51.2 Alteraciones físicas. Alteraciones químicas.
51.3 Alteraciones biológicas. Alteraciones antropogénicas.
Tema 52. Planes insulares de ordenación (PÍO).
52.1 Objetivo del PÍO.
52.2 Planes de ordenación de los recursos naturales
(PORN).
52.3 Objetivos de los PORN. Zonificación del PORN
marino de Gran Canaria.
Tema 53. Ámbitos competenciales del Cabildo de Gran
Canaria en el medio marino.
53.1 Incidencia con la Ley de Costas. Competencias en
recursos naturales.
53.2 Competencias en ordenación del territorio marino.
53.3 Competencias establecidas en la Ley de Pesca de
Canarias.
Tema 54. Estrategias de desarrollo pesquero participativo
en el marco de la Unión Europea.
54.1 Definición. Objetivo.
54.2 Características. Proceso participativo.
54.3 Fases de elaboración.
Tema 55. Estrategias de desarrollo pesquero participativo
en el marco de la Unión Europea.
55.1 Características. Contenidos de la zona de pesca.
55.2 Contexto socioeconómico y ambiental. Análisis
DAFO.
55.3 Objetivos, resultados y acciones horizontales.
Tema 56. Estrategias de desarrollo pesquero participativo
con enfoque a resultados en el marco de la Unión Europea.
56.1 Objetivos estratégicos, coherencia.
56.2 Indicadores de seguimiento.
56.3 Indicadores de resultado. Evaluación.
Tema 57. Plan estratégico del sector primario de Gran
Canaria.
57.1 Justificación. Misión.
57.2 Planificación del documento. Objetivos.
57.3 Líneas estratégicas.
Tema 58. Plan estratégico de! sector primario de Gran
Canaria.
58.1 Programas insulares de desarrollo.
58.2 El Plan Insular de Desarrollo de Pesca. Elementos
de participación.
58.3 Análisis DAFO delsector pesquero artesanal de Gran
Canaria. Objetivos estratégicos.
Tema 59. Grupo de Acción Local de Pesca de Gran
Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12283
59.1 Antecedentes.
59.2 Marco Jurídico. Funciones.
59.3 Objetivos. Redes de cooperación.
Tema 60. Estrategia de desarrollo local participativo del
Grupo de Acción Costera de Gran Canaria.
60.1 Antecedentes.
60.2 Objetivos estratégicos.
60.3 Contenidos. Financiación.
Tema 61. Diversificación de la actividad pesquera.
61.1 Necesidad. Líneas de diversificación.
61.2 Experiencias en Europa.
61.3 Experiencias en Gran Canana.
Tema 62. Turismo pesquero.
62.1 Necesidad. Objetivo.
62.2 Fases para su implementación.
62.3 Experiencias de turismo pesquero en Europa.
Tema 63. Actividades de turismo pesquero.Justificación
y objetivos.
63.1 Recursos turísticos relacionados con el sector
pesquero artesanal de Gran Canaria.
63.2 Relación de la actividad con la Ley de Pesca
Marítima del Estado.
63.3 Tipos de turismo relacionados con el sector.
Tema 64. Actividades de Turismo pesquero.
64.1 Marco legislativo nacional. El producto turístico.
64.2 Encaje de la actividad en el Fondo Europeo Marítimo
Pesquero.
64.3 Experiencias en Gran Canana. Posibilidades de
desarrollo.
Tema 65. Valorización de los productos pesqueros.
65.1 Definición y necesidad.
65.2 Innovación. Diferenciación.
65.3 Comercialización.
Tema 66. Diferenciación de los productos pesqueros.
66.1 Necesidad de diferenciación de los productos
pesqueros
66.2 Certificaciones de calidad Europeas.
66.3 Tipos de marcas. Comunicación.
Tema 67. Importancia de la Valorización de los productos
de la pesca y de la acuicultura.
67.1 Métodos de promoción. Experiencias de innovación
en Gran Canaria.
67.2 Experiencias de diferenciación en Gran Canaria.
67.3 Experiencias de comercialización en Gran Canaria.
Tema 68. Marca de Garantía Gran Canaria Calidad.
68.1 Concepto. Productos adheridos. Especificaciones
técnicas.
68.2 Procedimiento de autorización.
68.3 Control. Distintivo. Obligaciones. Sanciones.
Tema 69. Prescripcionestécnicas de GranCanariaCalidad
en Pesca Artesanal.
69.1 Denominación y definición. Método de producción.
Características del producto.
69.2 Envasado y etiquetado. Sistema de control y registro.
69.3 Procedimiento frente a incumplimientos.
Tema 70. Prescripcionestécnicas de GranCanariaCalidad
en Acuicultura.
70.1 Denominación y definición. Método de producción.
Características del producto.
70.2 Envasado y etiquetado. Sistema de control y registro.
70.3 Procedimiento frente a incumplimientos.
Tema 71. Divulgación y sensibilización de los valores
de la pesca.
71.1 Justificación. Objetivo.
71.2 Experiencias en Gran Canaria: herramientas de
divulgación.
71.3 Tipos de acciones por público objetivo.
Tema 72. Zonas especiales de conservación integrantes
de la Red Natural 2000 en Canarias.
72.1 Declaración. Zonas especiales de conservación
marina en Gran Canaria.
72.2 Hábitats y especies que motivan su declaración.
72.3 Gestión de las Zonas Especiales de Conservación
Marinas de Gran Canaria.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA,
POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE
INGENIERO/A DE CAMINOS, CANALES Y
PUERTOS, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL
FUNCIONARIODELCABILDODEGRANCANARIA,
INCLUIDAEN LAOFERTADE EMPLEO PÚBLICO
2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos.
12284 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
6.
6Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos, o aquel que habilite para el ejercicio de esta
profesión regulada (Grado en Ingeniería Civil junto con el título oficial de máster en Ingeniería de Caminos, Canales y
Puertos), según establecen las Directivas Comunitarias.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12285
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1 Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
12286 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12287
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
12288 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE INGENIERO/A DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
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TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas.
Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El
Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Lasrelaciones entre el Gobierno y lasCortes Generales.
La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno.
Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno
en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del
Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución
Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y
competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía.
Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
12290 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
Tema 1. Evaluación ambiental en laComunidad Autónoma
de Canarias.
1.1 Evaluación ambiental en la Ley 4/2017, de 13 de julio,
del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de
Canarias.
1.2 Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.
1.3 Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental: estructura
de la ley, principios y disposiciones generales.
Tema 2. Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.
2.1. Evaluación Ambiental Estratégica.
2.2. Evaluación de Impacto Ambiental.
2.3. Proyectos de infraestructurassometidos a evaluación
de impacto ambiental ordinaria y a evaluación de impacto
ambiental simplificada según la Ley 21/2013.
Tema 3. Ley 37/2003 del Ruido.
3.1. Áreas Acústicas.
3.2. Mapas de ruido.
3.3. Prevención y corrección de la contaminación acústica.
Tema 4. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (I)
4.1. Competencias de ordenación de las Administraciones
autonómica e insular.
4.2. Ayuntamientos y Entidades Instrumentales.
4.3. Otras entidades y órganos especializados.
Tema 5. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (II).
5.1. Objeto de la ley. Conceptos relacionados con la
ordenación y planificación delsuelo: ordenación estructural,
ordenación pormenorizada,sistema general,sistema local,
equipamiento, infraestructura y elemento estructurante.
5.2. La lealtad institucional. Los deberes de colaboración,
cooperación y asistencia mutua.
5.3.Cooperación en actuaciones con relevancia territorial.
Tema 6. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (III).
6.1. Principios y criterios de la ordenación del suelo.
6.2. Clasificación de los instrumentos de ordenación.
6.3. Planeamiento Insular.
Tema 7. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (IV).
7.1. Instrumentos de Ordenación General de losrecursos
naturales y del territorio: Directrices de ordenación.
7.2. Planes insulares de ordenación.
7.3. Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos
y de la Red Natura 2000.
Tema 8. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (V).
8.1. Planes Territoriales de Ordenación.
8.2. Proyectos de Interés Insular o autonómico.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12291
8.3. Evaluación ambiental de los instrumentos de
ordenación.
Tema 9. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (VI).
9.1.Instrumentos de ordenación Urbanística: Disposiciones
generales.
9.2. Normas técnicas del planeamiento urbanístico.
9.3. Los Planes Generales de Ordenación.
Tema 10. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (VII).
10.1. Instrumentos urbanísticos de desarrollo: Planes
Parciales y Planes Especiales.
10.2. Instrumentos Complementarios: Estudios de detalle,
Catálogos de protección,Catálogos de impactos, Ordenanzas
municipales de urbanización y edificación y Ordenanzas
provisionales insulares y municipales.
10.3. Entrada en vigor, efectos, vigencia y alteración de
los instrumentos de ordenación.
Tema 11. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (VIII).
11.1. Contenido urbanístico de la propiedad del suelo:
derechos y deberes
11.2. Clases, categorías y calificación del suelo.
Equivalencias a efectos de situación del suelo.
11.3. Usos y obras provisionales.
Tema 12. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (IX).
12.1. Definición de Suelo rústico.Categorías y subcategorías
de suelo rústico.
12.2. Suelo urbanizable: definición, criterios de clasificación
y categorías.
12.3. Suelo urbano: definición y categorías.
Tema 13. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los
Espacios Naturales Protegidos de Canarias (X).
13.1. Régimen General de utilización del suelo rústico.
13.2. Régimen de usos por categorías: suelo rústico de
protección ambiental.
13.3. Régimen de usos por categorías: suelo rústico de
protección de infraestructuras.
Tema 14. Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria
Vigente (2003) (I).
14.1. Naturaleza, ámbito, alcance y contenido.
14.2. Zonificación. Interpretación de lastablas de régimen
específico de usos.
14.3. Actuaciones en materia de infraestructuras permitidas
en cada una de las zonas definidas en el PIOGC.
Tema 15. Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria
Vigente (2003) (II).
15.1. Determinaciones con respecto a la red viaria.
15.2. Actuaciones propuestas en el corredor viario litoral.
15.3. Actuaciones propuestas en el corredor viario interior
y en lastransversales de conexión que completan el mallado
viario.
Tema 16. El Transporte.
16.1. Principios y normativa más destacable de la UE
en materia de política de transportes.
16.2.Reparto competencial de las distintas administraciones
públicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Canarias en materia de transportes.
16.3. Marco normativo autonómico en materia de
transportes. El transporte en la isla de G.C.
Tema 17. El transporte en el medio urbano.
17.1. Movilidad Sostenible.
17.2. Transporte público y privado.
17.3. Reparto competencial, organización y gestión.
Tema 18. Economía del transporte.
18.1. Problemática del transporte: características de la
demanda, características de la oferta y equilibrio ofertademanda.
18.2. Los costes del transporte: costes directos y costes
externos. Internalización de los costes externos.
18.3. Evaluación de proyectos de transporte: estudios costebeneficio.
Tema 19. Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector
ferroviario
19.1. Disposiciones generales.
19.2. La infraestructura ferroviaria.
19.3. Dominio Público Ferroviario y limitaciones a la
propiedad.
Tema 20. Ferrocarriles en Gran Canaria
20.1. Reparto competencial entre administraciones de la
Comunidad Autónoma de Canarias en materia de
infraestructuras ferroviarias conforme a la legislación
vigente.
20.2. Actuaciones llevadas a cabo por el Cabildo de
Gran Canaria en materia ferroviaria. Planes Territoriales
Especiales de corredores ferroviarios en G.C. Proyectos
ferroviarios.
20.3.Legislación de aplicación en laComunidad Autónoma
de Canarias en materia ferroviaria.
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Tema 21. Competencias en la Comunidad Autónoma de
Canarias en materia de carreteras y red de carreteras de Gran
Canaria
21.1.Reparto competencial de las distintas administraciones
públicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Canarias y transferencias a los Cabildos Insulares en
materia de carreteras.
21.2. Red de carreteras de Gran Canaria: descripción,
esquema y titularidad.
21.3. Problemas relacionados con la titularidad de las
carreteras de Gran Canaria.
Tema 22. Legislación autonómica en materia de carreteras.
22.1. Ley 9/1991 de Carreteras de Canarias.
22.2. Reglamento de carreteras de Canarias.
22.3. Marco normativo de la Comunidad Autónoma de
Canarias en materia deCarreteras. Decretos de transferencia,
traspaso y delegación de funciones en materia de carreteras
al Cabildo Insular de Gran Canaria.
Tema 23. Ley 9/1991 de Carreteras de Canarias (I)
23.1. Disposiciones generales.
23.2. Régimen de las carreteras: Planificación, estudios
y proyectos.
23.3. Construcción, financiación y explotación.
Tema 24. Ley 9/1991 de Carreteras de Canarias (II)
24.1. Uso y defensa de las carreteras: Limitaciones a la
propiedad.
24.2. Uso de las carreteras. Infracciones y sanciones.
24.3. Redes Arteriales y tramos urbanos.
Tema 25. Trazado de Carreteras
25.1. Normativa vigente. Novedadesintroducidas por la
Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero respecto a la
norma anterior de trazado.
25.2. Denominación, definición y clasificación de las
carreteras según la Norma 3.1 IC.
25.3. Datos básicos para el estudio del trazado según la
Norma 3.1 IC.
Tema 26. Norma 3.1-IC. (I)
26.1. Trazado en Planta.
26.2. Trazado en alzado.Coordinación del trazado en planta
y alzado.
