En el BOP del 13/05 se ha publicado en las págnas 7095-7096:
Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, en
sesión ordinaria celebrada el pasado día 29 de abril
de 2016, con relación a la resolución de los recursos
potestativos de reposición presentados contra las Bases
que han de regir la convocatoria pública, mediante
Concurso de méritos, para la provisión de varios
puestos de trabajo reservados a personal funcionario
del subgrupo C2, vinculados a plazas de Auxiliar de
Administración General, se ha resuelto lo siguiente:
Primero.- Desestimar los recursos potestativos de
reposición presentados con fechas 3 y 4 de marzo
de 2016 y registros de entradas nº 2016005084 y
nº 2016005230 en el que solicitan la anulación del
acuerdo de aprobación de las Bases que han de regir
en la convocatoria pública, mediante Concurso de
Méritos, para la provisión de varios puestos de trabajo
reservados al personal funcionario, Grupo C, Subgrupo
C2, vinculados a las plazas de Auxiliar de Administración
General, pues las mismas de conformidad
con los argumentos expuestos en el citado acuerdo no
se encuentran incursas en ninguna causa de nulidad
ni anulabilidad establecidas en los artículos 62 y 63
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de Administración Pública y Procedimiento
Administrativo Común.
Segundo.- Rectificar parcialmente las Bases que
regirán la convocatoria pública mediante Concurso
de Méritos, para la provisión de varios puestos de
trabajo reservados al personal funcionario, Grupo C,
Subgrupo C2, vinculados a las plazas de Auxiliar de
Administración General, aprobadas mediante acuerdo
del Consejo de Gobierno Insular reunido en sesión
ordinaria el pasado 29 de enero de 2016, y publicadas
en el Boletín Oficial de la Provincia nº 17 de 8 de
febrero de 2016, de la manera siguiente:
La base séptima, referente a la valoración de los
méritos, cuyo baremo viene detallado en el Anexo
I de la misma:
1) Donde dice:
“2.2. Valoración del trabajo desarrollado:
Por haber desempeñado funciones propias de la
naturaleza de los puestos convocados, teniendo en
cuenta el tiempo de permanencia en puestos de trabajo
de cada nivel, hasta un máximo de 2 puntos, según
la siguiente escala:
- En adscripción definitiva: 1 punto por año de
servicio”.
Debe decir:
“2.2. Valoración del trabajo desarrollado:
Por haber desempeñado funciones propias de la
naturaleza de los puestos convocados, teniendo en
cuenta el tiempo de permanencia en puestos de trabajo
de cada nivel, hasta un máximo de 2 puntos, según
la siguiente escala:
- Por el desempeño de puestos de nivel 18: 0,19
puntos por año completo de servicio.
- Por el desempeño de puestos de nivel 17 o inferior:
0,14 puntos por año completo de servicio.
Asimismo, los periodos inferiores a un año se
prorratearán por meses, considerando los meses
como 30 días. Los periodos inferiores a 30 días no
se valorarán.”
Tercero.- Desestimar la petición de suspensión
formulada en los recursos de reposición interpuestos.
Cuarto.- Dar publicidad a la presente rectificación,
y abrir un nuevo plazo de presentación de instancias,
por un período de quince días hábiles, contados a partir
7096 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 58, viernes 13 de mayo de 2016
del día siguiente al de la publicación de la presente
rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
De conformidad con la base cuarta de las que rigen
la convocatoria, los méritos alegados para ser valorados
en la fase de concurso deberán poseerse en el
momento de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, que a estos efectos, es para todos los
aspirantes, el 26 de febrero de 2016, fecha en la que
concluyó el plazo inicial de presentación de instancias
de la convocatoria.
Quinto.- Conservar las solicitudes presentadas por
los aspirantes en el anterior plazo de presentación de
instancias, como efectivamente presentadas en plazo,
pudiendo presentar a efectos de su valoración la nueva
documentación resultante de la presente rectificación.
Santa Cruz de La Palma, a 9 de mayo de 2016.
El Consejero Insular de Hacienda y Recursos Humanos,
Luis Javier Camacho Barreto.
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