En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 8), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 174, del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/ y en el Portal Funciona https://www.funciona.es/public/funciona/.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 38 plazas del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, Código 1000, por el sistema general de acceso libre y 11 de acceso por promoción interna, de las comprendidas en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 8).
1.2 Del total de las 38 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
1.3 Del total de las 11 plazas citadas para la cobertura por el sistema de promoción interna, se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
1.4 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.5 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva en el turno de acceso libre para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.
1.6 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad del turno de promoción interna se acumularán al resto de las plazas de acceso por este turno.
1.7 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril).
1.8 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
2.2 En cumplimiento del artículo 3.8 del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 («Boletín Oficial del Estado» del 8), se establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los opositores que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean idénticos.
2.3 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso-oposición, según los casos, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.4 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria teniendo la fase de oposición, descrita en el Anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.5 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios podrán coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de aplazamiento.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II de esta convocatoria.
4. Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán, además, cumplir los siguientes requisitos:
a) Pertenencia a Cuerpo o Categoría profesional:
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, o
– Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, que serán acreditadas mediante certificación del subdirector general o asimilado.
b) Antigüedad:
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en un Cuerpo o Escala del Subgrupo A2 de la Administración General del Estado o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del vigente Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, que serán acreditadas mediante certificación del subdirector general o asimilado.
6. Solicitudes
6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
6.2 La presentación se realizará preferentemente por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía telemática tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en la presente convocatoria, ésta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser presentada en los lugares previstos en la letra siguiente.
Las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante cumplimentación electrónica de la instancia en el modelo oficial (http://administracion.gob.es/PAG/ips).En este caso, el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Para efectuar el pago de esta tasa será necesario presentar el formulario de solicitud debidamente cumplimentado en la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, el formulario de solicitud podrá presentarse en el Registro General de Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, 28071-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número IBAN ES06-0182-2458-1002-0000-0489, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria desde el extranjero.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo indicadas en el Anexo IV deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
7. Tribunal
7.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
7.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
7.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en las demás disposiciones vigentes.
7.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
7.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
7.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, 28071-Madrid, teléfono 91-5975175 y 91-5977188, dirección de correo electrónico area-seleccion@fomento.es y dirección de Internet http://www.fomento.gob.es.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra Ñ, de conformidad con lo previsto en la Resolución de 18 de abril de 2017 («Boletín Oficial del Estado» del 20), de la Secretaría de Estado de Función Pública.
8.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, o en su caso, pondrán en conocimiento de la misma el que pudiera concurrir esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
8.3 En cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá requerir a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos y acordar, en su caso, su exclusión de no acreditarlos.
8.4 Los aspirantes que superen el proceso selectivo solicitarán destino utilizado exclusivamente medios electrónicos, a la vista de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
9. Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (www.administracion.gob.es), en la sede electrónica del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es) y en el Portal Funciona https://www.funciona.es/public/funciona/ toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
10. Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a su finalización y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
11. Norma final
11.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Fomento en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
11.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de enero de 2018.–La Subsecretaria de Fomento, Rosana Navarro Heras.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las fases de oposición y de curso selectivo, para los aspirantes del sistema de acceso libre; y de fase de oposición, de concurso y curso selectivo para los aspirantes de acceso por promoción interna.
1. Fase de oposición.
La oposición constará de cuatro ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de corrección, valoración y superación de los mismos que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Primer ejercicio:
Tanto para los aspirantes del turno de promoción interna como para los del turno de acceso libre consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas y sólo una de ellas correcta, en un tiempo de tres horas, sobre los temas que se incluyen en el Anexo II de esta convocatoria, de las cuales 25 preguntas corresponderán a cada uno de los cuatro grupos en que se divide el Programa.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta. Será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.
El tribunal hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio.
Segundo ejercicio:
Para ambos sistemas de acceso, este ejercicio está destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral del idioma inglés de los opositores, consistirá en las pruebas que a continuación se indican:
Parte A. Prueba escrita: En una sesión, los opositores efectuarán dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el tribunal, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo II de estas bases. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de dos horas.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los opositores depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.
Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones, que serán públicas, cada opositor procederá a la lectura de las traducciones realizadas en la prueba anterior. Para ello, cada opositor abrirá el sobre entregando la copia esta al tribunal y procediendo a la lectura del original. A continuación, el tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar en la lengua inglesa con el aspirante sobre materias que podrán no versar sobre el mismo tema que las traducciones escritas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos, de los cuales 5 corresponderán a la parte oral y 5 a la escrita. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad del aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes.
El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
Tercer ejercicio:
Para los aspirantes del turno de promoción interna, consistirá en el desarrollo oral de tres temas, durante un tiempo máximo de 30 minutos, de entre seis que se elegirán por sorteo, de las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
Cada aspirante extraerá:
Dos temas del grupo 2.
Dos temas del grupo 3.
Dos temas del grupo 4.
Seguidamente, de los seis temas extraídos el aspirante escogerá tres, uno por cada grupo antes citado.
Los aspirantes dispondrán de 10 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes, pudiendo durante la exposición consultar el guion elaborado.
Al terminar el opositor su exposición, el tribunal, durante un tiempo máximo de 15 minutos, podrá formular preguntas sobre los temas desarrollados o sobre otros que tengan relación con los mismos.