26.3. Sección transversal.
Tema 27. Norma 3.1-IC. (II)
27.1. Carriles adicionales y otros elementos de trazado.
27.2.Conexiones y accesos a las carreteras: generalidades.
Conexiones a autopistas, autovías y carreteras multicarril.
273. Conexiones en carreteras convencionales y vías de
servicio. Accesos directos en carreteras convencionales y
vías de servicio.
Tema 28. Norma 3.1-IC. (III)
28.1. Conexiones y accesos a las carreteras: limitaciones
en tramos con carriles adicionales, otros elementos de
trazado y obras con secciones transversales singulares.
28.2. Generalidades. Concepción y elección de un nudo.
Delimitación física, zonas de influencia y centros de un
nudo.
28.3. Trazado del Nudo. Intersecciones, intersecciones
tipo glorieta y enlaces.
Tema 29. Intersecciones (I)
29.1. Concepto, funcionamiento y clasificación.
29.2 Tipos de intersecciones. Intersecciones canalizadas
y sin canalizar.
29.3 Principios básicos. Soluciones tipo. Visibilidad en
intersecciones.
Tema 30. Intersecciones (II).
30.1. Morfología de intersecciones. Generalidades.
Emplazamientos de las intersecciones.
30.2. Intersecciones de tres ramales. Intersecciones de
cuatro ramales. Intersecciones de más de cuatro ramales.
30.3. Intersecciones reguladas por semáforos.
Tema 31. Enlaces
31.1. Generalidades.Justificación del enlace. Visibilidad
necesaria en enlaces.
31.2. Tipos de enlaces. Enlaces de 3 patas. Enlaces de
4 patas.
31.3.Capacidad y niveles de servicio. Tramos de trenzado.
Distancias entre enlaces
Tema 32. Glorietas.
32.1. Concepto. Clases de intersecciones giratorias.
32.2 Utilidad de las glorietas: ventajas e inconvenientes.
Criterios generales para la implantación de glorietas.
32.3. Características geométricas. Visibilidad necesaria
en glorietas. Señalización en glorietas.
Tema 33. Estudios de carreteras.
33.1. Cartografía y topografía.
33.2. Estudios geológicos y geotécnicos.
33.3. Estudios de tráfico. Métodos de previsión de la
demanda.
Tema 34. Estudios climatológicos e hidrológicos.
34.1. Normativa vigente. Cálculo de precipitaciones e
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12293
intensidades de lluvia. Factor de intensidad: definición y
cálculo. Coeficiente de Escorrentía.
34.2. Cálculo de los caudales de proyecto.
34.3. Cálculo de caudales en las cuencas de la isla de
Gran Canaria
Tema 35. Drenaje de carreteras.
35.1. Normativa aplicable. Generalidades. Tipologías de
drenaje.
35.2. Drenaje longitudinal, drenaje transversal y drenaje
subterráneo.
35.3. Elementos y sistemas.
Tema 36. Parámetros fundamentales de la circulación.
36.1. Intensidad, velocidad y densidad.
36.2. Relación entre magnitudes de tráfico.
36.3. Características del flujo de la circulación de
vehículos, variación, distribución y composición. Tiempos
de recorrido y demoras.
Tema 37. Capacidad de carreteras y nudos (I).
37.1. Circulación continua y discontinua.
37.2. Capacidad y niveles de servicio en autopistas,
autovías y otras carreteras de calzadas separadas.
37.3. Capacidad y niveles de servicio en carreteras de
calzada única.
Tema 38. Capacidad de carreteras y nudos (II)
38.1. Capacidad y niveles de servicio en nudos y
conexiones: tramos de trenzado, confluencias y divergencias.
38.2. Capacidad y niveles de servicio en intersecciones.
38.3. Capacidad y niveles de servicio en glorietas.
Tema 39. Sistemas de Contención de vehículos.
39.1. Normativa aplicable. Empleo: consideraciones
previas y criterios de instalación. Tipo, comportamiento
y clasificación de las barreras metálicas y pretiles.
39.2. Criterios de empleo y selección del sistema.
39.3. Sistemas para protección demotociclistas.Atenuadores
de impacto y terminales. Lechos de frenado.
Tema 40. Señalización horizontal.
40.1. Normativa aplicable, definición y finalidad de las
marcas viales. Tipos y factor de desgaste. Productos.
40.2. Marcas longitudinales.
40.3. Marcas transversales. Flechas, inscripciones y
otras marcas.
Tema 41. La señalización vertical.
41.1. Conceptos. Principios básicos. Clases de señales
verticales. Prioridad entre señales de circulación.
41.2. Características de los elementos de la señalización
vertical. Criterios de implantación.
41.3. Señalización de las distintas clases de carreteras.
Señalización y balizamiento de curvas.
Tema 42. La señalización variable.
42.1. Concepto. Tipos de señales variables. La eficacia
de la señalización variable.
42.2. Aspectos relativos al panel de mensaje variable:
tecnología, ubicación e información suministrada. Ventajas
e inconvenientes de los distintostipos de paneles y señales
de mensaje variable.
42.3. Señales de fibra óptica. Paneles “led’s” gráficos y
alfanuméricos.
Tema 43. Norma 8.3 IC Señalización de Obras.
43.1. Principios generales de la señalización de obras.
Ordenación de la circulación en presencia de obras fijas.
43.2. Limitación de la velocidad. Cierre de carriles a la
circulación y desviación a carriles provisionales.
43.3. Elementos de señalización, balizamiento y defensa.
Balizamiento.
Tema 44. Movimiento de tierras en carreteras.
44.1. Construcción de explanaciones de carreteras.
44.2. Capacidad soporte de las explanadas.
44.3. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos
de todo uno.
Tema 45. Cimentaciones.
45.1. Caracterización del terreno. Tipos de cimentaciones.
45.2. Técnicas de mejora del terreno.
45.3. Soluciones de cimentación en terrenos de baja
capacidad portante.
Tema 46. Taludes.
46.1. Protección de la carretera frente a la caída de rocas.
46.2. Problemas de estabilidad de laderas y taludes.
46.3. Estabilización de taludes en roca. Estabilización
de suelos (taludes de terrenos formados por materiales
sueltos)
Tema 47. Obras de paso.
47.1. Conceptos generales.
47.2. Tipologías y materiales. Métodos constructivos y
medios auxiliares.
47.3. Conservación e inspección. Normativa aplicable.
Tema 48. Túneles de carreteras.
48.1. Métodos constructivos. Sostenimiento,revestimiento
y drenaje.
12294 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
48.2. Explotación de túneles de carreteras. Equipamiento
e instalaciones.
48.4. Seguridad en los túneles de carreteras. Normativa
aplicable.
Tema 49. Firmes.
49.1. Constitución y conceptos generales. Normativa
aplicable. Materiales empleados en los firmes.
49.2. Características superficiales y estructurales de los
firmes.
49.3. Auscultación, conservación y rehabilitación de
firmes.
Tema 50. Norma 6.1-IC, “Secciones de firme” (2003).
50.1. Factores de dimensionamiento. Categorías de
tráfico y clases de explanadas.
50.2. Catálogo de secciones de firmes. Descripción y
composición de las posibles capas de firme. Arcenes.
50.3. Restricciones propias de Canarias. Maquinaria y
puesta en obra de mezclas bituminosas.
Tema 51. Norma 6.3-IC “Rehabilitación de firmes”
(2003).
51.1. Estudio de la rehabilitación de un firme. Deterioros
de firmes.
51.2. Factores de dimensionamiento de una rehabilitación
estructural. Rehabilitación estructural de firmes que tengan
pavimentos bituminosos.
51.3. Rehabilitación superficial. Aspectos constructivos.
Maquinaria y procedimientos.
Tema 52. Reciclado de firmes bituminosos.
52.1. Reciclado de firmes bituminosos. Normativa
aplicable. Restricciones y experiencias propias de Canarias
en reciclado de firmes bituminosos.
52.2. Descripción y composición de las distintastécnicas
de reciclado de firmes.
52.3.Reciclado en central en caliente de capas bituminosas.
Definición. Composición. Maquinaria y procedimiento
constructivo. Control de calidad.
Tema 53. Firmes de hormigón.
53.1. Normativa aplicable. Factores de dimensionamiento.
Categorías de tráfico y clases de explanadas. Secciones de
firmes.
53.2. Descripción y composición de las posibles capas
de firme. Arcenes en calzadas con pavimento de hormigón.
Juntas en pavimentos de hormigón.
53.3. Maquinaria y procedimientos constructivos. Control
de calidad. Restricciones propias de Canarias.
Tema 54. Conservación y explotación de carreteras (I).
54.1. Actividades generales de conservación y explotación
de carreteras.
54.2. Objetivos y clasificación de las actuaciones de
conservación.
54.3. Conservación de estructuras. Conservación de
túneles. Conservación de firmes.
Tema 55. Conservación y explotación de carreteras(II).
55.1. Gestión de la conservación. Organización de la
conservación.
55.2. Telemática y sistemas de explotación de carreteras.
55.3. Conservación y explotación de la red de carreteras
de Gran Canaria.
Tema 56. Vialidad invernal.
56.1. Generalidades. Fenómenos meteorológicos que
afectan a la vialidad invernal.
56.2. Técnicas empleadas para combatir los efectos de
la nieve y el hielo.
56.3. Medios de previsión y alerta de los fenómenos
meteorológicos. Medios de información.
Tema 57. La seguridad vial.
57.1. Nociones de seguridad vial. Factores que influyen
en los accidentes
57.2. Indicadores de seguridad vial. Últimas cifras y
evolución de los principalesindicadores en la isla de Gran
Canaria. Tramos de concentración de accidentes.
57.3. Auditorías de seguridad viaria
Tema 58. Proyectos de obras de carreteras.
58.1. Ley de Contratos del Sector Público: Tipos y
contenido de los proyectos de obras. Documentos del
proyecto.
58.2. Dirección de proyectos. Supervisión de proyectos.
58.3. Proyectos de obras carreteras del Cabildo de Gran
Canaria. Destino de las inversiones y tipología de las
actuaciones.
Tema 59. Ejecución de la obra.
59.1. Replanteo previo. Acta de comprobación del
replanteo. Inicio de la obra.
59.2. Dirección de obra. Incidencias en las obras.
59.3. Plan de Obras. Organización de las Obras.
Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud.
Tema 60. Ejecución de la obra (II).
60.1. Incidencias en las obras.
60.2. Revisión de precios. Clasificación del contratista
60.3. Certificaciones de obra y relaciones valoradas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12295
Certificación final y liquidación. Garantía de las obras y
vicios ocultos.
Tema 61. Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y
supresión de barreras físicas y de la comunicación.
61.1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley. Tipos de
barreras físicas. Niveles de accesibilidad.
61.2. Disposicionessobre barreras arquitectónicas(BA)
61.3. Disposiciones sobre barreras en los transportes
(BT).
Tema 62. Legislación sobre expropiación forzosa.
62.1. Requisitos previos a la expropiación y necesidad
de ocupación de bienes o adquisición de derechos.
62.2. Determinación del justo precio Pago, toma de
posesión y responsabilidad por demora.
62.3. Expropiación por zonas o grupos de bienes
Indemnización por ocupación temporal y otros daños
Tema 63. Ley 14/2003 de Puertos de Canarias (I)
63.1. Estructura legislativa. Disposiciones generales.
63.2. Delimitación del Dominio Portuario Canario.
63.3. Organización portuaria de Canarias: la entidad
empresarial Puertos Canarios.
Tema 64. Ley 14/2003 de Puertos de Canarias (II).
64.1. Planificación y construcción de los puertos
64.2. Concesiones y autorizaciones portuarias.
64.3. Infracciones. Sanciones.
Tema 65. Obras marítimas.
65.1. Clima marítimo. Propagación del oleaje desde alta
mar hasta costa.
65.2. Obras de abrigo portuarias. Dársenas portuarias.
Muelles y obras de atraque y amarre. Obras de dragado.
65.3. Playas: forma en planta y perfil. Interacción puertoscostas.
Tema 66. Legislación básica de ámbito nacional en
relación con las costas.
66.1. Ley 22/1988 de Costas y Ley 2/2103 de protección
y sostenibilidad del litoral.
66.2. Objeto y finalidad de la Ley de Costas.
66.3. Clasificación y definición de los bienes de dominio
público marítimo-terrestre (DPMT).
Tema 67. Legislación básica de costas (I).
67.1. Limitaciones a la propiedad en terrenos contiguos
a la ribera del mar por razones de protección del DPMT
67.2. Servidumbres legales y zona de influencia.
67.3. Reparto de competencias administrativas conforme
la Ley de Costas.
Tema 68. Legislación básica de costas (II).
68.1. Utilización del DPMT: Disposiciones Generales.
68.2. Proyectos y obras. Adscripciones del DPMT a las
Comunidades Autónomas.
68.3. Autorizaciones y concesiones.
Tema 69. Normativa en relación con las aguas.
69.1. Directiva Marco del Agua.
69.2. Real Decreto Legislativo 1/2001 por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
69.3. Disposición adicional novena del Real Decreto
Legislativo 1/2001 por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley de Aguas: régimen aplicable a la Comunidad
Autónoma de Canarias.
Tema 70. Legislación autonómica canaria en relación con
las aguas.
70.1. Ley 12/1990 de Aguas, Modificada por Ley 10/2001.
Demarcaciones hidrográficas canarias.
70.2. Administraciones hidráulicas y reparto competencial
en la Comunidad Autónoma de Canarias.
