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martes, 30 de enero de 2018

Anuncio por el que se deja sin efecto la base sexta de las bases de la lista de reserva en la categoría de ayudante de cocina (SANTA MARÍA DE GUÍA)

En el BOP del 24/01 se ha publicado en la página 713:

Por medio de la presente se pone en conocimiento de todos aquellos aspirantes admitidos en el proceso de constitución de Lista de Reserva en la categoría de ayudante de cocina expediente 1.415-2016 que la Junta de Gobierno Local reunida en Sesión ordinaria el 15 de enero de 2018, entre otros, adoptó elsiguiente ACUERDO: 3.2.1. DEJAR SIN EFECTO LABASE SEXTADE LAS BASES DE LA LISTA DE RESERVA EN LA CATEGORÍA DE AYUDANTE DE COCINA APROBADA POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ONCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS. (Expte. 1.415-2016). Visto el procedimiento Contencioso-Administrativo 240/2016 interpuesto por Consejería de Presidencia Justicia e Igualdad contra esta Administración en el que se solicita la nulidad de las basessegunda y sexta en el que se dictó sentencia desestimatoria confirmando el acto el 07/10/2016. Resultando que contra la citada sentencia se interpuso Recurso de Apelación 21/2017 ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el que se solicitó la nulidad de la base sextamotivado en que no se incluyó en la fase de oposición una prueba práctica. Resultando que se recibió con fecha 20 de diciembre de 2017 y número de registro de entrada 10.463 testimonio de la Sentencia de fecha 7 de octubre de 2017 dictada. Considerando que la Sentencia dictada declara no conforme a derecho y anula la Base Sexta de las BASES aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de once de abril de dos mil dieciséis. Considerando que se concede a esta Administración un plazo de DIEZ DÍAS para el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo. Considerando que la Junta de Gobierno Local es el órgano competente para la adopción de los acuerdos correspondientes, a tenor de la delegación de competencias de la Alcaldía, dispuesta mediante Decreto 2016-0316, de 11 de marzo, la Junta por unanimidad de los presentes, que constituyen mayoría absoluta legal, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO: Dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictada en el Procedimiento 21/2017, dejando sin efecto la Base Sexta de BASES QUE HAN DE REGIR LA CONFIGURACIÓN DE UNALISTADE RESERVA EN LACATEGORÍADE AYUDANTE DECOCINA, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de once de abril de dos mil dieciséis. SEGUNDO: Dejar sin efecto la Lista de Reserva constituida y retrotraer el expediente hasta el momento de publicación de las Bases, procediendo a la inclusión en la Base Sexta de una prueba práctica en la fase de oposición. TERCERO: Notificar la presente resolución al órgano judicial a los efectos oportunos, así como a la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad. CUARTO: Notificar a los aspirantes admitidos en el procedimiento de constitución de lista de reserva mediante anuncio en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia. Mediante este documento se notifica la presente resolución, según lo exigido en el artículo 40 de LPACAP, a diecisiete de enero de dos mil dieciocho. EL ALCALDE, Pedro M. Rodríguez Pérez

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