Para los aspirantes del turno de acceso libre consistirá en el desarrollo oral de cuatro temas, durante un tiempo máximo de 40 minutos, de entre ocho que se elegirán por sorteo, de las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
Cada aspirante extraerá:
Dos temas del grupo 1.
Dos temas del grupo 2.
Dos temas del grupo 3.
Dos temas del grupo 4.
Seguidamente, de los 8 temas extraídos el aspirante escogerá 4, uno por cada grupo antes citado.
Los aspirantes dispondrán de 10 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes, pudiendo durante la exposición consultar el guion elaborado.
Al terminar el opositor su exposición, el tribunal, durante un tiempo máximo de 15 minutos, podrá formular preguntas sobre los temas desarrollados o sobre otros que tengan relación con los mismos.
La calificación máxima del ejercicio, tanto para los aspirantes del turno de promoción interna como para los del turno libre, será de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el mismo.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en algunos de los temas.
La calificación vendrá determinada por la claridad en el desarrollo y exposición de ideas, la concreción y precisión del contenido de los temas expuestos.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en la resolución, por escrito, de cuatro supuestos prácticos elaborados por el tribunal sobre cualquiera de los temas que se incluyen en el Anexo II de esta convocatoria, tanto para acceso libre como para promoción interna.
El tribunal elaborará los supuestos de entre las materias recogidas en el Anexo II de la convocatoria atendiendo a la siguiente distribución:
– Dos supuestos correspondientes a las materias del grupo 2: uno del subgrupo 1 y uno del subgrupo 2.
– Dos supuestos correspondientes a las materias del grupo 3: uno del subgrupo 1 y uno del subgrupo 2.
Sin perjuicio de la distribución anterior, cualquiera de los supuestos podrá contener elementos referidos a las materias contenidas en la totalidad del programa que se recoge en el Anexo II de la convocatoria.
La realización del ejercicio se llevará a cabo en dos sesiones de cuatro horas de duración como máximo cada una, que se celebrarán preferentemente en un mismo día. En cada una de estas sesiones los opositores resolverán por escrito dos de los cuatro supuestos prácticos que componen el ejercicio.
La resolución de los supuestos será depositada en sobres. El tribunal procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación.
Este ejercicio, que tendrá una valoración única para los supuestos prácticos, se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo un máximo de 10 puntos a cada uno de los cuatro descritos y siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el mismo.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguno de los supuestos prácticos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso.
La fase de concurso tendrá por objeto la comprobación y calificación razonada de los méritos alegados. A tal efecto, los aspirantes que se presentan por el turno de promoción interna, y hayan superado la fase de oposición, deberán aportar el correspondiente Anexo V para su valoración, disponiendo de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de las notas del último ejercicio.
Se valorarán, a los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, los siguientes méritos:
Personal funcionario:
La antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; el grado personal y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros centros oficiales de formación de funcionarios, de acuerdo con la siguiente puntuación:
a) Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Grado personal. Se otorgará a cada aspirante por la posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de acreditación será mediante el Anexo V y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valoraran los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
Personal laboral:
La antigüedad del aspirante en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; la superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros Centros Oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente puntuación:
a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: por cada proceso selectivo 2 puntos con un máximo de 4 puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de acreditación será mediante el Anexo V y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valoraran los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
La puntuación final del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados anteriores.
3. Curso selectivo.
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 362/2017, de 8 de abril.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de documentación de los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de tres meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 362/2017, de 8 de abril.
El curso selectivo constará de distintos módulos relacionados con materias relativas, entre otras, a administración y función pública, gestión administrativa y gestión económico-financiera; y, en todo caso, incluirá los submódulos correspondientes a igualdad y violencia de género.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al menos 25 puntos para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, para el sistema de promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso, de oposición y en el curso selectivo, y para el sistema general de acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Fase de oposición.
2.º Cuarto ejercicio.
3.º Primer ejercicio.
4.º Tercer ejercicio.
5.º Segundo ejercicio.
4. Periodo de prácticas.
Una vez superado el curso selectivo y con ello concluido el proceso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y puertos del Estado.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá carácter selectivo, ni incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses, se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y puertos del Estado bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
ANEXO II
Programa
El programa de estas pruebas selectivas es el que figura a continuación:
1.er Grupo. Administración Pública: Organización y Funcionamiento.
1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional.
2. La estructura de poderes del Estado. Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.
3. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
4. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Fomento.
5. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: entidades que la integran.
6. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
7. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. Principios que rigen las relaciones de las Administraciones Públicas. Actividad de las administraciones públicas: derechos y deberes de los ciudadanos.
8. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
9. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos. Motivación, notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad de los actos. Disposiciones administrativas generales: jerarquía y competencia. Publicidad e inderogabilidad.
10. El procedimiento administrativo común y sus fases. Concepto de interesado. Iniciación y ordenación del procedimiento, instrucción, finalización. El silencio administrativo. Ejecución.
11. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
12. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Regulación, Principios y procedimientos. La indemnización: concepto y naturaleza. La responsabilidad civil y penal de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. La potestad sancionadora. Regulación, naturaleza y principios rectores de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.