70.3. La Planificación hidráulica.
Tema 71. Tratamientos de aguas.
71.1. Potabilización y desalación. Desalación de aguas
salobres y de mar.
71.2. Depuración de aguasresiduales y su reutilización.
71.3. Aproximación (cifras y datos) a la situación actual
en la Isla de Gran Canaria en materia de tratamientos de
aguas.
Tema 72. Agua para abastecimiento.
72.1. Presas y embalses impermeabilizados con
geomembrana. Presas de G.C. (cifras y datos)
72.2. Conducciones de agua: canales y conducciones
forzadas.
72.3. Depósitos de agua y estaciones de bombeo.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA,
POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE
INGENIERO/A DE MONTES, DE LA PLANTILLA
DE PERSONALFUNCIONARIO DELCABILDO DE
GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE
EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Ingeniero/a de Montes.
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
12296 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
7.
7Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Ingeniero/a de Montes, o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada
según establecen las Directivas Comunitarias.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12297
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
12298 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12299
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
12300 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12301
ANEXO - TEMARIO DE INGENIERO/ADE MONTES
NOTA: Todos los temas corresponden con textos
normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone en las bases publicadas
en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía
de referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas.
Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El
Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Lasrelaciones entre el Gobierno y lasCortes Generales.
La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno.
Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno
en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del
Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución
Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y
competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía.
Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
12302 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (I)
1.1 Título I. Capítulo I: Objeto. Ámbito de aplicación.
Principios.
1.2 Multifuncionalidad de los montes. Concepto de
monte.
1.3 Competencias de las administraciones públicas.
2. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (II)
2.1 Clasificación de los montes.
2.2 Régimen jurídico de los montes demaniales. Catálogo
de montes de Utilidad Pública. Desafección de los montes
demaniales.
2.3 Recuperación posesoria y deslinde de los montes
públicos.
3. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (III)
3.1 Información forestal.
3.2 Ordenación de montes.
3.3 Título III. Capítulo IV: Aprovechamientosforestales.
4. Plan Forestal de Canarias. Programas de actuación (I)
4.1 Directrices sobre repoblaciones forestales.
4.2 Directrices de restauración integral de cuencas
hidrológicas.
4.3 Directrices específicas de mejora selvícola en pinares.
5. Plan Forestal de Canarias. Programas de actuación (II)
5.1 Directrices específicas de mejora selvícola en
monteverde y eucaliptares.
5.2 Directrices específicas de selvicultura preventiva en
pinares.
5.3 Directrices específicas de selvicultura preventiva en
monteverde, matorrales y herbazales y palmerales.
6. Plan Forestal Español.
6.1 Parte I. Los Montes Españoles: Estimación del valor
económico de los montes españoles.
6.2 Parte III. Las acciones prioritarias del plan forestal
español: Vigencia. Principiosinspiradores. Objetivos. Ejes
prioritarios de actuación.
6.3 Parte III. Las acciones prioritarias del plan forestal
español: Restauración de la cubierta vegetal y ampliación
de la superficie arbolada.
7. Los suelos de Canarias.
7.1 El suelo y sus funciones
7.2 Factores ambientales que condicionan la formación
de suelos en Canarias
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12303
7.3 Factores y procesos de degradación de los suelos de
Canarias
8. El Clima de Canarias.
8.1 Rasgos climáticos del archipiélago
8.2 Tipos de tiempo
8.3 Régimen pluviométrico y termohigrométrico
9. Hábitats de Canarias: matorral xérico y bosques
termófilos.
9.1 Zonación altitudinal
9.2 Vegetación: cinturón halófilo costero de roca y
vegetación halo-psamofila
9.3 Vegetación: bosquetes de tarahales, tabaibal-cardonal
y bosques termófilos
10. Hábitats de Canarias: monteverde, pinares y alta
montaña.
10.1 Monteverde
10.2 Pinar
10.3 Matorral de cumbre y vegetación rupícola
11. Factores ecológicos, hábitat y dinámica de las
poblaciones.
11.1 Factores ecológicos
11.2 Adaptación genética y acomodación fisiológica.
Valencia ecológica y optimo vital
11.3 Potencial biótico y resistencia del medio. Distribución
de las especies. La comunidad.
12. Productos, formas y estructuras volcánicas originados
por procesos eruptivos en Canarias.
12.1 Factores que controlan la morfología volcánica.
12.2 Mecanismos típicos de las erupciones volcánicas
en Canarias: en magmas poco viscosas y en magmas muy
viscosos. Hidrovolcanismo.
12.3 Productos y formas volcánicas en Canarias.
13. Selvicultura del pino canario (I):
13.1 Tipología de pinares de pino canario.
13.2 Regeneración y tratamientos de regeneración.
13.3 Tratamientos culturales.
14. Selvicultura del pino canario (II):
14.1 Crecimiento y producción: usos
14.2 Crecimiento y producción: calidad, crecimiento y
turnos
14.3 Esquema selvícola.
15. Selvicultura de la laurisilva canaria:
15.1 Tipología.
15.2 Gestión selvícola: estructura de los bosques de
laurisilva
15.3 Gestión selvícola: tratamientosselvícolas en régimen
de monte bajo
16. Selvicultura de la laurisilva canaria:
16.1 Gestión selvícola: tratamiento monte alto con
desarrollo natural
16.2 Gestión selvícola: tratamiento monte alto con masa
irregular pie a pie
16.3 Gestión selvícola: tratamiento monte alto masa
regular en turno físico
17. Selvicultura y paisaje.
17.1 Análisis visual.
17.2 Observación del paisaje forestal.
17.3 Decisiones sobre el paisaje, las escalas de trabajo.
18. Selvicultura y cambio climático.
18.1 El Ciclo del carbono y la dinámica de los sistemas
forestales.
18.2 Problemasinducidos por el cambio climático en los
sistemas forestales.
18.3 Elseguimiento de la cantidad de carbono almacenada
en los sistemas forestales.
19. Calidad de planta forestal para la restauración en
ambientes mediterráneos.
19.1 Nuevastecnologías de producción de plantas en vivero:
factores culturales.
19.2 Nuevastecnologías de producción de plantas en vivero:
factores ambientales.
19.3 Regulación del crecimiento. Micorrización.
20. Viveros forestales.
20.1 Tipos de viveros.
20.2 Condiciones para el asentamiento del vivero. Diseño
del vivero.
20.3 Elección y control del clima y suelo del vivero.
21.Manual para la comercialización y producción de semillas
y plantas forestales (I).
21.1 Tipos de materiales de base. Introducción.
21.2 Descripción de los materiales de base: fuentes
semilleras, rodales y huertos semilleros.
21.3 Descripción de los materiales de base: progenitores
de familia, clones y mezclas de clones
22.Manual para la comercialización y producción de semillas
y plantas forestales (II).
12304 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
22.1 Requisitos de calidad exterior de los materiales
forestales de reproducción: Requisitos aplicables a las
partes de plantas.
22.2 Requisitos de calidad exterior de los materiales
forestales de reproducción: Requisitos aplicables a las
plantas.
22.3 Valoración cualitativa de las plantas: tendencias.
23. Selvicultura
23.1 Terminología selvícola. Tratamientos generales,
parciales y transitorios.
23.2 Tratamientos sobre el vuelo arbóreo y sobre el
suelo.
23.3 Principales tratamientos Selvícolas
24. Ordenación de Montes Arbolados: Legislación:
24.1 Inventario: estado legal, estado natural
24.2 Inventario: estado forestal y estado soccioeconómico
24.3 Planificación
25. Repoblaciones:
25.1 Definición. Esquema de contenidos de un proyecto
de repoblación forestal.
25.2 Elección de especie.
25.3 Técnicas y procesos de forestación.
26. Dendrometría y Dasometría.
26.1 Dendrometría: medición de árboles apeados
26.2 Dendrometría: medición de árboles en pie
26.3 Dasometría.
27. Hidrología
27.1 Diques de corrección de mampostería hidráulica u
hormigón en masa.
27.2 Estimación de la erosión: modelo U.S.L.E.
27.3 Estimación de la erosión: modelo M.U.S.L.E.
28. Aprovechamientos forestales:
28.1 Factores que condicionan el aprovechamiento.
28.2 Fases de trabajo. Fase de apeo o derribo. Proceso
manual. Proceso mecánico.
28.3 Fase de saca.
29. Incendios Forestales (I).
29.1 Conceptos básicos. Física del fuego.
29.2 Fases de la combustión.
29.3 Partes del incendio. Clasificación de los incendios
según el patrón del incendio.
30. Incendios Forestales (II).
30.1 Clasificación de los incendios forestales según su
morfología y según el combustible al que afecte.
30.2 Comportamiento del incendio: influencia de la
topografía.
30.3Combustible: humedad y tiempo de retardo. Modelos.
31. Incendiosforestales(III). Metodología de actuación
con herramientas manuales:
31.1 Características
31.2. Tipos de herramientas
31.3 Mantenimiento de las herramientas
32. Incendiosforestales(IV): Sistema de predicción del
comportamiento del fuego de Campbell
32.1 Principios teóricos
32.2 Lenguaje de comunicación
32.3 Normas principales
33. Manejo del Fuego Prescrito:
33.1 El Plan de Quema.
33.2 Objetivos de la quema
33.3 Condiciones ambientales. Ventana de prescripción.
34. INFOCA. DECRETO 60/2014, de 29 de mayo, por
el que se aprueba el Plan
Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias
por Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de
Canarias (INFOCA) (I):
34.1 Índice de gravedad potencial de los incendios
Forestales
34.2 Situaciones operativas (niveles)
34.3 Delimitación y comportamiento de las situaciones
de emergencia
35. INFOCA. DECRETO 60/2014, de 29 de mayo, por
el que se aprueba el Plan
Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias
por Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de
Canarias (INFOCA) (II):
35.1. Estructura y organización del plan: puesto de
mando avanzado.
35.2. Grupo de intervención.
35.3. Director/a de extinción.
36. PLATECA: DECRETO 98/2015, de 22 de mayo, por
el que se aprueba el Plan
Territorial de Emergencias de Protección Civil de la
Comunidad Autónoma de Canarias (PLATECA):
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12305
36.1 Introducción normativa
36.2 Estructura de coordinación.
36.3 Centro de Coordinación Insular (CECOPIN).
37. Palmeras.
37.1 Morfología de las palmeras.
37.2 Trasplantes de palmeras.
37.3 Mantenimiento de las palmeras.
38. Principales plagas y enfermedades de la palmera
canaria.
38.1 Hongos.
38.2 Insectos: cóccidos y aleurodidos.
38.3 Insectos: Lepidópteros y coleópteros.
39. Orden del 29 de Octubre de 2007, por la que se
declara la existencia de las plagas producidas por los
agentes nocivos Rhynchophorus Ferruineus (Oliver) y
Diocalandra Frumenti (Fabricius) y se establecen las
medidas fitosanitarias para su erradicación y control.
39.1 Medidasfitosanitarias para su erradicación y control.
Medidas fitosanitarias de obligados cumplimiento.
39.2 Requisitos para el movimiento de palmáceas en el
ámbito de la comunidad autónoma de Canarias.
39.3 Protocolo de destrucción.
40. Especies invasoras.
40.1 Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que
se regula elCatálogo español de especies exóticasinvasoras:
del catálogo
40.2 Buenas prácticas en el uso de flora exótica en
Canarias en actividades silvícolas, restauración y uso del
medio natural
40.3 Buenas prácticas en el uso de flora exótica en
Canarias en el uso comercial y en obras e infraestructuras
41. Control del Pennisetum setaceum.
41.1Características biológicas y ecológicas del Pennisetum
setaceum.
41.2 Directricestécnicas de manejo control y eliminación
del rabogato.
41.3 Afección delrabogato a los contratos de conservación
y mantenimiento de las zonas verdes y deshierbe de las
carreteras de Gran Canaria.
42. Clasificación del suelo en la legislación canaria.
42.1 Definición de suelo urbano, urbanizable y rústico.
42.2 Suelo rústico: categorías y subcategorías
42.3 Régimen jurídico del suelo rustico: derechos y
deberes de los propietarios.
43. Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos:
43.1 Los ENP de Gran Canaria, categorías.
43.2 Características generales de las reservas naturales
integrales, parques naturales y parques rurales
43.3 Características generales de las reservas naturales
especiales
44. Evaluación ambiental de planes y proyectos
44.1 Principales modificaciones de la ley 21/2013
44.2 Procedimiento de evaluación ambiental estratégica
44.3 Procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
45. Gestión de los residuos.
45.1 Real Decreto 105/2008 del 1 de febrero, por el que
se regula la producción y gestión de los residuos de
construcción y demolición. Obligaciones del poseedor de
residuos de construcción y demolición.
45.2 Normativa referente a los residuos fitosanitarios:
residuos fitosanitarios, gestión de envases vacíos y restos
de productos para usos no agrarios.
45.3 Normas específicas para sistemas integrados de
gestión de residuos de envases y envases usados procedentes
de productos fitosanitarios.
46. Plaguicidas.
46.1 Clasificación. Composición.
46.2 Riesgos derivados de la utilización.
46.3 Factores que influyen en la peligrosidad de un
producto fitosanitario.
