En el BOP del 17/01 se ha publicado en las páginas 426-428:
Visto el expediente que se sigue para la formación de lista de reserva en la categoría de “Educador/a Infantil”.
Resultando, que ha concluido el proceso selectivo convocado por Resolución de Alcaldía número 3414, de
fecha 30/06/2017, para la formación de lista de reserva en la categoría de “Educador/a Infantil”, encuadrada en
el Grupo III de la plantilla de personal del organismo autónomo local denominado Patronato Municipal de Escuelas
Infantiles de Ingenio.
Considerando la propuesta del Tribunal calificador en relación a los aspirantes que han superado el procedimiento
selectivo para la configuración de la lista de reserva antes referida.
Visto que los aspirantes propuestos han presentado la documentación acreditativa de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, dentro del plazo otorgado para ello.
Considerando que esta Alcaldía es competente para dictar la presenteResolución, de conformidad con lo dispuesto
en las Bases de la convocatoria y en la legislación vigente en materia de Régimen Local,
HE RESUELTO:
PRIMERO: Aprobar la Lista de Reserva de la categoría de “Educador/a Infantil”, del organismo autónomo
426 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 8, miércoles 17 de enero de 2018
Local denominado “Patronato Municipal de EscuelasInfantiles”, que a continuación se indica, en la que se recoge
a aquellos aspirantes que superaron las diferentes pruebas selectivas, relacionados de forma decreciente por el
orden de puntuación que han sido propuestos por el Tribunal Calificador.
(..)
SEGUNDO: La citada Lista de Reserva se regirá
por el Reglamento de Lista de Reserva, aprobado
por el PlenoCorporativo en sesión de fecha 27/07/2006,
publicada en el B.O.P. número 124, de 29/09/06.
TERCERO: La vigencia temporal de la lista de
Reserva será de TRES AÑOS a partir de la fecha en
que se haga pública. Si llegado el término expresado
no se hubiera confeccionado nueva lista de Reserva,
ésta quedará automáticamente prorrogada hasta tanto
se efectúe nueva convocatoria.
CUARTO: Publicarla presenteResolución en elTablón
de Edictos de la Corporación, en la página Web, y en
el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), y remitirla
al Departamento de Personal y Delegada del Personal
del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles para
conocimiento y efectos oportunos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa podrá interponer con carácter potestativo
Recurso de Reposición, en el plazo de UN MES,
ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento
de la Villa de Ingenio, conforme a lo previsto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las
AdministracionesPúblicas, o bien interponer directamente
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de
DOS MESES, a contar desde el día siguiente a su
notificación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo
deLas Palmas que porturno corresponda,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa,
no pudiéndose interponer dicho
recurso hasta que sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del Recurso
de Reposición interpuesto,sin perjuicio de que pueda
ejercitar cualquier otro recurso que, en su caso, estime
procedente.
En la Villa de Ingenio, enero de dos mil dieciocho.
Ante mí, EL SECRETARIO ACCIDENTAL
(Resolución de fecha 19/08/2014, número 576 de la
Dirección General de la Función Pública), ManuelJesús
Afonso Hernández.
ELALCALDE PRESIDENTE,Juan Díaz Sánchez.
No hay comentarios:
Publicar un comentario