13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
14. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
15. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.
16. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
2.º Grupo. Agua y Obras Hidráulicas, Puertos y Costas.
Subgrupo 1: Agua y Obras Hidráulicas.
1. Texto refundido de la Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Dominio Público Hidráulico: aguas públicas y privadas. Utilización del Dominio Público Hidráulico: servidumbres, usos comunes y privativos, concesiones y autorizaciones, registro de aguas y régimen jurídico de las comunidades de usuarios. Reconocimiento de derechos anteriores a 1986. Protección del Dominio Público Hidráulico: zonas de servidumbre y de policía, apeo y deslinde. Funciones del Estado en relación con el dominio público hidráulico.
2. Directiva Marco de Aguas. Objetivos medioambientales. Tipos de masas de agua, caracterización de masas de agua, presiones e impactos. Estado ecológico, potencial ecológico y designación de masas artificiales y muy modificadas. Características de la demarcación hidrográfica. Recuperación de costes. Programa de medidas. Planes hidrológicos de demarcación. Directivas relacionadas.
3. Cooperación internacional y participación pública. Principales convenios internacionales relacionados con la gestión de los recursos transfronterizos: Convenio de Albufeira, Convenio OSPAR, Convenio de Barcelona y Plan de Acción del Mediterráneo, Convenio RAMSAR, Acurdo de Tolouse, Conferencia de Directores Iberoamericanos del Agua (CODIA), Convenio de Helsinki. Principales organismos internacionales relacionados con la gestión de los recursos hídricos.
4. Legislación de aguas en relación a la calidad del agua. La Directiva 91/271/CEE. El Real-Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo. Las zonas sensibles: La Resolución de 25 de mayo de 1998. Vertidos. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertido. El Plan Nacional de Calidad de las Aguas: Saneamiento y Depuración, 2007-2015: contenido y situación actual. Procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea al Reino de España por incumplimiento de la Directiva 91/271/CEE.
5. Las zonas húmedas. Inventario. La delimitación de zonas húmedas. Mecanismos de protección y conservación de las zonas húmedas. Rehabilitación o restauración. Directivas de Hábitats y de Aves.
6. El régimen económico financiero de la Ley de Aguas. Canon de ocupación o utilización. El canon de control de vertidos. Canon de regulación y tarifa de utilización del agua. Distribución entre los beneficiarios. Canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica.
7. Principios generales de la administración pública del agua. El Consejo Nacional del Agua. Los Organismos de cuenca: configuración y funciones. Atribuciones y cometidos. Órganos de gobierno, administración y cooperación. Comité de autoridades competentes de las Demarcaciones Hidrográficas intercomunitarias. Hacienda y patrimonio. Régimen jurídico de las comunidades de usuarios. Derechos y obligaciones. Reparto y distribución del agua.
8. Objetivos generales de la planificación hidrológica. La Ley de Aguas y sus Reglamentos en relación con la planificación hidrológica. Instrucción de planificación hidrológica. El proceso de planificación hidrológico, elaboración y contenido de los planes hidrológicos de demarcación. Programas de medidas de los planes hidrológicos. Criterios para la selección de las medidas. Financiación. Coordinación con otros Planes y Programas.
9. Evaluación de recursos existentes: recursos en régimen natural, recursos disponibles y recursos libres. Las demandas. La demanda medioambiental. Balances hidráulicos. Los sistemas de explotación de recursos: Modelos de optimización y simulación de recursos. Rasgos del balance hidráulico nacional.
10. Hidrología. Ciclo hidrológico. La red de aforos, el SAIH, el SAICA, la red ICA y la red de control de las aguas subterráneas. Los SIG y su aplicación a la gestión de los recursos hidráulicos. Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua.
11. Regulación. Garantía de la regulación. Criterios de garantía. Modelos matemáticos de regulación. Leyes de distribución de aportaciones.
12. Hidrología de las aguas subterráneas. Utilización y aprovechamiento de las aguas subterráneas: régimen de explotación. Masas de agua subterráneas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico. Técnicas de investigación hidrogeológica y evaluación de recursos.
13. Usos de agua en abastecimiento a poblaciones. Prognosis de la demanda de abastecimiento. Dotaciones. Pérdidas en la red de distribución. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas: tipos. Perímetros de protección de captaciones.
14. Técnicas especiales e indirectas para incrementar la eficacia de los recursos del agua. Actuaciones sobre la oferta de recursos. Desalación de agua del mar y salobre; conceptos y requisitos. Reutilización de aguas residuales. Real Decreto 1620/2007 de 7 de diciembre por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas. Prevención de evaporación de embalses. Actuaciones sobre la demanda: soluciones legales, técnicas y de gestión.
15. Condiciones de potabilidad del agua. Técnicas de potabilización, desalación y técnicas de tratamiento de aguas industriales. Pretratamientos y postratamientos necesarios. Obras de abastecimiento y saneamiento en general.
16. Depuración de aguas residuales. Control e índices de contaminación. Autodepuración en cursos naturales. Tecnología de la depuración físico-química: Pretratamiento y tratamientos primarios. Tecnología de eliminación biológica de nutrientes: Tratamientos secundarios. Tecnología del tratamiento terciario: filtración y esterilización. Tratamientos avanzados de eliminación de nutrientes: fósforo y nitrógeno.