47. Compost.
47.1 Conceptos generales.
47.2 Control del proceso.
47.3 Clasificación.
48. Compost.
48.1 Calidad mínima.
48.2 Aplicación del compost en los espacios verdes.
48.3 Aplicación del compost en la recuperación de suelos
degradados y como acolchado
49. Poda de arbolado.
49.1 Necesidad de la poda. Principios de poda y objetivos.
49.2 Clases de poda.
49.3 Formas de realizar los cortes.
50. Poda de arbustos, subarbustos y setos.
50.1 Necesidades de poda y factores a considerar.
50.2 Tipos de poda.
12306 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
50.3 Época de poda.
51. Seguridad y salud (I).
51.1 Obligatoriedad del estudio de seguridad y salud o
del estudio básico de seguridad y salud en las obras y
contenido mínimo del estudio de seguridad y salud.
51.2 Estudio Básico de Seguridad y Salud.
51.3 Plan de seguridad y salud en el trabajo.
52. Seguridad y salud (II).
52.1 Obligaciones del coordinador en materia de seguridad
y salud durante la ejecución de la obra.
52.2 Principios generales aplicables durante la ejecución
de la obra.
52.3 La presencia del recurso preventivo y la presencia
de recurso preventivo en las obras de la construcción.
53. Prevención de riesgos laborales (I).
53.1 Plan de prevención de riesgoslaborales, evaluación
de los riesgos y planificación de la actividad preventiva.
53.2 Equipos de trabajo y medios de protección.
53.2 Información, consulta y participación de los
trabajadores. Formación de los trabajadores.
54. Prevención de riesgos laborales (II).
54.1 Medidas de emergencia. Riesgo grave e inminente.
54.2 Vigilancia de la salud.
54.3 Documentación del empresario a disposición de la
autoridad laboral
55. Real Decreto 171/2004 del 30 de Enero por el que
se desarrolla el artículo 24 de la ley 31/1995 del 8 de
Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales en materia
de coordinación de actividades empresariales.
55.1 Disposiciones generales.Concurrencia de trabajadores
de varias empresas en un mismo centro de trabajo.
55.2 Concurrencia de trabajadores de varias empresas
en un centro de trabajo del que un empresario es titular.
Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro
de trabajo cuando existe un empresario principal.
55.3 Aplicación del Real Decreto a las obras de la
construcción.
56. Procedimiento de licitación de obras
56.1 Procedimiento abierto.
56.2 Procedimiento restringido.
56.2 Procedimiento negociado.
57. Proyectos de obras.
57.1 Proyectos de obras y clasificación.
57.2 Contenidos de los proyectos y responsabilidades
derivada de su redacción.
57.3 Funciones de las unidades de supervisión de
proyectos.
58. Legislación de Carreteras en Canarias.
58.1 Clases de carreteras.
58.2 Competencias de las Administraciones Públicas.
58.3 Régimen de las zonas de influencia de la carretera
59. El transporte insular en Gran Canaria.
59.1 El sistema de transporte Insular de Gran Canaria.
59.2 Definición de los principales corredores de la isla
59.3Red deCarreteras yCaminos: categorías y clasificación.
60. Señalización de obras (I).
60.1 Principios generales: Función y principios básicos.
60.2 Ordenación de la circulación en presencia de obras
fijas y especial referencia a las vías de doble calzada con
mediana o separador cuando el obstáculo se encuentre: en
el exterior de la plataforma, en el arcén exterior o interior,
en la mediana.
60.3 Aplicación a los trabajos de mantenimiento y
conservación de las zonas verdes de las Carreteras de Gran
Canaria.
61. Señalización de obras (II).
61.1 Medios de limitar la velocidad. Velocidades de
aproximación y limitada.
61.2 Elementos de señalización, balizamiento y defensa.
61.3 Balizamiento.
62. Conservación, mantenimiento y mejora de las zonas
verdes de las carreteras de Gran Canaria.
62.1 Servicios centrales. Actuaciones para la conservación
y el mantenimiento. Actuaciones de mejora.
62.2 Medios a emplear
62.3 La gestión informática del servicio.
63. Control de la vegetación en los márgenes de las
carreteras de Gran Canaria.
63.1 Descripción de los trabajos.
63.2 Inicio, desarrollo y control de los trabajos.
63.3 Condiciones que deben satisfacer los materiales y
el personal.
64 Técnicas mixtas de revestimiento de taludes.
64.1 Materiales.
64.2 Operaciones previas generales.
64.3 Geomallas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12307
65. Técnicas mixtas de revestimiento de taludes.
65.1 Mantas orgánicas.
65.2 Geoesteras.
65.3 Geoceldas.
66. Protección de los elementos vegetales en lostrabajos
de la construcción.
66.1 Causas y tipos de daños.
66.2 Medidas de protección física de troncos y copas contra
daños mecánicos.
66.3 Medidas de protección de la zona radical.
67. Plantaciones en la carretera.
67.1 Funciones de las plantaciones en el entorno de la
carretera.
67.2 Distribución de las plantaciones: espacio plantable.
67.3 Elección de especies: criterios generales y suelos
68. Plantaciones en la carretera.
68.1 Sistemas de plantación.
68.2 Realización de plantaciones de árboles y arbustos.
68.3 Medidas constructivas auxiliares.
69. Sistemas de riego localizado en los espacios verdes.
69.1 Ventajas y desventajas.
69.2 Particularidades del sistema de riego localizado
enterrado.
69.3 Tipos de emisores de agua de riego localizado en
los espacios verdes.
70. Sistemas de riego localizado en los espacios verdes.
70.1 Tuberías de riego para los espacios verdes.
70.2 Accesorios para el riego localizado de los espacios
verdes.
70.3 Elementos de filtrado y decantación para el riego
localizado.
71. Recomendaciones para los proyectos de plantaciones.
Seguridad viaria y aspectos funcionales:
71.1 Separación de los árboles de la calzada.
71.2 Áreas de servidumbre y visibilidad.
71.3 Visualización de las carreteras mediante plantaciones.
72. Recomendaciones para los proyectos de plantaciones.
Seguridad viaria y aspectos funcionales:
72.1 Pantallas antideslumbrantes.
72.2 Plantaciones en el entorno de la carretera
72.3 Eficiencia del uso del agua
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA,
POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE
VETERINARIO/ADELAPLANTILLADEPERSONAL
FUNCIONARIODELCABILDODEGRANCANARIA,
INCLUIDAEN LAOFERTADE EMPLEO PÚBLICO
2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: TÉCNICA SUPERIOR
CLASE: Veterinario/a
GRUPO A, SUBGRUPO A1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el
Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el
plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente
al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio
en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en loslugares
señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las
bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
8.
8Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con losrequisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Licenciatura o grado en
Veterinaria.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se
deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de
capacidad funcional, de habilitación, titulación, y demás
requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
Todos estosrequisitos deberán poseerse el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la
convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del
modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la
presentación de los méritos de la fase de concurso la copia
compulsada del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todoslos ejerciciosserán eliminatorios y calificados hasta
un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
12308 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a elegir entre
tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en las materias comunes
del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes de
diferentes temas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas como los
epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de
temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos prácticos,
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función
de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12309
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario, Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
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que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12311
Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, en
el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración. Escudo,
sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntoslas publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones
de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número o volumen de la revista (en el caso
de que no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
12312 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO SUPERIOR - LCDO./GRADO VETERINARIA
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno. Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12313
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La
cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen
en municipios de gran población.
3.Las competenciasmunicipales: Sistema de determinación.
Competencias propias, delegadas y competencias distintas
de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de CabildosInsulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2.Organización administrativa.Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los
Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1.Clases de interesados en el procedimiento.Representación.
Identificación y firma de losinteresados en el procedimiento
administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Principiosinformadores. Iniciación del procedimiento.
Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación
de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales
y formas de finalización.
Tema 10.Ley 40/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico
del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11.Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención
pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos
excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del
empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y
tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del
presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1.El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
12314 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de
la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de las personas.
3. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1.LEY42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad (I)
1.1 Objeto de la Ley. Red natura 2000.
1.2 Lugares de Importancia Comunitaria y Zonas
Especiales de Conservación.
1.3 Zonas de Especial Protección para las aves.Coherencia
y conectividad de la Red.
2.LEY42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad (II)
2.1 Garantía de conservación de especies autóctonas
silvestres.
2.2 Reintroducción de especies silvestres autóctonas
extinguidas.
2.3Catalogo español deEspecies Amenazadas. Propagación
de especies silvestres amenazadas.
3. REAL DECRETO 630/2013, de 2 de agosto, por el
que se regula elCatálogoEspañol de especies exóticasinvasoras
3.1 Ámbito de aplicación, contenido y características.
3.2 Efectos de inclusión de especies en el Catálogo. Red
de alerta.
3.3 Características y contenidos de las estrategias de
gestión, control y posible erradicación.
4. Problemática de las especies invasoras en islas
4.1 Gatos asilvestrados: métodos de control y
recomendaciones.
4.2 Control biológico: Principios generales y descripción.
Tóxicos: anticoagulantes de primera y segunda generación
4.3 La reproducción como método de control: principios
generales y descripción
5. LEY 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de
la fauna silvestre en los parques zoológicos
5.1 Objeto y Ámbito de aplicación.
5.2 Medidas de conservación. Autorización e inspección.
5.3 Registros de parques zoológicos.
6. Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de
Especies Protegidas
6.1 Especies protegidas de Canarias. Criterios para la
catalogación, descatalogación o cambio de categoría de una
especie, subespecie o población catalogada “peligro de
extinción” o “vulnerable”.
6.2 Criterios para la catalogación, descatalogación o
cambio de categoría de una especie,subespecie o población
declarada “de interés para los ecosistemas canarios”.
6.3 Criterios para la catalogación, descatalogación o
cambio de categoría de una especie,subespecie o población
declarada como de “protección especial”.
7. ORDEN de 28 de marzo de 2014, por la que se aprueba
la estrategia para la erradicación del uso ilegal de veneno
en el medio no urbano de Canarias. Protocolo técnico de
actuación de losCentros deRecuperación y los Laboratorios
Toxicológicos en casos de envenenamientos.
7.1 Realización de la necropsia
7.2. Toma de muestras para análisis toxicológico
7.3. Análisistoxicológicos.Interpretación de losresultados
analíticos y elaboración de informe toxicológico. Informe
definitivo.
8. Directrices paraReintroducciones y otrasTranslocaciones
para fines de conservación
8.1 Definiciones y clasificación. Selección de sitios y áreas
de liberación.
8.2 Estrategia de liberación. Bienestar animal.
8.3 Riesgos para la población origen. Consecuencias
ecológicas de la translocación.
9. La gestión “ex situ” como herramienta de conservación.
9.1 Definición de funciones que puede desempeñar la
gestión ex situ, en el conjunto de la conservación de la especie.
9.2 Determinación de las características y dimensiones
de la población ex situ para conservación de la especie:
Factores Biológicos.
9.3 Definición de losrecursos y la pericia necesaria para
que el programa de gestión ex situ cumpla sus funciones
y evaluación de la viabilidad y los riesgos.
10. DECRETO 94/2013, de 5 de septiembre, por el que
se aprueba el Plan deRecuperación del Pinzón Azul de Gran
Canaria (Fringilla Teydea Polatzeki)
10.1 Finalidad y alcance. Características de la especie.
10.2 Objetivos y Acciones para el desarrollo de dichos
objetivos.
10.3 Parámetros de Evaluación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12315
11. Proyecto Life -Pinzón Azul de Gran Canaria (Fringilla
polatzeki)
11.1 Marco Legal para la especie. Objetivos del proyecto.
Acciones a desarrollar durante su vigencia. Resultados
esperados.
11.2 Translocación de ejemplares: factores a considerar
en la evaluación de viabilidad de esta acción.
11.3 Mejora de la estrategia de reproducción del centro
de cría en cautividad.
12. Anillamiento Científico de aves (I)
12.1 Manipulación del ave, almacenamiento y transporte.
12.2 El proceso de anillamiento: Secuencia del proceso.
12.3 Accidentes
13. Anillamiento Científico de aves (II)
13.1 Determinación del sexo.
13.2 Biometría.
13.3 Determinación de la condición física. Parásitos.
14. Palomas Endémicas de Canarias
14.1 Diferencias morfológicas. Hábitats.
14.2 Alimentación. Reproducción. Amenazas.
14.3 Medidas de Conservación del Hábitat y medidas de
Conservación directas.
15. Anatomía y fisiología de las aves, particularidades
(I)
15.1 Osificación ósea. Modificaciones óseas adaptadas
para el vuelo.
15.2 Cintura pectoral. Cintura pelviana.
15.3 Miembro torácico: características óseas. Miembro
pelviano: características óseas.
16. Anatomía y fisiología de las aves, particularidades
(II)
16.1 Sistema respiratorio: Pulmones, Bronquios y
Parabronquios.
16.2 Intercambio gaseoso.
16.3 Sacos Aéreos: clasificación y funciones.
17. Anatomía ocular de las aves
17.1 Recuerdo anatomo- fisiológico. Anatomía del ojo
de las aves.
17.2 Zonas anatómicas de lasregiones anterior y posterior
del ojo.
17.3 Exploración oftalmológica: Inspección clínica antes
y posterior a la captura.
18. Patología ocular de las aves (I)
18.1 Instrumental necesario para la exploración
oftalmológica. Aspectos a examinar con el ave en mano.
18.2 Pruebas diagnósticas para la detección de patologías
oculares.
18.3 Clasificación de las afecciones oftalmológicas
según su etiología.
19. Patología ocular de las aves (II)
19.1 Clasificación de las afecciones oftalmológicas de
acuerdo a su localización
19.2 Cámara anterior.
19.3 Cámara posterior.
20. Traumatología en aves
20.1 Valoración preliminar. Inmovilizaciones externas
o Técnicas no quirúrgicas. Otras técnicas Conservadoras.
