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miércoles, 10 de agosto de 2016

Aprobación definitiva de la lista de reserva de la categoría de monitores de servicios a la comunidad (SANTA LUCÍA DE TIRAJANA)

En el BOP de hoy se ha publicado en las páginas 8002-8007:

Por el presente se hace público que, con fecha 3 de agosto de 2016 se ha dictado porla Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento el Decreto número 5.080/2016, cuyo tenor literal es el siguiente: “DECRETO RESULTANDO: ÚNICO. Visto el expediente que se lleva a cabo para la configuración de lista específica de reserva correspondiente a la categoría de MONITORES DE SERVICIOS ALACOMUNIDAD, cuya convocatoria aparece íntegramente publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 88, de 10 de julio de 2015 y un extracto de la misma en el periódico La Provincia, de 13 de julio de 2015. CONSIDERANDO ÚNICO. Que por la Jefatura de Servicios de RRHH se emitió informe propuesta de fecha 29 de julio de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente: “INFORME QUE EMITE LAJEFADE SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS EN RELACIÓN CON LA CONFIGURACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO EN LA CATEGORÍA DE MONITORES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD INFORME PROPUESTA ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO: Visto el expediente que se lleva a cabo para la configuración de lista específica de reserva correspondiente a la categoría de MONITORES DE SERVICIOS ALACOMUNIDAD, cuya convocatoria aparece íntegramente publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 88, de 10 de julio de 2015 y un extracto de la misma en el periódico la Provincia, de 13 de julio de 2015. SEGUNDO: Que por decreto número 4.802/2016, de fecha 22 de julio de 2016,se aprobó la lista de reserva correspondiente a la categoría de MONITORES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, conforme a los listados aprobados por el Tribunal de Selección, quedando delsiguientemodo,según orden de puntuación obtenida de mayor a menor:

TERCERO: Que por decreto número 4.802/2016, de 22 de julio de 2016, en aras de garantizar que no se causan perjuicios a los interesados, se propuso su exposición al público, a efectos de posibles reclamaciones, por el plazo de 48 horas, contados desde el momento de su exposición en el Tablón de Anuncios y Web Municipal, es decir, desde el 26 de julio de 2016 hasta el 28 de julio de 2016. CUARTO: Habiendo transcurrido el plazo estipulado por decreto número 4.802/2016, de 22 de julio de 2016, no habiéndose formulado reclamación alguna a la publicación de la lista de reserva correspondiente a la categoría de MONITORES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD. FUNDAMENTOS JURÍDICOS: I. Base Novena de la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 88, del 10 de julio de 2015. II. Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo. III. Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Visto cuanto antecede, se considera que se ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por la Alcaldía – Presidencia o, en virtud de delegación, a la Concejalía Delegada de Área de conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, quien suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Que por el órgano competente se dicte resolución por la que se acuerde aprobar con carácter definitivo la lista de reserva correspondiente a la categoría de MONITORES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD en los términos propuestos por el tribunal de valoración designado, quedando, por tanto, de la siguiente manera:

SEGUNDO. Que en la mencionada resolución se reitere a los integrantes de la lista las obligaciones que se le imponen en la convocatoria y bases de selección, concretamente las reseñadas en la base Décima. TERCERO. Que en la resolución que se dicte se acuerde ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web Municipal, haciendo saber a losinteresados que contra la presente resolución sólo cabe interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo en el plazo de DOS MESES, contados a partir de la publicación de la presente resolución. De todo lo cual se informa sin perjuicio del acuerdo que adopte la Corporación, en Santa Lucía a veintinueve de julio de dos mil dieciséis. La Jefa de Servicio de RRHH y Organización, María Candelaria González Jiménez” En uso de lasfacultades conferidas por la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, especialmente por el artículo 21, y la restante normativa de general y pertinente aplicación HE RESUELTO: PRIMERO. Que por el órgano competente se dicte resolución por la que se acuerde aprobar con carácter definitivo la lista de reserva correspondiente a la categoría de MONITORES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD en los términos propuestos por el tribunal de valoración designado, quedando, por tanto, de la siguiente manera:

SEGUNDO. Reiterar a losintegrantes de la lista las obligaciones que se le imponen en la convocatoria y bases de selección, concretamente las reseñadas en la base Décima. TERCERO. Ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web Municipal, haciendo saber a los/as interesados/as que contra la presente resolución sólo cabe interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo en el plazo de DOS MESES, contados a partir de la publicación de la presente resolución. En Santa Lucía. La Alcaldesa, Dunia E. González Vega. La Secretaria General, Marta Garrido Insua” Santa Lucía, a tres de agosto de dos mil dieciséis. LA ALCALDESA, Dunia E. González Vega.

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