17. Problemas de contaminación en relación con los efluentes industriales. Reutilización de efluentes industriales. Evaluación de la carga contaminante por sector industrial. Categorización del sector industrial. Características de los efluentes. Selección de parámetros contaminantes a efectos de establecimiento de niveles de emisión. Tecnologías disponibles para reducir la contaminación de efluentes: medidas internas y tratamiento de efluentes.
18. Uso del agua para regadío. El agua en la fisiología vegetal. Técnicas de aplicación del agua al terreno y obras de riego en general. Dotaciones, garantía y calidad del agua. Reutilización de caudales de riego. Los fertilizantes y los productos fitosanitarios como agentes contaminantes potenciales. La contaminación difusa. Problemas de salinidad. Gestión sostenible de regadíos. Plan Nacional de Regadíos.
19. Energía. Aprovechamientos hidráulicos convencionales. Centrales de acumulación o de bombeo y de usos múltiples. Centrales térmicas convencionales. Centrales nucleares. Centrales termosolares. Obras civiles de carácter hidroeléctrico.
20. Otros usos del agua. El agua en la industria. Evaluación de necesidades. Refrigeración de las centrales térmicas de combustión fósil y nuclear. Calor a disipar. Caudal de refrigeración y de dilución. Navegación fluvial. Usos recreativos.
21. Las obras hidráulicas. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas: competencias para la ejecución, gestión y explotación de las obras hidráulicas públicas. Obras hidráulicas de interés general, declaración de obras hidráulicas de interés general, prerrogativas de las obras hidráulicas de interés general. Coordinación de competencias concurrentes, declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación. Régimen jurídico de las Sociedades Estatales de Aguas. Contrato de concesión de obras hidráulicas.
22. Presas I: Generalidades. Avenidas y otros criterios de proyecto. Criterios generales de predimensionamiento. Clasificación tipológica de las presas.
23. Presas II: Presas de hormigón y de materiales sueltos: tipologías, elementos funcionales y materiales. Construcción de presas. Órganos de desagüe de la presa.
24. Normativa de seguridad de presas, embalses y balsas. Gestión de seguridad de las presas. Inventario de presas y embalses. Planes de emergencia y revisiones de seguridad de las presas.
25. El medio ambiente en la explotación de los recursos hídricos. Eutrofización de las masas de agua. Riqueza faunística. Índices de diversidad. Caudales ecológicos.
26. Canales y conducciones en carga. Revestimientos, juntas y obras singulares. Redes de distribución de agua potable. Redes de saneamiento. Emisarios submarinos. Depósitos. Construcción, explotación y conservación.
27. Avenidas y sequías. Previsión y cálculo de máximas crecidas. Caracterización de sequías. La sequía meteorológica, hidrológica y operacional, planes especiales de alerta y eventual sequía. Avenidas: Directiva de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación y Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación y planes de gestión de riesgo de inundación. Situaciones excepcionales y su tratamiento en la legislación de aguas. Obras fluviales en general. Bases teóricas y principales actuaciones de la restauración fluvial. Protección, corrección y regularización de cauces. Encauzamientos. Defensa de poblaciones.
28. Estaciones de bombeo. Conceptos básicos. Tipos de bombas: características, selección, transitorios. Protección y tipos de estaciones. Estaciones de sobrepresión. Elementos constructivos. Ingeniería de impulsiones: Trazado, tipos y cálculo.
Subgrupo 2: Puertos y Costas.
1. La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de Costas. Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. Evolución y objetivos de la Legislación de Costas.
2. Los bienes de dominio público marítimo-terrestre. Clasificación y definiciones. Prevalencia del dominio público marítimo-terrestre. Potestades de la Administración. El deslinde del dominio público marítimo-terrestre. Procedimiento. Estudios para la justificación del deslinde. Proyecto de deslinde. Efectos de la aprobación del deslinde. Inmatriculación de fincas colindantes con el dominio público marítimo-terrestre. Afectación y desafectación.
3. Limitaciones a la propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del dominio público marítimo-terrestre. Servidumbres legales. Otras limitaciones a la propiedad. Zona de influencia.
4. Utilización del dominio público marítimo-terrestre. Disposiciones Generales. Régimen de utilización en playas. Proyectos y obras en el dominio público marítimo-terrestre. Contenido del proyecto. Estudios complementarios. Reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones.
5. El Régimen económico-financiero de la utilización del dominio público marítimo-terrestre. Cánones. Fianzas. Rescates. El Régimen sancionador en el dominio público marítimo-terrestre. Infracciones, sanciones y responsabilidad. Procedimientos y medios de ejecución.
6. Competencias de la Administración General del Estado según la Ley 22/1988. Obras de interés general. Informes preceptivos y vinculantes. Competencias de las Comunidades Autónomas. Competencias Municipales.
7. Régimen Transitorio de la Ley 22/1988 y de la Ley 2/2013. La Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988 y su desarrollo reglamentario. Los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia del Tribunal Constitucional en relación con ella.
8. La Disposición Transitoria Tercera de la Ley 22/1988 y su desarrollo reglamentario. La Disposición Transitoria Primera de la Ley 2/2013. La Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 22/1988 y su desarrollo reglamentario.