20.2 Técnicas quirúrgicas: principios generales. Anestesia.
20.3 Técnicas quirúrgicas para estabilización de fracturas.
Refracturas. Politraumatizados. Seguimiento postoperatorio.
21. Rehabilitación de fauna Silvestre
21.1 Rehabilitación de aves Silvestres. Necesidades de
los pacientes hospitalizados. Liberación: Instalaciones y
técnicas de musculación.
21.2 Criterios técnicos para la puesta en libertad.
21.3 Tipos de liberación: Suelta directa. Fostering.
Hacking.
22. Manejo de aves marinas petroleadas
22.1 Efectos de los hidrocarburos.
22.2 Protocolo de actuación.
22.3 Limpieza de las aves.
23. Incubación artificial (I)
23.2 Sala de incubación: control de parámetros ambientales.
23.2 Tipos de incubadoras. Termómetros e higrómetros.
Desinfección de incubadoras.
23.3Recolección, limpieza, desinfección y almacenamiento
de huevos.
24. Incubación artificial (II)
24.1 Técnicas de desinfección de huevos.
24.2 Proceso de Incubación: control de parámetros.
24.3 Efectos de temperatura incorrecta.
25. Incubación artificial (III)
25.1 Desarrollo embrionario: Momentos críticos del
desarrollo embrionario.
25.2 Monitorización del desarrollo embrionario.
12316 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
25.3 Reparación de huevos.
26. Incubación artificial (IV)
26.1 Eclosión no asistida. Eclosión asistida. Extracción
del pollo.
26.2 Dificultades por mal posicionamiento del pollo a
nacer.
26.3 Causas de mortalidad de embriones bien formados.
27. Especies de tortugas marinas presentes en Canarias
27.1 Familia Dermochelyidae yCheloniidae Identificación.
27.2 Hábitat. Alimentación.
27.3 Biología reproductiva.
28. Causas de mortalidad en tortugas marinas varadas
en las Islas Canarias
28.1 Problemas nutricionales y metabólicos.
28.2 Enfermedades bacterianas. Enfermedades micóticas.
Enfermedades víricas. Enfermedades parasitarias.
28.3 Patología Medioambiental.
29. Recepción de tortugas marinas
29.1 Transporte e instalaciones.
29.2 Exploración externa.
29.3 Métodos diagnósticos: Exploración radiológica.
Exploración ecográfica.
30. Métodos diagnósticos en tortugas marinas
30.1 Analíticas sanguíneas: hematología y bioquímica.
30.2 Tratamientos médicos: vías de administración.
Antibioterapia.
30.3 Alimentación de tortugas hospitalizadas.
31. Tratamientos quirúrgicos en tortugas marinas:
31.1 Extracción de anzuelos. Reparación de
caparazón/plastrón.
31.2 Obstrucciones por cuerpo extraño. Amputación de
extremidades.
31.3 Reintroducción de tortugas rehabilitadas.
32. Manejo de tortugas petroleadas
32.1 Efectos de los hidrocarburos.
32.2 Protocolo de actuación con tortugas petroleadas.
32.2 Tratamiento.
33. Cetáceos presentes en Canarias (I)
33.1 Orden Misticetos: FamiliaBalaenopteridae: Especies
presentes.
33.2 Características morfológicas.
33.3 Biología y ecología.
34. Cetáceos presentes en Canarias (II)
34.1 Orden Odontocetos: Familias Koggidae y
Globicephalidae: Especies presentes.
34.2 Características morfológicas.
34.3 Biología y ecología.
35. Cetáceos presentes en Canarias (III)
35.1Orden Odontocetos: Familia Ziphiidae: Especies
presentes.
35.2 Características morfológicas.
35.3 Biología y ecología.
36. Cetáceos presentes en Canarias (IV)
36.1 Orden odontocetos: Familia Delphinidae: Especies
presentes.
36.2 Características morfológicas.
36.3 Biología y ecología.
37. Varamiento de cetáceos (I)
37.1 Síndrome de varamiento. Actuaciones clínicas
inmediatas y transporte del cetáceo.
37.2 Exploración y métodos diagnósticos.
37.3 Vías de administración de tratamientos.
38. Varamiento de cetáceos (II)
38.1 Valoración del estado de salud del ejemplar/es.
Circunstancias en las que liberar, rehabilitar o eutanasiar
un cetáceo varado. La Eutanasia.
38.2 Que no se debe de hacer con un cetáceo varado.
38.3 Material necesario para intervenir en un varamiento.
39. Manejo de cetáceos y focas petroleadas
39.1 Efectos de los hidrocarburos en los cetáceos.
39.2 Efectos de los hidrocarburos en focas.
39.3 Protocolo de actuación: Transporte, Tratamiento y
Liberación de focas petroleadas.
40. Reptiles presentes en Canarias
40.1 Familias Gekkonidae, Phyllodactylidae y Scincidae.
40.2 Identificación y distribución.
40.3 Alimentación y reproducción.
41. Reptiles de Canarias
41.1 Familia Lacertidae.
41.2 Identificación y distribución.
41.3 Alimentación y reproducción.
42. Ordenación de las explotaciones porcinas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12317
42.1 Marco legal. Clasificación y Zootécnica de las
Explotaciones Porcinas.
42.2 Calificación Sanitaria de las Explotaciones Porcinas.
42.3 Condiciones Mínimas de Funcionamiento de las
Explotaciones.
43. Bienestar animal en las explotaciones porcinas.
43.1 Normas mínimas para la protección de cerdos.
Marco legal.
43.2 Condiciones de cría en las explotaciones de cerdos.
Control y formación del personal.
43.3 Condiciones generales en las instalaciones y de
los animales.
44. Explotaciones de ganado porcino extensivo.
44.1 Marco legal. Clasificación de las explotaciones
porcinas extensivas.
44.2 Densidad ganadera.
44.3Contenidomínimo del libro de registro de explotación.
45. Programa nacional de conservación, mejora y fomento
de las razas ganaderas.
45.1 Marco legal.
45.2Reglamentación específica de loslibros genealógicos.
45.3Contenidos mínimos. Métodos para la identificación.
46. Razas autóctonas canarias.
46.1 Principales razas. Marco legal.
46.2 Raza Bovina Canaria.
46.3 Prototipo racial.
47. Reglamentación específica del libro genealógico de
la raza Caprina Majorera.
47.1 Prototipo racial. Sistema de calificación.
47.2 Identificación de los animales. División del libro
genealógico.
47.3 Requisitos para la inscripción de los animales en
los distintos registros.
48. Reglamentación específica del libro genealógico de
la raza Ovina Canaria.
48.1 Prototipo racial. Sistema de calificación.
48.2 Identificación de los animales. División del libro
genealógico.
48.3 Requisitos para la inscripción de los animales en
los distintos registros.
49. Reglamentación específica del libro genealógico de
la raza Porcina Negra Canaria.
49.1 Prototipo racial. Sistema de calificación.
49.2 Identificación de los animales. División del libro
genealógico.
49.3 Requisitos para la inscripción de los animales en
los distintos registros.
50. Ordenación de explotaciones apícolas.
50.1 Marco legal.
50.2 Clasificación zootécnica de las explotaciones.
50.3 Identificación de las colmenas.Código de explotación.
51. Documento de explotación apícola y trashumancia.
51.1 Condiciones mínimas de las explotaciones apícolas.
51.2 Medidas de protección animal. Control sanitario.
51.3 Trashumancia.
52. Norma de calidad relativa a la miel.
52.1 Marco legal. Objeto.
52.2 Ámbito de aplicación.
52.3 Descripción, definición y denominación de los
productos.
53. Marca de Garantía “Gran Canaria Calidad”.
53.1 Reglamento de uso de la marca “Gran Canaria
Calidad”.
53.2 Objeto. Titularidad de la marca.
53.3 Productos amparados por la Marca de Garantía.
54. Normas de sanidad y protección animal durante el
transporte.
54.1 Marco legal europeo y nacional.
54.2 Real Decreto 542/2016. Disposiciones generales.
54.3 Objeto y ámbito de aplicación.
55.Real Decreto 542/2016. Normas de sanidad y bienestar
animal en el transporte.
55.1 Obligaciones de los transportistas. Autorización
de los transportistas.
55.2 Autorización de los medios de transporte y
contenedores.
55.3 Validez de las autorizaciones.
56. Real Decreto 542/2016. Documentos del transporte
de animales.
56.1 Registro de actividad.
56.2 Formación en materia de protección de los animales
durante el transporte.
56.3 Registro de transportistas, medios de transporte y
contenedores.
12318 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
57. Real Decreto 728/2007
57.1 Registro general de movimientos de ganado.
57.2 Registro general de identificación individual de
animales.
57.3 Objeto y ámbito de aplicación. REMO.
58. Real Decreto 728/2007. RIIA.
58.1 Comunicación de movimientos de ganado por los
titulares de una explotación o los poseedores de animales.
58.2 Documento de movimiento.
58.3Control de identidad en los movimientos de animales.
59. Protección de los animales en el momento de la
matanza: Métodos y controles de aturdimiento.
59.1 Operaciones de manejo y sujeción en los mataderos.
59.2 Vaciado sanitario y matanza de emergencia.
59.3 Diseño, construcción y equipamiento de losmataderos.
Normas de funcionamiento de los mataderos.
60. Ordenación Sanitaria del mercado de los animales:
Comercio, transporte y movimiento pecuario dentro del
territorio nacional.
60.1 Certámenes de ganado y centros de concentración
de animales.
60.2 Mataderos. Salas de tratamiento y obradores de caza.
60.3 Mapas epizootiológicos.
61. Productos zoosanitarios y para la alimentación
animal: Medicamentos veterinarios.
61.1 Otros productos zoosanitarios.
61.2 Productos para la alimentación animal: Autorización
administrativa y Limitaciones.
61.3 Cláusula de salvaguardia.
62. Prevención de las enfermedades de los animales.
62.1 Obligaciones de los particulares. Medidassanitarias
de salvaguardia.
62.2 Planes de gestión de emergencias sanitarias.
62.3 Introducción de material infeccioso y deber de
información. Intercambio con terceros países.
63. Lucha, control y erradicación de enfermedades de
los animales.
63.1 Obligaciones de los particulares. Actuaciones
inmediatas en caso de sospecha.Confirmación y declaración
oficial de la enfermedad.
63.2 Tratamiento, vacunaciones y sacrificio obligatorio.
Saneamiento de losfocos y extinción oficial de la enfermedad.
63.3 Programas nacionales de prevención, control, lucha
y erradicación de enfermedades de los animales y situaciones
de emergencia.
64.Controles oficiales en relación con los establecimientos
comunitarios.
64.1 Autorización de los establecimientos.
64.2 Principios generales de los controles oficiales de
todoslos productos de origen animal incluidos en el ámbito
de aplicación del Reglamento (CE) 854/2004.
64.3 Carne fresca. Medidas en caso de incumplimiento.
65. Programa de vigilancia de la Influenza Aviar en
España 2017.
65.1 Descripción del programa de vigilancia en aves
domésticas. Descripción y aplicación del programa de
vigilancia en aves silvestres.
65.2 Situación epidemiológica de la enfermedad en aves
domésticas en los últimos 5 años.
65.3 Descripción de la situación de la enfermedad en aves
silvestres durante los últimos 5 años.Medidas en vigorrespecto
a la notificación de la enfermedad.
66. Programa Nacional Plurianual de Vigilancia, Control
y Erradicaciones de la Encefalopatía Espongiforme Bovina
Años 2016-2017.
66.1 Descripción del programa. Descripción de la
situación epidemiológica de la enfermedad. Medidas
contempladas en el programa.
66.2 Vigilancia en el Ganado Bovino (EEB). Pruebas a
realizar para el diagnóstico de la EEB en la especie bovina.
66.3 Manual para la toma de muestras y su envío al
laboratorio.
67. Programa Nacional Plurianual de Vigilancia, Control
y erradicación de la encefalopatía Espongiforme de los
pequeños rumiantes (Tembladera) Años 2016-2017.
67.1 Descripción del Programa. Descripción de la
situación epidemiológica de la enfermedad.
67.2 Medidas contempladas en el programa: autoridades
encargadas de la coordinación y ejecución del programa.
67.2 Sistemas en vigor para elregistro de las explotaciones
pecuarias. Sistema en vigor para la identificación de
animales.
67.3 Medidas en vigor para la notificación de la enfermedad.
Reparto del Muestreo por CCAA: Ovino y Caprino (datos
sólo de C.A. de Canarias).
68. Programa Nacional Plurianual de Vigilancia, Control
y erradicación de la encefalopatía Espongiforme de los
pequeños rumiantes (Tembladera) Años 2016-2017.
68.1 Medidas contempladas en el programa: Seguimiento
ovinos y caprinos: Vigilancia activa y pasiva.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12319
68.2 Erradicación: Medidas tras la sospecha de un caso de EETs en ovino y caprino.
68.3 Medidas tras la confirmación de un caso de EETs en ovino y caprino.
69. Información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio. (I)
69.1 Objeto y ámbito de aplicación. Definiciones.
69.2 Responsabilidades y obligaciones de los operadores de los mataderos y obligaciones de las autoridades competentes.
69.3 Actuaciones en caso de incumplimiento. Comunicación de los resultados de la inspección sanitaria. Infracciones y
Sanciones.
70. Información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio. (II)
70.1 Normas de adecuación para la remisión de la información sobre la cadena alimentaria.
70.2 Ámbitos/campos mínimos de información de la cadena alimentaria.
70.3 Datos mínimos de que deben disponer los operadores de explotaciones ganaderas que críen animales para sacrificio,
con objeto de suministrar la información de la cadena alimentaria.
71. Recogida de cadáveres en explotaciones ganaderas.
71.1 Condiciones Generales de recogida y trasporte. Condiciones específicas de recogida de cadáveres en materia de
EET y suspensión de la recogida por la aparición de un brote de enfermedad.
71.2 Condiciones mínimas de bioseguridad en el almacenamiento de los animales muertos en las explotaciones ganaderas.
Protocolo de los centros de limpieza y desinfección de vehículos.
71.3 Desinfectantes y otros productos químicos para labores de limpieza, desinfección y desinsectación.
72. Subproductos de origen animal no destinados a consumo humano- Orientación sobre nuevo marco legal.
72.1 Categorización, eliminación y uso de los subproductos.
72.2 Excepciones a la eliminación y uso de los subproductos.
72.3 Recogida, transporte e identificación de los subproductos. Trazabilidad. Autorización y registro de explotadores.
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE TÉCNICO
ESPECIALISTA EN INFORMÁTICA, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL CABILDO
DE GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES
CLASE: COMETIDOS ESPECIALES.
GRUPO C, SUBGRUPO C1.
NÚMERO DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 18,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
9.
9Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 16,20 euros
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 14,40 euros
Tasa por Discapacidad: 9,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Bachiller, Técnico de Grado Medio, o equivalente.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
12320 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos
requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a) Primer ejercicio.Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntastipo test, con tresrespuestas alternativas
y sólo una de ellas correcta, durante un periodo máximo de 60 minutos, relacionadas con las materias comunes del temario.
Cada pregunta no acertada descontará un cuarto de una acertada; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(número de aciertos - (número de errores/ 4)) / número de preguntas] x 10
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 65 preguntas, siendo las 60 primeras ordinarias y evaluables, y las
cinco últimas, de reserva. En el caso de que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una o varias preguntas ordinarias,
establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por
su orden.
b) Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, seis epígrafes de
diferentestemas a elegir entre diez, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto lostemas como los epígrafes
serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de temas de las
bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un caso práctico a elegir
entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función de las
materias específicas del temario.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la publicación
de las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12321
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
EXPERIENCIA PROFESIONAL Puntos/mes servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
12322 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Titulación académica Puntuación
Título Universitario (Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Título de Grado + Máster,
Master Universitario, Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico. 7,5
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 6,0
Bachiller o equivalente 4,5
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 4,0
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 2,0
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12323
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Acreditación: Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o
aprovechamiento, en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de
celebración. Escudo,sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4 Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos:
a. Se valorarán las publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones de la categoría convocada,
siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación el nombre de la
persona autora.
Tipo Puntos
Por libro completo (con ISBN) 5
Por capítulo de libro (con ISBN) 3
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congresos y conferencias 2
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
b. Se valorará la pertenencia de certificados de profesionalidad que acredite cualificacionesrelacionados con la categoría
convocada. Sólo se admitirán los certificados de profesionalidad expedidos por el Servicio Público de Empleo (SEPE) o
los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Nivel Puntos
Nivel 3 6
Nivel 2 4
Nivel 1 2
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de los mismos
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
12324 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO ESPECIALISTA EN INFORMÁTICA
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN
1. La Constitución Española de 1978:
1.1. Estructura y contenido esencial.
1.2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
1.3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
2. La Organización territorial del Estado.
2.1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2.2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
2.3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
3. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
3.1. Organización: órganos de gobierno.
3.2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12325
3.3. Régimen de las normas y actos de los órganos de
los CabildosInsulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(I):
4.1. Clases de interesados en el procedimiento.
Representación. Identificación y firma de los interesados
en el procedimiento administrativo.
4.2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
4.3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(II):
5.1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
5.2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
5.3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
6.1.Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos.
6.2. Situaciones Administrativas. Página 2 de 2
6.3. Deberes y código de conducta.Régimen disciplinario.
7.LaLey Orgánica 3/2007, de 22 demarzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres:
7.1. El principio de igualdad y la tutela contra la
discriminación.Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
7.2. Políticas públicas para la igualdad: principios
generales.
7.3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
8. Prevención de Riesgos laborales.
8.1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios
de la acción preventiva.
8.2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria
8.3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica (I)
1.1 Principios básicos.
1.2 Auditoría de la Seguridad.
1.3 Categorías de los sistemas
2. Esquema Nacional de Interoperabilidad en el Ámbito
de la Administración Electrónica.
2.1 Principios básicos
2.2 Interoperabilidad técnica y semántica
2.3Recuperación y conservación del documento electrónico
3. Metodología ITIL V3, I
3.1 Procesos de gestión de servicios TI
3.2 Arquitectura
3.3 Entrega de servicios
4. Metodología ITIL V3, II
4.1 Soporte de servicios.
4.2 Gestión de problemas
4.3 Gestión de la configuración
5. Metodología ITIL V3, II
5.1 Gestión de cambios
5.2 Gestión de la continuidad de los servicios TI
5.3 Gestión de la disponibilidad.
6. Arquitectura de aplicaciones JEE.
6.1 Patrones de Diseño.
6.2 Spring, WS Soap y Rest
6.3 Apache CXF.
7. Arquitectura de aplicaciones JEE
7.1 Servidores de aplicaciones JBoss
7.2 Servidores Tomcat
7.3 Servidores Apache.
8. Arquitectura de aplicaciones .NET.
8.1 Patrones de Diseño
8.2 WS.
8.3 Servidores de aplicaciones IIS
9. Tecnologías Web Front-End I.
9.1 XML
9.2 Html5
9.3 CSS
12326 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
10. Tecnologías Web Front-End I.
10.1 JSP, JSF, Javascript.
10.2 Usabilidad y Accesibilidad Web.
10.3 Frameworks de Acceso a Datos.
11. Gestión de la calidad del software.
11.1 Integración Continua.
11.2 Desarrollo dirigido a pruebas.
11.3 Sistemas de control de versiones.
12. Desarrollo seguro de aplicaciones.
12.1 Java vs .NET
12.2 Clientes Web
12.3 Servicios Web.
13. Programación en JAVA.
13.1 Persistencia de objetos.
13.2 Optimización del rendimiento y seguridad de las
aplicaciones.
13.3 Arquitectura de desarrollo en la web con Tecnología
JAVA.
14. Herramientas de desarrollo y gestión de proyectos
JAVA.
14.1 Frameworks de desarrollo.
14.2 Herramientas para la realización de pruebas.
14.3 Herramientas de gestión de proyectos.
15. Gestión de configuraciones.
15.1 Conceptos
15.2 Herramientas de control de versiones delsoftware.
15.3 Herramientas de gestión de configuraciones.
16. El lenguaje SQL.
16.1 Características generales
16.2 Estructura.
16.3 Operaciones sobre conjuntos
17. El lenguaje SQL.
17.1 Funciones de agregación.
17.2 Modificación de las BBDD
17.3 Lenguaje de definición de datos.
18. Administración básica en sistemas gestores de bases
de datos.
18.1 Oracle.
18.2 SQL Server y MySQL.
18.3 PostgreSQL.
19. Bases de datos Oracle
19.1 Transacciones
19.2 Gestión de bloqueos
19.3 Procedimientos almacenados y triggers.
20. Bases de datos PostgreSQL
20.1 Transacciones
20.2 Gestión de bloqueos
20.3 PLpg/SQL
21. Sistemas de Gestión de Bases de No Relacionales.
21.1 Principios básicos
21.2 Tipologías
21.3 Uso de los sistemas de Gestión de Bases de Datos
no relacionales.
22. Sistemas de gestión y monitorización de sistemas y
redes de telecomunicaciones I.
22.1 Herramientas de monitorización
22.2 Herramientas de evaluación del rendimiento
22.3 Herramientas de evaluación de la calidad delservicio
23. Sistemas de gestión y monitorización de sistemas y
redes de telecomunicaciones II
23.1 Herramientas de gestión de logs
23.2 Herramientas de análisis
23.3 Herramientas de gestión de inventario
24. Arquitectura y diseño de redes IP:
24.1 Direccionamiento y enrutamiento.
24.2 Segmentación y gestión de la configuración.
24.3 Redes Locales Virtuales (VLAN).
25. Seguridad en Redes I
25.1 Sistemas de cifrado
25.2 Certificados digitales y DNI Electrónico
25.3 Autoridades de certificación y Firma Digital.
26. Seguridad en Redes II
26.1 El protocolo SSL y otros protocolos de Seguridad.
26.2 Servicios de autenticación y servicios de directorio.
26.3 Localización de claves públicas.
27. Seguridad en los Sistemas de Información.
27.1 Políticas de Seguridad.
27.2 Sistemas de copia.
27.3 Antispam, Detección de intrusos y Monitorización.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12327
28. Sistemas operativos UNIX y LINUX
28.1 Administración y Arquitecturas del sistema.
28.2 Sistemas de archivos.
28.3 Gestión de procesos y memoria.
29. Sistemas operativos Windows
29.1 Administración y Arquitecturas del sistema.
29.2 Sistemas de archivos.
29.3 Gestión de procesos y memoria.
30. Administración de Servidores.
30.1 Operaciones más habituales de mantenimiento.
30.2 Seguridad en servidores.
30.3 Mecanismos de seguridad en los sistemas operativos.
31. Gestión documental y gestión de contenidos.
31.1 Herramientas de gestión documental
31.2 Herramientas de gestión de contenidos
31.3 La gestión documental del expediente electrónico.
32. Desarrollo de Aplicaciones Móviles
32.1 Sistemas Android
32.2 Sistemas IOS
32.3 Entornos de desarrollo de aplicaciones móviles
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA, POR ELTURNO LIBRE, DE DOS PLAZAS DE TÉCNICO
ESPECIALISTA INFORMADOR, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL CABILDO DE
GRAN CANARIA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES.
CLASE: COMETIDOS ESPECIALES.
GRUPO C, SUBGRUPO C1.
NÚMERO DE PLAZAS: Dos.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 18,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
10.
10Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 16,20 euros
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 14,40 euros
Tasa por Discapacidad: 9,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Bachiller, Técnico de Grado Medio, o equivalente.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad
funcional, de habilitación, titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
12328 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Todos estos requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente del modelo
de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso la copia compulsada
del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.2. Parte teórica
c) Primer ejercicio.Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntastipo test, con tresrespuestas alternativas
y sólo una de ellas correcta, durante un periodo máximo de 60 minutos, relacionadas con las materias comunes del temario.
Cada pregunta no acertada descontará un cuarto de una acertada; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(número de aciertos - (número de errores/ 4)) / número de preguntas] x 10
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 65 preguntas, siendo las 60 primeras ordinarias y evaluables, y las
cinco últimas, de reserva. En el caso de que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una o varias preguntas ordinarias,
establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por
su orden.
d) Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, seis epígrafes de
diferentestemas a elegir entre diez, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto lostemas como los epígrafes
serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de temas de las
bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un caso práctico a elegir
entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función de las
materias específicas del temario.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la publicación
de las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12329
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que se posean a
fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no teniéndose en cuenta aquellos
obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen el tercer ejercicio (práctico) de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán
mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del
mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la
publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1 Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
12330 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Titulación académica Puntuación
Título Universitario (Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Título de Grado + Máster,
Master Universitario, Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico. 7,5
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 6,0
Bachiller o equivalente 4,5
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 4,0
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 2,0
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12331
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Acreditación: Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o
aprovechamiento, en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de
celebración. Escudo,sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4 Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos:
a. Se valorarán las publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones de la categoría convocada,
siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación el nombre de la
persona autora.
Tipo Puntos
Por libro completo (con ISBN) 5
Por capítulo de libro (con ISBN) 3
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congresos y conferencias 2
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
b. Se valorará la pertenencia de certificados de profesionalidad que acredite cualificacionesrelacionados con la categoría
convocada. Sólo se admitirán los certificados de profesionalidad expedidos por el Servicio Público de Empleo (SEPE) o
los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Nivel Puntos
Nivel 3 6
Nivel 2 4
Nivel 1 2
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de los mismos
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
12332 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE TÉCNICO ESPECIALISTA INFORMADOR
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN:
1. La Constitución Española de 1978:
1.1. Estructura y contenido esencial.
1.2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
1.3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
2. La Organización territorial del Estado.
2.1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2.2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
2.3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
3. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
3.1. Organización: órganos de gobierno.
3.2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12333
3.3. Régimen de las normas y actos de los órganos de
los CabildosInsulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(I):
4.1. Clases de interesados en el procedimiento.
Representación. Identificación y firma de los interesados
en el procedimiento administrativo.
4.2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
4.3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(II):
5.1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
5.2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
5.3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
6.1.Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos.
6.2. Situaciones Administrativas. Página 2 de 2
6.3. Deberes y código de conducta.Régimen disciplinario.
7.LaLey Orgánica 3/2007, de 22 demarzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres:
7.1. El principio de igualdad y la tutela contra la
discriminación.Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
7.2. Políticas públicas para la igualdad: principios
generales.
7.3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
8. Prevención de Riesgos laborales.
8.1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios
de la acción preventiva.