9. Ecosistemas costeros. Las zonas húmedas costeras. Las zonas dunares costeras. Las zonas de fanerógamas marinas. Importancia y tratamiento.
10. La gestión integral del litoral (GIZC). La GIZC como herramienta de la compatibilidad de usos y mecanismo de interacción entre Administraciones.
11. Las distintas teorías de ondas. La propagación del oleaje. Los fenómenos de refracción, difracción, transmisión y reflexión del oleaje.
12. El transporte sólido litoral. Distintas formulaciones. Evolución de la línea de costa. Modelos. El perfil de playa. Distintas formulaciones teóricas. Variaciones del perfil. La profundidad del cierre.
13. Biodiversidad y conservación en el medio marino. Los efectos del cambio climático sobre el litoral, las dinámicas oceánicas, los ecosistemas y los recursos marinos. Factores de degradación del litoral. Evaluación del riesgo de inundación en zonas costeras.
14. Las estrategias marinas en España. El buen estado ambiental del medio marino. Programas de seguimiento y programas de medidas.
15. La erosión en los distintos tipos de playas. Causas de la erosión. Efectos de las infraestructuras litorales sobre las playas. Medidas correctoras y actuaciones.
16. Proyecto de playas artificiales. Formas de playa en planta. La espiral logarítmica y las soluciones parabólicas. La granulometría de la arena como condicionante del diseño. Aspectos ambientales de la regeneración de playas. Efectos sobre las comunidades pelágicas y bentónicas.
17. Las fuentes naturales de sedimentos. Las zonas de préstamo para alimentación artificial. Aspectos ambientales de la extracción de materiales del fondo marino. Directrices para la caracterización del material dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre. Métodos de prospección submarina.
18. El puerto: Aspectos generales y físicos. Objetivos y funciones. El sistema portuario español. Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Financiación de puertos. Modelos de gestión. Planificación portuaria. Fundamentos y planes. Previsiones de tráfico. Estudio de capacidad. Ordenación de terminales.
19. Obras de abrigo y portuarias (I)- Definición y caracterización de la situación y factores de proyecto. Carácter de las obras. Estados límite últimos. Períodos de retorno. Bases de datos. Clima marítimo: Caracterización estadística del oleaje, parámetros (Hs; Hmax; Tm; Tp; Ǿ etc.). Análisis estadístico del oleaje en aguas profundas y poco profundas: Régimen extremal y régimen medio.
20. Obras de abrigo y portuarias (II)- Diseños y dimensionamiento. Diseño en planta. Obras exteriores: Diques verticales, diques en talud, diques rebasables. Obras interiores: muelles, dársenas, amarres, fondeo. Superficies portuarias. Profundidades accesorias, maniobrabilidad de buques.
3.er Grupo. Infraestructuras de Transporte.
Subgrupo 1: Carreteras.
1. La legislación de carreteras. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Reglamento General de Carreteras. Los Planes de carreteras del Estado. Las carreteras en el PITVI.
2. Planificación y programación de infraestructuras viarias. Indicadores económicos, socioeconómicos y territoriales. Criterios en carreteras de la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
3. Estudios de carreteras (I). Cartografía y topografía. Estudios geológicos, geotécnicos y de procedencia de materiales. Estudios climatológicos e hidrológicos. Estudios sísmicos. Sismicidad en España. Sismicidad histórica. Normativa sísmica de aplicación a proyectos y obras de ingeniería civil.
4. Estudios de carreteras (II). Estudios de tráfico. Métodos de previsión de la demanda. Datos y mapas de tráfico del Ministerio de Fomento.
5. Trazado de carreteras (I). Norma 3.1-IC de trazado. Trazado en planta. Trazado en alzado. Sección transversal.
6. Trazado de carreteras (II). Nudos. Enlaces e Intersecciones. Orden Circular 32/2012, Guía de nudos viarios.
7. Drenaje superficial y subterráneo. Norma 5.2 – IC. Drenaje superficial. Orden Circular 17/2003, Recomendaciones para el proyecto y construcción del drenaje subterráneo en obras de carretera.
8. Movimiento de tierras. Clasificación y características de los suelos según el PG-3. Compactación. Construcción de explanaciones. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos todo uno. Capacidad soporte de las explanadas. Normas y especificaciones.
9. Cimentaciones. Técnicas de mejora del terreno. Taludes. Protección de la infraestructura frente a la caída de rocas.
10. Firmes (I). Constitución y conceptos generales. Materiales de firmes. Mezclas bituminosas. Pavimentos de hormigón. Norma 6.1-IC. Secciones de firme.
11. Firmes (II). Características superficiales y estructurales de los firmes. Auscultación. Conservación y rehabilitación de firmes. Norma 6.3-IC. Rehabilitación de firmes.
12. Obras de paso. Conceptos Generales. Tipologías y materiales. Métodos constructivos y medios auxiliares. Conservación e inspección. Normativa aplicable.
13. Túneles en carreteras. Métodos constructivos. Maquinaria y medios auxiliares. Sostenimiento. Revestimiento. Drenaje. Explotación de túneles de carreteras. Equipamiento e instalaciones. Orden Circular 33/2013, Manual de explotación de los túneles de la RCE. Seguridad en los túneles de carreteras. Normativa aplicable. Real Decreto 635/2006 de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.