8.2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria
8.3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Herramientas para la transformación digital de las
Administraciones Públicas:
1.1 Carpeta ciudadana.
1.2 Cl@ve: Sistema de identificación electrónica.
1.3 Apoder@: registro electrónico de apoderamientos.
2. Herramientas para la transformación digital de las
Administraciones Públicas:
2.1 Habilit@: Registro de funcionarios habilitados.
2.2 ORVE/SIR: Solución de registro electrónico.
2.3 Plataforma de Intermediación de Datos.
3. La información administrativa.
3.1 La información general. La información particular.
3.2 Las funciones de atención al ciudadano.
3.3 Órgano responsable del servicio de información y
atención ciudadana en el Cabildo de Gran Canaria.
4. Las cartas de servicios en la Administración Pública.
4.1 Definición de las cartas de servicios. Estructura y
contenido de las cartas de servicios.
4.2 Elaboración y gestión de la carta de servicios.
4.3 Aprobación y difusión de las cartas de servicios.
Seguimiento de las cartas de servicios.
5. Definición del Programa de quejas y sugerencias.
5.1 Presentación y tramitación de las quejas y sugerencias.
Contestación.
5.2 Actuaciones de las unidades responsables.
5.3 Seguimiento y efectos.
6. La atención al ciudadano:
6.1 Definición y fases de la atención presencial.
6.2 Definición y fases de la atención telefónica.
6.3 Tipología de ciudadanos. Normas de redacción y
contenido del correo electrónico.
7. Conocimientos, actitudes y aptitudes del personal de
las Oficinas de Atención al Ciudadano.
7.1 Tratamiento de conflictos y atención a colectivos
especiales.
7.2 Instalaciones y mobiliario de una Oficina de Atención
al Ciudadano.
7.3 Asignación de espacios por usos.
8. Rediseño de procesos.
8.1 Metodología y herramientas para el rediseño de
procesos.
8.2 Los manuales de procedimiento. Finalidad y objetivos.
8.3 Elementos.
9. Fases de un proyecto de gestión del cambio.
12334 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
9.1 Factores de resistencia al cambio.
9.2 Gestión de equipos de trabajo.
9.3 Definición de equipos de trabajo. Diferenciación
entre grupos y equipos de trabajo.
10. Los canales de comunicación.
10.1 Comunicación verbal. Comunicación no verbal.
10.2 El feed-back. Tipos de Feed-back.
10.3 Condiciones idóneas para comunicar. Barreras en
la comunicación.
11. Definición de habilidadessociales para la comunicación.
11.1 Menú de habilidades sociales.
11.2 Pasos clave para practicar algunas habilidades.
Estilos de comunicación.
11.3 Estrategias para tratar a interlocutores con diferentes
actitudes.
12. La comunicación interna en las administraciones
públicas.
12.1 Lasrelaciones públicas como función administrativa.
12.2 La publicidad de losservicios y las políticas públicas.
12.3 Sociedad de Información y comunicación y
Administraciones Públicas. Niveles de presencia de las
administraciones públicas en la web.
13. Definición de tecnología web 2.0.
13.1 Objetivos de la tecnología web 2.0.
13.2 Sindicación de contenidos.
13.3 Blogs y wikis. Redes Sociales. Principales Redes
Sociales.
14. Gestión de cuentas corporativas.
14.1 Principios para seleccionar los contenidos.
14.2 Tipos y fuentes de contenidos.
14.3 Gestión de las menciones y comentarios en Redes
Sociales.
15. Redes Sociales.
15.1 Herramientas de ayuda en el manejo de Redes
Sociales.
15.2 ¿Cómo dinamizar las redes sociales? ¿Cuándo
dinamizar?
15.3 Criterios de selección y distribución de información
comunes a todas las redes sociales.
16. Redes Sociales.
16.1 Criterios de selección y distribución de información
en cada red social.
16.2 Uso y aplicación administrativa de lasredessociales.
16.3 Gestión interna y colaborativa de los empleados a
través de redes sociales.
17. Difusión de eventos y acciones en redes Sociales.
17.1 Relaciones con la ciudadanía: Gobierno Abierto.
17.2 Pilares del gobierno abierto. Retroalimentación.
17.3 Seguridad en el uso de redes sociales por parte de
la Administración
18. Concepto de Calidad.
18.1 Misión, visión y valores.
18.2 Evaluación y medición de la calidad.
18.3 Implantación de un sistema de calidad (SGC).
19. Concepto de Calidad.
19.1 Modelos de Gestión.
19.2 Auditorias de los Sistemas de Gestión de la Calidad.
19.3 Normalización y Certificación.
20. Definición de Modelos de Excelencia.
20.1 Los fundamentos de la Excelencia.
20.2 Los grandes modelos de Excelencia.
20.3 Relación ISO/EFQM.
21. Definición de Modelos de Excelencia.
21.1 La autoevaluación.
21.2 El modelo CAF para las Administraciones Públicas.
21.3 El modelo Ciudadanía.
22. Instrumentos de calidad y mejora.
22.1 Mejora continua.
22.2 Seis Sigma.
22.3Reingeniería de Procesos.Cuadro de Mando Integral.
Responsabilidad social Corporativa.
23. Tecnologías de la Información aplicadas a la Atención
al Ciudadano:
23.1 Sistemas de información, sistemas de gestión de
contenidos
23.2 Sistemas de gestión de citas, sistemas de gestión
de colas.
23.3 Sistemas de atención telefónica: Contact center.
24. Archivo electrónico de documentos
24.1 Política de gestión de documentos electrónicos
24.2 Metadatos. Documento y expediente electrónico
24.3 Herramientas para la gestión de documentos y
expedientes electrónicos
25. Información Pública en materia de Transparencia.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12335
25.1 Ámbito subjetivo de aplicación. Obligación de
suministrar información.
25.2 Publicidad activa. Principios generales
25.3 Información institucional, organizativa y de
planificación. Información de relevancia jurídica
26.El procedimiento de Solicitud de acceso a la información
pública.
26.1. Iniciación del procedimiento. Audiencia de terceras
personas.
26.2. Resolución: plazo y sentido del silencio. Acceso
a la información. Obtención de copias. Costes de acceso
a la información.
26.3 Medios de impugnación. Reclamación ante el
comisionado de transparencia y acceso a la información
pública
27. Infracciones y sanciones en materia de Transparencia
y acceso a la información.
27.1 Régimen. Responsables.
27.2 Infracciones y sanciones disciplinarias.
27.3 Infracciones y sanciones administrativas.
28. Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia
y de acceso a la información pública.
28.1 Objeto de la ley. Ámbito de aplicación. Personas
obligadas a suministrar información.
28.2 Definiciones. Principiosinformadores. Obligación
de transparencia.
28.3 Derechos y obligaciones.
29. Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia
y de acceso a la información pública.
29.1 Medios de acceso a la información. Unidades
responsables de la información pública.
29.2 Registro de solicitudes de acceso. Informes sobre
el grado de aplicación de la ley.
29.3 Límites al derecho de acceso. Protección de datos
personales.
30. Ley 8/2015, de 1 de Abril de Cabildos Insulares.
30.1 Información en materia organizativa. Información
sobre el personal de libre nombramiento.
30.2 Información en materia de empleo en el sector
público insular. Información de las retribuciones.
30.3 Información en materia normativa. Información
sobre los servicios. Información de los procedimientos.
31. Ley 8/2015, de 1 de Abril de Cabildos Insulares.
31.1 Información económico-financiera. Información
del patrimonio.Información de la planificación y programación.
31.2 Información de las obras públicas. Información en
materia de ordenación del territorio y urbanismo.
31.3 Información de los contratos. Información de la
concesión de servicios públicos. Información de las ayudas
y subvenciones.
32. Ley 8/2015, de 1 de Abril de Cabildos Insulares.
32.1 Deberes de información
32.2 Remisión de información de los cabildos insulares
32.3 Deber de información de la Administración pública
de la Comunidad Autónoma.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA,
POR EL TURNO LIBRE, DE TRES PLAZAS DE
AGENTE DE MEDIO AMBIENTE, DE LA
PLANTILLADE PERSONALFUNCIONARIO DEL
CABILDO DE GRAN CANARIA,INCLUIDASEN LA
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES.
CLASE: COMETIDOS ESPECIALES.
GRUPO C, SUBGRUPO C1.
NÚMERO DE PLAZAS: Tres.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 104, de 29 de agosto de 2018
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el
Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas, en el
plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente
al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio
en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en loslugares
señalados en la Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 18,00 euros, con las
bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal
11.
11Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 16,20 euros
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 14,40 euros
Tasa por Discapacidad: 9,00 euros.
Demandante de Empleo, con losrequisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017): 0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Bachiller, Técnico de
Grado Medio, o equivalente.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se
deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de
capacidad funcional, de habilitación, titulación, y demás
requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
Asimismo, se requiere estar en posesión del permiso de
conducir, clase B.
12336 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
Todos estos requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria, así como del permiso de conducir, se indicará en el
apartado correspondiente del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la
fase de concurso la copia compulsada del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada ejercicio será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación de la
siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana,
y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos alegados respecto
de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.3. Parte teórica
e) Primer ejercicio.Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntastipo test, con tresrespuestas alternativas
y sólo una de ellas correcta, durante un periodo máximo de 60 minutos, relacionadas con las materias comunes del temario.
Cada pregunta no acertada descontará un cuarto de una acertada; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(número de aciertos - (número de errores/ 4)) / número de preguntas] x 10
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 65 preguntas, siendo las 60 primeras ordinarias y evaluables, y las
cinco últimas, de reserva. En el caso de que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una o varias preguntas ordinarias,
establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por
su orden.
f) Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, seis epígrafes de
diferentestemas a elegir entre diez, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto lostemas como los epígrafes
serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar con el listado de temas de las
bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un caso práctico a elegir
entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada, en función de las
materias específicas del temario.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la publicación
de las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada (20%)
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12337
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
PRUEBAFÍSICALos aspirantes que hayan superado lostres ejercicios, tendrán que realizar una prueba física de resistencia,
de carácter eliminatorio, que consistirá en cubrir una distancia en sentido ascendente de 4 kilómetros aproximadamente,
a través de pista forestal, partiendo de la posición de parado, en un tiempo de 30 minutos, para los hombres y 35 para las
mujeres, portando un peso de 5 kilos desde el punto de salida hasta el de llegada. El aspirante deberá acudir a la prueba
con una mochila con el volumen indicado. Dicho volumen será previamente comprobado mediante balanza calibrada y
homologada. Su calificación será de “apto” o “no apto”.
Con carácter previo a la realización de esta prueba física,será necesario aportar un certificado médico extendido en impreso
oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la opositor/a reúne las condiciones
físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de esta prueba física.
Los aspirantes que superen el ejercicio práctico, tendrán un plazo para la aportación de este certificado médico de CINCO
DÍAS HÁBILES, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución del Tribunal relativa a las calificaciones
del tercer ejercicio.
La no presentación del mismo implicará la imposibilidad de realización de la prueba física. En cualquier momento del
desarrollo de la prueba física, el Tribunal Calificador podrá convocar a los aspirantes que considere oportuno, para la realización
de un control de dopaje mediante la recogida de una muestra de orina, cuya cuantía no será inferior a 100 mililitros. La
resistencia o negativa expresa por parte del aspirante a realizar dicha prueba, o su no presentación a la realización de la
misma en el lugar y tiempo en que sea convocado, de forma no justificada válidamente, supondrá la exclusión inmediata
del mismo en el proceso selectivo. Asimismo, será motivo de exclusión la obstrucción, no atención, dilación indebida,
ocultación y demás conductas que, por acción u omisión, eviten, impidan, perturben o no permitan realizar controles de
dopaje en la forma prevista en la Ley, o siempre que cualquier aspirante evite voluntariamente, por acción u omisión, la
recogida de muestras a que estuviese obligado a someterse. La lista de sustancias y métodos prohibidos que se usará de
referencia para determinar si un resultado analítico es desfavorable, será la publicada por la Agencia Mundial Antidopaje
(WADA) La detección de la presencia de cualquier cantidad de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos o marcadores,
en la muestra de orina de un aspirante, supondrá su exclusión del proceso selectivo, sin perjuicio del derecho de solicitud
de realización de contra-análisis que asiste al aspirante, así como de su recurso al Tribunal Calificador con las alegaciones
que estime oportunas.
Los aspirantes que reciban tratamiento habitual con alguna medicación susceptible de dar lugar a un resultado desfavorable,
deberán solicitar al Tribunal Calificador, con antelación suficiente a la realización de la prueba física (no inferior a 14 días),
una autorización de uso terapéutico.
El Tribunal aplicará los criterios de evaluación contenidos en el anexo II de la Convención Internacional contra el dopaje
en el deporte y en las normas para la concesión de autorizaciones de uso terapéutico adoptadas por la Agencia Mundial
Antidopaje.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, así como la prueba física, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente
los méritos que se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso,
no teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
Atal fin, lesserá requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes
que superen la prueba física de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se presentarán mediante el
modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación acreditativa del mismo en el
Registro General de la Corporación, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de
la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro General
del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, 23, planta baja, o en los lugares señalados en el Anexo II, con
sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos (art. 38.1 c), se deberá presentar la documentación en
sobre abierto para que conste el nombre de oficina de correos, fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo
realizarse a través del servicio denominado correo administrativo.