14. Señalización, balizamiento y sistemas de contención. Conceptos. Tipologías. Características. Criterios de empleo. Norma 8.1-IC Señalización vertical. Norma 8.2- IC. Marcas viales. Orden Circular 35/2014, Criterios de aplicación de sistemas de contención de vehículos. Otra normativa aplicable.
15. Pliego de prescripciones técnicas generales para obras de carreteras y puentes (PG-3).
16. El Reglamento UE 305/2011 de productos de la construcción. El marcado CE. Los Eurocódigos.
17. Proyecto de construcción. Documentos del proyecto: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión.
18. Construcción de carreteras (I). Dirección de obras de carreteras. Plan de obra. Organización de las obras. Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud. Plan de vigilancia medioambiental. Servicios afectados.
19. Construcción de carreteras (II). Incidencias en las obras. Certificaciones de obras y relaciones valoradas. La certificación final y liquidación. Garantía de las obras y vicios ocultos.
20. Autopistas de Peaje. Legislación vigente. Estudios Previos. Anteproyecto. Contratación. Seguimiento e inspección. Delegación del Gobierno para las sociedades concesionarias de autopistas. Funciones.
21. Conservación de carreteras (I). Operaciones básicas de vialidad. Vialidad invernal. Organización de la conservación en la Red de Carreteras del Estado: Contratos de conservación integral. Autovías de primera generación y concesiones de autopistas de peaje.
22. Conservación de carreteras (II). Reconocimientos sistemáticos. Inspecciones especiales. Sistemas de gestión de firmes, túneles, obras de paso y señalización. Proyectos de conservación y rehabilitación y particularidades de la aplicación de la normativa.
23. Explotación de carreteras (I). Protección del dominio público viario y limitaciones a la propiedad. Zonas de dominio público, servidumbre y afección. Línea límite de edificación. Publicidad. Procedimiento de autorizaciones.
24. Explotación de carreteras (II): Transportes especiales. Áreas y estaciones de servicio. Telemática y sistemas inteligentes de explotación de carreteras. El inventario de la Red de Carreteras del Estado.
25. La seguridad vial (I). Indicadores de seguridad vial. Últimas cifras y evolución de los principales indicadores. Aspectos de la infraestructura que más incidencia tienen sobre la seguridad vial. Auditorías de seguridad viaria.
26. La seguridad vial (II). La gestión de la seguridad en las infraestructuras. Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado. Orden Circular 30/2012, por la que se aprueban las directrices de los procedimientos para la gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado.
27. Accesos a la Red de Carreteras del Estado, vías de servicio y construcción de instalaciones de servicio: normativa aplicable. Procedimiento de autorizaciones. Cesión de tramos urbanos: Orden de 23 de julio de 2001, por la que se regula la entrega a los Ayuntamientos de tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado. Orden FOM/3426/2005, de 27 de octubre, por la que se fijan condiciones especiales para la entrega a los Ayuntamientos de tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado. Enlaces: Orden FOM 2873/2007, de 24 de septiembre, sobre procedimientos complementarios para autorizar nuevos enlaces o modificar los existentes en las carreteras del Estado.
Subgrupo 2: Ferrocarriles.
1. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (I). La Red Ferroviaria de Interés General. La planificación, proyecto y construcción de sus infraestructuras. La Estrategia Indicativa. Estudios y proyectos: tipos, contenido y tramitación. La construcción y puesta en servicio. Incidencia sobre el planeamiento urbanístico.
2. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (II). Los administradores de infraestructuras ferroviarias. Funciones, naturaleza, recursos, y patrimonio. Declaración de Red. Adjudicación de capacidad. Prestación de servicios.
3. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (III). Zonas de servicio. Limitaciones a la propiedad. Infraestructuras ferroviarias en puertos y aeropuertos. Infraestructuras ferroviarias privadas.
4. El transporte ferroviario dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario. Actores del sistema ferroviario nacional y europeo. Administradores de infraestructura y empresas ferroviarias. Concepto de empresa ferroviaria, obtención de licencias de empresas ferroviarias. Los cánones y tarifas.
5. La Interoperabilidad Ferroviaria. El Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general. Conceptos básicos: ámbito de aplicación. Conceptos básicos de la Orden FOM/167/2015: entrada en servicio de subsistemas de carácter estructural y de líneas. Las Especificaciones Técnicas de interoperabilidad (ETIS), componentes y subsistemas, requisitos esenciales, organismos notificados. Las Instrucciones Ferroviarias.
6. Infraestructura ferroviaria: trazado y geometría. Definición de los parámetros básicos en planta y alzado. Valores recomendados y límite. Secciones transversales. Gálibos. Entreje. Criterios en infraestructuras ferroviarias de la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
7. Las capas de asiento ferroviario. Plataforma: capas constitutivas, características de los materiales. El balasto: funciones y características de los materiales. Dimensionamiento.
8. La vía y sus elementos constitutivos. Tipología y materiales. Aparatos de vía. La vía en placa. El ancho de vía en España. Problemática de la coexistencia de varios anchos y alternativas técnicas para su solución. Cambiadores de ancho. La vía de tres hilos, principales elementos y su problemática.
9. Ejecución de obras ferroviarias. Montaje de vía nueva y duplicaciones. Procedimientos constructivos, condicionantes y maquinaria. La calidad en la obras. Las medidas y el seguimiento de la seguridad y salud.
10. Túneles de ferrocarril. Normativa técnica, secciones, métodos constructivos, efectos dinámicos y seguridad. Estructuras ferroviarias: Instrucción sobre las acciones a considerar en el proyecto de puentes de ferrocarril (IAPF). Singularidad de los efectos dinámicos.
11. El mantenimiento de la red. Operaciones de auscultación de la vía en servicio. Renovaciones y otras operaciones, procedimientos constructivos. Inspecciones técnicas en los puentes de ferrocarril.
12. Pasos a nivel. Marco legal y planes de supresión. Definición y clasificación. Tipología de protecciones. Alternativas de supresión. Procedimientos constructivos singulares.
13. Estaciones. Tipologías: viajeros, mercancías y técnicas. Necesidades funcionales ferroviarias. Condicionantes de diseño y dimensionamiento. Los espacios para el viajero, necesidades básicas, dimensionamiento.
14. Electrificación ferroviaria. Sistemas de sustentación. Tipologías de catenarias. Tensiones de funcionamiento. Otros sistemas de alimentación.
15. Señalización e instalaciones de seguridad ferroviaria. Conceptos generales. Sistemas tradicionales y nuevas tendencias: el ERTMS. Explotación ferroviaria: estudios de capacidad y de demanda y sistemas de gestión de capacidad.
16. Las infraestructuras ferroviarias en el entorno urbano. Problemática. Alternativas para su integración. Sistemas de financiación en colaboración con otras administraciones.
17. La seguridad en el transporte ferroviario (I). El R.D. 810/2007, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General. Conceptos Generales. Autoridad responsable de seguridad (R.D. 1072/2014 de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria). Comisión de Investigación de accidentes ferroviarios (R.D. 623/2014 de 18 de julio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes ferroviarios y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios).
18. La seguridad en el transporte ferroviario (II). Conceptos básicos. Sistemas de Gestión de Seguridad. Normativa europea en materia de seguridad: los reglamentos europeos 1158/2010, 1169/2010, 445/2011, 1077/2012, 1078/2012 y 402/2013.
19. Personal ferroviario. Conceptos generales de la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre: categorías de personal con actividades relacionadas con la seguridad, licencias y certificados de maquinistas, centros de formación y centros de reconocimiento médico.
20. Material rodante ferroviario. Conceptos básicos de la Orden FOM/167/2015: entrada en servicio de vehículos. Mantenimiento de vehículos y organismos responsables: entidades encargadas de mantenimiento y centros de mantenimiento. Conceptos básicos de la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se determina el régimen de homologación de los centros de material rodante y sus condiciones de funcionamiento.
21. Conceptos básicos de normativa de circulación ferroviaria: el Reglamento de Circulación Ferroviaria (Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria).
4.º Grupo. Transportes y Medio Ambiente.
1. La demanda del transporte. Adaptación de las infraestructuras al aumento o disminución de la demanda. Estudios de transporte. El método de los escenarios y la planificación territorial. Modelos de tráfico.
2. El coste del transporte. Costes desde el punto de vista económico-privado (costes directos). Costes desde el punto de vista económico-social (costes externos). Internalización de costes externos.
3. La financiación de las infraestructuras. Financiación presupuestaria y extrapresupuestaria. El Banco Europeo de Inversiones. Participación del sector privado en la financiación de infraestructuras. Tarificación por uso de las infraestructuras.
4. El transporte internacional. Principales acuerdos internacionales. Principios y normativa más destacable de la Unión Europea en materia de política de transportes.
5. Las Redes Transeuropeas de Transporte. Objetivos, desarrollo y evolución. Financiación. Perspectivas de futuro tras la ampliación de la UE.
6. La investigación y desarrollo en transportes en los Programas Marco de la Unión Europea. Las previsiones de los Programas Marco.
7. Los transportes en España. Historia. Importancia del sector en la economía nacional. Principales características: Infraestructuras y reparto modal.
8. La política del transporte en España y su relación con otras políticas sectoriales. Ordenación del territorio, energía, turismo, medio ambiente.
9. Planificación del sistema de infraestructuras y transporte. Objetivos. Desarrollo. Planificación estratégica. Planificación Sectorial. El PITVI 2012-2024.
10. El transporte en el medio urbano: Movilidad Sostenible. Transporte público y privado. Reparto competencial, organización y gestión.
11. Investigación, desarrollo e innovación en el sistema de transporte. Las nuevas tecnologías en el transporte. Aplicación a la gestión del sistema de infraestructuras y transporte.
12. El transporte de mercancías. Características, reparto modal, estructura y evolución. Tráficos nacional e internacional.
13. El transporte de viajeros. Características, reparto modal, estructura y evolución. Tráficos nacional e internacional.
14. La intermodalidad en el transporte de viajeros y mercancías. Principales objetivos. Corredores y nodos intermodales.
15. Conceptos básicos de la legislación en el transporte terrestre. Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres (modificada por la Ley 9/2013) y su Reglamento.