12338 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, losservicios prestados en el ámbito de la Administración Pública y sus Organismos
Autónomos, como funcionario, en la misma Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría, y en el mismo Grupo y Subgrupo,
que el que sea objeto de convocatoria, y en su caso, como personal laboral en categoría correlativa y del mismo Grupo
que la que sea objeto de convocatoria.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado los servicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Puntos/mes
EXPERIENCIA PROFESIONAL servicios prestados
1. Experiencia en la Administración Pública Territorial de ámbito insular. 0,15
2. Experiencia en los Organismos Autónomos de la Administración Pública de ámbito insular. 0,10
3. Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos. 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajadorfijo discontinuo, la puntuación se computará proporcionalmente
al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes documentos:
1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la Unidad de Recursos Humanos
correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la experiencia, en el que se especificará el tiempo
exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico, y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y
el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en la
convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficial superiores o distintas a la exigida para
participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando sea de la misma
especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura,
ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título Universitario (Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Título de Grado + Máster,
Master Universitario, Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico. 7,5
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 6,0
Bachiller o equivalente 4,5
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 4,0
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 2,0
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica
que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de
aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo de 4 puntos:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12339
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos
oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición
y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia
para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrá la misma valoración
que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en
el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del MarcoComún Europeo deReferencia
para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos, directamente, por las
Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursos impartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género, prevención
de riesgos laborales, derechos y deberes de los empleados públicos, ley de protección de datos, administración electrónica,
ley de transparencia, etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Acreditación: Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o
aprovechamiento, en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de
celebración. Escudo,sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia denominación del
curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
12340 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
1.2.4 Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos:
a. Se valorarán las publicaciones, ponencias y comunicacionesrelacionadas con lasfunciones de la categoría convocada,
siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación el nombre de la
persona autora.
Tipo Puntos
Por libro completo (con ISBN) 5
Por capítulo de libro (con ISBN) 3
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congresos y conferencias 2
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos del libro (editorial,
ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera y última página del
capítulo, así como el índice de capítulos en el que figure la contribución del
solicitante.
Contribuciones - Copia del resumen presentado.
a congresos - Copia que acredite el tipo de participación.
y conferencias - En caso de publicación: copia de la carátula e índice y créditos de la editorial (ej.
ISBN/ISSN), primera y última páginas de la contribución
b. Se valorará la pertenencia de certificados de profesionalidad que acredite cualificacionesrelacionados con la categoría
convocada. Sólo se admitirán los certificados de profesionalidad expedidos por el Servicio Público de Empleo (SEPE) o
los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Nivel Puntos
Nivel 3 6
Nivel 2 4
Nivel 1 2
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de los mismos
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso se
valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para la
obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios
sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación Los aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018 12341
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de
Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación
certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de nombramiento al órgano competente de la Corporación
que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se hará pública en el Tablón
de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. De conformidad
con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que se produzcan
renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su
contratación, el órgano de selección presentará relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales,
que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas, serán
integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo dispuesto en el
vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que se genere, también podrá
ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos de la isla, en virtud de los convenios
de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE AGENTE DE MEDIO AMBIENTE
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los candidatos,
para lo que se dispone en las bases publicadas en la web del Cabildo de Gran Canaria una bibliografía de referencia.
TEMARIO COMÚN:
1. La Constitución Española de 1978:
1.1. Estructura y contenido esencial.
1.2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
1.3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
2. La Organización territorial del Estado.
2.1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2.2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
2.3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
3. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
3.1. Organización: órganos de gobierno.
3.2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
3.3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los CabildosInsulares. Derecho de acceso a la información. Publicación
y acceso de la información.
12342 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(I):
4.1. Clases de interesados en el procedimiento.
Representación. Identificación y firma de los interesados
en el procedimiento administrativo.
4.2. Derechos de las personas en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas. Registros.
4.3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(II):
5.1. El acto administrativo. Formas de notificación y
publicación.
5.2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo.
Procedimientos de revisión de oficio.
5.3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba elTextoRefundido de laLey delEstatuto
Básico del Empleado Público.
6.1.Clases de personal alservicio de las Administraciones
Públicas. Derechos.
6.2. Situaciones Administrativas. Página 2 de 2
6.3. Deberes y código de conducta.Régimen disciplinario.
7.LaLey Orgánica 3/2007, de 22 demarzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres:
7.1. El principio de igualdad y la tutela contra la
discriminación.Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
7.2. Políticas públicas para la igualdad: principios
generales.
7.3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección
integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de
género.
8. Prevención de Riesgos laborales.
8.1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios
de la acción preventiva.
8.2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria
8.3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1.1 Iniciación del procedimiento administrativo: inicio
por denuncia, especialidades en el inicio del procedimiento
de naturaleza sancionadora y acuerdo de iniciación en los
procedimientos de naturaleza sancionadora.
1.2 Instrucción del procedimiento:Medios, período y práctica
de la prueba, petición y emisión de informes.
1.3 Finalización del procedimiento: Terminación en los
procedimientossancionadores, especialidades de la resolución
en los procedimientos sancionadores.
2. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes:
2.1 Concepto de monte y definiciones.
2.2 Clasificación de los montes.
2.3 Tipificación de las Infracciones.
3. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad.
3.1 Espacios Protegidos Red Natura 2000.
3.2 Tipificación de las infracciones.
3.3 Procedimientos para la captura o muerte de animales
y modos de transporte que quedan prohibidos.
4. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas
4.1 Clasificación y definiciones de los Bienes de Dominio
Público Marítimo Terrestre. 4.2 Servidumbres legales.
4.3 Infracciones.
5. Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias
5.1 Objeto y ámbito de aplicación.
5.2 Principios generales de la producción y gestión de
residuos.
5.3 Inspección de losresiduos y tipificación de infracciones.
6. Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias:
6.1 Configuración y funciones de los ConsejosInsulares
de aguas.
6.2 Uso del agua. Concesiones y autorizaciones.
6.3. Infracciones y sanciones.
7. Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios
Naturales Protegidos de Canarias.
7.1 Objeto, actividad de ordenación y criterios de
actuación de los poderes públicos.
7.2 Disposiciones generales de la ordenación de los
recursos naturales y el territorio.
7.3 Infracciones y sanciones en materia de ejecución y
edificación. Infracciones y sanciones en materia de medio
ambiente y el patrimonio histórico y natural
8. Ley 7/1998, de 6 de julio, de caza de Canarias
8.1 Disposiciones generales.
8.2 Terrenos en relación con la caza.
8.3 Requisitos generales para cazar.
9. Ley 7/1998, de 6 de julio, de caza de Canarias
9.1 Planificación y gestión de la caza.
9.2 De la representación y vigilancia de la caza.
9.3. Limitaciones y prohibiciones.
10. Ley 7/1998, de 6 de julio, de caza de Canarias
10.1 Infracciones graves y muy graves.
10.2 Infracciones leves y menos graves.
10.3 Sanciones. Comisos. Retirada y devolución de
armas. Prescripción de infracciones. Delitos y faltas.
11. Decreto 146/2001 prevención y extinción de incendios
forestales
11.1 Medidas preventivas generales y en caminos,
carreteras, vías pecuarias, líneas eléctricas y otrasinstalaciones
que discurran por terrenos forestales.
11.2 Uso del fuego en fincas agrícolas o forestales.
11.3 Autorizaciones.
12. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que
se aprueba el Reglamento de Armas
12.1Clasificación de las armasreglamentadas.Intervención
e inspección.
12.2 Documentación de la titularidad de las armas.
Licencias en general y tarjetas.
12.3 Disposiciones generalessobre tenencia y uso de armas.
13. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que
se aprueba el Reglamento de Armas
13.1 Infracciones administrativasrelacionadas con la tenencia
y uso de armas de caza en la legislación de seguridad
ciudadana.
13.2. Infracciones graves y sus sanciones. Infracciones
leves, y sus sanciones
13.3. Retirada de armas y de licencias. Imposición de
sanciones.
14. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal III
14.1 De los delitos y las personas criminalmente
responsables.
14.2 De los atentados contra la autoridad, sus agentes y
losfuncionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.
14.3 De la tenencia, tráfico y depósito de armas,municiones
o explosivos.
15. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal II
15.1 De los delitos contra losrecursos naturales y el medio
ambiente.
15.2 De los delitos relativos a la protección de la flora,
fauna y animales domésticos.
15.3 De los incendios.
16. Orden de 28 de marzo de 2014, por la que se aprueba
la estrategia para la erradicación del uso ilegal de veneno
en el medio no urbano de Canarias
16.1 Investigación preventiva (Fase I, Protocolo I).
16.2 Actuaciones iniciales para agentes de la autoridad
en la recogida de fauna o cebos presuntamente envenenados
y de investigación preliminar del delito (Protocolo II).
16.3 Actuaciones previas al inicio del procedimiento
administrativo sancionador.
17. Decreto 60/2014, de 29 de mayo, por el que se
aprueba el Plan Especial de Protección Civil y Atención
de emergencias por Incendios Forestales de Canarias
(INFOCA)
17.1 Índice de gravedad de los incendios Forestales y
situaciones operativas (niveles).
17. 2 Estructura y organización del plan: puesto de
mando avanzado;
17.3 grupo de intervención; director/a de extinción.
18. PLATECA: Decreto 98/2015, de 22 de mayo, por el
que se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de
Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias
(PLATECA)
18.1 Estructura de coordinación.
18.2 Centro de Coordinación Insular (CECOPIN).
18.3. Situaciones y niveles.
19. Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que
se regula elCatálogo español de especies exóticasinvasoras:
19.1 Definiciones.
19.2 Medidas de seguimiento general, prevención y
medidas urgentes.
19.3 Medidas de lucha contra las especies exóticas
invasoras y red de alerta para la vigilancia de especies exóticas
invasoras.
20. Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de
Especies Protegidas
12344 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 153, viernes 21 de diciembre de 2018
20.1 Catálogo Canario de Especies Protegidas y Banco
de Datos de Biodiversidad de Canarias. Definiciones.
20.2 Especies protegidas de Canarias. Modificación del
catálogo de especies protegidas.
20.3 Infracciones y sanciones.
21. Física del Fuego: Comportamiento del Incendio.
21.1 Técnicas de Extinción.
21.2 Actuaciones con herramientas manuales y con
agua.
21.3 Protección colectiva y protección individual(equipos
de protección individual en materia de incendiosforestales).
22. Comportamiento del Incendio
22.1Combustibles, meteorología y topografía.
22.2 Sistema de predicción del comportamiento CPS.
22.3 La emergencia por fuegosforestales. Transmisiones
y comunicaciones.
23. Selvicultura
23.1 Terminología selvícola.
23.2 Tratamientos generales, parciales y transitorios.
23.3 Herramientas selvícolas.
24. Repoblaciones
24.1 Definición.
24.2 Elección de especie.
24.3 Técnicas y procesos de forestación.
25. Plan Forestal de Canarias. Programas de actuación
25.1 Programa de repoblación forestal.
25.2 Directrices sobre repoblaciones forestales.
25.3 Actuaciones generales en materia de repoblación
Forestal.
26. Incendios forestales
26.1 Planificación preventiva, áreas cortafuegos, fuego
prescrito y educación ambiental para la prevención.
26.2 Investigación de la causalidad de los incendios
forestales. El método de las evidencias físicas.
26.3 Concepto y cálculo de la humedad del combustible
fino y muerto, la probabilidad de ignición y el índice de
riesgos de incendio.
27. Ley 8/1989, de 13 de julio, de creación del Cuerpo
de Agentes de Medio Ambiente de laComunidad Autónoma
de Canarias, y Decreto 133/1995, de 11 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de organización y
funcionamiento del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente
de la Comunidad Autónoma de Canarias.
27.1 Funciones delCuerpo de Agentes de Medio Ambiente.
27.2 Funciones de los Inspectores y de los Jefes de
Comarca.
27.3 Derechos y Deberes.
28. Decreto 124/1995, de 11 demayo, por el que se establece
el régimen general de uso de pistas en los espacios naturales
de Canarias
28.1 Régimen general.
28.2 Autorización administrativa.
28.3 Régimen sancionador.
29. Orden de 31 de agosto de 1993, por la que se regulan
las acampadas en los espacios naturales protegidos, montes
públicos y montes particulares.
29.1 Tipos de acampada.
29.2 Solicitudes de permiso y prohibiciones.
29.3 Anexos I y II. Zonas de acampada reducida y
colectiva.
30.RedCanaria de Espacios Naturales Protegidos en Gran
Canaria
30.1 Categorías de protección, definición y número.
30.2 Espacios naturales de Gran Canaria: clasificación
y enumeración
30.3 Instrumentos de ordenación de los Espacios Naturales
Protegidos.
31. Vegetación de Gran Canaria. Principalesformaciones:
31.1 El cardonal tabaibal, el Monteverde, el pinar y el
matorral de alta montaña. Características generales.
31.2 Flora y fauna más representativa.
31.3 Estado de conservación en Gran Canaria.
32.Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad:
32.1 Instrumentos para el conocimiento y la planificación
del patrimonio natural y de la biodiversidad.
32.2 Catalogación, conservación y restauración de
hábitats y espacios naturales protegidos.
32.3 Procedimientos para la captura o muerte de animales
prohibidos. Régimen sancionador.
Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de diciembre
de dos mil dieciocho.
LA CONSEJERA DE GOBIERNO DE RECURSOS
HUMANOS, ORGANIZACIÓN, EDUCACIÓN Y
JUVENTUD, P.D. CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR
(Acuerdo de 30-06-2015), María Isabel Santana Marrero.
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