16. Evolución y principios básicos de la legislación del transporte ferroviario en Europa. Los paquetes ferroviarios y la Agencia Ferroviaria Europea.
17. Mercados de transporte liberalizados y mercados en monopolio. Las obligaciones de servicio público en los servicios de transporte de competencia estatal. Normativa europea y su aplicación en España. El Reglamento (CE) Nº 1370/2007 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera. La liberalización del transporte ferroviario: modelos de acceso al mercado y situación actual en España.
18. La planificación del transporte y el medio ambiente. Evaluación ambiental estratégica. Efectos ambientales de las infraestructuras. Gestión ambiental de las infraestructuras. Situación actual y evolución reciente.
19. Desarrollo sostenible. La cumbre de Río +20, Río de Janeiro, 2012. Conceptos y estrategias. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
20. La I+D+i ambiental. Su papel en el ámbito económico y ambiental. Las mejores técnicas disponibles. Competitividad, innovación y sostenibilidad. Medidas de ahorro energético.
21. Política comunitaria y nacional en materia de residuos. Directiva marco de residuos (Directiva 98/2008/CE). Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Principios. La planificación en materia de residuos: el programa Estatal de Prevención de Residuos (2014-2020) y el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022. Normativa nacional en materia de contaminación del suelo. RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Tipos de contaminantes. Usos del suelo. Evaluación del riesgo. Niveles genéricos de referencia. Técnicas de recuperación de suelos.
22. La economía circular en la construcción y demolición. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición: el RD 105/2008 de 1 de febrero. Utilización de residuos en obra pública (neumáticos fuera de uso, escorias de incineradores urbanos y materiales de dragado, etc.). La eliminación de residuos mediante depósito en vertedero (RD 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero).
23. Conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad: la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. La Red Natura 2000.
24. La Directiva 2010/75/UE de 24 de noviembre de Emisiones Industriales. Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Contaminación: Principios. Valores límites de emisión. Las autorizaciones ambientales integradas. Los intercambios de información.
25. La contaminación atmosférica. Tipos, orígenes y características. Sus fuentes. Sectores y actividades contaminantes. Contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia. Normativa española. Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera.
26. La contaminación acústica. Normativa comunitaria y española sobre ruido. La ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Efectos sobre la salud y el medio ambiente. La evaluación, prevención y reducción del ruido ambiental. Medidas correctoras.
27. Convenios Internacionales, normativa comunitaria y española en materia de medio ambiente atmosférico. Protección de la capa de ozono. El convenio marco sobre cambio climático. Estrategia comunitaria sobre cambio climático. Normativa española. Los derechos de emisión. Cálculo de la huella de carbono de organización. Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono.
28. La evaluación ambiental de proyectos y la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Principios. El marco jurídico de la evaluación de impacto ambiental: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Su aplicación a las infraestructuras del transporte, hidráulicas y costeras.
29. Acceso a la información en materia de medio ambiente. Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
30. La normativa de responsabilidad medioambiental. Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
31. La protección del medio marino. Ley 41/2010, de 29 de diciembre, sobre protección del Medio Marino. El Convenio de Barcelona y otros convenios de protección del medio marino.
32. Prevención y mitigación de la fragmentación de hábitats causada por las infraestructuras de transporte. Restauración ecológica y prevención de especies exóticas invasoras.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Titular
Presidenta: Doña María José Rallo del Olmo. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales:
Don Jaime Gálvez Ruiz. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Doña Margarita Gómez de Bonilla González. C. Superior Administradores Civiles del Estado.
Doña Luzdivina Martín Suarez. E. Téc. Fac. Sup. OO.AA. M.º Medio Ambiente.
Secretario: Don Daniel Sanz Jiménez. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Tribunal Suplente
Presidente: Don Pablo Pérez de Villar Cruz. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Vocales:
Don Rafael Jiménez Rodríguez, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Don Miguel Ángel Carrillo Suárez. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Doña M.ª Gema Herrero Garzón. Escala de Facultativos Superiores de la Comunidad de Aragón.
Secretaria: Doña Araceli Aranda López. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Fomento.
En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría de Fomento.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado», «Código 1000».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L» para los aspirantes del sistema general de acceso libre o «P» para los de promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Fomento»
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
El recuadro 22 se marcará con una X, si el aspirante se presenta por el cupo de reserva para discapacitados.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos del Estado o título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada» y que deberá coincidir con la que posee el aspirante.
En el recuadro 25, apartado A, los aspirantes de promoción interna consignarán el Cuerpo, Escala o Categoría laboral desde la que se participa.
Para turno libre, el importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 30,19 € y para las familias numerosas de categoría general de 15,10 € y para promoción interna el importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 15,10 € y para las familias numerosas de categoría general de 7,55 €.
Estarán exentos del pago de tasas, según la Orden HFP/688/2017, de 7 de julio:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la instancia dictamen médico que certifique tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administración.gob.es/PAG/PID y el interesado de su conformidad para que el órgano gestor verifique esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimos Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2013, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 % los fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante la aportación junto con la instancia del correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales a las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, en cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento. P.º de la Castellana, número 67. 28071-Madrid.
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